presentada de conformidad con el artículo 133 del Reglamento
sobre las adopciones internacionales
Aldo Patriciello
Propuesta de Resolución del Parlamento Europeo sobre las adopciones internacionales
B8-0345/2015
El Parlamento Europeo,
– Vista la Ley italiana nº 184, de 4 de mayo de 1983, sobre el derecho del menor a una familia,
– Visto el artículo 133 de su Reglamento,
A. Considerando que las proyecciones para el primer semestre de 2014 registran un mínimo histórico, con solo 930 a 950 menores a los que se autorizó la entrada en Italia, es decir, una disminución de casi un 30 % respecto del mismo periodo del año anterior;
B. Considerando que las causas de este descenso son la burocracia, unos plazos de espera excesivamente largos, el elevado coste del proceso y la complejidad del enfoque para con la adopción confiado a las instituciones;
C.Considerando la necesidad de racionalizar el proceso burocrático, incluso a través de una revisión de la normativa vigente;
D.Considerando la posible eliminación de la declaración de idoneidad por parte del tribunal de menores y la simplificación de la selección de parejas, hasta ahora encargada exclusivamente a los servicios públicos, en beneficio de un procedimiento más racional de acompañamiento y formación antes y después de la adopción de las propias parejas, que prevea la colaboración entre los servicios públicos y los privados de las entidades autorizadas;
1. Pide a la Comisión que examine las propuestas formuladas a fin de favorecer las adopciones internacionales.