PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la acción europea para luchar contra el desempleo juvenil
10.6.2013 - (2013/2673(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 110, apartado 2, del Reglamento
Rebecca Harms, Daniel Cohn-Bendit, Raül Romeva i Rueda, Karima Delli, Malika Benarab-Attou, Rui Tavares, Jean Lambert, Elisabeth Schroedter, Marije Cornelissen, Ana Miranda, Franziska Keller, Margrete Auken en nombre del Grupo Verts/ALE
Véase también la propuesta de resolución común RC-B7-0270/2013
B7‑0276/2013
Resolución del Parlamento Europeo sobre la acción europea para luchar contra el desempleo juvenil
El Parlamento Europeo,
– Visto el acuerdo político alcanzado en el Consejo el 28 de febrero de 2013 relativo a una recomendación del Consejo sobre el Establecimiento de la Garantía Juvenil,
– Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo sobre la «Iniciativa de Empleo para la Juventud», de 7 de febrero de 2013,
– Vista la propuesta de la Comisión, de 5 de diciembre de 2012, titulada «Hacia un Marco de Calidad para los Períodos de Prácticas. Segunda fase de la consulta de los interlocutores sociales a escala europea con arreglo al artículo 154 del TFUE». (COM(2012)0728),
– Vista su Resolución, de 14 de junio de 2010, sobre el fomento del acceso de los jóvenes al mercado de trabajo y refuerzo del estatuto del becario, del período de prácticas y del aprendiz,
– Vista su Resolución de enero de 2013 sobre una Garantía Juvenil,
– Visto el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,
A. Considerando que el 23,5 % de los jóvenes en la UE están actualmente desempleados; que el desempleo juvenil supera el 55 % en algunos Estados miembros; que 8,3 millones de europeos menores de 25 años no trabajan, ni estudian, ni reciben formación alguna («los NiNi»); que el 15 % de los niños dejan de estudiar sin haber completado la enseñanza secundaria; y que el 10 % de los ciudadanos de la UE viven en hogares con todos sus miembros en paro; considerando que esta situación podría tener serias consecuencias para la sociedad y las personas y que estos problemas siguen aumentando, con el consiguiente riesgo de una generación perdida;
B. Considerando que estas tasas de desempleo juvenil y de jóvenes que no trabajan, ni estudian, ni reciben formación alguna tienen repercusiones sobre los derechos humanos y consecuencias en materia de violación de los derechos humanos; que para abordar esta situación es necesario un enfoque basado en los derechos;
C. Considerando que las medidas adoptadas para superar la crisis existente que tienen como objetivo la reducción del gasto público en los países en crisis ya han demostrado tener un impacto negativo directo en los jóvenes debido a los recortes en la educación, la creación de empleo y los servicios asistenciales; que en la actualidad las políticas que afectan a los jóvenes se desarrollan sin participación de los afectados ni de otras partes interesadas;
D. Considerando que las políticas de educación y formación pueden desempeñar un papel de la máxima importancia para luchar contra las elevadas tasas de desempleo juvenil y, fundamentalmente, para apoyar la integración y la participación; que son necesarias más inversiones en educación y formación profesional, integración en estructuras de aprendizaje, educación superior e investigación; que la mejora de las competencias es fundamental para equipar a las personas para que desempeñen empleos de calidad en sectores de crecimiento del empleo, como los empleos ecológicos, las TIC y el sector asistencial;
1. Insta a los Estados miembros, a sus Jefes de Estado y a la Comisión Europea a que
- adopten un enfoque basado en los derechos en relación con la juventud y el empleo;
- impliquen en la definición de políticas a las partes interesadas que representen a la juventud;
- definan políticas para abordar y poner fin a la crisis, que provoca un aumento del desempleo juvenil y de la exclusión;
- se centren en el acceso un empleo, una educación y una formación de calidad;
hace hincapié en que el Parlamento Europeo hará un seguimiento atento de los progresos y observará si se aplican las medidas prometidas, especialmente en lo que se refiere a la Garantía Juvenil;
2. Pide a la Comisión que, en primer lugar, evalúe las medidas contra la crisis y, a continuación, ponga fin a las medidas incoherentes y, en ocasiones, destructivas; hace hincapié en que se necesita urgentemente algo más que un compromiso público en favor del empleo juvenil; pide a la Comisión que excluya de los objetivos de déficit la inversión en ámbitos orientados al empleo juvenil, como la creación de empleo, la educación, la formación y la investigación y el desarrollo, ya que son vitales para garantizar una salida sostenible de la crisis y, también, para consolidar la economía de la UE por la senda de la competitividad y la productividad sostenible;
3. Pide a la Comisión que, en cooperación con los Estados miembros que cuenten con regiones en las que se registra una tasa de desempleo juvenil superior al 25 %, desarrolle un plan de ayuda de un año de duración para combatir el desempleo juvenil mediante la creación de puestos de trabajo para, como mínimo, el 10 % de los jóvenes afectados;
4. Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que apliquen un enfoque basado en los derechos en relación con la juventud y el empleo; hace hincapié en que, especialmente en tiempos de crisis profunda, no debe comprometerse el aspecto cualitativo de un trabajo decente para los jóvenes y que las normas laborales fundamentales y otras normas relativas a la calidad del trabajo deben constituir un elemento fundamental;
5. Advierte de que la utilización de cualquier medio para integrar a los jóvenes en el empleo conlleva el riesgo de que pueda ignorarse la calidad de este tipo de empleo, así como los derechos de los jóvenes en el trabajo y, en particular, el derecho a una remuneración decente; advierte contra la movilidad de los jóvenes como solución apta para todos y apunta a las experiencias registradas en relación con la fuga de cerebros y el desperdicio de cerebros tanto en los países candidatos a la adhesión como en los países en desarrollo;
6. Pide a los Estados miembros que no se limiten a pronunciar meras palabras en materia de reforma de la educación y la formación sino que aborden el acceso, la inversión y la calidad con miras a unas políticas sostenibles a largo plazo; recuerda que es fundamental centrar la atención en la transición entre las diferentes vías de educación y formación y reconocer las competencias basadas en el aprendizaje no formal e informal; hace hincapié en que la seguridad de los ingresos y la confianza en las perspectivas del mercado de trabajo son premisas esenciales para optar por la educación superior, y en que los jóvenes que corren más riesgo de exclusión se ven excesivamente afectados por ello;
7. Insta a los Estados miembros a que tomen medidas enérgicas para luchar contra el desempleo juvenil y la exclusión precoz, en particular mediante una actuación preventiva contra el abandono prematuro de la escuela o los programas de formación y aprendizaje profesionales (por ejemplo, la aplicación de un sistema educativo dual o de otros tipos de estructuras igualmente eficaces);
8. Hace hincapié en que los jóvenes deben tener la oportunidad de trabajar en su lugar de origen y que deben adoptarse medidas para abordar las desigualdades geográficas en Europa en relación con las oportunidades de los jóvenes; pide a la Comisión Europea y a los Estados miembros que garanticen políticas que incluyan medidas para facilitar el retorno de los jóvenes a sus países de origen, evitando la fuga de cerebros y la pérdida de capital humano;
9. Hace hincapié en que la inversión social en favor de los jóvenes que no estudian, ni trabajan, ni reciben formación alguna reduciría la pérdida económica actual que representa la desvinculación de los jóvenes con respecto al mercado laboral que, según los cálculos de Eurofound, asciende a 153 000 millones de euros, lo que equivale al 1,2 % del PIB de la UE[1];
10. Señala que la inversión social en la juventud puede adoptar una amplia gama de modalidades, como establecer asociaciones entre escuelas o centros de formación y empresas locales o regionales; proporcionar programas de formación específica de calidad y prácticas de alta calidad para jóvenes en empresas; programas de formación profesional en colaboración con empresas; programas de tutorías a cargo de los trabajadores de más experiencia para contratar y formar a jóvenes en el puesto de trabajo o para facilitar la transición de la educación al mundo laboral; alentar la participación de los jóvenes en la sociedad; y promover la movilidad voluntaria a nivel regional, europeo e internacional, obrando a favor del reconocimiento mutuo de las cualificaciones y competencias; señala, asimismo, que la inversión social puede ir acompañada de incentivos eficaces, tales como subsidios al empleo o contribuciones a la seguridad social de los jóvenes que garanticen unas condiciones de vida y de trabajo dignas, con objeto de animar a los empleadores públicos y privados a contratar a jóvenes, invertir tanto en la creación de empleos de calidad para los jóvenes como en su formación permanente, mejorar sus capacidades durante el desempeño de su trabajo y fomentar el espíritu emprendedor entre la juventud;
11. Pide, con carácter de urgencia, que los 6 000 millones de euros destinados a la nueva iniciativa sobre empleo juvenil se concentren en los primeros años del marco financiero plurianual, a fin de abordar el desempleo juvenil y aplicar las garantías juveniles; destaca que los costes de aplicación de las garantías juveniles en la zona del euro ascenderán a 21 000 millones de euros, según estimaciones de la Organización Internacional del Trabajo; solicita, por consiguiente, que la asignación de recursos se revise al alza en el contexto de la revisión del marco financiero plurianual; acoge con satisfacción la ampliación del grupo beneficiario de la Garantía Juvenil a los menores de 30 años;
12. Informa a los Estados miembros de su intención de supervisar estrechamente todas las actividades de los Estados miembros destinadas a hacer realidad la Garantía Juvenil y pide a las organizaciones juveniles que lo mantengan al día con respecto a los análisis que lleven a cabo sobre las acciones de los Estados miembros;
13. Recuerda que los dos objetivos globales de la estrategia para la juventud (el establecimiento de una igualdad de oportunidades para los jóvenes en el mercado de trabajo y la promoción de la inclusión social) están lejos de haberse alcanzado e insta a la Comisión y a los Estados miembros a que asuman el tremendo impacto de la crisis en la participación de los jóvenes en la sociedad;
14. Hace hincapié en que toda medida de lucha contra el desempleo juvenil adoptada por los Estados miembros y las instituciones europeas debe tener un mínimo de dos vertientes: identificar y poner fin a las políticas contraproducentes y presentar políticas que aborden la participación juvenil y el empleo con la participación de los actores interesados;
15. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.
- [1] Eurofound (2012), ‘NEETs – Young people not in employment, education or training: Characteristics, costs and policy responses in Europe’ («Los NiNis: jóvenes que no estudian ni trabajan ni se forman: características, costes y respuestas políticas en Europa»). Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, Luxemburgo.