Propuesta de resolución - B8-0251/2014Propuesta de resolución
B8-0251/2014

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la Conferencia 2014 de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático − COP 20 de Lima, Perú (1-12 de diciembre de 2014)

19.11.2014 - (2014/2777(RSP))

tras las declaraciones del Consejo y de la Comisión
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento

Giovanni La Via Presidente de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria
Karl-Heinz Florenz en nombre del Grupo PPE
Jo Leinen en nombre del Grupo S&D
Ian Duncan en nombre del Grupo ECR
Gerben-Jan Gerbrandy en nombre del Grupo ALDE
Merja Kyllönen en nombre del Grupo GUE/NGL
Bas Eickhout en nombre del Grupo Verts/ALE
Valentinas Mazuronis en nombre del Grupo EFDD


Procedimiento : 2014/2777(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B8-0251/2014

B8‑0251/2014

Resolución del Parlamento Europeo sobre la Conferencia 2014 de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático − COP 20 de Lima, Perú (1-12 de diciembre de 2014)

(2014/2777(RSP))

El Parlamento Europeo,

–       Vistos la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y su Protocolo de Kioto,

–       Vistas la decimotercera sesión de la Conferencia de las Partes (COP 13) en la CMNUCC y la tercera sesión de la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo de Kioto (CP/RP 3), celebradas en Bali (Indonesia) en 2007, así como el Plan de Acción de Bali (Decisión 1/COP 13),

–       Vistas la decimoquinta sesión de la Conferencia de las Partes (COP 15) en la CMNUCC y la quinta sesión de la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo de Kioto (CP/RP 5), celebradas en Copenhague (Dinamarca) del 7 al 18 de diciembre de 2009, así como el Acuerdo de Copenhague,

–       Vistas la decimosexta sesión de la Conferencia de las Partes (COP 16) en la CMNUCC y la sexta sesión de la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo de Kioto (CP/RP 6), celebradas en Cancún (México) del 29 de noviembre al 10 de diciembre de 2010, así como los Acuerdos de Cancún,

–       Vistas la decimoséptima sesión de la Conferencia de las Partes (COP 17) en la CMNUCC y la séptima sesión de la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo de Kioto (CP/RP 7), celebradas en Durban (Sudáfrica) del 28 de noviembre al 9 de diciembre de 2011, y en particular las decisiones relativas a la Plataforma de Acción Mejorada de Durban,

–       Vistas la decimoctava sesión de la Conferencia de las Partes (COP 18) en la CMNUCC y la octava sesión de la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo de Kioto (CP/RP 8), celebradas en Doha (Qatar) del 26 de noviembre al 8 de diciembre de 2012, así como la adopción de la Puerta de Doha para el Clima,

–       Vistas la decimonovena sesión de la Conferencia de las Partes (COP 19) en la CMNUCC y la novena sesión de la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo de Kioto (CP/RP 9), celebradas en Varsovia (Polonia) del 11 al 23 de noviembre de 2013, así como el establecimiento del Mecanismo internacional de Varsovia para las pérdidas y los daños,

–       Vistas la vigésima sesión de la Conferencia de las Partes (COP 20) en la CMNUCC y la décima sesión de la Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo de Kioto (CP/RP 10), celebradas en Lima (Perú) del 1 al 12 de diciembre de 2014,

–       Visto el paquete sobre clima y energía de la UE de diciembre de 2008,

–       Visto el Libro Verde de la Comisión, de 27 de marzo 2013, titulado «Un marco para las políticas de clima y energía en 2030» (COM(2013)0169),

–       Vista la Directiva 2008/101/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE con el fin de incluir las actividades de aviación en el régimen comunitario de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero[1],

–       Vistas sus Resoluciones, de 25 de noviembre de 2009, sobre la estrategia de la UE para la Conferencia sobre el Cambio Climático de Copenhague (COP 15)[2]; de 10 de febrero de 2010, sobre los resultados de la Conferencia de Copenhague sobre el Cambio Climático (COP 15)[3]; de 25 de noviembre de 2010, sobre la Conferencia sobre el Cambio Climático de Cancún (COP 16)[4]; de 16 de noviembre de 2011, sobre la Conferencia sobre el Cambio Climático de Durban (COP 17)[5]; de 22 de noviembre de 2012, sobre la Conferencia sobre el Cambio Climático de Doha (Qatar) (COP 18)[6]; y de 23 de octubre de 2013, sobre la Conferencia sobre el Cambio Climático de Varsovia (Polonia) (COP 19)[7],

–       Vistas sus Resoluciones, de 4 de febrero de 2009, sobre «2050: El futuro empieza hoy – Recomendaciones para la futura política integrada de la UE en materia de cambio climático»[8]; de 15 de marzo de 2012, sobre una hoja de ruta hacia una economía hipocarbónica competitiva en 2050[9]; y de 5 de febrero de 2014, sobre un marco para las políticas de clima y energía en 2030[10],

–       Vista la Comunicación Consultiva de la Comisión, de 26 de marzo de 2013, sobre el acuerdo internacional de 2015 sobre el cambio climático: configuración de la política climática internacional después de 2020 (SWD(2013)0097),

–       Vistas las Conclusiones del Consejo de 9 de marzo de 2012, sobre la actuación consecutiva a la COP 17 / CP/RP 7; de 15 de mayo de 2012, sobre «Financiación de la lucha contra el cambio climático – financiación inmediata»; de 18 de julio de 2011 y de 24 de junio de 2013, sobre la diplomacia de la UE en materia de clima; y de 15 de octubre de 2013, sobre el compromiso de la UE y de sus Estados miembros de intensificar la movilización de la financiación de la lucha contra el cambio climático,

–       Vista la Estrategia de adaptación al cambio climático de la UE, de abril de 2013, así como el documento de trabajo de los servicios de la Comisión que la acompaña,

–       Visto el informe de síntesis del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), de noviembre de 2012, titulado «Informe sobre la disparidad en las emisiones 2012»,

–       Vistos los informes del Banco Mundial titulados «Bajemos la temperatura: Por qué se debe evitar un planeta 4º C más cálido», «Bajemos la temperatura: Fenómenos climáticos extremos, impactos regionales y posibilidades de adaptación» y «Climate Smart Development: Adding up the Benefits of Actions that Help Build Prosperity, End Poverty and Combat Climate Change» (Desarrollo adaptado al cambio climático: Acumulación de los efectos positivos de las acciones para ayudar a crear prosperidad, acabar con la pobreza y luchar contra el cambio climático),

–       Visto el informe de la Comisión Mundial sobre la Economía y el Clima titulado «Better Growth, Better Climate: The New Climate Economy Report» (Mejor crecimiento, mejor clima: el nuevo informe económico sobre el clima),

–       Vistos los tres informes de los Grupos de trabajo del Quinto Informe de Evaluación del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) y su Informe de síntesis,

–       Vista la invitación a los jefes de Estado por parte del Secretario General de las Naciones Unidas, Ban Ki-moon, para que asistan a la Cumbre sobre el Clima que se celebrará en septiembre de 2014 con vistas a asumir compromisos claros en favor de nuevas medidas relacionadas con el cambio climático,

–       Visto el Boletín de la Organización Meteorológica Mundial sobre los gases de efecto invernadero n° 10, de 9 de septiembre de 2014, así como el resultado de la reunión de la PreCOP Social de Cambio Climático celebrada en Venezuela del 4 al 7 de noviembre,

–       Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,

A.     Considerando que el cambio climático representa una amenaza urgente y potencialmente irreversible para las sociedades humanas, la biodiversidad y el planeta, por lo que debe ser abordado a nivel internacional por todas las Partes;

B.     Considerando que el cambio climático representa una amenaza sin precedentes para la biosfera, la disponibilidad y el abastecimiento de alimentos y agua —en particular para las poblaciones pobres en la mayoría de los continentes—, y la salud, los medios de vida y el desarrollo económico en todo el planeta; que los acontecimientos relacionados con el cambio climático pueden desestabilizar comunidades y sociedades, desencadenar flujos migratorios problemáticos y contribuir a provocar o exacerbar tensiones y conflictos;

C.     Considerando que, en las últimas décadas, los cambios que se han producido en el clima han repercutido en los sistemas naturales y humanos de todos los continentes y en los océanos; que en un gran número de regiones la modificación de los modelos de precipitación o el deshielo de la nieve y el hielo están alterando los sistemas hidrológicos y afectando a la cantidad y la calidad de los recursos hídricos; que los glaciares siguen retrocediendo en casi todo el mundo debido al cambio climático, que afecta a la evacuación del agua y a los recursos hídricos de las cuencas;

D.     Considerando que los efectos del cambio climático también se están haciendo notar en la flora y la fauna del planeta; que numerosas especies terrestres, de agua dulce y marinas han cambiado de zonas geográficas, actividades estacionales, modelos de migración, abundancia e interacción entre especies en respuesta al cambio climático que se está produciendo;

E.     Considerando que, con arreglo a las pruebas científicas presentadas en los informes de 2014 de los Grupos de trabajo del Quinto Informe de Evaluación del IPCC, el calentamiento del sistema climático es innegable; que el cambio climático está teniendo lugar y que las actividades humanas han sido la causa principal del calentamiento observado desde mediados del siglo XX; que ya se pueden constatar importantes consecuencias generalizadas del cambio climático sobre los sistemas naturales y humanos en todos los continentes y en los océanos; que las emisiones continuas de gases de efecto invernadero seguirán contribuyendo al calentamiento y a los cambios en la tierra, la atmósfera y los océanos de todas las zonas del planeta; que todos los países, con independencia de su riqueza, se verán afectados por las consecuencias del cambio climático; que las emisiones globales de gases de efecto invernadero durante el periodo comprendido entre los años 2000 y 2010 fueron las más elevadas en la historia de la humanidad; que, de no adoptarse medidas importantes de mitigación a escala mundial para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero, es probable que la temperatura mundial media sea hasta 5º C mayor a finales del presente siglo; que las conclusiones del IPCC afirman que algunos de los riesgos que entraña el cambio climático son sustanciales y aumentan de manera desproporcionada a medida que la temperatura sube entre 1º C y 2º C;

F.     Considerando que, según las conclusiones del Quinto Informe de Evaluación del IPCC, el balance global de carbono disponible tras 2011 para seguir teniendo la posibilidad de controlar el aumento en la temperatura global media para que sea inferior a 2º C es de 1 010 Gt de CO2, mientras que en la actualidad el nivel de las emisiones globales anuales es de alrededor de 36 Gt de CO2, por lo que el balance global de carbono compatible con este objetivo de 2º C se agotará en 28 años de seguir las emisiones en su nivel actual;

G.     Considerando que el objetivo acordado a escala internacional de limitar el calentamiento global a menos de 2 °C es hoy más importante que nunca; que el quinto informe del IPCC afirma claramente que es necesario perseguir una política «agresiva» de mitigación antes de 2050 para evitar que el aumento de las temperaturas mundiales sea superior a 2 °C; que el Parlamento Europeo ha pedido que el acuerdo de 2015 tenga como objetivo la supresión gradual de las emisiones mundiales de carbono antes de 2050, y que, en consecuencia, para ello las emisiones de gases de efecto invernadero deben alcanzar urgentemente su nivel máximo y a continuación disminuir a un ritmo constante; considerando que aún no se vislumbra dicho nivel máximo y que la concentración de gases de efecto invernadero en la atmósfera aumentó más rápidamente en 2013 que durante cualquier otro año desde 1984;

H.     Considerando que, en 2012, las emisiones de la UE habían disminuido un 19 % con respecto a 1990 en el marco del Protocolo de Kioto, mientras que su PIB había aumentado en más de un 45 %, por lo que prácticamente había reducido a la mitad la intensidad media de sus emisiones en el periodo comprendido entre 1990 y 2012 y en un 25 % sus emisiones per cápita, que descendieron a 9 tCO2e (incluidos todos los gases y todas las fuentes de emisión, pero excluyendo los sumideros); que esta evolución debe tenerse en cuenta tanto en los debates sobre las aspiraciones para antes de 2020 como en los preparativos de objetivos ambiciosos para 2030;

I.      Considerando que, comparativamente, la reducción de emisiones en la EU en 2012 con respecto a 1990 es superior a la de otras grandes áreas económicas, lo que prueba la falta de ambición del objetivo de lograr una reducción del 20 % para 2020;

J.      Considerando que numerosos países avanzan hacia la ecologización de la economía en los sectores de la industria y la energía, por diversos motivos, entre ellos la protección del clima, la escasez y la eficiencia de los recursos, la seguridad energética, la innovación y la competitividad; que, según la Agencia Internacional de la Energía (AIE), las emisiones mundiales de CO2 experimentaron a pesar de ello una subida récord en 2012, y que, según el IPCC, la temperatura superficial media del planeta y el nivel del mar continúan subiendo;

K.     Considerando que, según el International Energy Outlook 2014, se prevé que la demanda de energía a escala mundial aumente en un 56 % entre 2010 y 2040[11] y que atender a esta demanda entrañaría un incremento significativo de las emisiones de CO2; que la mayor parte de la demanda y de las emisiones adicionales se producirán en las economías emergentes; que, según cifras del FMI, a escala mundial se han concedido subvenciones a los combustibles fósiles por valor de 1,9 billones de dólares, siendo los EE.UU., China y Rusia los principales subvencionadores pues representan cerca de la mitad de estas subvenciones[12];

L.     Considerando que las emisiones antropogénicas totales de gases de efecto invernadero siguieron aumentando entre 1970 y 2010, y que los mayores aumentos decenales absolutos se produjeron hacia el final de este periodo; que las emisiones de CO2 procedentes de la combustión de combustibles fósiles y de procesos industriales contribuyeron en aproximadamente un 78 % al aumento del total de las emisiones de gases de efecto invernadero entre 1970 y 2010, con un porcentaje de contribución similar para el periodo comprendido entre 2000 y 2010;

M.    Considerando que los dos mayores emisores de gases de efecto invernadero, China y los EE.UU., han reforzado recientemente sus políticas climáticas y han entablado negociaciones sobre la supresión progresiva de los combustibles fósiles; que la UE se ha comprometido a aplicar una hoja de ruta que permitiría reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en al menos un 80 % antes de 2050;

N.     Considerando que la CMNUCC aún no ha reconocido la importancia crucial que reviste la reforma de las subvenciones a los combustibles fósiles, y ello a pesar del importante impacto positivo que tendría sobre el clima la supresión de dichas subvenciones en lo que se refiere a la reducción de los costes mundiales que supone la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero y a la desvinculación de las economías de las actividades intensivas en emisiones de carbono; que ello también podría aportar importantes beneficios para el medio ambiente y la salud, como por ejemplo una disminución de la contaminación atmosférica local, de la congestión del tráfico, de los accidentes y los daños en las carreteras, así como proporcionar nuevos incentivos para la inversión en eficiencia energética y en energías renovables, y para la gestión sostenible de los recursos;

O.     Considerando que, según el Banco Mundial[13], la lucha contra el cambio climático generaría un crecimiento adicional del PIB de hasta 2,6 billones de dólares (1,9 billones EUR) anuales hasta 2030; que aplicar innovaciones relacionadas con el clima en los sectores de la energía y la industria, especialmente en el ámbito de la eficiencia energética, sería ventajoso para Europa, en su calidad de precursora en el creciente mercado mundial de los bienes y servicios relacionados con la energía, y generaría empleo, estimularía el crecimiento económico, aumentaría la independencia energética y garantizaría unos precios energéticos asequibles para todos, a la vez que se atajaría la pobreza energética, se atenuaría el cambio climático y se avanzaría hacia una economía sostenible;

P.     Considerando que la contribución del reciclado y la reutilización a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero contribuye asimismo a una economía circular competitiva;

Q.     Considerando que los objetivos de las políticas relativas al cambio climático solo se pueden alcanzar dirigiendo el rumbo general del desarrollo hacia la sostenibilidad ecológica, tanto en los países desarrollados como en los países en desarrollo;

R.     Considerando que el apoyo a los países en desarrollo en sus esfuerzos de adaptación y mitigación debe formar parte del esfuerzo mundial;

S.     Considerando que el reto que supone la financiación de la lucha contra el cambio climático es inseparable de los retos de mayor alcance relacionados con la financiación del desarrollo sostenible a nivel mundial;

T.     Considerando que es esencial obtener resultados sustanciales en la lucha contra el desafío climático a fin de lograr un gran número de objetivos de las políticas de la UE en materia de medio ambiente, desarrollo, ayuda humanitaria y reducción del riesgo de desastres, economía, asuntos exteriores, seguridad y derechos humanos, así como para conseguir que, a largo plazo, los flujos migratorios hacia la UE sean manejables;

U.     Considerando que la Agenda para el desarrollo después de 2015 se centra en la sostenibilidad para contribuir a atajar preocupaciones mundiales tales como la pobreza, la desigualdad, la salud y la seguridad alimentaria y del agua;

V.     Considerando que se prevé que el cambio climático provoque en el siglo XXI un aumento del desplazamiento de personas; que el riesgo de que se produzcan desplazamientos aumenta cuando las poblaciones carecen de tierras, alimentos de primera necesidad o vivienda; que, según las previsiones, el impacto del cambio climático en las infraestructuras críticas y la integridad territorial de un gran número de Estados repercutirá en las políticas de seguridad nacionales y en la integridad territorial de los pequeños Estados insulares y de los Estados con extensas zonas costeras; que los desplazamientos provocados por el cambio climático pueden aumentar indirectamente el riesgo de que se produzcan conflictos violentos tales como guerras civiles y actos de violencia entre grupos;

W.    Considerando que se prevé que durante todo el siglo XXI el impacto del cambio climático ralentice el crecimiento económico, obstaculice la reducción de la pobreza, deteriore aún más la seguridad alimentaria y cree nuevas trampas que hacen caer en la pobreza o perpetúe las ya existentes; que se prevé que el impacto del cambio climático agudice la pobreza en la mayoría de los países en desarrollo y cree nuevas bolsas de pobreza en países con unas desigualdades cada vez mayores, tanto desarrollados como en desarrollo;

X.     Considerando que el mundo debe hacer frente con urgencia al enorme y complejo desafío que plantea el cambio climático dando un impulso decisivo a los esfuerzos orientados a la adaptación al cambio climático y a su mitigación, en particular mediante medidas como:

-       acordar, en la Conferencia sobre el Cambio Climático de París de diciembre de 2015 (COP 21), un acuerdo internacional ambicioso jurídicamente vinculante de acción por el clima posterior a 2020 acorde con el objetivo de 2° C, respetando al mismo tiempo el derecho a un desarrollo justo y sostenible;

-       reforzar y ampliar con carácter urgente las medidas vigentes para limitar las emisiones de gases de efecto invernadero hasta 2020 y después de esa fecha; e

-       incrementar la financiación que los países desarrollados destinan a la mitigación, la adaptación, el desarrollo y la transferencia de tecnología, y el fomento de capacidades en los países en desarrollo, en consonancia con la creación del Fondo Verde para el Clima y el compromiso de movilizar financiación nueva y adicional hasta alcanzar 100 000 millones de dólares estadounidenses anuales para el año 2020, incrementando al mismo tiempo la ayuda oficial al desarrollo hasta alcanzar el nivel del 0,7 % de la renta nacional bruta, prometido hace mucho tiempo;

Necesidad de actuar con urgencia

1.      Reconoce la escala y la gravedad extraordinarias de las amenazas derivadas del cambio climático, y expresa su profunda preocupación por la invariable debilidad de la respuesta internacional ante el desafío que este fenómeno representa; se muestra sumamente preocupado por que el planeta no lleva en absoluto camino de conseguir limitar por debajo de 2 °C el aumento del calentamiento global y pide a los Gobiernos que tomen inmediatamente medidas concretas contra el cambio climático y para lograr un acuerdo mundial en París en 2015 que permita alcanzar este objetivo;

2.      Señala que, según las conclusiones del Quinto Informe de Evaluación del IPCC, el balance global de carbono disponible tras 2011, si se pretende seguir teniendo la posibilidad de controlar el aumento de la temperatura mundial media por debajo de 2º C, es de 1 010 Gt de CO2; hace hincapié en que todos los países han de aportar su contribución y que demorar la adopción de medidas supondría un aumento de los costes y una reducción de las opciones disponibles;

3.      Señala con preocupación las conclusiones científicas más recientes del Centro Tyndall de Investigación del Cambio Climático, que prevén que las emisiones de CO2 alcancen en 2014 una nueva cifra récord de 40 mil millones de toneladas anuales e indican que la emisiones totales de CO2 en el futuro no podrán ser superiores a 1 200 millones de toneladas si se pretende aspirar a una probabilidad del 66 % de controlar el aumento de la temperatura mundial media por debajo de 2º C;

4.      Hace hincapié en que el acuerdo de 2015 debe cumplir el objetivo de reducir las emisiones globales hasta un nivel compatible con un balance de carbono que permita respetar el objetivo de 2º C y en que debe aspirar a la eliminación progresiva de las emisiones mundiales de carbono antes de 2050;

5.      Recuerda que el proceso de la CMNUCC examinará la posibilidad de reforzar el objetivo a largo plazo relativo al aumento de la temperatura, fijándolo en 1,5º C;

6.      Subraya las conclusiones del nuevo informe económico sobre el clima titulado «Better Growth, Better Climate» (Mejor crecimiento, mejor clima) en el sentido de que los países de todos los niveles de ingresos tienen la oportunidad de crear un crecimiento económico duradero al tiempo que reducen los enormes riesgos del cambio climático;

7.      Espera que la nueva Comisión asuma un papel dinámico a la hora de hacer frente a la crisis climática mundial, también por lo que respecta a financiación adicional para la lucha contra el cambio climático; pide a la Comisión que deje claro que el desafío climático es una de sus prioridades estratégicas esenciales y que se organice de forma que este enfoque se refleje a todos los niveles y en todos los sectores de las políticas y acciones interiores y exteriores, en particular, invirtiendo en la agricultura sostenible, en consonancia con las recomendaciones del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el Derecho a la Alimentación, y en el transporte sostenible;

8.      Destaca que las políticas en materia de lucha contra el cambio climático global se basan en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD) celebrada en 1992 y que dichas políticas son un elemento integrante de los esfuerzos realizados a nivel mundial para promover el desarrollo sostenible en todo el mundo; subraya que las políticas en materia de lucha contra el cambio climático deben considerarse en este contexto más amplio y relacionarse con el seguimiento de la Conferencia de Río, los Objetivos de Desarrollo del Milenio, y la Agenda para el desarrollo después de 2015;

Promover la Plataforma de Durban

9.      Recuerda que, en el resumen de la Cumbre sobre el Clima del Secretario General de las Naciones Unidas, se subraya que muchos de los dirigentes, de todas las regiones y todos los niveles de desarrollo económico, defendieron la necesidad de alcanzar el nivel máximo de emisiones de gases de efecto invernadero antes de 2020, reducir drásticamente las emisiones a partir de ese momento y mantenerse en la neutralidad climática durante la segunda mitad del siglo;

10.    Espera que la UE y sus Estados miembros se destaquen por su labor constructiva en la COP 20 de Lima para crear las condiciones que permitan celebrar un acuerdo satisfactorio vinculante a nivel mundial sobre el clima en París en 2015; hace hincapié en que los Gobiernos de todo el mundo tienen la responsabilidad colectiva, también para con las generaciones futuras, de adoptar las medidas adecuadas para afrontar el desafío climático;

11.    Recuerda que todas las Partes dieron en Varsovia su conformidad a la Decisión 1/COP 19 de la CMNUCC, que invita a todas las Partes a iniciar o intensificar los preparativos nacionales para las contribuciones nacionales previstas y a comunicarlas con la suficiente antelación a la COP 20 (en el primer trimestre de 2015 para aquellas Partes que estén listas) de una forma que facilite la claridad, transparencia y comprensión de dichas contribuciones y permita su cuantificación; pide a las Partes que velen por que sus contribuciones nacionales previstas se correspondan con el balance de carbono limitado por el objetivo de 2º C y por que se alcance lo antes posible el nivel máximo de emisiones mundiales;

12.    Pide a la Conferencia de Lima que acuerde requisitos de información anticipada, a fin de que las contribuciones nacionales previstas sean transparentes, cuantificables y comparables, y se diferencien según el tipo de contribución; pide asimismo a la Conferencia de Lima que, con antelación a la COP de París, acuerde una fase de evaluación en la que se plantee si las contribuciones nacionales previstas presentadas resultan, en conjunto, suficientes en vista del objetivo de «menos de 2º C» y, por separado, justas;

13.    Subraya que los países que ya se han comprometido a una meta de reducción de las emisiones para el conjunto de la economía deben seguir recortando más las emisiones, y que los otros, especialmente los principales emisores y aquellos cuya responsabilidad y capacidad sean mayores, también deben adoptar metas para el conjunto de la economía que establezcan límites máximos de emisiones y reduzcan la intensidad de los gases de efecto invernadero;

14.    Pide que se revitalice en términos generales la política climática de la UE y que se llegue rápidamente a un acuerdo sobre objetivos ambiciosos y vinculantes de reducción de emisiones, eficiencia energética y uso de las fuentes de energía renovables −con la excepción de los agrocombustibles perjudiciales desde los puntos de vista social y medioambiental− antes de 2030, lo que contribuiría a dinamizar el debate internacional sobre el clima y sería acorde con el compromiso de la UE de reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero entre el 80 % y el 95 % en comparación con los niveles de 1990 para 2050;

15.    Reitera que un marco ambicioso para el clima y la energía para 2030 permitirá a la UE mantener su posición como precursora y podría animar a los socios internacionales a ser también más ambiciosos;

16.    Subraya que el Parlamento ha pedido a la Comisión y a los Estados miembros que establezcan un objetivo vinculante para la UE de cara a 2030 consistente en la reducción de las emisiones nacionales de gases de efecto invernadero en un 40 %, como mínimo, en comparación con los niveles de 1990, un objetivo vinculante para la UE de cara a 2030 en materia de eficiencia energética del 40 %, en consonancia con las investigaciones sobre el potencial de ahorro de energía rentable, y un objetivo vinculante para la UE de cara a 2030 consistente en producir un mínimo del 30 % del consumo total final de energía a partir de fuentes de energía renovables; insta a los Estados miembros a que tengan en cuenta estos objetivos en los debates en curso;

Elementos del acuerdo de 2015

17.    Subraya que el acuerdo de 2015 ha de ser osado desde el primer momento de su aprobación en París, con el fin de que el mundo no se desvíe del objetivo de «menos de 2º C», y pide que la UE colabore con sus socios internacionales a este fin;

18.    Opina que la Conferencia de Lima debe establecer los elementos principales del acuerdo de 2015 a partir de los avances realizados a lo largo de 2014 en el marco de la Plataforma de Durban, y hace hincapié en que la mitigación, la adaptación, la financiación de la lucha contra el cambio climático y los medios de aplicación serán parte fundamental del acuerdo de 2015;

19.    Pide a la UE que incluya a todas las Partes en su labor en pos de un acuerdo ambicioso y justo en 2015 que se corresponda con los conocimientos científicos más recientes y sea asimismo capaz de adaptarse a nuevos resultados científicos y a circunstancias cambiantes, de manera que siga ajustándose a su objetivo y perdure mucho más allá de 2020; destaca, por consiguiente, la necesidad de contar con un mecanismo que permita revisar periódicamente los compromisos de mitigación, de manera que las Partes puedan modificar al alza sus promesas a la luz de la meta de «menos de 2 °C» sin necesidad de reabrir el acuerdo;

20.    Destaca la necesidad de que el acuerdo de 2015 prevea un régimen de cumplimiento eficaz aplicable a todas las Partes; hace hincapié en que el acuerdo de 2015 ha de promover la transparencia y la responsabilidad mediante un régimen basado en normas comunes que incluya reglas de contabilización y medidas de seguimiento, información y verificación; subraya que las normas deben diferenciarse en función del tipo de compromiso por el que hayan optado las Partes, sobre la base de la experiencia de la Convención y su Protocolo de Kioto;

21.    Considera que el reparto de esfuerzos debe basarse en principios de equidad que se centren, en particular, en las emisiones de gases de efecto invernadero actuales y acumuladas en el pasado, así como en las capacidades, calculadas, por ejemplo, a partir del PIB per cápita, de los índices de desarrollo humano y de pobreza, y de datos que den una imagen del nivel de dificultad con el que las emisiones pueden reducirse o limitarse; resalta la importancia que revisten los progresos en materia de financiación de la lucha contra el cambio climático para avanzar hacia un nuevo acuerdo sobre el clima;

Aspiraciones para antes de 2020 y Protocolo de Kioto

22.    Insiste, en particular, en la urgente necesidad de avanzar en el cierre de la brecha de gigatoneladas que existe entre los estudios científicos y las actuales promesas de las Partes hasta 2020; pide a las Partes que aún no hayan suscrito un compromiso que lo hagan; hace hincapié en la importante función de otras medidas políticas, entre ellas la eficiencia energética, los ahorros energéticos sustanciales, la energía renovable, la eficiencia en el uso de los recursos, la reducción progresiva de los HFC, la eliminación progresiva de las subvenciones a los combustibles fósiles y el refuerzo del papel de la tarificación generalizada del carbono, para contribuir al cierre de la brecha de gigatoneladas;

 

23.    Pide a todas las Partes, organizaciones internacionales, agentes subnacionales y organizaciones no gubernamentales que creen, amplíen y ejecuten con carácter urgente políticas nacionales e iniciativas de cooperación internacional para cerrar la brecha de gigatoneladas, basándose especialmente en las iniciativas presentadas en la Cumbre sobre el Clima del Secretario General de las Naciones Unidas, como la Coalición del Clima y Aire Limpio, y en los diálogos sobre políticas para determinar las oportunidades de ejercer gran influencia sobre el clima, el desarrollo y el crecimiento que se entablan en el ámbito técnico y político en el marco de la CMNUCC;

 

24.    Pide, habida cuenta del excedente significativo de las unidades de cumplimiento del Protocolo de Kioto (unidades de cantidad atribuida, UCA; reducciones certificadas de las emisiones, RCE; y unidades de reducción de emisiones, URE) que se transferirá a las cuentas de la UE y de los Estados miembros para el segundo periodo de compromiso del Protocolo de Kioto, que la UE y los Estados miembros, con arreglo a la Decisión 1/CMP.8 que exige que las Partes vuelvan a examinar, a más tardar en 2014, sus compromisos de reducción de las emisiones para el segundo periodo de compromiso, cancelen una serie de unidades para conformarse a las emisiones reales previstas y a una trayectoria de emisiones nacionales rentable respecto a la consecución del objetivo climático de la UE para 2050;

25.    Confía en que la UE y varios de sus Estados miembros, así como otras Partes, se sometan en la Conferencia de Lima a una evaluación multilateral de los progresos realizados en la consecución de sus objetivos de reducción para 2020 como parte del proceso de evaluación y examen internacional; considera que esa transparencia es necesaria para contribuir a la comprensión mutua de los esfuerzos y para crear confianza entre todas las Partes;

26.    Señala que la UE está avanzando para conseguir reducciones de las emisiones muy superiores al objetivo actual del 20 %, y reitera que la UE ha propuesto aumentar el objetivo de reducción de sus emisiones al 30 % para 2020 si otros de los principales países emisores se comprometen a cumplir unos objetivos de reducción similares;

27.    Aclara que, a pesar de que el segundo periodo de compromiso del Protocolo de Kioto será de duración limitada, debe verse como un paso intermedio muy importante, y pide por ello a las Partes, incluidos los Estados miembros de la UE, que ratifiquen rápidamente dicho segundo periodo de compromiso;

28.    Destaca la contribución que la reutilización y el reciclaje pueden aportar a la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, dado que la utilización de materias primas constituye una fuente notable de producción de dichos gases; reitera la importancia de pasar a una economía circular con mayores índices de reciclaje;

29.    Observa que la UE debe cumplir su función esencial en la reducción de emisiones aplicando políticas que pongan fin al desarrollo de combustibles fósiles no convencionales con emisiones muy elevadas de gases de efecto invernadero, tales como la arena bituminosa;

30.    Observa que muchos países ya están dando ejemplo, lo que demuestra que las estrategias de desarrollo hipocarbónicas y el crecimiento económico van de la mano; hace hincapié en que un acuerdo internacional firme fomentaría una acción interna más ambiciosa;

Financiación de la lucha contra el cambio climático

31.    Recuerda el compromiso de la UE, y de sus Estados miembros, de intensificar la movilización de la financiación de la lucha contra el cambio climático, a fin de aportar la contribución que les corresponde al compromiso del Acuerdo de Copenhague de capitalizar el Fondo Verde para el Clima y movilizar conjuntamente 100 000 millones de dólares estadounidenses al año para 2020, procedentes de una gran variedad de fuentes públicas y privadas, bilaterales y multilaterales, incluidas fuentes de financiación alternativas; pide a los otros países donantes que pongan de su parte para impulsar dicha movilización;

32.    Pide que la UE adopte una hoja de ruta para incrementar el nivel de financiación predecible, nueva y adicional, en consonancia con los compromisos existentes, de modo que represente el porcentaje que le corresponde de los 100 000 millones de dólares anuales para 2020, y que cree un mecanismo que facilite la responsabilidad y el seguimiento; celebra los compromisos asumidos recientemente de contribuir a la financiación del Fondo Verde para el Clima, e insta a los demás países a que contribuyan en su justa medida, pues los países desarrollados deben contribuir con 15 000 millones de dólares en subvenciones al Fondo Verde para el Clima en los próximos tres años;

33.    Pide a los Estados miembros que efectúen sus contribuciones financieras mucho antes de las conferencias y que coordinen mejor con la UE sus anuncios en relación con la financiación de la lucha contra el cambio climático, con objeto de facilitar la comunicación con terceros acerca de la contribución total de la UE y de lograr el mayor efecto positivo posible en las negociaciones; destaca que los compromisos financieros asumidos en la cumbre de Ban Ki-moon fueron una buena señal y tuvieron repercusiones positivas para la imagen de la UE con miras a las negociaciones de Lima;

34.    Recuerda que se podrían necesitar fuentes de financiación innovadoras a fin de garantizar que se alcanza el objetivo de 100 000 millones de dólares anuales hasta 2020 y después de esa fecha, y pide a los países que busquen opciones en Lima;

35.    Reitera su llamamiento a que se utilicen los ingresos procedentes de instrumentos de mercado para reducir las emisiones mundiales de la aviación y la navegación avanzando hacia una financiación internacional de la lucha contra el cambio climático más allá de 2020 y del Fondo Verde para el Clima; considera que la UE debe formular, antes de la fecha límite de marzo de 2015, propuestas adecuadas y predecibles sobre la financiación internacional de la lucha contra el cambio climático para el acuerdo de 2015;

36.    Insta los Estados miembros a que destinen los ingresos recaudados a través de los mercados de emisiones de carbono a la financiación de la lucha contra el cambio climático y la ayuda al desarrollo en los países en desarrollo; señala, sin embargo, que este mecanismo se enfrenta a grandes problemas, ya que los ingresos se han derrumbado al mismo tiempo que el precio mundial de las emisiones de carbón; considera, en este contexto, que es necesario tomar medidas para convertir el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE) en un instrumento mucho más eficaz, en particular a través de la cancelación de una serie de unidades de emisión para armonizarlas con las emisiones reales previstas y con una trayectoria de emisiones domésticas rentable de cara al objetivo climático de la Unión para 2050, que pueda generar, entonces, recursos sustanciales que deberían contribuir a financiar las medidas de mitigación y adaptación en los países en desarrollo;

37.    Pide a la UE y a sus Estados miembros que definan claramente el papel de la financiación privada en el contexto de un efecto multiplicador adicional de la financiación, al tiempo que reconoce que dicha financiación no puede sustituir la necesidad de una financiación pública, en particular en materia de adaptación, y que resalten la necesidad de transparencia en la presentación de informes y la rendición de cuentas en relación con este tipo de financiación y velen por la aplicación de las salvaguardias sociales y medioambientales pertinentes;

Adaptación: pérdidas y daños

38.    Pide a las principales economías desarrolladas que aprovechen sus infraestructuras avanzadas ya existentes para fomentar, mejorar y desarrollar un crecimiento sostenible, y que se comprometan a apoyar a los países en desarrollo para construir sus propias capacidades con el fin de garantizar que, en el futuro, se logre un crecimiento económico en todo el mundo sin ningún coste adicional para el medio ambiente;

39.    Hace hincapié en que las medidas de adaptación son una necesidad inevitable y deben desempeñar un papel primordial en el nuevo acuerdo; destaca que actuar ahora para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero resultará menos costoso para la economía mundial y las economías nacionales y reduciría los costes de las medidas de adaptación; insta a todos los países a que adopten medidas adecuadas para planificar, adaptarse y reaccionar a los efectos del cambio climático con el fin de proteger a sus poblaciones, sociedades, economías y medio ambiente, y de alcanzar un desarrollo resistente al clima y sostenible; toma nota de que la respuesta a los riesgos relacionados con el clima implica la toma de decisiones en un mundo en mutación, con una incertidumbre permanente en cuanto a la gravedad y el calendario de los impactos del cambio climático y los límites de la eficacia de la adaptación;

40.    Recuerda que los países en desarrollo, en especial los países menos desarrollados y los pequeños Estados insulares en desarrollo, han sido los que menos han contribuido a la creciente concentración de gases de efecto invernadero en la atmósfera pero son los más vulnerables frente a los efectos negativos del cambio climático y los que tienen menor capacidad de adaptación; pide a todos los países que estén en condiciones de hacerlo que apoyen a los países más vulnerables en sus esfuerzos por adaptarse y responder a las repercusiones del cambio climático, con objeto de que logren un desarrollo sostenible y resistente al clima, y que procuren llegar a acuerdos sobre el fortalecimiento de los procesos nacionales de planificación de la adaptación, la financiación de la lucha contra el cambio climático, la transferencia de tecnología y el aumento de las capacidades;

41.    Reconoce la atención prestada en las dos últimas COP a la necesidad de abordar las pérdidas y los daños vinculados a las repercusiones del cambio climático en los países en desarrollo y los menos desarrollados, que son especialmente vulnerables a sus efectos adversos; toma nota de la necesidad de aplicar plenamente las decisiones adoptadas en Varsovia y de seguir abordando esta cuestión en Lima;

42.    Hace hincapié en la necesidad de garantizar la previsibilidad de la financiación del cambio climático destinada a los países en desarrollo para ayudarles en sus esfuerzos por adaptarse al cambio climático y mitigarlo; subraya, en este contexto, que los países que contribuyen al Fondo Verde para el Clima deberán aclarar qué fuentes de financiación utilizarán y cómo van a recaudar esos fondos, ya que esa información garantizaría la previsibilidad de los ingresos en los países en desarrollo;

43.    Reconoce la dificultad que supone separar la acción por el clima y la acción por el desarrollo y sus numerosas sinergias a nivel nacional, pero insiste en que sigue siendo posible evaluar de manera creíble y transparente el respeto de la adicionalidad;

44.    Lamenta que, pese al aumento del gasto destinado a las actividades de mitigación y adaptación, este se vea mermado por el hecho de que la mayoría de los Gobiernos, incluidos los Gobiernos de los países desarrollados, siga subvencionando activamente la producción y el consumo de combustibles fósiles;

45.    Hace hincapié en la necesidad de basar las acciones de lucha contra el cambio climático en enfoques respetuosos en materia de igualdad de género, participativos y basados en derechos, y de combatir las repercusiones del cambio climático, en especial para apoyar a las personas y comunidades pobres y marginadas;

Sector de la tierra

46.    Subraya que, según las conclusiones del IPCC, el uso del suelo (agrícola, silvícola y de otros usos) constituye uno de los segmentos más expuestos y vulnerables de nuestras economías, que al mismo tiempo tiene un significativo potencial rentable de mitigación y de mejora de la capacidad de adaptación; destaca la importancia de que todas las Partes incluyan en su contribución nacional una dimensión relacionada con la tierra, con parámetros adecuados y comunes que permitan seguir, notificar y verificar de manera cuantificable los avances en la consecución de varios objetivos interrelacionados (a saber, la mitigación, la productividad y la capacidad de adaptación); destaca que el acuerdo debe establecer un marco de contabilización exhaustivo para las emisiones y los cambios en el uso del suelo;

47.    Hace hincapié en que debe prestarse especial atención a la necesidad de garantizar la seguridad alimentaria y nutricional de la población vulnerable al cambio climático;

Transporte aéreo y marítimo internacional

48.    Reitera la importancia que reviste el transporte marítimo y aéreo para la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, así como la necesidad de avanzar rápidamente y ser ambiciosos en la consecución de resultados satisfactorios en un plazo oportuno por lo que respecta tanto a la Organización Marítima Internacional como a la Organización de Aviación Civil Internacional, en consonancia con la magnitud y la urgencia del reto que plantea el cambio climático;

Diplomacia climática

49.    Subraya en este contexto la importancia de que la Unión Europea, como uno de los protagonistas, hable «con una sola voz» en la Conferencia para lograr progresos de cara a la consecución de un acuerdo internacional y de que se mantenga unida en ese sentido; pide a los Estados miembros que coordinen efectivamente sus posiciones con la de la UE; hace hincapié en que la UE debe presionar a las Partes que no estén en vías de respetar el objetivo de los 2º C; pide a la delegación de la UE que insista en los compromisos asumidos por otros Gobiernos al firmar el Protocolo de Kioto;

50.    Pide a los Estados miembros que se impliquen en un esfuerzo diplomático intensivo con los países socios con el fin de reforzar las posiciones de negociación de la UE, en coordinación con el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y la Comisión, también a través de la Red de Diplomacia Verde;

51.    Acoge con satisfacción la Cumbre sobre el Clima del Secretario General de las Naciones Unidas celebrada en Nueva York el 23 de septiembre de 2014 con el fin de hablar sobre el cambio climático por primera vez desde Copenhague, que reunió a más de 130 jefes de Estado y de Gobierno y a numerosos representantes de la sociedad civil y del mundo empresarial; celebra, en particular, las medidas concretas anunciadas por los dirigentes con el fin de reducir las emisiones, invertir en energías limpias y en el crecimiento hipocarbónico, promover la tarificación del carbono y contribuir a la financiación de la lucha contra el cambio climático; destaca que el seguimiento de los compromisos de los líderes asumidos en Nueva York será básico para mantener el impulso con vistas a las conferencias de Lima y París;

52.    Considera que la credibilidad de la UE en el contexto de las negociaciones sobre el clima depende de la ambición de su acción interna;

53.    Destaca que el programa general para después de 2015 debe reforzar el compromiso de la comunidad internacional con el desarrollo sostenible, y además debe apoyar los compromisos y objetivos internacionales, también en el ámbito del cambio climático;

54.    Hace hincapié en que la COP 21 representa una oportunidad única para abordar el cambio climático y enlazar con la labor de las Naciones Unidas en el marco de la Agenda para el desarrollo después de 2015 y con la Conferencia de marzo de 2015 sobre el Marco de Acción de Hyogo para la reducción del riesgo de desastres; pide que la UE lleve a cabo una labor de diplomacia más activa en el ámbito del clima a fin de vincular ambos procesos, persiguiendo los objetivos del desarrollo sostenible de forma coherente y ambiciosa;

Industria y competitividad

55.    Expresa su preocupación ante el aumento de las emisiones mundiales de CO2 en 2013, según datos de la AIE, pese al descenso de las emisiones en Europa y en los Estados Unidos; propone, por ello, que se examine la posibilidad de diferenciar las responsabilidades, a fin de que cada país participe en los esfuerzos mundiales en el ámbito de la política industrial y energética; aboga por un mejor uso de tecnologías como los satélites espaciales con miras a la recopilación de datos precisos sobre emisiones y temperaturas, así como por una cooperación transparente y la puesta en común de información entre países;

56.    Subraya que Europa debe continuar incrementando la penetración en el mercado de tecnologías respetuosas del medio ambiente, también en el ámbito de las TIC, energías renovables, tecnologías innovadoras y eficientes con bajas emisiones y, en particular, tecnologías eficientes desde un punto de vista energético; subraya que un marco jurídico internacional estable impulsaría las inversiones en la reducción del carbono, la eficiencia energética y las energías renovables y ofrecería oportunidades para las empresas de la UE líderes en estos sectores; señala que las inversiones sostenibles innovadoras pueden crear crecimiento y empleo;

57.    Considera que un acuerdo internacional osado y jurídicamente vinculante ayudaría a abordar los reparos sobre las fugas de carbono y la competitividad de los sectores pertinentes implicados, en particular el del gran consumo energético;

Investigación e innovación

58.    Hace hincapié en que el desarrollo y el despliegue de tecnologías de vanguardia sostenibles son la clave para luchar contra el cambio climático y, al mismo tiempo, para convencer a los socios de la UE en todo el mundo de que es factible reducir las emisiones al tiempo que aumentan la competitividad y los puestos de trabajo;

59.    Solicita un compromiso internacional para aumentar las inversiones en investigación y desarrollo (I+D) a favor de las tecnologías de vanguardia sostenibles de los sectores pertinentes; considera esencial que la UE dé ejemplo canalizando el gasto destinado a la investigación hacia actividades de demostración de tecnologías energéticas respetuosas con el clima y eficientes desde el punto de vista energético, y que la UE desarrolle una estrecha cooperación científica en este ámbito con socios internacionales como los países BRIC y los Estados Unidos;

Política energética

60.    Celebra las recientes señales de los Gobiernos estadounidense y chino en relación con la lucha contra el cambio climático y su disposición a desempeñar un papel más importante en los esfuerzos para abordar el cambio climático a escala mundial; lamenta que algunos países desarrollados sigan aumentando sus emisiones per cápita;

61.    Observa que los precios de las distintas fuentes de energía desempeñan un papel importante a la hora de determinar el comportamiento de los agentes del mercado, incluidos la industria y los consumidores, y observa que la incapacidad del actual marco político internacional para internalizar plenamente los costes externos perpetúa unas pautas de consumo insostenibles; reitera además que un mercado mundial del carbono con un precio negociado suficientemente elevado ofrecería una base sólida para lograr tanto unas reducciones sustanciales de las emisiones como unas condiciones igualitarias para el sector industrial; pide a la UE y a sus socios que encuentren, en un futuro inmediato, la manera más eficaz de promover conexiones entre el RCDE UE y otros regímenes con el objetivo de establecer un mercado mundial del carbono, lo que garantizaría una mayor diversidad de opciones de reducción, mejores dimensiones del mercado y más liquidez, más transparencia y, en último término, una asignación más eficaz de los recursos para el sector energético e industrial;

62.    Pide una coordinación más estrecha entre el Consejo, la Comisión y el SEAE, de manera que la UE pueda hablar con una voz coordinada en organizaciones internacionales como la AIE, la Agencia Internacional de Energías Renovables, la Asociación Internacional de Cooperación para la Eficiencia Energética y el Organismo Internacional de Energía Atómica, y pueda desempeñar de este modo un papel más activo e influyente, particularmente a la hora de defender políticas que promuevan la energía sostenible, la eficiencia energética y la seguridad energética;

63.    Pide a la Comisión y a los Estados miembros que adopten urgentemente, bajo la dirección de la Comisión, medidas concretas para eliminar de forma gradual todas las subvenciones perjudiciales para el medio ambiente antes de 2020, incluidas las subvenciones a los combustibles fósiles, partiendo de un enfoque basado en acciones y en la supervisión a través del Semestre Europeo; solicita asimismo la aplicación coordinada a escala internacional del objetivo acordado en la Cumbre del G-20 de Pittsburgh consistente en eliminar progresivamente las subvenciones a los combustibles fósiles, que, según la AIE, representaron 544 000 millones de dólares en todo el mundo en 2012, ya que esta medida reduciría significativamente las emisiones de CO2 y también contribuiría a reducir el déficit público en muchos países; celebra el propósito declarado en la Cumbre del G-20 de San Petersburgo de establecer un sistema de revisión inter pares para la eliminación progresiva de las subvenciones a los combustibles fósiles; deplora la falta de progresos en lo que respecta a la adopción de medidas concretas con miras a la realización de este objetivo; solicita una revisión del Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) que se centre especialmente en evitar las repercusiones negativas de los proyectos MDL en los derechos humanos, la seguridad alimentaria y el medio ambiente;

64.    Considera lamentable que el potencial de ahorro energético no se aproveche adecuadamente a escala internacional y en la UE; subraya que el ahorro energético permite crear empleo, reducir los costes y garantizar la seguridad energética, así como mejorar la competitividad y reducir las emisiones, y es un elemento clave para disociar las emisiones del crecimiento económico; pide a la UE que presione para que se preste mayor atención y se adopten más medidas respecto al ahorro energético en las negociaciones internacionales cuando se debatan la transferencia de tecnología, planes de desarrollo para los países en desarrollo o la ayuda financiera; destaca que, para tener credibilidad, la UE y sus Estados miembros deben fijar objetivos ambiciosos en el ámbito de la eficiencia energética y cumplirlos; subraya la importancia que reviste reducir el despilfarro de energía en los sectores de la construcción y del transporte, en las instalaciones eléctricas de las viviendas y en los electrodomésticos, con el fin de maximizar el ahorro energético y la eficiencia energética;

65.    Resalta la necesidad de introducir sistemas de transporte con bajo consumo de energía y que funcionen con hidrógeno;

HFC y Protocolo de Montreal

66.    Invita a todas las Partes a que estudien los mecanismos de votación y de decisión, el planteamiento diferente de las responsabilidades, y los mecanismos de aplicación y sanción y de financiación del Protocolo de Montreal como ejemplos de éxito que también podrían utilizarse en el marco de la CMNUCC; pide a la UE que intensifique los esfuerzos por regular una disminución gradual a escala mundial de los HFC en el marco del Protocolo de Montreal;

67.    Recuerda que la UE ha adoptado una legislación ambiciosa para reducir gradualmente en un 79 % los HFC hasta 2030, dado que existen numerosas alternativas respetuosas con el medio ambiente cuyo potencial debe aprovecharse plenamente; señala que reducir el uso de los HFC representa un objetivo asequible de las medidas de mitigación tanto dentro como fuera de la UE, y pide a la Unión que se implique activamente para facilitar una acción mundial sobre los HFC;

Delegación del Parlamento Europeo

68.    Considera que la delegación de la UE desempeña un papel esencial en las negociaciones sobre el cambio climático y juzga, por tanto, inaceptable que los diputados al Parlamento Europeo no hayan podido asistir a las reuniones de coordinación de la UE en las anteriores Conferencias de las Partes; confía en que se permita al menos al presidente de la delegación del Parlamento Europeo asistir a las reuniones de coordinación de la UE en Lima;

69.    Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros y a la Secretaría de la CMNUCC, con la solicitud de que la distribuya a todas las Partes contratantes que no sean miembros de la UE.