Propuesta de resolución - B8-0682/2015Propuesta de resolución
B8-0682/2015

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la situación en Yemen

6.7.2015 - (2015/2760(RSP))

tras una declaración del Vicepresidente de la Comisión / Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento

Marietje Schaake, Nedzhmi Ali, Petras Auštrevičius, Beatriz Becerra Basterrechea, Izaskun Bilbao Barandica, Dita Charanzová, Gérard Deprez, Marielle de Sarnez, Martina Dlabajová, José Inácio Faria, Antanas Guoga, Petr Ježek, Ilhan Kyuchyuk, Alexander Graf Lambsdorff, Louis Michel, Urmas Paet, Maite Pagazaurtundúa Ruiz, Jozo Radoš, Frédérique Ries, Hannu Takkula, Pavel Telička, Ramon Tremosa i Balcells, Ivo Vajgl, Johannes Cornelis van Baalen en nombre del Grupo ALDE

Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-0680/2015

Procedimiento : 2015/2760(RSP)
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B8-0682/2015
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B8-0682/2015

Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación en Yemen

(2015/2760(RSP))

El Parlamento Europeo,

–       Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Yemen,

–       Vistas las declaraciones de la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR), Federica Mogherini, sobre Yemen, en particular la del 9 de junio de 2015 sobre la posible reanudación de las conversaciones dirigidas por las Naciones Unidas sobre Yemen en Ginebra el 14 de junio, y la declaración conjunta de la VP/AR y del comisario de Ayuda Humanitaria y Gestión de Crisis, Christos Stylianides, de 11 de mayo de 2015, sobre la propuesta de tregua en Yemen,

–       Vistas las Conclusiones del Consejo de Asuntos Exteriores sobre Yemen, en particular las de 20 de abril de 2015,

–       Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de 8 de junio de 2015 tituladas «Yemen: La UE aplica sanciones contra un dirigente hutí y el hijo del expresidente Saleh»,

–       Visto el comunicado de prensa del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas del 2 de junio de 2015 sobre la situación en Yemen,

–       Vistos el Acuerdo de Paz y Asociación Nacional, de 21 de septiembre de 2014, los resultados de la Conferencia para el Diálogo Nacional, de 25 de enero de 2014, y la Iniciativa del Consejo de Cooperación del Golfo, de 21 de noviembre de 2011,

–       Vistas las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas 2051 (2012), 2201 (2015), 2204 (2015) y 2216 (2015) sobre Yemen,

–       Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,

A.     Considerando que la reciente escalada de violencia en Yemen, la intervención militar de la coalición liderada por Arabia Saudí, especialmente el uso de bombas de racimo, y los actuales desafíos políticos, de seguridad, económicos y humanitarios, que afectan a la población en todo el país, tienen graves consecuencias para la región y constituyen una amenaza para la paz y la seguridad internacionales; considerando que la población civil yemení, ya afectada por terribles condiciones de vida, es la principal víctima de la actual escalada militar;

B.     Considerando que las repercusiones humanitarias sobre la población civil de los combates en curso entre diferentes milicias, los bombardeos y la interrupción de servicios esenciales han alcanzado proporciones alarmantes;

C.     Considerando que el principal conflicto en Yemen surge entre los leales al hostigado presidente, Abd-Rabbu Mansur Hadi, y los aliados al grupo insurgente zaidí chií conocidos como hutíes; considerando que el presidente Hadi y los hutíes se enfrentan a Al Qaeda en la Península Arábiga (AQPA), que ha perpetrado numerosos atentados mortales desde sus feudos en el sur y sudeste del país; considerando que Yemen es el escenario de un conflicto más amplio, que parece una guerra por poderes entre Estados musulmanes suníes como Arabia Saudí y Estados chiíes como Irán; considerando que el 25 de marzo de 2015 el presidente Hadi huyó a Arabia Saudí; considerando que la sucursal de Al Qaeda en Yemen está sacando provecho del conflicto;

D.     Considerando que, desde el 26 de marzo de 2015, una coalición liderada por Arabia Saudí que incluye a Baréin, Egipto, Jordania, Kuwait, Marruecos, Sudán, Qatar y los Emiratos Árabes Unidos está interviniendo militarmente en el país y lleva a cabo ataques aéreos sobre objetivos hutíes, apoyando, de este modo, al Gobierno yemení reconocido a nivel internacional en su lucha contra los rebeldes hutíes apoyados por Irán; considerando que, al parecer, la coalición saudí está utilizando en Yemen bombas de racimo, prohibidas a nivel internacional, y que esta cuestión ya está siendo investigada por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos;

E.     Considerando que, según las Naciones Unidas, desde el inicio de la campaña de bombardeos de la coalición liderada por Arabia Saudí han muerto casi 5 000 personas y unas 10 000 personas han resultado heridas, muchas de ellas civiles, contándose entre las víctimas cientos de mujeres y niños;

F.     Considerando que el 1 de julio de 2015 las Naciones Unidas declararon un nivel tres de emergencia para Yemen, el más elevado en la escala; considerando que, de conformidad con el plan de emergencia, las Naciones Unidas intentarán llegar a los 11,7 millones de personas más necesitadas; considerando que el sistema de salud enfrenta, al parecer, una situación de «colapso inminente», con el cierre de al menos 160 centros sanitarios debido a la inseguridad, la falta de combustible y los suministros;

G.     Considerando que las organizaciones humanitarias han trasladado a la mayoría del personal internacional fuera de Yemen, debido al deterioro de la situación de la seguridad en el país; considerando que el bloqueo aéreo y marítimo está restringiendo las importaciones de combustible y los suministros de alimentos, así como la ayuda humanitaria vital; considerando que denegar de forma arbitraria el acceso de la ayuda humanitaria y privar a la población civil de objetos indispensables para su supervivencia constituye una violación del Derecho humanitario internacional;

H.     Considerando que Yemen es uno de los países más pobres del Oriente Próximo, con altas tasas de desempleo, analfabetismo y ausencia de servicios básicos; considerando que 20 millones de personas necesitan actualmente asistencia humanitaria, incluidos unos 9,4 millones de niños yemeníes, más de 250 000 refugiados y 335 000 desplazados internos;

I.      Considerando que, según organizaciones internacionales, el grupo armado hutí ha intensificado su reclutamiento, formación y despliegue de niños en Yemen, vulnerando el Derecho internacional; considerando que, según Unicef, los niños constituyen una tercera parte de todos los combatientes en Yemen, de los cuales al menos 140 han sido reclutados solo entre el 26 de marzo y el 24 de abril de 2015; considerando que en 2014 se confirmó que fueron reclutados y utilizados en grupos armados 156 niños; considerando que en 2015 ya se ha duplicado su número; considerando que, según Unicef, a 16 de junio de 2015 el número de niños fallecidos era cuatro veces mayor que el número de niños fallecidos en todo el año 2014;

J.      Considerando que fueron bombardeadas la ciudad vieja de Saná, patrimonio cultural de la humanidad, que es el símbolo de una historia milenaria de conocimientos, y la antigua ciudad de Marib, la cual resultó completamente destruida por un ataque aéreo; considerando que esta destrucción tuvo lugar justo una semana después de la del Museo Nacional en Dhamar, que contiene aproximadamente 12 500 objetos que dan testimonio de la rica herencia cultural de toda la región circundante; considerando que están sufriendo daños colaterales del conflicto armado en Yemen muchos otros lugares históricos; considerando que los actos de destrucción del patrimonio arqueológico y cultural han sido considerados, en determinadas circunstancias, como crímenes contra la humanidad y actos de «limpieza cultural», y que equivalen a crímenes de guerra, según el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional;

K.     Considerando que el ataque aéreo llevado a cabo el 30 de marzo de 2015 por la coalición liderada por Arabia Saudí en el campamento Al Marzaq en Hajjah, que acoge principalmente a personas desplazadas, murieron al menos 40 personas, y considerando que 29 personas, entre ellos mujeres y niños, resultaron muertas antes de que pudiera llegar asistencia médica, y al menos otras 200 resultaron heridas;

L.     Considerando que varias mezquitas se vieron afectadas por una serie de explosiones causadas por el EIIL/Daesh el 17 de junio de 2015 en la capital yemení, Saná, con un balance de decenas de víctimas; considerando que los ataques con coche bomba causaron la muerte o heridas al menos a 50 personas cerca de las mezquitas y afectó al cuartel general del grupo hutí yemení dominante en Saná; considerando que este ataque es el más grave de los perpetrados en Yemen desde que terroristas suicidas mataron al menos a 137 creyentes e hirieron a centenares durante la oración del viernes en dos mezquitas en Saná, el 20 de marzo de 2015, ataques que fueron reivindicados por el EIIL/Daesh;

M.    Considerando que el 15 de junio de 2015, en vista de las conversaciones de paz de las Naciones Unidas, el secretario general de las Naciones Unidas, Ban Ki-moon, hizo un llamamiento para que se mantuviera la pausa humanitaria al menos dos semanas durante el Ramadán, a fin de poder prestar la asistencia crítica a todos los yemeníes necesitados; considerando que, sin embargo, no se alcanzó un acuerdo; considerando que el 19 de junio de 2015 las partes en conflicto en Yemen no llegaron a un acuerdo de alto el fuego durante las conversaciones diplomáticas propiciadas por el enviado especial de las Naciones Unidas, Ismail Ould Cheikh Ahmed;

N.     Considerando que la población yemení merece instituciones democráticas y unitarias que correspondan a sus legítimas aspiraciones; considerando que el conflicto en Yemen está profundamente arraigado en sentimientos de abandono, desigualdad y pobreza, que han agravado las profundas fracturas tribales y regionales de la sociedad yemení;

O.     Considerando que, en 2015, la Dirección General de Ayuda Humanitaria y Protección Civil de la Comisión Europea (ECHO) ha asignado 25 millones EUR para ayudar a las comunidades en todo el país afectadas por la desnutrición aguda, los conflictos y los desplazamientos forzados; considerando que, en 2014, el importe total de la financiación combinada de la UE, los Estados miembros y la Comisión para asistencia humanitaria en Yemen ascendió a 100,8 millones EUR, de los cuales 33 millones EUR procedían de ECHO;

P.     Considerando que la Unión Europea ha impuesto un embargo de armas y sanciones específicas contra un líder hutí y el hijo del expresidente Saleh, reflejo de la decisión aprobada en la Resolución 2216 (2015) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de 14 de abril de 2015; considerando que se ha impuesto a otros dos ciudadanos yemeníes la prohibición de viajar y la inmovilización de activos en respuesta a sus acciones contra la paz y la estabilidad en Yemen;

Q.     Considerando que la comunidad internacional debe dar una respuesta proporcionada a las acciones militares, con el fin de atenuar el sufrimiento de los civiles atrapados en el conflicto; que la justicia y la reconciliación formarán necesariamente parte de las medidas posteriores al conflicto y del proceso de construcción de una gobernanza inclusiva, representativa y democrática; considerando que la situación humanitaria seguirá deteriorándose a falta de una solución política;

1.      Manifiesta su preocupación por los continuos combates y el rápido deterioro de la situación política, de seguridad y humanitaria en Yemen, lo que se traduce en un número considerable de víctimas y provoca la destrucción de hogares e infraestructuras y el desplazamiento forzoso en todo el país, con graves riesgos para la estabilidad de la región, en particular la del Cuerno de África, el mar Rojo y el Oriente Medio ampliado y en términos de capacidad de Al Qaeda en la Península Arábiga (AQPA) y EIIL para beneficiarse de esta situación en Yemen; expresa su profunda solidaridad a las víctimas de los conflictos de Yemen y reitera su firme compromiso de seguir apoyando la transición en Yemen y al pueblo yemení;

2.      Condena con la mayor firmeza la reciente ola de violencia y atentados terroristas perpetrados por los hutíes y otras unidades militares leales al expresidente Saleh, hechos que aumentan y desestabilizan la ya de por sí frágil situación del país; condena los ataques a hospitales e instalaciones sanitarias, especialmente los que cuentan con un régimen de protección especial, y la elección y destrucción deliberadas de viviendas particulares, centros educativos e infraestructuras básicas; condena el reclutamiento y utilización de niños por las partes en el conflicto;

3.      Insta a todas las partes, en particular a los hutíes, a que pongan fin a la violencia inmediatamente y sin condiciones, a que liberen en condiciones de seguridad a todos los presos políticos y a todas las personas bajo arresto domiciliario o detenidas arbitrariamente y a que pongan fin al reclutamiento y la utilización de niños;

4.      Insta a todas las partes a que respeten el Derecho internacional humanitario y el Derecho internacional en materia de derechos humanos y a que faciliten la entrega urgente de la ayuda humanitaria, así como el acceso rápido, seguro y sin obstáculos del personal humanitario a las personas necesitadas de asistencia humanitaria, incluida la asistencia sanitaria, de conformidad con los principios de imparcialidad, neutralidad e independencia;

5.      Apoya los esfuerzos del enviado especial de las Naciones Unidas Ismail Ould Cheikh Ahmed, e insta a todas las partes a llegar a acuerdos en materia de alto el fuego locales que incluyan la retirada de los grupos armados de las ciudades y abran una vía hacia un alto el fuego global y duradero en todo el país;

6.      Lamenta la falta de acuerdo sobre las conversaciones de paz auspiciadas por las Naciones Unidas e insta a todas las partes interesadas a que creen las condiciones para la vuelta a la mayor brevedad posible, sin condiciones previas y de buena fe, de las consultas políticas integradoras de las Naciones Unidas; hace hincapié en que únicamente un amplio consenso político logrado mediante unas de negociaciones integradoras puede proporcionar una solución sostenible, restablecer la paz y preservar la unidad, soberanía, independencia e integridad territorial de Yemen;

7.      Destaca la importancia de la transición yemení mediante la plena aplicación del marco previsto por el Acuerdo de Paz y Asociación Nacional, incluido su anexo sobre seguridad, los resultados de la Conferencia para el Diálogo Nacional y la Iniciativa y el Mecanismo de Aplicación del Consejo de Cooperación del Golfo;

8.      Pide a todas las partes que garanticen la protección de los civiles como responsabilidad principal y protejan el patrimonio cultural durante el conflicto evitando fijar como objetivos directos las infraestructuras civiles, en particular las instalaciones médicas y los sistemas de distribución de agua, y usar los edificios civiles para fines militares;

9.      Acoge con satisfacción los progresos realizados en la comisión constituyente, y pide a todos los miembros de dicha comisión que elaboren una Constitución integradora y transparente que atienda las aspiraciones legítimas del pueblo yemení y refleje los resultados de la Conferencia para el diálogo nacional, y que celebren un referéndum sobre el proyecto de Constitución y rápidas elecciones generales, con el fin de evitar un nuevo deterioro de la seguridad y la situación humanitaria en Yemen;

10.    Recuerda su preocupación por la lentitud de la recuperación económica en Yemen, e insta a todos los agentes políticos a que lleven a cabo las necesarias reformas económicas y políticas, que intervengan en la lucha contra la corrupción en la administración pública y que mejoren las condiciones de vida de la población yemení; observa que todo plan de reforma debería basarse en enfoques a largo plazo para hacer frente a las deficiencias estructurales y a corto plazo para abordar los acuciantes problemas que afectan a la vida cotidiana de la población yemení;

11.    Pide una investigación independiente de las denuncias de violaciones de las normas internacionales de derechos humanos y del Derecho internacional humanitario, hace hincapié en la necesidad de coordinar la acción humanitaria bajo los auspicios de las Naciones Unidas, e insta a todos los países a que contribuyan a hacer frente a las necesidades humanitarias;

12.    Insta a la coalición liderada por Arabia Saudí a que ponga fin a la utilización de las bombas de racimo, que están prohibidas y son perjudiciales para la población civil, y a que ratifique la Convención sobre Municiones en Racimo, que prohíbe su utilización;

13.    Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la vicepresidenta de la Comisión/alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Consejo, a la Comisión, al representante especial de la UE para los Derechos Humanos, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al Gobierno y al Consejo de Representantes de Yemen, al secretario general de las Naciones Unidas, al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y a todas las partes implicadas en el conflicto en Yemen.