Propuesta de resolución - B8-1094/2015Propuesta de resolución
B8-1094/2015

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la asignación por la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones, que se celebrará en Ginebra del 2 al 27 de noviembre de 2015, (CMR-15) de la banda necesaria del espectro radiofónico a fin de sostener el futuro desarrollo de una tecnología por satélite que permita sistemas de seguimiento de los vuelos a escala mundial

 - (2015/2857(RSP))

tras la pregunta con solicitud de respuesta oral B8-1101/2015
presentada de conformidad con el artículo 128, apartado 5, del Reglamento

Michael Cramer en nombre de la Comisión de Transportes y Turismo

Procedimiento : 2015/2857(RSP)
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B8-1094/2015
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B8-1094/2015
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B8-1094/2015

Resolución del Parlamento Europeo sobre la asignación por la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones, que se celebrará en Ginebra del 2 al 27 de noviembre de 2015, (CMR-15) de la banda necesaria del espectro radiofónico a fin de sostener el futuro desarrollo de una tecnología por satélite que permita sistemas de seguimiento de los vuelos a escala mundial

(2015/2857(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el nuevo punto del orden del día relativo al seguimiento en vuelo de la próxima Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones, que se celebrará en Ginebra del 2 al 27 de noviembre de 2015 (CMR-15), organizada por la Unión Internacional de Comunicaciones (UIT),

–  Visto el documento de trabajo titulado «Aircraft Tracking and Localisation Options» (Opciones de seguimiento y localización de vuelos), presentado por la Unión Europea en el marco de la reunión multidisciplinar de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) sobre el seguimiento de los vuelos a escala mundial, celebrada los días 12 y 13 de mayo de 2014,

–  Vistas las recomendaciones formuladas en la mencionada reunión mutidisciplinar de la OACI sobre el seguimiento a escala mundial,

–  Visto el Dictamen 01/2014 de la Agencia Europea de Seguridad Aérea, de 5 de mayo de 2014, relativo a la modificación de los requisitos para los registradores de vuelo y los dispositivos de localización submarina,

–  Vistas las recomendaciones en materia de seguridad elaboradas por diversas autoridades nacionales de investigación de la seguridad con vistas a reforzar la seguridad mediante la facilitación de la obtención de información a efectos de las investigaciones sobre seguridad en la aviación civil y la mejora de las prestaciones y la gestión de los registradores de vuelo, así como de la localización de una aeronave tras un accidente en el agua[1],

–  Visto el proyecto de Reglamento de la Comisión por el que modifica el Reglamento (UE) n.º 965/2012 por el que se establecen requisitos en lo relativo a los registradores de vuelo, los dispositivos de localización bajo el agua y los sistemas de seguimiento de aeronaves[2],

–  Vista la pregunta a la Comisión sobre la asignación por la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones, que se celebrará en Ginebra del 2 al 27 de noviembre de 2015, (CMR-15) de la banda necesaria del espectro radiofónico a fin de sostener el futuro desarrollo de una tecnología por satélite para permitir sistemas de seguimiento de vuelos a escala mundial (O-000118/2015 – B8-1101/2015),

–  Vista la propuesta de Resolución de la Comisión de Transportes y Turismo,

–  Vistos el artículo 128, apartado 5, y el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,

A.  Considerando que las tragedias de los vuelos AF447 de Air France (1 de junio de 2009) y MH370 de Malaysia Airlines (8 de marzo de 2014) pusieron de relieve la necesidad de establecer nuevos sistemas para determinar la posición de los vuelos comerciales en todo momento, incluso en lugares remotos;

B.  Considerando que unos sistemas de vigilancia a escala mundial en materia de gestión del tráfico aéreo (GTA) de esta naturaleza facilitarán la tarea de determinar la localización de una aeronave en caso de comportamiento anormal, emergencia o accidente;

C.  Considerando que, teniendo en cuenta las tragedias de los vuelos AF447 y MH370, estos sistemas no deben verse afectados por una interrupción del suministro eléctrico normal a bordo y no deben ofrecer ninguna posibilidad de ser desactivados durante el vuelo;

D.  Considerando que estos sistemas mejorarán la eficacia de las operaciones de búsqueda y rescate y de las investigaciones, ya que los sistemas de seguimiento de vuelos existentes en la actualidad solo cubren el planeta de modo parcial;

E.  Considerando que estos sistemas también podrían ser una herramienta importante para aumentar la eficacia y la capacidad de la gestión del tráfico aéreo mediante una mejora significativa de la seguridad aeronáutica y la reducción de los costes de infraestructura;

F.  Considerando que la Comisión, en cooperación con la Agencia Europea de Seguridad Aérea (AESA), la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y las partes interesadas, ha comenzado a examinar distintas opciones técnicas, sobre la base de sus resultados, y ha propuesto normas en materia de seguimiento de los vuelos que se aplicarán de forma gradual;

G.  Considerando que entre las posibles opciones que se utilizan en la actualidad o que se encuentran en fase de estudio —como, por ejemplo, ADS-C (Automatic Dependent Surveillance-Contract, vigilancia dependiente automática - contrato), ACARS (Aircraft Communications Addressing and Reporting System, sistema de notificación, dirección y comunicación de aeronaves), High Frequency Data Link (enlace de datos de alta frecuencia)—, la tecnología de ADS-B (Automatic Dependent Surveillance-Broadcast, tecnología de vigilancia dependiente automática - radiodifusión), apoyada por comunicaciones por satélite, parece muy prometedora;

H.  Considerando que la tecnología ADS-B puede ayudar a la vigilancia de la gestión del tráfico aéreo fuera de las zonas más densamente pobladas, en las que la cobertura por radar es limitada, imposible o muy costosa (incluidos los océanos y las zonas terrestres deshabitadas);

I.  Considerando que la tecnología ADS-B por satélite se apoya en comunicaciones entre una aeronave y un grupo de satélites para brindar una capacidad de vigilancia a los proveedores de servicios de navegación aérea y que, para ello, puede ser necesaria la asignación de una banda concreta del espectro radiofónico protegida de interferencias;

J.  Considerando que la Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (CMR-15), prevista para noviembre de 2015 y organizada por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), es el foro en el que se decidirán qué servicios radiofónicos se asignan a bandas concretas del espectro radiofónico;

K.  Considerando que deben adoptarse medidas para garantizar que el desarrollo de la tecnología ADS-B no se obstaculiza como consecuencia de la ausencia de una asignación oportuna de una banda adecuada del espectro radiofónico;

1.  Apoya las medidas de la Comisión destinadas a desarrollar rápidamente un sistema de seguimiento de los vuelos a escala mundial basado en los resultados que permita a los proveedores de servicios de navegación aérea determinar la posición de los vuelos comerciales en todo momento, incluso en lugares remotos;

2.  Subraya que este sistema debe seguir siendo eficaz incluso en caso de interrupción del suministro eléctrico normal a bordo y que no deben presentar ninguna posibilidad de poder ser desactivados durante el vuelo;

3.  Considera que el desarrollo de un sistema de este tipo debe lograrse sobre la base de una cooperación estrecha entre todas las partes interesadas (por ejemplo, la industria, las compañías aéreas, los proveedores de servicios de navegación aérea, los servicios de seguridad y rescate, las autoridades de investigación de la seguridad y las organizaciones internacionales);

4.  Toma nota de que la tecnología ADS-B por satélite, que se basa en comunicaciones entre aeronaves y satélites, es una de las opciones más prometedoras de cara al desarrollo de un sistema de vigilancia de la gestión del tráfico aéreo a escala mundial;

5.  Subraya que al aplicar la tecnología ADS-B resulta fundamental tener en cuenta las necesidades de todos los usuarios del espacio aéreo y garantizar la interoperabilidad entre tecnologías alternativas para evitar violaciones de la seguridad;

6.  Toma nota de que el desarrollo de la tecnología ADS-B por satélite puede requerir la asignación de una banda del espectro radiofónico adecuada para evitar todo tipo de interferencias;

7.  Pide a la Comisión que, de cara a la próxima Conferencia Mundial de Radiocomunicaciones (CMR-15), que se celebrará en Ginebra en noviembre de 2015, adopte las medidas necesarias en relación con la asignación de la banda del espectro radiofónico necesaria para apoyar el desarrollo futuro de un sistema de seguimiento de vuelos por satélite a escala mundial;

8.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.