PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la crisis en Egipto
10.9.2013 - (2013/2820(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 110, apartado 2, del Reglamento
Charles Tannock, Adam Bielan, Sajjad Karim en nombre del Grupo ECR
Véase también la propuesta de resolución común RC-B7-0411/2013
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus anteriores resoluciones sobre Egipto, en particular la de 4 de julio de 2013[1],
– Vistas las conclusiones del Consejo Europeo de 8 de febrero de 2013 sobre la primavera árabe,
– Vistas las conclusiones del Consejo de Asuntos Exteriores de 27 de febrero y 25 de junio de 2012, de 31 de enero y 8 de febrero de 2013 sobre Egipto, y de 31 de enero de 2013 sobre el apoyo de la UE al cambio sostenible en las sociedades en transición,
– Vistas las declaraciones de la Alta Representante Catherine Ashton, de 3 de julio de 2013, sobre la situación en Egipto, y de 28 de junio de 2013, sobre las manifestaciones previstas en Egipto en el primer aniversario de la toma de posesión del Presidente Morsi,
– Vistas la declaración del Presidente del Parlamento Europeo Martin Schulz, de 6 de junio de 2013, sobre la condena de 43 trabajadores de ONG en Egipto, la declaración conjunta de la Alta Representante de la UE Catherine Ashton y del Comisario Štefan Füle, de 5 de junio de 2013, sobre los veredictos emitidos en el juicio a las ONG en Egipto, y la declaración del portavoz de la Alta Representante Catherine Ashton, de 2 de junio de 2013, sobre la nueva legislación relativa a las ONG en Egipto,
– Vistos el Acuerdo de Asociación UE-Egipto de 2001, que entró en vigor en 2004 y fue reforzado por el Plan de Acción de 2007, y el informe de situación de la Comisión, de 20 de marzo de 2013, sobre su aplicación,
– Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos, de 1948,
– Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, ratificado por Egipto,
– Vistas la declaración, de 1 de julio de 2013, del General Abdel Fatah Jalil al Sisi, Presidente del Consejo de las Fuerzas Armadas de Egipto, y la hoja de ruta política presentada por el Movimiento 6 de Abril,
– Vistas las declaraciones sobre el proyecto legislativo relativo a la sociedad civil del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, de 8 de mayo de 2013, y del Secretario General de las Naciones Unidas, de 5 de junio de 2013,
– Visto el dictamen provisional sobre el proyecto de ley de organizaciones cívicas de Egipto, adoptado por la Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho (Comisión de Venecia) en su 95ª sesión plenaria de los días 14 y 15 de junio de 2013,
– Vista la declaración de cuarenta organizaciones de la sociedad civil egipcia, de 30 de mayo de 2013,
– Visto el informe especial del Tribunal de Cuentas Europeo sobre «Cooperación de la UE con Egipto en materia de gobernanza», de 18 de junio de 2013,
– Visto el apartado 2 del artículo 110 del Reglamento,
A. Considerando que durante todo el verano han salido a las calles de El Cairo y de todo Egipto varios millones de personas; que se han producido una serie de violentos enfrentamientos entre el Gobierno militar de Egipto y los leales al ex Presidente Morsi; que se calcula que han muerto 850 personas y otras han resultado heridas como consecuencia de dichos enfrentamientos, entre ellos el cámara británico Mick Deane, que trabajaba para Sky News, y la adolescente británica Deqa Hassan, que perdió una pierna en un supuesto atentado suicida en El Cairo; que miles de personas han necesitado tratamiento médico por lesiones;
B. Considerando que Egipto sigue atravesando un difícil período de auténtica transición hacia la democracia; que el país se enfrenta a retos esenciales en los ámbitos del Estado de Derecho, el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, y la justicia social;
C. Considerando que, el 14 de agosto de 2013, el Gobierno interino declaró el estado de emergencia en Egipto e impuso un toque de queda diario en muchas ciudades egipcias, especialmente en El Cairo, desde las 19.00 hasta las 6.00 horas; considerando que el 24 de agosto de 2013 el toque de queda se redujo de las 21.00 a las 6.00 horas y que posteriormente se ha reducido de las 23.00 a las 6.00 horas como prueba de una mejora de la situación en materia de seguridad;
D. Considerando que son numerosos los que piensan que los dirigentes de los Hermanos Musulmanes no han conseguido dar instrucciones a sus fracciones políticas para que se abstuvieran de ejercer violencia contra la policía y el ejército, y que no han podido llevar a Egipto a una verdadera democracia;
E. Considerando que en los últimos enfrentamientos la comunidad cristiana copta ha sido un objetivo especial; que han aumentado durante los meses de verano las tensiones políticas entre los Hermanos Musulmanes y las comunidades cristianas en todo Egipto; que se ha denunciado una serie de tiroteos y de ataques incendiarios contra los cristianos egipcios y sus iglesias;
F. Considerando que Egipto se enfrenta a continuas dificultades económicas, a las que viene a sumarse el cierre temporal de una serie de destinos turísticos populares; que la prosperidad económica del país requiere estabilidad política, unas políticas económicas sólidas, lucha contra la corrupción y respaldo internacional; considerando que la justicia social y un nivel de vida más elevado para los ciudadanos son dimensiones cruciales de la transición hacia una sociedad egipcia abierta, estable, democrática, libre y próspera;
1. Condena enérgicamente la violencia utilizada por ambas partes durante los meses de verano en todo Egipto; manifiesta su solidaridad con el pueblo egipcio y expresa su sincero pésame a las familias de las víctimas;
2. Subraya la urgente necesidad de una reconciliación nacional que también conlleve verdaderos esfuerzos por parte de los líderes de Egipto para contribuir a la transición hacia una verdadera democracia que apoye la paz e incluya a todos los ciudadanos; insta a las personas que ocupan puestos de liderazgo que reflexionen sobre las lecciones que pueden extraerse de anteriores gobiernos de Egipto, en particular el del ex Presidente Morsi;
3. Pide al Gobierno egipcio que salvaguarde la seguridad de todos los ciudadanos, independientemente de sus puntos de vista y adscripciones políticas y religiosas; pide al Gobierno egipcio que respete los derechos humanos y las libertades fundamentales, que proteja las libertades de asociación y de expresión, y que cumpla sus obligaciones internacionales; pide a todas las partes que actúen responsablemente, con ánimo de evitar acciones violentas y provocaciones que pudieran menoscabar u obstaculizar el derecho legítimo de los ciudadanos a manifestarse pacíficamente y expresar libremente su voluntad y sus opiniones;
4. Pone de manifiesto su preocupación por que el deterioro de la situación en la península del Sinaí y el aumento de los ataques perpetrados por grupos combatientes - incluyendo el del 19 de agosto de 2013 en el que fueron ejecutados sumariamente al menos 24 policías egipcios - podrían tener graves consecuencias para Egipto, Oriente Medio y toda la región;
5. Señala que los líderes de Egipto deben estar dispuestos a consultar a los ciudadanos sobre la reforma de la nueva Constitución del país, e insta a los líderes de Egipto a que celebren un referéndum sobre la nueva Constitución; espera que se celebren pronto unas elecciones parlamentarias libres y limpias; reitera que los que ejercen funciones de liderazgo deben reflexionar sobre las lecciones que cabe extraer de los anteriores gobiernos egipcios;
6. Pide a los líderes de Egipto que hagan frente a la inestabilidad económica al mismo tiempo que a la inestabilidad política; opina que los líderes de Egipto deben lograr la reforma económica, y que es fundamental que estos líderes actúen en pro de la estabilidad democrática en Egipto con el fin de recuperar la maltrecha economía turística del país;
7. Insta a la UE y a sus Estados miembros a que sigan brindando apoyo y asistencia técnica a las ONG egipcias y a que trabajen conjuntamente para sensibilizar en mayor medida a la sociedad civil y reforzar la cultura de la acción civil y las actividades de la sociedad civil en el país, todos ellos elementos esenciales de una democracia sólida y sostenible;
8. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, a la Alta Representante/Vicepresidenta, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y al Gobierno y al Parlamento de Egipto.
- [1] Textos Aprobados, P7_TA(2013)0333.