PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre las prioridades de la UE para el 25º periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas
5.3.2014 - (2014/2612(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 110, apartado 2, del Reglamento
Barbara Lochbihler en nombre del Grupo Verts/ALE
Véase también la propuesta de resolución común RC-B7-0234/2014
B7‑0236/2014
Resolución del Parlamento Europeo sobre las prioridades de la UE en el 25º periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas
El Parlamento Europeo,
– Vistas la Declaración Universal de Derechos Humanos y las convenciones de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos, así como los protocolos facultativos de las mismas,
– Vista la Resolución 60/251 de la Asamblea General de las Naciones Unidas por la que se establece el Consejo de Derechos Humanos (CDH),
– Vistas la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas, de 8 de septiembre de 2000, y las resoluciones de su Asamblea General sobre la misma,
– Vistos el Convenio Europeo de Derechos Humanos, la Carta Social Europea y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,
– Vistos el Marco Estratégico de la UE sobre Derechos Humanos y Democracia y el Plan de Acción de la UE sobre Derechos Humanos y Democracia adoptados en la 3179ª reunión del Consejo de Asuntos Exteriores, de 25 de junio de 2012,
– Vista su Recomendación al Consejo, de 13 de junio de 2012, sobre el Representante Especial de la UE para los Derechos Humanos,
– Vistas sus anteriores Resoluciones sobre el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDH), incluidas las prioridades del Parlamento en este contexto y, en particular, la de 7 de febrero de 2013[1],
– Vistas sus Resoluciones urgentes sobre los derechos humanos,
– Vista su Resolución, de 11 de diciembre de 2013, sobre el Informe anual sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo (2012) y la política de la Unión Europea al respecto[2],
– Vistas las Conclusiones del Consejo de Asuntos Exteriores sobre las prioridades de la UE en los foros de las Naciones Unidas sobre derechos humanos, adoptadas el 10 de febrero de 2014,
– Vistos el artículo 2, el artículo 3, apartado 5, y los artículos 18, 21, 27 y 47 del Tratado de la Unión Europea,
– Vistos los próximos periodos de sesiones del CDH en 2014, en particular el 25º período ordinario de sesiones, que se celebrará del 3 al 28 de marzo de 2014,
– Visto el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,
A. Considerando que el respeto, el fomento, la protección y el carácter universal de los derechos humanos forman parte del acervo ético y jurídico de la Unión Europea y constituyen una de las piedras angulares de la unidad e integridad europeas;
B. Considerando que la credibilidad de la UE en el CDH de las Naciones Unidas se verá impulsada si aumenta la coherencia entre sus políticas internas y externas en materia de derechos humanos;
C. Considerando que, para conseguir los mejores resultados, la UE y sus Estados miembros deben aspirar a hablar con una sola voz para oponerse a las violaciones de los derechos humanos y que, en este contexto, deben continuar reforzando la cooperación y mejorando los aspectos organizativos y la coordinación entre los Estados miembros y las instituciones de la Unión;
D. Considerando que la reunión del Consejo de Asuntos Exteriores de la UE, de 10 de febrero de 2014, definió sus prioridades con miras al 25º periodo de sesiones ordinario del CDH de las Naciones Unidas y a la próxima Tercera Comisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas, y que entre esas prioridades se incluye la situación en Siria, la República Popular Democrática de Corea, Irán, Sri Lanka, Myanmar/Birmania, Bielorrusia, la República Centroafricana, Sudán del Sur, la República Democrática del Congo, Eritrea, Mali y Sudán; considerando que las prioridades temáticas decididas por el Consejo de Asuntos Exteriores incluyen la pena de muerte, la libertad de religión o creencia, los derechos del niño, los derechos de la mujer, la agenda mundial después de 2015, la libertad de opinión y expresión, la libertad de asociación y reunión, la cooperación de las ONG con los organismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, la tortura, las personas LGBTI, el racismo, los pueblos indígenas, los derechos económicos, sociales y culturales, las empresas y los derechos humanos, y el apoyo a los organismos y mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas;
E. Considerando que el 25 de julio de 2012 se nombró a un Representante Especial de la UE para los Derechos Humanos con el cometido de potenciar la eficacia y la visibilidad de la política de la UE en materia de derechos humanos y contribuir a poner en práctica el Marco estratégico y el Plan de acción sobre derechos humanos y democracia;
F. Considerando que, en octubre de 2013, se eligió a 14 nuevos miembros del CDH, que formalizaron su adhesión el 1 de enero de 2014, a saber, Antigua República Yugoslava de Macedonia, Arabia Saudí, Argelia, China, Cuba, Francia, Maldivas, Marruecos, México, Namibia, Rusia, Sudáfrica, Vietnam y Reino Unido; que nueve de los Estados miembros de la UE forman parte del CDH de las Naciones Unidas;
G. Considerando que la prioridad temática del 58º periodo de sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer serán los retos y logros en la aplicación de los Objetivos de Desarrollo del Milenio para las mujeres y las niñas;
H. Considerando que la corrupción en los sectores público y privado perpetúa y agrava las desigualdades y la discriminación en cuanto al disfrute equitativo de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, y que está demostrado que los actos de corrupción y las violaciones de los derechos humanos tienen que ver con el abuso de poder, la falta de responsabilidad y diversas formas de discriminación;
I. Considerando que la ratificación por los Estados de las dos enmiendas de Kampala y la activación de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional sobre crímenes de agresión supondrán una nueva contribución al final de la impunidad de los autores de dichos crímenes;
1. Celebra las prioridades definidas por el Consejo con miras al 25º periodo de sesiones ordinario del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas; insta al Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y a los Estados miembros a que tengan en cuenta sus recomendaciones al defender las prioridades de la UE en el CDH;
La labor del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas
2. Reitera su convicción de que las elecciones al CDH tienen que ser competitivas, y manifiesta su oposición al amaño de las elecciones por los grupos regionales; insiste en la importancia de las normas para la pertenencia al CDH en materia de compromiso y comportamiento en el ámbito de los derechos humanos, e insta a los Estados miembros a que hagan hincapié en tales normas al definir los candidatos por los que votarán; destaca que los miembros del CDH han de defender las normas más estrictas en relación con la promoción y protección de los derechos humanos, insiste en la importancia de establecer criterios firmes y transparentes para la rehabilitación de los miembros objeto de suspensiones;
3. Manifiesta su preocupación por las violaciones de los derechos humanos en varios de los nuevos miembros electos del CDH, entre ellos Arabia Saudí, Argelia, China, Cuba, Marruecos, Rusia y Vietnam;
4. Sigue oponiéndose a la «votación en bloque» en el CDH; insta a los países miembros del CDH a que mantengan la transparencia en sus votaciones;
5. Lamenta que el espacio de interacción entre la sociedad civil y el CDH se vaya reduciendo y que cada vez se ofrezcan a las ONG menos ocasiones para expresarse en estas sesiones; insta a la UE y al CDH a garantizar que se permita a la sociedad civil participar tanto como sea posible en el 25º periodo de sesiones del CDH, así como en el proceso del Examen Periódico Universal (EPU) y otros mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, sin miedo a represalias al regresar a sus países de origen; condena las represalias que se han conocido, e insta al SEAE y a los Estados miembros a que garanticen que tales cases son objeto de un seguimiento sistemático;
6. Elogia a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Navi Pillay, por sus continuos esfuerzos en el proceso de refuerzo de los órganos de los tratados; reafirma enérgicamente el carácter multilateral de los órganos de los tratados y resalta que es necesaria una inclusión continua de la sociedad civil en estos procesos; subraya asimismo que deben conservarse y potenciarse la independencia y la eficacia de los órganos de los tratados;
Cuestiones nacionales específicas
Siria
7. Reitera su enérgica condena de las violaciones generalizadas de los derechos humanos y del Derecho internacional humanitario por parte del régimen sirio, incluidos todos los actos de violencia, tortura sistemática y ejecución de prisioneros; condena todas las vulneraciones de los derechos humanos y violaciones del Derecho internacional humanitario por parte de los grupos armados opositores al régimen; manifiesta su honda preocupación por las graves repercusiones de tres años de conflicto sobre la población civil y por el deterioro continuo de la situación humanitaria en el país y en la región; pide a todos los agentes armados que pongan fin de inmediato a la violencia en Siria; apoya plenamente la reciente ronda de conversaciones iniciada sobre la base del Comunicado de Ginebra, que debería ser el primer paso en un proceso que conduzca a una solución política y democrática al conflicto, a fin de facilitar una transición democrática encabezada por Siria que satisfaga las aspiraciones legítimas de su pueblo;
8. Insta a todas las partes en conflicto y, en particular, al régimen sirio a que garanticen un acceso transfronterizo total y seguro a la ayuda humanitaria internacional, y a que cumplan su promesa de permitir que las mujeres y los niños escapen de las ciudades asediadas como Homs y el campo de Yarmuk; acoge con satisfacción la Resolución 2139 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de 22 de febrero de 2014, en la que pide que se permita el acceso de los convoyes de ayuda humanitaria en todo el país con objeto de aliviar el sufrimiento de la población civil, y pide su rápida aplicación; pide la liberación de los activistas pacíficos detenidos por el Gobierno y de los rehenes civiles retenidos por grupos armados;
9. Recalca que, habida cuenta de la escala sin precedentes de la crisis, aliviar el sufrimiento de millones de sirios que necesitan bienes y servicios básicos debe ser una prioridad para la UE y para la comunidad internacional en su conjunto; recuerda a los Estados miembros de la UE su responsabilidad humanitaria con respecto a los refugiados sirios, y señala que tragedias tales como la de Lampedusa no deben volver a producirse; insta a la Comisión y a los Estados miembros a que ayuden a los refugiados que huyen del conflicto; advierte que, en su Resolución de 9 de octubre de 2013, el Parlamento alentaba a los Estados miembros de la UE a que hiciesen frente a las necesidades acuciantes permitiendo una entrada segura en la Unión, a fin de permitir provisionalmente la entrada de ciudadanos sirios por medio de un reasentamiento más allá de las cuotas nacionales actuales y por razones humanitarias;
10. Reitera su llamamiento al SEAE y a los Estados miembros para que velen por que la situación de Siria siga recibiendo la máxima prioridad en el marco de las Naciones Unidas, especialmente en el CDH;
11. Subraya el hecho de que el Derecho internacional prohíbe dejar morir de inanición deliberadamente a los civiles, así como los ataques a instalaciones médicas, y que ambos se considerarán crímenes de guerra; reitera la importancia de garantizar la rendición de cuentas en todos los niveles; elogia, en este contexto, la labor de la Comisión de Investigación Independiente sobre Siria, incluido su último informe, que se debatirá en el CDH, y pide a la Comisión de Investigación que analice el informe reciente, que incluye miles de fotografías de casos de tortura perpetrados, según las informaciones, por los militares sirios; reitera su llamamiento para que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas remita la situación de Siria a la Corte Penal Internacional para una investigación formal; pide a la Vicepresidenta / Alta Representante que tome medidas demostrables en este sentido;
Egipto
12. Condena las vulneraciones de los derechos humanos perpetradas en Egipto, incluidos el acoso y la detención de periodistas y activistas de la sociedad civil y de la oposición política y el uso excesivo de la fuerza que causó la muerte de un gran número de civiles, como sucedió durante el tercer aniversario de la revolución y los días en torno al referéndum de enero de 2013; insta a las autoridades egipcias a que garanticen que se llevan a cabo investigaciones completas, transparentes e independientes sobre las muertes de civiles para que todos sus culpables respondan de las mismas; condena el hecho de que decenas de miles de egipcios estén encarcelados y sufran represión, incluidos los Hermanos Musulmanes, calificados de organización terrorista, lo que dificulta la posibilidad de un proceso de reconciliación integrador necesario para la estabilidad y el desarrollo del país; pide al CDH de las Naciones Unidas que condene estas violaciones de los derechos humanos, supervise todas las investigaciones que se lleven a cabo y estudie la posibilidad de realizar sus propias investigaciones a falta de progresos por parte de las autoridades egipcias; subraya la importancia de abrir pronto una oficina regional del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) en El Cairo, como se acordó con las autoridades egipcias;
13. Toma nota de la nueva Constitución egipcia; observa la referencia a la independencia de las cuestiones religiosas cristiana y judía y reconoce los progresos realizados en materia de libertad religiosa; acoge con satisfacción la referencia en la Constitución egipcia a un gobierno civil y a la igualdad de todos los ciudadanos, incluida la mejora de los derechos de la mujer, así como la disposición sobre los derechos del niño, la prohibición de la tortura en todas sus formas y manifestaciones, la prohibición y tipificación penal de todas las formas de esclavitud y el compromiso de cumplir los tratados internacionales en materia de derechos humanos firmados por Egipto; lamenta profundamente el poder que la Constitución otorga al ejército y a los tribunales militares;
14. Manifiesta su preocupación por el hecho de que miles de personas, principalmente refugiados de Eritrea y Somalia, incluidos muchos niños y mujeres, pierdan la vida, desaparezcan o sean secuestrados para pedir un rescate, sean torturados, explotados sexualmente o se les mate para vender sus órganos a manos de traficantes de seres humanos en el Sinaí; recuerda, en este contexto, que el artículo 89 de la nueva Constitución dispone que quedan prohibidas y se considerarán delito todas las formas de esclavitud, opresión, explotación forzosa de seres humanos, comercio sexual y cualquier otra forma de tráfico de seres humanos;
Libia
15. Pide que se apruebe una resolución en la próxima sesión del CDH de las Naciones Unidas, basada en el informe del ACNUDH, que refuerce el mandato del ACNUDH para supervisar e informar al CDH sobre la situación de los derechos humanos y sus retos en Libia; manifiesta su preocupación por las detenciones ilegales en relación con el conflicto y por la práctica de torturas y las ejecuciones extrajudiciales, y acoge con satisfacción en este contexto las recomendaciones del informe sobre la tortura de la Misión de Apoyo de las Naciones Unidas; expresa su preocupación por el hecho de que los trabajadores de los medios de comunicación se conviertan en blanco, y pide que se protejan el pluralismo de los medios de comunicación y la libertad de expresión; pide que se preste apoyo a la resolución del conflicto y a la reconciliación nacional;
Túnez
16. Acoge con satisfacción la adopción de una nueva Constitución por Túnez el 26 de enero de 2014, lo que podría servir de fuente de inspiración para los países de la región y más allá de esta; anima a las autoridades de Túnez a celebrar unas elecciones integradoras, transparentes y creíbles en este año;
Palestina
17. Acoge con satisfacción la participación de Palestina como Estado observador no miembro de las Naciones Unidas desde noviembre de 2012; reitera su apoyo a este empeño; observa que el apoyo expresado por la UE a Palestina para que obtenga la condición de miembro de pleno derecho de las Naciones Unidas es parte de una solución política al conflicto entre Israel y Palestina; reitera que la UE no aceptará cambios en las fronteras anteriores a 1967, incluso por lo que respecta a Jerusalén, a excepción de los que acuerden las partes; comparte, en este sentido, las conclusiones del Consejo de la UE sobre el proceso de paz en Oriente Próximo, de 16 de diciembre de 2013, en las que lamentaba la continua ampliación por parte de Israel de las colonias, ilegales según el Derecho internacional, que constituyen un obstáculo para la paz;
Israel
18. Se felicita por la renovación del compromiso de Israel con el CDH de las Naciones Unidas y por la próxima aprobación del informe sobre el país del segundo ciclo del EPU; pide a las autoridades israelíes que cooperen con todos los Procedimientos Especiales, incluido el Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en los territorios ocupados; apoya las conclusiones de los informes del Secretario General de las Naciones Unidas y de la Alta Comisionada para los Derechos Humanos en relación con Israel y los Territorios Palestinos Ocupados, y pide a Israel que aplique las recomendaciones de la misión internacional independiente de investigación sobre las implicaciones de los asentamientos israelíes en los derechos humanos del pueblo palestino; manifiesta su profunda preocupación por los casos denunciados de detenciones políticas de niños en centros de detención israelíes;
Baréin
19. Manifiesta su preocupación por la situación de los defensores de los derechos humanos y de los activistas de la oposición en Baréin; se felicita por la declaración del Consejo de Derechos Humanos de septiembre de 2013 sobre Baréin firmada por todos los Estados miembros de la UE; pide la liberación inmediata e incondicional de todos los presos de conciencia, activistas políticos, periodistas, defensores de los derechos humanos y manifestantes pacíficos; pide a los Estados miembros de la UE que se esfuercen por adoptar durante el próximo período de sesiones del CDH una resolución sobre la situación de los derechos humanos en Baréin, centrada en la aplicación por Baréin de los compromisos que asumió durante el proceso del EPU y las recomendaciones de la Comisión de Investigación Independiente sobre Baréin, incluidas las que se refieren a los defensores de los derechos humanos, aceptadas por el Rey de Baréin;
Arabia Saudí
20. Pide a Arabia Saudí que, como nuevo miembro electo del Consejo de Derechos Humanos, preste atención a las recomendaciones de la 17ª sesión del Grupo de Trabajo sobre el Examen Periódico Universal para: poner fin a todas las formas de discriminación contra las mujeres en la legislación y en la práctica, y permitir que las mujeres participen en la sociedad plenamente y en condiciones de igualdad; tomar todas las medidas necesarias para luchar contra la violencia doméstica y garantizar que las víctimas tengan acceso a los mecanismos de protección y de reparación; promulgar una ley que prohíba todos los matrimonios infantiles tempranos y forzosos, y fijar la edad mínima legal para el matrimonio a los 18 años; adoptar leyes para proteger las libertades de asociación, de expresión, de reunión pacífica y de religión; imponer una moratoria sobre la pena de muerte con el fin de conseguir su eventual abolición; autorizar el registro de las ONG activas en el ámbito de los derechos humanos; y ratificar los instrumentos fundamentales en materia de derechos humanos;
Irán
21. Acoge con satisfacción la resolución adoptada por el CDH de las Naciones Unidas en marzo de 2013 sobre la situación de los derechos humanos en la República Islámica de Irán, y la ampliación del mandato del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en dicho país; reafirma su apoyo a la continuación del mandato y pide a Irán que permita la entrada en el país del Relator Especial de las Naciones Unidas como un paso crucial hacia la apertura de un diálogo para evaluar la situación de los derechos humanos en dicho país; reitera su condena de la pena de muerte en Irán y del significativo aumento del número de ejecuciones, con el ahorcamiento de 40 personas durante las dos primeras semanas de 2014, así como de la continua violación del derecho a la libertad de conciencia; toma nota de los primeros signos de progresos que el Gobierno iraní ha mostrado en relación con los derechos humanos, incluida la liberación de presos políticos; pide a la UE y al CDH de las Naciones Unidas que sigan supervisando estrechamente la situación de los derechos humanos, y que garanticen que los derechos humanos siguen siendo prioritarios en todos los tratos con el Gobierno iraní;
Rusia
22. Condena enérgicamente las leyes sobre «agentes extranjeros» en Rusia, que se están utilizando para acosar a las ONG mediante asaltos a oficinas, multas y otros métodos intimidatorios; pide a la UE y a sus Estados miembros que mantengan la presión sobre Rusia, en el CDH y más allá, para poner fin a estas claras violaciones de las libertades de expresión y de asociación; manifiesta su honda preocupación por otras violaciones continuadas de los derechos humanos en Rusia, por ejemplo la represión de los medios de comunicación, la legislación discriminatoria hacia las minorías sexuales, la violación del derecho de reunión y la falta de independencia judicial;
Bielorrusia
23. Reitera su apoyo al Relator Especial del CDH sobre la situación de los derechos humanos en Bielorrusia; pide que el mandato del Relator Especial se amplíe durante un año más cuando finalice en junio de 2014; acoge con satisfacción la resolución adoptada sobre Bielorrusia en junio de 2013, y el reconocimiento continuo y la atención prestada a las importantes violaciones de los derechos humanos cometidas en el país; insta al SEAE y a los Estados miembros a que mantengan la presión sobre Bielorrusia en materia de derechos humanos;
Uzbekistán
24. Celebra los resultados del EPU de Uzbekistán; considera lamentable la negativa continua del Gobierno de este país a responder favorablemente a las peticiones de visita de los Procedimientos Especiales del CDH; insta a los Estados miembros de la UE a que se esfuercen por crear un mecanismo específico de supervisión en el seno del CDH sobre la situación de los derechos humanos en Uzbekistán;
República Centroafricana
25. Reitera su profunda preocupación por la situación en la República Centroafricana; pide a la comunidad internacional que apoye, con carácter urgente, el llamamiento humanitario de las Naciones Unidas, con un grave déficit de financiación, y pide una mejora de la seguridad con vistas a garantizar el acceso de la población a la ayuda humanitaria; espera que el rápido despliegue de la misión de la PCSD de la UE contribuya a una mejora de la situación sobre el terreno; celebra la Resolución 2136 (2014) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la Resolución del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, su sesión especial sobre la situación en la República Centroafricana, de 20 de enero de 2014, y el nombramiento de un Experto Independiente sobre la situación de los Derechos Humanos en el país; insta al nuevo Presidente provisional, Samba-Panza, a hacer cuanto esté en su mano por poner fin a la violencia y calmar las tensiones sectarias en el país;
República Democrática del Congo
26. Destaca el llamamiento de las Naciones Unidas para que se mantenga la ayuda a la parte oriental de la República Democrática del Congo (RDC) devastada por los conflictos, para evitar que se convierta en una crisis olvidada; manifiesta su profunda preocupación por los recientes desplazamientos masivos de población en la región de Katanga; expresa su firme condena de los ataques perpetrados en el este del país por fuerzas rebeldes contra la población civil, incluidos mujeres y niños; condena con firmeza el uso sistemático de la violación como arma de guerra; expresa su honda preocupación por el persistente recurso a los niños soldado, y pide que sean desarmados, rehabilitados y reintegrados; considera que el Marco de las Naciones Unidas para la Paz, la Seguridad y la Cooperación en la República Democrática del Congo y la Región sigue siendo un marco fundamental para alcanzar una paz perdurable; saluda la Resolución 2136 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de enero de 2014, que renueva el embargo de armas impuesto en la RDC;
Eritrea
27. Insta a que la UE y el CDH mantengan la atención y la vigilancia sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea, ya que las graves violaciones de los derechos humanos están provocando un elevado número de refugiados y emigrantes; saluda la Resolución del CDH sobre la situación de los derechos humanos en Eritrea, aprobada por unanimidad en junio de 2013; felicita al Relator Especial por su primer informe sobre la situación de los derechos humanos en el país; y pide la renovación del mandato de este Relator Especial en el 26º periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas;
Mali
28. Acoge con satisfacción el nombramiento de un experto independiente sobre la situación de los derechos humanos en Mali, el seguimiento permanente de la situación de los derechos humanos después del conflicto y el firme liderazgo mostrado por otros Estados africanos con miras a mejorar la situación de los derechos humanos en el país; pide la renovación del mandato del experto independiente;
Sudán del Sur
29. Muestra su profunda preocupación por la situación en Sudán del Sur, incluida la lucha política por el liderazgo del país, que ha provocado crecientes conflictos étnicos y el desplazamiento de más de 650 000 personas; insta a los Estados miembros de la UE a que planteen esta cuestión ante el CDH para que la situación en Sudán del Sur sea una de las cuestiones prioritarias de los foros internacionales; celebra el acuerdo de cesación de las hostilidades firmado el 24 de enero de 2014, pero subraya que se trata únicamente de un primer paso hacia la paz y la reconciliación; condena las violaciones y abusos generalizados de los derechos humanos y subraya que se debe juzgar a los responsables; celebra el compromiso de la Unión Africana de crear una comisión de investigación que sirva de base para impartir justicia, exigir responsabilidades y permitir una futura reconciliación;
Sri Lanka
30. Condena los ataques permanentes contra las minorías religiosas y el hostigamiento y la intimidación de defensores de derechos humanos, abogados y periodistas; toma nota de los avances en la reconstrucción y la aplicación de algunas de las recomendaciones de la Comisión de Análisis de Experiencias y Reconciliación, pero lamenta que el Gobierno de Sri Lanka siga sin poner en marcha investigaciones independientes y creíbles de las pasadas violaciones del Derecho internacional humanitario y de derechos humanos; apoya con firmeza la recomendación del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos de crear un mecanismo internacional independiente de investigación que contribuya a determinar la verdad en los casos en que los mecanismos de investigación nacionales no lo hayan hecho;
Myanmar/Birmania
31. Saluda la Resolución del CDH sobre Myanmar/Birmania y la labor que sigue realizando el Relator Especial; pide al CDH que no suspenda o modifique el mandato del Relator Especial mientras no se establezca una oficina del ACNUDH en el país con un mandato íntegro, y pide a Myanmar/Birmania que garantice que el comité de revisión de presos prosiga con su labor de resolver todos los casos pendientes y de derogar la controvertida ley que afecta a la libertad de expresión y asociación (en concreto, la Ley de 2011 sobre reunión pacífica y manifestaciones); condena la violencia y los abusos que siguen perpetrándose contra la minoría rohingya en el Estado de Rakhin, así como los ataques contra los musulmanes y otras minorías religiosas, y pide una investigación exhaustiva, transparente e independiente de dichas violaciones;
República Popular Democrática de Corea
32. Celebra la ampliación prevista del mandato del Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea, la Resolución aprobada por consenso en marzo de 2013 y la presentación del informe de la Comisión de Investigación sobre los derechos humanos en ese país; reitera su llamamiento al Gobierno de la República Popular Democrática de Corea para que coopere plenamente con el Relator y facilite sus visitas al país; insta al CDH a que atienda las recomendaciones de la Comisión Internacional de Investigación, prestando especial atención a la necesidad de condenar los crímenes internacionales cometidos en la República Popular Democrática de Corea, de aumentar la capacidad de las Naciones Unidas de documentar las violaciones de derechos humanos en el país y de establecer mecanismos internacionales adecuados para que los responsables de los crímenes internacionales cometidos en el país respondan por ellos;
Camboya, Costa de Marfil, Haití, Somalia y Sudán
33. Aplaude la ampliación de los mandatos de los expertos independientes sobre Camboya, Costa de Marfil, Haití, Somalia y Sudán; insta a las autoridades de estos países a que cooperen plenamente con ellos;
Cuestiones temáticas
Derechos del niño
34. Acoge con satisfacción la labor del CDH sobre los derechos del niño, incluida la Resolución de septiembre de 2013 sobre mortalidad y morbilidad prevenibles de los niños menores de 5 años de edad como problema de derechos humanos, y la labor del Comité de los Derechos del Niño; pide a los Estados que ratifiquen el Tercer Protocolo facultativo de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, que permitirá a los niños presentar reclamaciones ante el Comité; se felicita por la próxima Resolución del CDH sobre los derechos del niño por ser un magnífico ejemplo de la cooperación entre la UE y el grupo de países de América Latina y el Caribe en las Naciones Unidas; muestra su profunda preocupación por los casos de tortura y detención de niños denunciados por organizaciones como Unicef y Amnistía Internacional; pide a las Naciones Unidas que sigan examinando dichos casos y que formulen recomendaciones de actuación;
Mujeres y niñas
35. Pide a la UE que participe activamente en el 58º periodo de sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer con el fin de que no se recorte el acervo de la Plataforma de Acción de Beijing, incluidos, por ejemplo, el acceso a la educación y la sanidad como derechos humanos básicos, y los derechos sexuales y reproductivos; condena categóricamente el uso de la violencia sexual contra la mujer como táctica de guerra, incluidos delitos como las violaciones en masa, la esclavitud sexual, la prostitución forzada, la persecución de género, incluida la mutilación genital femenina, la trata de mujeres, los matrimonios tempranos y forzados, los asesinatos por honor y cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable; pide de nuevo a la UE y a los Estados miembros que firmen y ratifiquen el Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica;
Tortura
36. Reitera la importancia de luchar contra la tortura y otras formas de maltrato y la prioridad que la UE atribuye a esta cuestión, especialmente en relación con los niños; pide al CDH de las Naciones Unidas que aproveche la resolución anual sobre la tortura para prorrogar tres años más el mandato del Relator Especial, y que vele por el seguimiento efectivo de las anteriores resoluciones sobre la tortura; insta al SEAE, a la Comisión y a los Estados miembros a que demuestren su compromiso común con la erradicación de la tortura y con el apoyo a las víctimas, especialmente manteniendo sus aportaciones o, cuando proceda, iniciándolas al Fondo de Contribuciones Voluntarias para las Víctimas de la Tortura de las Naciones Unidas y al fondo especial creado por el Protocolo facultativo de la Convención contra la Tortura;
Pena de muerte
37. Reafirma su enérgica condena del uso de la pena de muerte y apoya decididamente la moratoria como paso previo a su abolición; pie a la UE, a sus Estados miembros y al CDH que sigan promoviendo la abolición en todo el mundo; insta con firmeza a los países que siguen aplicando la pena capital que publiquen cifras claras y precisas sobre el número de condenas y ejecuciones;
Libertad religiosa y de creencias
38. Condena las continuas violaciones del derecho a la libertad de religión o de creencias en todo el mundo; reitera la importancia que la UE otorga a este asunto; pide a los Estados miembros que sigan trabajando en ello; celebra la renovación del mandato del Relator Especial sobre la libertad de religión o de creencias; reitera que la libertad de pensamiento, conciencia y religión, incluida la libertad de cambiar de religión o de creencias, o de renunciar a ellas, es un derecho humano fundamental; hace hincapié, por lo tanto, en la necesidad de combatir de manera eficaz todas las formas de discriminación contra las minorías religiosas en todo el mundo;
Derechos de las personas LGBTI
39. Expresa su preocupación por el reciente aumento de leyes y prácticas discriminatorias y actos de violencia contras las personas motivados por su orientación sexual o su identidad de género; alienta a un seguimiento estrecho de la situación en Nigeria y Uganda, donde se han aprobado recientemente leyes que suponen un grave riesgo para la libertad de las minorías sexuales; condena la instauración de leyes discriminatorias y la represión de la libertad de expresión en Rusia; reafirma su apoyo a la labor que viene realizando el Alto Comisionado para los derechos humanos en la lucha contra estas leyes y prácticas discriminatorias, así como la labor más general de las Naciones Unidas sobre esta cuestión; recomienda la participación activa de todos los Estados miembros de la UE, del Consejo y del SEAE para luchar contra las tentativas de mermar estos derechos;
Discriminación basada en la casta
40. Condena la discriminación basada en la casta; manifiesta su profunda preocupación por las permanentes violaciones generalizadas de los derechos humanos basadas en la casta y los actos de violencia, como la violencia sexual contra las mujeres que pertenecen a las comunidades afectadas; aplaude la labor del ACNUDH y de los titulares de mandatos especiales de las Naciones Unidas en la lucha contra esta forma de discriminación; insta a los Estados miembros de la UE a promover el apoyo al proyecto de principios y directrices de las Naciones Unidas para la eliminación efectiva de la discriminación basada en el empleo y la ascendencia, y pide al CDH que apruebe este marco;
El derecho de reunión pacífica
41. Pide a la UE que apoye el seguimiento del informe de la ACNUDH sobre las medidas eficaces y las mejores prácticas para garantizar la promoción y protección de los derechos humanos en el contexto de las protestas pacíficas, especialmente apoyando los esfuerzos por desarrollar el marco jurídico internacional en lo que se refiere al derecho de reunión pacífica;
Vivienda
42. Manifiesta de nuevo su satisfacción por la importancia concedida por el CDH al derecho a la vivienda; reitera también su petición a la Unión y a los Estados miembros de que favorezcan el acceso a una vivienda digna como un derecho fundamental;
Agua y saneamiento
43. Se felicita por la Resolución adoptada en septiembre de 2013 por el CDH sobre el derecho al suministro de agua potable y servicios de saneamiento, y el trabajo del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre este asunto, en especial mediante la elaboración de un manual acerca de la manera de aplicar dicho derecho; pide al SEAE, a los Estados miembros de la UE y al CDH que sigan centrándose en este derecho humano, a menudo desatendido pero de vital importancia, al suministro de agua potable y de servicios de saneamiento;
Las empresas y los derechos humanos
44. Apoya firmemente la aplicación de los Principios rectores de las Naciones Unidas para las empresas y los derechos humanos; pide a la UE y a los Estados miembros que desempeñen un papel activo en el 7º período de sesiones del Grupo de Trabajo de las Naciones Unidas sobre la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas, y apoyen los esfuerzos por ajustar sus políticas a las Líneas directrices de la OCDE para empresas multinacionales y a los Principios rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos; reitera su petición a la Comisión para que informe a más tardar a finales de 2014 sobre la aplicación de los Principios rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos por los Estados miembros de la UE; señala la nueva iniciativa para solicitar que se acuerde un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre las empresas y los derechos humanos dentro del sistema de las Naciones Unidas;
La corrupción y los derechos humanos
45. Pide a la UE y a los Estados miembros que apoyen la designación de un Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la delincuencia financiera, la corrupción y los derechos humanos;
Deporte
46. Acoge con satisfacción la Resolución adoptada en septiembre de 2013 sobre la promoción de los derechos humanos mediante el deporte y el ideal olímpico; manifiesta su preocupación por la situación de los trabajadores migratorios en Catar, en especial los que se ocupan de los preparativos de la Copa del Mundo 2022; toma nota de la iniciativa de Catar para resolver este problema; pide a las autoridades de Catar que reformen su legislación laboral para abolir la ley de patrocinio («kafala system») en vigor en toda la región, y que ratifique los convenios internacionales pertinentes; insta a la UE a que asegure que las empresas de la Unión que operan en el sector de la construcción en Catar no están participando en las violaciones de los derechos humanos que sufren los trabajadores migratorios; resalta la importancia de analizar todos los acontecimientos deportivos destacados y su interacción con los derechos humanos, como los Juegos Olímpicos de Invierno de febrero de 2014 en Sochi (Rusia) y la continua supresión de la libertad de reunión y los derechos de las minorías sexuales, y la próxima Copa del Mundo de Brasil, donde existen informes acerca de desahucios y desplazamientos de la población por todo el país;
Utilización de aeronaves no tripuladas armadas
47. Manifiesta su preocupación por las violaciones de los derechos humanos y del Derecho internacional humanitario que se derivan de los asesinatos selectivos ilegales perpetrados mediante aeronaves no tripuladas armadas, que han causado un número indeterminado de fallecidos, heridos graves y traumatizados entre la población civil fuera de las zonas declaradas de conflicto; apoya los esfuerzos en virtud de los Procedimientos Especiales pertinentes de las Naciones Unidas por fomentar la transparencia y la rendición de cuentas por el uso de aeronaves no tripuladas armadas por parte de los Estados, en consonancia con el marco jurídico internacional establecido; pide a la UE, a sus Estados miembros y al CDH de las Naciones Unidas que sigan apoyando la investigación de asesinatos selectivos ilegales y que efectúen un seguimiento de las recomendaciones del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o autoritarias y del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la promoción y la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el terrorismo;
Examen periódico universal
48. Reafirma la importancia de la universalidad del EPU, con vistas a lograr el pleno entendimiento de la situación de los derechos humanos en todos los Estados miembros de las Naciones Unidas, y reitera la importancia permanente de que este segundo ciclo de examen se centre en la aplicación de las recomendaciones aceptadas durante el primer ciclo; pide de nuevo que, en la continuación del proceso del EPU, se vuelvan a examinar las recomendaciones que no fueron aceptadas por algunos Estados durante el primer ciclo;
49. Pide a los Estados miembros que participan en los diálogos interactivos del EPU que propongan recomendaciones que sean específicas y cuantificables con el fin de mejorar la calidad del seguimiento y la aplicación de las recomendaciones aceptadas; subraya la importancia de que la Comisión y los Estados miembros de la UE presten asistencia técnica para ayudar a los Estados objeto de examen a aplicar las recomendaciones y a presentar actualizaciones intermedias para ayudar a mejorar la aplicación;
50. Hace hincapié en la necesidad de que las recomendaciones del EPU se incluyan sistemáticamente en los diálogos y las consultas de la UE en materia de derechos humanos, así como en sus estrategias por países; insiste en su petición de que el Parlamento formule estas recomendaciones en el marco de las visitas de sus propias delegaciones a terceros países;
51. Acoge con satisfacción todas las medidas que permiten la plena participación en el proceso del EPU de una amplia variedad de actores, incluida la sociedad civil; subraya la importancia de que el SEAE y los Estados miembros destaquen en el CDH la preocupante cuestión de la reducción del espacio de las ONG en varios países de todo el mundo;
Procedimientos Especiales
52. Reitera su firme apoyo a los Procedimientos Especiales, destaca la importancia fundamental de la independencia de estos mandatos e insta a todos los Estados de las Naciones Unidas a que cooperen plenamente con los Procedimientos Especiales, también mediante la recepción inmediata de los titulares de los mandatos en visita al país, mediante la respuesta a sus peticiones de acción urgente y a las denuncias de violaciones, y mediante un seguimiento adecuado de las recomendaciones formuladas por los titulares de los mandatos; apoya la declaración emitida el 10 de diciembre de 2013 por 72 expertos en Procedimientos Especiales y manifiesta su preocupación por que la falta de cooperación con los Procedimientos Especiales dificulte su capacidad para aplicar su mandato;
53. Condena firmemente la toma de represalias de cualquier clase contra los defensores de los derechos humanos y los activistas que colaboren en el proceso del EPU y los Procedimientos Especiales, en especial en el caso de China; pide al CDH que investigue las informaciones que indican que un activista chino, Cao Shunli, que defendía la participación de la sociedad civil en el EPU, se encuentra detenido desde el 14 de septiembre de 2013; insta al presidente del CDH a que siga activamente este caso y otros similares, y a todos los Estados a que garanticen una protección adecuada frente a este tipo de actos de intimidación; insiste en que tales acciones menoscaban todo el sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas;
Participación de la UE
54. Reitera la importancia de una participación activa de la UE en todos los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, incluido el CDH; anima a los Estados miembros de la UE a ejercer esa participación activa copatrocinando y encabezando resoluciones, tomando parte activa en los debates y diálogos interactivos, y emitiendo declaraciones; manifiesta su firme apoyo a que la UE recurra cada vez más a iniciativas interregionales;
55. Reitera la importancia de integrar la labor realizada en Ginebra en el contexto del CDH en las correspondientes actividades internas y externas de la UE, incluidas las del Parlamento, tales como las comisiones y las delegaciones interparlamentarias, y las aportaciones de los Relatores Especiales de las Naciones Unidas a las reuniones de comisión;
56. Anima al Representante Especial de la UE para los Derechos Humanos a incrementar la eficacia, coherencia y visibilidad de la política de la UE en materia de derechos humanos en el contexto del CDH, y a desarrollar una estrecha cooperación con el ACNUDH y con los Procedimientos Especiales, y lamenta la ausencia de la Vicepresidenta y Alta Representante en la serie de sesiones de alto nivel del CDH;
57. Destaca una vez más la importancia de una coordinación y cooperación eficaces entre el SEAE, la Comisión y los Estados miembros de la UE en cuestiones relativas a los derechos humanos; alienta al SEAE, en particular a través de las delegaciones de la UE en Ginebra y Nueva York, a incrementar la coherencia de la UE a través de consultas oportunas y detalladas, y a que hable con una sola voz;
58. Recalca la importancia de que los Estados miembros de la UE apoyen al CDH, trabajando juntos para lograr la indivisibilidad y universalidad de los derechos humanos y, en particular, ratificando todos los instrumentos internacionales de derechos humanos creados por este organismo; lamenta una vez más que ningún Estado miembro de la UE haya ratificado aún la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares; deplora una vez más que varios Estados miembros aún no hayan adoptado o ratificado la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, o el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; reitera su llamamiento a todos los Estados miembros para que ratifiquen estas convenciones y protocolos; subraya la importancia de que los Estados miembros presenten sus informes periódicos a los órganos de supervisión de las Naciones Unidas a su debido tiempo; pide a la UE que desarrolle activamente una posición de la Unión respecto al crimen de agresión y las enmiendas de Kampala;
59. Reitera la importancia de que la UE apoye de forma continua la defensa de la independencia del ACNUDH con el fin de garantizar que pueda seguir ejerciendo sus funciones de una manera eficaz e imparcial; destaca que, para la imparcialidad del ACNUDH, resulta fundamental que se le garantice una financiación suficiente, en especial a la luz de la necesidad actual de abrir nuevas oficinas regionales del ACNUDH como resultado de las situaciones de crisis; subraya la importancia de garantizar una financiación suficiente para sufragar la creciente carga de trabajo de los órganos de los tratados; pide a la UE que asuma el liderazgo a la hora de garantizar el funcionamiento eficaz del sistema de órganos de los tratados, también en lo que atañe a la financiación adecuada;
60. Reitera que la protección de los defensores de los derechos humanos es una prioridad fundamental de la política de derechos humanos de la UE; aprecia, por consiguiente, el apoyo práctico y financiero que se presta a través del Instrumento Europeo para la Democracia y los Derechos Humanos (IEDDH) a la protección y ayuda urgente de los defensores de los derechos humanos;
61. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Representante Especial de la UE para los Derechos Humanos, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros, al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Presidente de la 68ª Asamblea General de las Naciones Unidas, al Presidente del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y al Grupo de Trabajo UE-Naciones Unidas creado por la Comisión de Asuntos Exteriores.
- [1] Textos Aprobados, P7_TA(2013)0055.
- [2] Textos Aprobados, P7_TA(2013)0575.