PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre las amenazas nucleares y los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea
11.3.2013 - (2013/2565(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 110, apartado 2, del Reglamento
José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Elmar Brok, Herbert Reul, Ria Oomen-Ruijten, Arnaud Danjean, Michael Gahler, Laima Liucija Andrikienė, Tunne Kelam, Eduard Kukan, Krzysztof Lisek, Elena Băsescu, Marietta Giannakou, Cristian Dan Preda, Andrzej Grzyb, Roberta Angelilli, Anne Delvaux, Peter Šťastný en nombre del Grupo PPE
Véase también la propuesta de resolución común RC-B7-0132/2013
B7‑0134/2013
Resolución del Parlamento Europeo la amenaza nuclear y los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus anteriores resoluciones sobre la República Popular Democrática de Corea (RPDC),
– Vistas las Conclusiones del Consejo de Asuntos Exteriores de 18 de febrero de 2013 sobre la RPDC,
– Vistas las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 1718 (2006), 1874 (2009), 2087 (2013) y 2094 (2013),
– Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos y todos los instrumentos internacionales pertinentes en materia de derechos humanos, incluido el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos adoptado y ratificado por la RPDC,
– Visto el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,
A. Considerando que todos los países son libres de explorar y utilizar su espacio exterior de conformidad con el Derecho internacional; considerando que la proliferación de las armas nucleares, químicas y biológicas, junto con sus vectores, supone una amenaza para la paz y la seguridad internacionales;
B. Considerando que el Consejo de la Unión Europea y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas han condenado el lanzamiento por parte de la RPDC el 12 de diciembre de 2012, en el que se utilizaron tecnologías de misiles balísticos, y la prueba nuclear efectuada el 12 de febrero de 2013, que contraviene claramente sus obligaciones internacionales derivadas de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y que representa una amenaza grave para la estabilidad regional;
C. Considerando que la continuación del programa nuclear y del programa de misiles balísticos, ambos ilegales, plantea un desafío al régimen internacional de no proliferación nuclear y presenta el riesgo de agravar las tensiones regionales;
D. Considerando que esto no contribuye a la realización del objetivo proclamado por la RPDC de mejorar su seguridad; considerando que el país dista mucho de alcanzar su objetivo declarado de llegar a ser una nación fuerte y próspera, pues en lugar de ello está cada vez más aislada y está empobreciendo cada vez más a su pueblo debido a su búsqueda de armas de destrucción masiva y sus vectores; considerando que la RPDC se ha retirado recientemente de todos los acuerdos de paz con la República de Corea y ha suspendido la comunicación directa entre Pyongyang y Seúl;
E. Considerando que gran parte de la población de la RPDC sufre malnutrición y depende de la ayuda humanitaria que el país recibe de donantes como, por ejemplo la UE; que la escasez de alimentos y la hambruna tiene repercusiones significativas sobre un amplio espectro de derechos humanos; y considerando que decenas de miles de norcoreanos han huido a China, abandonando su país escapando del hambre y la represión generalizadas;
F. Considerando que la Unión Europea defiende y promueve los derechos humanos y la democracia en el mundo; considerando que en la RPDC no existen la libertad de expresión, la libertad de asociación, la libertad de religión, un poder judicial imparcial e independiente, una oposición política organizada, una sociedad civil independiente ni la libertad de prensa;
1. Lamenta los ensayos nucleares y los lanzamientos de misiles llevado a cabo por la RPDC e insta al país a que se abstenga de otras acciones de provocación, que suspenda todas las actividades relacionadas con el programa de misiles balísticos y abandone por completo e irreversiblemente sus programas nucleares en curso;
2. Insta a la RPDC a que restablezca sus compromisos anteriores de imponer una moratoria a los lanzamientos de misiles, se reincorpore al Tratado de No Proliferación, que constituye la piedra angular del sistema de no proliferación nuclear y es la base para continuar con el desarme nuclear y para un uso la energía nuclear para fines pacíficos;
3. Celebra el refuerzo adicional de las sanciones impuestas por el Consejo de la UE y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y pide a la RPDC que opte por una vía constructiva comprometiéndose con la comunidad internacional, lo que conduciría a la estabilidad regional y mejoraría el bienestar de la población de Corea del Norte;
4. Afirma su deseo de que se dé una solución diplomática y política a la cuestión nuclear de la RPDC; reitera su apoyo a las Conversaciones entre Seis Partes y pide la reanudación de las mismas;
5. Pide a la República Popular China —como miembro permanente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y principal socio comercial de la República Popular Democrática de Corea— que ejerza su influencia sobre la RPDC para garantizar que no se agrave más el conflicto, y toma nota del apoyo de la república Popular de China a la Resolución 2094 (2013) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas;
6. Manifiesta su preocupación ante la situación extremadamente crítica de los derechos humanos en la RPDC, y pide a este país que revise su legislación actual, con el fin de garantizar que son acordes con las normas internacionales en materia de derechos humanos; pide a la RPDC que entable un diálogo con contenido sobre los derechos humanos y que ponga fin inmediatamente a las violaciones persistentes y generalizadas de los derechos humanos perpetradas contra su propia población,
7. Pide al Gobierno de la RPDC que cumpla sus obligaciones derivadas de los instrumentos de derechos humanos de los que es parte y que garantice que las organizaciones humanitarias, los observadores independientes de los derechos humanos y el Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en la RPDC tengan acceso al país y cuenten con la cooperación necesaria;
8. Pide a la Comisión Europea que mantenga los programas de ayuda humanitaria en curso y los canales de comunicación abiertos con la República Popular Democrática de Corea y que garantice que la ayuda llegue de forma segura a la población a la que va dirigida;
9. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a la Comisión, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros, al Gobierno de la República Popular Democrática de Corea, al Gobierno de la República Popular China, al Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea y al Secretario General de las Naciones Unidas.