Propuesta de resolución - B8-0284/2014Propuesta de resolución
B8-0284/2014

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre las demoras en el arranque de la política de cohesión para el periodo 2014-2020

24.11.2014 - (2014/2946(RSP))

tras la pregunta con solicitud de respuesta oral B8‑0042/2014
presentada de conformidad con el artículo 128, apartado 5, del Reglamento

Lambert van Nistelrooij, Tamás Deutsch, Marian-Jean Marinescu, Jan Olbrycht, Marc Joulaud, Franck Proust, Tunne Kelam, Claude Rolin, Pascal Arimont, Krzysztof Hetman, Joachim Zeller, Raffaele Fitto, Franc Bogovič, Tomáš Zdechovský, Stanislav Polčák, Maurice Ponga, Daniel Buda, Siegfried Mureşan, Ivana Maletić, Michaela Šojdrová, Lara Comi, Jiří Pospíšil, Iuliu Winkler en nombre del Grupo PPE

Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-0278/2014

Procedimiento : 2014/2946(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B8-0284/2014
Textos presentados :
B8-0284/2014
Debates :
Textos aprobados :

B8‑0284/2014

Resolución del Parlamento Europeo sobre las demoras en el arranque de la política de cohesión para el periodo 2014-2020

(2014/2946(RSP))

El Parlamento Europeo,

–       Visto el Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006 del Consejo,

–       Visto el Reglamento (UE, Euratom) nº 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el periodo 2014-2020,

–       Visto el Reglamento (UE, Euratom) nº 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo,

–       Vista la pregunta a la Comisión sobre las demoras en el arranque de la política de cohesión para el periodo 2014-2020 (O-000082/2014 – B8‑0042/2014),

–       Vistos el artículo 128, apartado 5, y el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,

A.     Considerando que la política de cohesión constituye la principal política de inversión a escala de toda la UE en la economía real y un motor excelente para el crecimiento en Europa, con un presupuesto de más de 350 000 millones de euros hasta 2020;

B.     Considerando que, mediante la concentración temática, los recursos se destinan a un número limitado de objetivos estratégicos que pueden aumentar el crecimiento, como la innovación y la investigación, la agenda digital, el apoyo a pequeñas y medianas empresas (pymes) y la economía hipocarbónica, así como a formación, educación e infraestructuras;

C.     Considerando que los acuerdos de asociación y los programas operativos son herramientas estratégicas para orientar las inversiones en los Estados miembros y las regiones, en consonancia con los objetivos generales de la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador;

D.     Considerando que, en los artículos 14, 16 y 29 del Reglamento (UE) nº 1303/2013, se prevé un calendario para la presentación y la aprobación de acuerdos de asociación y programas operativos, conforme al cual los acuerdos de asociación deben estar adoptados antes de finalizar agosto de 2014 y los programas operativos, a finales de enero de 2015 a más tardar;

E.     Considerando que nos enfrentamos a un claro retraso en el nivel del proceso de programación y que se espera que se apruebe solo un número muy limitado de programas operativos (unos cien) antes de concluir 2014;

F.     Considerando que, a raíz de la solicitud de los Estados miembros, la Comisión ha preparado un documento oficioso relativo al tratamiento de los compromisos para 2014 de los programas cofinanciados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, el Fondo Social Europeo y el Fondo de Cohesión que la Comisión no haya adoptado antes del 31 de diciembre de 2014;

G.     Considerando que se prevén dos supuestos para la adopción de los programas operativos y que ambos implican nuevos retrasos en el inicio de la aplicación: el procedimiento de prórroga para aquellos considerados «listos para adopción» a 31 de diciembre de 2014 y la nueva presupuestación de la asignación de 2014 no utilizada para los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, lo que implica una revisión técnica del marco financiero plurianual (MFP), para los programas considerados «no listos para adopción» a finales de 2014;

H.     Considerando que, con arreglo al calendario presentado por la Comisión, dentro del procedimiento de prórroga, los programas operativos podrían adoptarse entre el 15 de febrero y el 31 de marzo de 2015 y, en el procedimiento de nueva presupuestación, después del 1 de mayo de 2015;

I.      Considerando que, además del retraso en la aplicación para el periodo 2014-2020, la política de cohesión se enfrenta también a una acumulación de pagos pendientes para el periodo de programación 2007-2013 y que ambas circunstancias minan su credibilidad;

1.      Expresa su gran preocupación ante la demora significativa en la ejecución de la política de cohesión para el periodo 2014-2020, a la vez que reconoce la importancia de adoptar programas operativos de alta calidad al iniciar el periodo de programación con el fin de evitar una reprogramación posterior;

2.      Recuerda que la política de cohesión, junto con la cofinanciación por los Estados miembros, representa un gran porcentaje del gasto público relacionado con el crecimiento en la UE; destaca que es, por tanto, imprescindible iniciar la aplicación de los nuevos programas lo antes posible a fin de reforzar la dinámica de las inversiones, impulsar la creación de empleo y aumentar el crecimiento de la productividad;

3.      Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que den muestra de responsabilidad y hagan cuanto esté en sus manos para acelerar la adopción del máximo número de programas operativos durante 2014 y que garanticen además que el mayor número posible de programas estén «listos para adopción» a más tardar el 31 de diciembre de 2014 con miras a beneficiarse del procedimiento de prórroga, de conformidad con el artículo 13, apartado 2, letra a), del Reglamento Financiero y con el artículo 4 de sus normas de desarrollo;

4.      Exige que la Comisión estudie todas las posibilidades de racionalizar sus procedimientos internos con objeto de garantizar que los programas operativos presentados de nuevo tras la fecha límite del 17 de noviembre de 2014 también se tomen en consideración a la hora de concluir la consulta interservicios a más tardar a finales de año y se traten como listos para adopción, si cumplen los requisitos de calidad;

5.      Sabe que el segundo supuesto, aplicable a los programas operativos «no listos para adopción» antes de que concluya 2014, a saber, la nueva presupuestación en 2015 de los importes no comprometidos de 2014, con arreglo al artículo 19 del MFP, comporta una revisión del MFP a más tardar el 1 de mayo de 2015, que, aun siendo técnica, debe seguir el procedimiento presupuestario plurianual; invita, por consiguiente, a la Comisión a que inicie cuanto antes un debate con el Parlamento y el Consejo a fin de establecer una hoja de ruta creíble que garantice la aprobación de la revisión del marco financiero plurianual lo antes posible en 2015;

6.      Hace hincapié, asimismo, en que, a fin de adoptar los programas operativos, es necesario aprobar también el correspondiente proyecto de presupuesto rectificativo que cubra los correspondientes créditos de compromiso para 2015, lo que implica, en el mejor de los supuestos, retrasar el inicio efectivo de la ejecución de dichos programas hasta mediados de 2015;

7.      Pide a la Comisión, en vista de lo anterior, que presente al Parlamento las medidas que prevé adoptar para facilitar, cuanto antes, la ejecución de los programas operativos, así como el calendario previsto;

8.      Expresa su alarma por la acumulación de pagos pendientes en el marco de la política de cohesión para los programas operativos del periodo 2007-2013, así como por el actual bloqueo en la aprobación del proyecto de presupuesto rectificativo nº 3/2014 sobre los pagos pendientes y el presupuesto para 2015, lo que convierte en más delicada la situación de las facturas pendientes de pago; destaca la importancia y la urgencia de alcanzar un acuerdo en este sentido, sobre la base de las nuevas propuestas de la Comisión, antes de finales de 2014;

9.      Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Comité de las Regiones, al Comité Económico y Social Europeo y a las demás instituciones pertinentes.