PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la situación en Egipto
10.9.2013 - (2013/2820(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 110, apartado 2, del Reglamento
Véronique De Keyser, Libor Roucek, Pino Arlacchi, Saïd El Khadraoui, Ana Maria Gomes, Maria Eleni Koppa, María Muñiz de Urquiza, Raimon Obiols i Germa, Pier Antonio Panzeri, Joanna Senyszyn, Boris Zala en nombre del Grupo S&D
Véase también la propuesta de resolución común RC-B7-0411/2013
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Egipto, y en particular la de 4 de julio de 2013 sobre la crisis en Egipto[1],
– Vista su Resolución sobre la recuperación de los activos de los países de la Primavera Árabe en proceso de transición[2],
– Vista las Conclusiones del Consejo sobre Egipto de los días 21 de agosto y 22 de julio de 2013,
– Vista la declaración conjunta del 18 de agosto 2013 sobre Egipto del Presidente del Consejo Europeo, Herman Van Rompuy, y del Presidente de la Comisión, José Manuel Barroso,
– Vistas las observaciones formuladas por la Alta Representante Catherine Ashton tras la reunión extraordinaria del Consejo de Asuntos Exteriores sobre Egipto el 21 de agosto de 2013, las declaraciones de la Alta Representante sobre la situación y la evolución en Egipto de los días 14 y 16 de agosto y de los días 3, 7, 8, 14, 16, 17, 27 y 30 de julio de 2013, así como la declaración conjunta de 7 de agosto 2013 sobre Egipto de la Alta Representante y el Secretario de Estado de los EE.UU., John Kerry,
– Visto el Acuerdo Euromediterráneo de 2001 por el que se crea una asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República Árabe de Egipto, por otra parte, que entró en vigor en 2004,
– Vistas las conclusiones de la reunión de los copresidentes del Grupo de Trabajo UE-Egipto de 14 noviembre de 2012,
– Vista la Declaración Constitucional de Egipto, de 8 de julio de 2013,
– Visto el «Programa para sostener el camino hacia la democracia» del Gobierno provisional de Egipto,
– Vista la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948,
– Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966, del que Egipto es parte,
– Visto el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,
A. Considerando que Egipto es un importante vecino de la Unión en el sur del Mediterráneo, y que la incipiente transición a la democracia en el país aún no se ha logrado; considerando que Egipto se enfrenta a una violencia generalizada y a retos fundamentales en el ámbito de la democracia, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales; considerando que las tensiones políticas han profundizado las divisiones internas dentro de la sociedad egipcia;
B. Considerando que el 30 de junio de 2013 millones de egipcios salieron a las calles en El Cairo y en todo el país en protestas pacíficas pidiendo la renuncia del primer presidente libremente elegido del país, Mohamed Morsi, que no había respondido a sus aspiraciones democráticas; considerando que un gran número ciudadanos resultaron muertos y heridos en la represión de dichas manifestaciones;
C. Considerando que el 3 de julio de 2013, mediante un golpe de Estado militar, el General Abdul Fatah al-Sisi, jefe de las fuerzas armadas egipcias, anunció que el Presidente Morsi había sido depuesto; considerando que el 4 de julio Adly Mansour, Presidente del Tribunal Supremo Constitucional juró como Presidente provisional del país; considerando que el Presidente provisional disolvió la Cámara Alta del Parlamento el 5 de julio, emitió una declaración constitucional el 8 de julio y el 9 de julio nombró a Mohamed El Baradei como Vicepresidente y a Hazem El Beblawi como Primer Ministro;
D. Considerando que las tensiones políticas siguen provocando violentos enfrentamientos en Egipto, lo que ya ha causado más de mil muertos y muchos más heridos desde principios de julio de 2013; considerando que el 14 de agosto, el ejército egipcio y la policía disolvieron dos sentadas de partidarios del ex presidente Morsi y de los Hermanos Musulmanes en la intersección de Rabaa y en la Plaza Nahda en El Cairo, lo que llevó a la muerte de cientos de manifestantes junto a decenas de policías y a la renuncia del Vicepresidente El Baradei; considerando que, ese mismo día, el Presidente provisional declaró el estado de emergencia en el país durante un mes;
E. Considerando que en su «Programa para sostener el camino hacia la democracia», el Gobierno provisional afirmó su compromiso de «trabajar a nivel tanto político como social en la construcción de un sistema democrático que garantice los derechos y libertades de todos los egipcios», y en pos de la «finalización de la hoja de ruta de acuerdo con la Declaración Constitucional garantizando la plena participación de todos los agentes políticos en un referéndum sobre la nueva Constitución, seguido de elecciones parlamentarias y presidenciales libres y justas, que se celebrarán a su debido tiempo, de conformidad con todas las normas legislativas»; considerando que la participación de todas las fuerzas y agentes políticos, incluidos los Hermanos Musulmanes, es esencial en este proceso; considerando, no obstante, que los Hermanos Musulmanes se han negado a participar en este proceso y que varios de sus líderes han hecho declaraciones incitando a la violencia contra las autoridades del Estado y las fuerzas de seguridad;
F. Considerando que el ex presidente Morsi se encuentra detenido desde el 3 de julio de 2013 y ha sido enviado a juicio por el fiscal del país, junto con otras catorce personas, incluidas figuras prominentes de los Hermanos Musulmanes, por los delitos de incitación al asesinato y a la violencia; considerando que el 3 de septiembre un tribunal militar condenó a un partidario del ex presidente Morsi a cadena perpetua por actos de violencia contra el ejército, mientras que tres de sus seguidores han sido condenados a quince años de cárcel y otros cuarenta y cinco a cinco años de cárcel por disparar y cometer actos violentos contra el ejército; considerando que muchos de los miembros de los Hermanos Musulmanes han sido arrestados, incluyendo la mayoría de sus líderes, y están ahora a la espera de juicio, mientras que el ex dictador Hosni Mubarak fue puesto en libertad el 22 de agosto y desde entonces se encuentra bajo arresto domiciliario;
G. Considerando que, como consecuencia de la inestabilidad y la falta de seguridad en el país, las acciones terroristas por parte de grupos militantes están aumentando en Egipto, en particular, en el Sinaí, incluyendo el asesinato de veinticinco policías fuera de servicio en el norte del Sinaí el 19 de agosto de 2013;
H. Considerando que un proceso político inclusivo basado en un verdadero diálogo nacional, con la participación significativa de todas las fuerzas políticas y agentes democráticos, es la única manera de superar las divisiones y las tensiones políticas y sociales actuales, con el fin de crear una democracia firme y sostenible en Egipto;
I. Considerando que el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, así como la justicia social y una mejor calidad de vida para los ciudadanos, son dimensiones cruciales de la transición hacia una sociedad egipcia abierta, libre, democrática, estable y próspera; considerando que Egipto se enfrenta a serias dificultades económicas; considerando que la prosperidad económica del país requiere estabilidad política, unas políticas económicas sólidas, medidas para combatir la corrupción y ayuda internacional;
J. Considerando que las mujeres se encuentran en una situación particularmente vulnerable en el actual período de transición en Egipto; considerando que, según informes de organizaciones egipcias e internacionales de derechos humanos, las mujeres manifestantes siguen siendo víctimas de violencia, agresiones sexuales y otras formas de trato degradante por parte de las fuerzas de seguridad;
K. Considerando que los sindicatos independientes y las organizaciones de la sociedad civil deben desempeñar un papel crucial en este período crítico de transición política y social en Egipto; considerando que la prensa y los medios de comunicación libres e independientes constituyen una parte fundamental de la sociedad en una democracia genuina; considerando que los tribunales egipcios ordenaron recientemente el cierre de varios canales de televisión dirigidos por simpatizantes de los Hermanos Musulmanes, violando la libertad de prensa y el derecho a la información;
L. Considerando que, en sus conclusiones sobre Egipto de 22 de julio de 2013, el Consejo de Asuntos Exteriores declaró que las fuerzas armadas no deben desempeñar funciones políticas en una democracia y que deben aceptar y respetar la autoridad constitucional del poder civil como principio básico de la gobernanza democrática;
M. Considerando que en el ejercicio financiero 2007-2013, la UE ha puesto más de 1000 millones de euros a disposición de Egipto en el marco del Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación; considerando que los programas que se están llevando a cabo actualmente ascienden a 892 millones de euros, con una disminución de los niveles de pago (en 2013 solo se pagaron 16 millones de euros hasta finales de agosto debido a la continua inestabilidad y al incumplimiento de las condiciones pactadas); considerando que desde 2012 no se ha aprobado ningún nuevo programa de ayuda presupuestaria para Egipto debido a la falta de aplicación de la reforma; considerando que en la reunión del Grupo de Acción UE-Egipto de noviembre de 2012, la Unión Europea y las instituciones financieras asociadas (BEI y BERD) comprometieron un importe de casi 5 000 millones de euros como paquete global adicional de ayuda a largo plazo a Egipto;
N. Considerando que, en sus conclusiones sobre Egipto de 21 de agosto de 2013, el Consejo de Asuntos Exteriores encargó a la Alta Representante que, en cooperación con la Comisión, revisara la cuestión de la asistencia de la UE a Egipto en virtud de la Política de Vecindad Europea y del Acuerdo de Asociación, sobre la base del compromiso de Egipto en favor de los principios que los inspiran; considerando que los Estados miembros decidieron suspender las licencias de exportación a Egipto de todo aquellos equipos que puedan utilizarse para la represión interna, así como reevaluar las licencias de exportación para otros equipos militares y revisar su asistencia en materia de seguridad a Egipto;
O. Considerando que la asociación con la sociedad civil, un enfoque basado en incentivos y el principio de «más por más», y posiblemente «menos por menos», son las piedras angulares de la política de vecindad europea revisada de la UE; considerando que el artículo 2 del Acuerdo de Asociación UE-Egipto establece que «las relaciones entre las Partes, así como todas las disposiciones del propio Acuerdo, se basarán en el respeto de los principios democráticos y los derechos humanos fundamentales establecidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, que inspira las políticas internas e internacionales y constituyen un elemento esencial del presente Acuerdo»;
1. Expresa su preocupación por los acontecimientos políticos en Egipto; lamenta el golpe militar del 3 de julio de 2013, seguido por la transferencia del poder a un Presidente provisional y a un Primer Ministro en funciones; cree que la única manera de construir una democracia firme y sostenible en Egipto es a través de la reconciliación nacional y un proceso político inclusivo, con la participación de todas las fuerzas políticas y agentes democráticos, lo que debería conducir lo más pronto posible a una nueva constitución que debe aprobarse mediante un referéndum, a unas elecciones presidenciales y parlamentarias libres y justas, a un gobierno civil democráticamente elegido, y a la liberación de todos los presos políticos; insta a todas las fuerzas y agentes políticos de Egipto a que participen y desempeñen un papel constructivo en este proceso;
2. Condena el uso desproporcionado de la fuerza por parte de las fuerzas de seguridad contra los manifestantes, en particular durante la disolución de las sentadas de Rabaa y la Plaza Nahda; expresa sus condolencias a las familias de todos los que perdieron la vida en los recientes incidentes; pide investigaciones imparciales y creíbles sobre estos hechos y que los responsables rindan cuentas; toma nota del reciente anuncio del Primer Ministro en funciones El Beblawy de que se creará un comité independiente formado por figuras públicas para investigar la disolución de las sentadas de Rabaa y la Plaza Nahda;
3. Insta a todos los agentes políticos y fuerzas de seguridad a la máxima moderación y a que eviten la provocación, con el fin de evitar nuevos actos de violencia en interés del país; recuerda al Presidente provisional, al Gobierno provisional y al ejército egipcio su obligación de garantizar la seguridad de todos los ciudadanos del país, independientemente de sus opiniones políticas y afiliación; condena todos los actos de terrorismo, incitación, violencia y discursos de odio; insta a los Hermanos Musulmanes a que contribuyan a los esfuerzos de reconciliación; pide que se levante sin demora el estado de excepción;
4. Pide al Gobierno provisional que proteja y promueva el pleno respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluidas la libertad de asociación y de reunión pacífica, la libertad de expresión y de palabra, la libertad de los medios de comunicación, la libertad de religión, de conciencia y de pensamiento y los derechos de las mujeres, y que garantice el derecho a un juicio justo para todos, la protección de las minorías y la no discriminación por motivos de orientación sexual; considera que toda prohibición, exclusión o persecución dirigida contra una fuerza o agente político democrático en Egipto repetiría los errores del pasado y sólo conduciría a un radicalismo aún mayor;
5. Pide que se ponga fin de inmediato a todos los actos de violencia, asaltos sexuales y otras formas de trato degradante contra las mujeres manifestantes y las activistas de los derechos de las mujeres, pide asimismo investigaciones serias e imparciales sobre todos los casos y que los responsables comparezcan ante la justicia;
6. Subraya una vez más la importancia de la contribución de la sociedad civil, los sindicatos y los medios de comunicación a la construcción de una democracia firme y sostenible en Egipto; pide al Gobierno provisional que garantice que las organizaciones nacionales e internacionales de la sociedad civil, los sindicatos independientes y los periodistas puedan actuar libremente en el país, sin interferencia del gobierno; apoya la decisión del Consejo de Asuntos Exteriores de 21 agosto de 2013, a la luz de los efectos negativos de la situación económica en los grupos más vulnerables de la sociedad egipcia, de continuar con la ayuda de la UE al sector socioeconómico y a la sociedad civil;
7. Condena los recientes actos de violencia contra la comunidad copta, incluida la destrucción de numerosas iglesias y centros comunitarios en todo el país; insta al Gobierno egipcio a garantizar que esta comunidad pueda seguir siendo parte importante del tejido social de Egipto y que se restaure rápidamente la coexistencia pacífica con otras comunidades religiosas;
8. Insta a la Unión a tener en cuenta tanto el principio de condicionalidad («más por más», y, posiblemente, «menos por menos») y los graves retos económicos a que se enfrenta Egipto en sus relaciones bilaterales en lo relativo a la ayuda financiera al país; acoge con satisfacción la reciente decisión del Consejo de Asuntos Exteriores de suspender las licencias de exportación a Egipto de todo equipo que pueda utilizarse para la represión interna;
9. Acoge favorablemente y apoya los esfuerzos de la Alta Representante/Vicepresidenta Catherine Ashton y del Representante Especial Bernardino León para mediar entre las partes con el fin de negociar un salida a la actual crisis política en Egipto, y los alienta a continuar este compromiso proactivo y constructivo destinado a ayudar al país en el proceso de reconciliación;
10. Toma nota de las conclusiones del informe especial del Tribunal de Cuentas Europeo de 18 de junio 2013 sobre la cooperación de la UE con Egipto en el ámbito de la gobernanza, y pide medidas para garantizar una mayor transparencia y una mejor rendición de cuentas sobre la forma en que se gastan los fondos de la UE en Egipto, con especial atención a los proyectos de fomento de la sociedad civil y de protección de las minorías y los derechos de las mujeres;
11. Reitera su llamamiento para el establecimiento sin demora de un mecanismo de la UE para proporcionar asistencia jurídica y técnica a los países de la Primavera Árabe en el proceso de recuperación de activos, como se recoge en su Resolución de 23 de mayo de 2013, que se ha retrasado debido a los disturbios en Egipto; subraya una vez más que facilitar el retorno de los activos robados por ex dictadores y sus regímenes es un imperativo moral para la UE; considera que la recuperación de activos es un asunto altamente político en razón de su valor simbólico y puede hacer una gran contribución a la restauración de la rendición de cuentas, la creación de estabilidad y la construcción de instituciones sólidas en pos del respeto de la democracia y el Estado de Derecho en los países socios;
12. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Alta Representante/Vicepresidenta, a los Parlamentos y Gobiernos de los Estados miembros, así como al Presidente provisional y al Gobierno provisional de Egipto.
- [1] Textos Aprobados, P7_TA(2013)0095.
- [2] Textos Aprobados, P7_TA(2013)0224.