Propuesta de resolución - B8-0050/2016Propuesta de resolución
B8-0050/2016

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre las prioridades de la UE para los periodos de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 2016

14.1.2016 - (2015/3035(RSP))

tras una declaración de la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento

Andrzej Grzyb, Cristian Dan Preda, Therese Comodini Cachia, Mariya Gabriel, László Tőkés, Teresa Jiménez-Becerril Barrio, Davor Ivo Stier, Bogdan Brunon Wenta, Fernando Ruas, Bogdan Andrzej Zdrojewski, Theodoros Zagorakis, Ramón Luis Valcárcel Siso en nombre del Grupo PPE

Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-0050/2016

Procedimiento : 2015/3035(RSP)
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B8-0050/2016
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B8-0050/2016
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B8-0050/2016

Resolución del Parlamento Europeo sobre las prioridades de la UE para los periodos de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 2016

(2015/3035(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas la Declaración Universal de Derechos Humanos y las convenciones de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos, así como los protocolos facultativos de las mismas,

–  Vista la Resolución 60/251 de la Asamblea General de las Naciones Unidas por la que se establece el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,

–  Vistos el Convenio Europeo de Derechos Humanos, la Carta Social Europea y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

–  Visto el Plan de Acción de la UE sobre Derechos Humanos y Democracia 2015-2019,

–  Vistas sus resoluciones anteriores sobre el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,

–  Vistas sus resoluciones anteriores sobre la violación de los derechos humanos, incluidas sus resoluciones relativas a debates sobre casos de violaciones de los derechos humanos, de la democracia y del Estado de Derecho (de conformidad con el artículo 135 del Reglamento),

–  Vista su Resolución, de 17 de diciembre de 2015, sobre el Informe anual sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo (2014) y la política de la Unión Europea al respecto[1],

–  Vistos el artículo 2, el artículo 3, apartado 5, y los artículos 18, 21, 27 y 47 del Tratado de la Unión Europea,

–  Visto el Informe anual de 2015 del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas a la Asamblea General de las Naciones Unidas,

–  Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,

A.  Considerando que en 2015 y 2016 se celebran aniversarios relevantes en lo que se refiere al disfrute de los derechos humanos, la paz y la seguridad: el 70º aniversario de la fundación de las Naciones Unidas, el 50º aniversario del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), el 30º y 20º aniversarios de la Declaración de las Naciones Unidas sobre el derecho al desarrollo (1986) y de la Declaración y Plataforma de Acción de Pekín (1995), respectivamente, y el 15º aniversario de la histórica Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la mujer, la paz y la seguridad (2000) y de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (2000);

B.  Considerando que la defensa de los derechos humanos con independencia de la raza, el origen, la religión, el sexo o el color de la piel es una obligación de todos los Estados; considerando que reitera su compromiso con la indivisibilidad de los derechos humanos (sean civiles, políticos, económicos, sociales o culturales), que están interrelacionados y son interdependientes, y considerando que la privación de cualquiera de esos derechos afecta a los demás; Considerando que todos los Estados están obligados a respetar los derechos fundamentales de sus poblaciones respectivas y tienen el deber de tomar medidas concretas a nivel nacional para facilitar el respeto de estos derechos, y de cooperar a nivel internacional para eliminar los obstáculos al respeto de los derechos humanos en todos los ámbitos;

C.  Considerando que el respeto, el fomento, la protección y el carácter universal de los derechos humanos forman parte del acervo ético y jurídico de la Unión Europea y constituyen una de las piedras angulares de la unidad e integridad europeas;

D.  Considerando que la acción de la Unión en sus relaciones con terceros países se guía por el artículo 21 del Tratado de Lisboa, que reitera la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y consagra el respeto de la dignidad humana, los principios de igualdad y solidaridad y los principios de la Carta de las Naciones Unidas y del Derecho internacional;

E.  Considerando que el respeto de los derechos humanos ha de integrarse en todos los ámbitos políticos relacionados con la paz y la seguridad, la cooperación al desarrollo, el comercio y la inversión, la acción humanitaria, el cambio climático y la lucha contra el terrorismo, ya que no pueden abordarse de manera aislada respecto a los derechos humanos;

F.  Considerando que los Estados miembros de las Naciones Unidas han adoptado la Agenda 2030 y se han comprometido con ella, que prevé un mundo de respeto universal de los derechos humanos y de la dignidad humana, el Estado de Derecho, la justicia, la igualdad y la no discriminación;

G.  Considerando que las sesiones ordinarias del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDH), la designación de ponentes especiales, el mecanismo de examen periódico universal y los procedimientos especiales que abordan situaciones nacionales específicas o cuestiones temáticas contribuyen a la promoción y el respeto de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho;

H.  Considerando que algunos de los miembros actuales del CDH tienen un historial dudoso en lo que se refiere a los derechos humanos, la cooperación con los procedimientos especiales de las Naciones Unidas y el cumplimiento de los requisitos de información respecto de los órganos creados en virtud de los tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas;

Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas

1.  Se congratula del nombramiento del embajador Choi Kyong-lim como presidente del CDH para 2016;

2.  Acoge con satisfacción el informe anual del CDH a la Asamblea General de las Naciones Unidas que cubre sus 28º, 29º y 30º períodos de sesiones;

3.  Reitera su posición de que los miembros del CDH deberían elegirse entre los Estados que defienden el respeto de los derechos humanos, el Estado de Derecho y la democracia, e insta a los Estados miembros de las Naciones Unidas a fomentar, entre otras cosas, criterios basados en los resultados en el ámbito de los derechos humanos como condición para que un Estado sea elegido miembro del CDH; pide que se desarrollen procedimientos vinculantes para comprobar el cumplimiento de los criterios requeridos para ser miembro del CDH; manifiesta su preocupación por la situación de los derechos humanos en algunos de los Estados miembros del CDH recientemente elegidos, y subraya la importancia de defender la independencia del CDH con vistas a garantizar que pueda seguir ejecutando su mandato de una manera eficaz e imparcial;

4.  Reitera su apoyo a los procedimientos especiales y al estatuto independiente de los titulares de mandatos, que les permiten llevar a cabo su labor con total imparcialidad, y pide a todos los Estados que cooperen con estos procedimientos;

5.  Reafirma la importancia de la universalidad del examen periódico universal, con vistas a lograr el pleno entendimiento de la situación de los derechos humanos en todos los Estados miembros de las Naciones Unidas, y reitera su apoyo al segundo ciclo de examen, que se centra en la aplicación de las recomendaciones aceptadas durante el primer ciclo; pide de nuevo, no obstante, que en la continuación del proceso del examen periódico universal se vuelvan a examinar las recomendaciones que no fueron aceptadas por algunos Estados durante el primer ciclo;

6.  Subraya la necesidad de garantizar que una amplia representación de las partes interesadas, en especial la sociedad civil, participe plenamente en el proceso del examen periódico universal y de evitar toda restricción en este sentido;

7.  Solicita a la UE y a la Comisión que realicen un seguimiento de las recomendaciones del examen periódico universal en los diálogos políticos de la UE con los países en cuestión a fin de explorar la manera y los medios de aplicar las recomendaciones sobre la base de las estrategias nacionales y regionales;

8.  Acoge con satisfacción la Iniciativa para el Cambio creada por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que pretende mejorar y reforzar la presencia global de las oficinas de derechos humanos de las Naciones Unidas mediante la creación de ocho centros regionales para vigilar y fomentar el respeto de los derechos humanos trabajando directamente con socios a fin de transformar las recomendaciones de los mecanismos de derechos humanos en cambios reales sobre el terreno;

Derechos civiles y políticos

9.  Manifiesta su preocupación por las revisiones constitucionales iniciadas en algunos países destinadas a cambiar el límite de los mandatos presidenciales, cuestión que ha provocado, en algunos casos, actos violentos relacionados con los procesos electorales; reafirma que el respeto a los derechos civiles y políticos, entre ellos, la libertad de expresión individual y colectiva y la libertad de reunión y de asociación, es el indicador de una sociedad democrática, tolerante y pluralista;

10.  Reitera que celebrar periódicamente elecciones auténticas y libres basadas en el sufragio universal e igualitario, constituye un derecho fundamental del que deben disfrutar todos los ciudadanos de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos (artículo 21, apartado 3) y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 25); reafirma que la existencia de la libertad de expresión, así como un entorno vibrante y propicio para una sociedad civil independiente y pluralista, son requisitos previos para fomentar el respecto a los derechos humanos;

11.  Recuerda que la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión y de creencias es un derecho humano fundamental reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos y garantizado por el artículo 18 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas; expresa su preocupación ante el hecho de que algunos países aún sigan sin respetar las normas de las Naciones Unidas y recurran a la represión de Estado, que puede consistir en castigos físicos, penas de cárcel, multas exorbitantes e incluso la pena de muerte, en violación del derecho a la libertad de religión o creencias; expresa su preocupación ante el aumento de las persecuciones de minorías religiosas o de determinadas creencias, incluidas comunidades cristianas, así como los daños ilegales a sus lugares de reunión; apoya el informe del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la libertad de religión o creencias relativo a la violencia cometida «en nombre de la religión»; pide a la UE que aplique sus recomendaciones sobre iniciativas para fomentar el diálogo interreligioso;

12.  Acoge con satisfacción el compromiso de la UE de promover la libertad de religión o de creencias en los foros internacionales, por ejemplo apoyando el mandato del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la libertad de religión o creencias; apoya plenamente la práctica de la UE de tomar la iniciativa en el Consejo de Derechos Humanos y en la Asamblea General de las Naciones Unidas con resoluciones temáticas relativas a esta cuestión; solicita que se tomen medidas y se emprendan acciones concretas para la aplicación efectiva y la mejora de las Directrices de la UE sobre el fomento y la protección de la libertad de religión o creencias; considera que deben emprenderse acciones ante foros internacionales y regionales manteniendo un diálogo abierto, transparente y regular con asociaciones y comunidades religiosas, de conformidad con el artículo 17 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea;

13.  Condena el acoso permanente y la detención de defensores de los derechos humanos y figuras de la oposición por parte de las fuerzas gubernamentales en varios terceros países; manifiesta su preocupación por la legislación injusta y restrictiva, también la relativa a las restricciones a la financiación procedente del extranjero, que está ocasionando una pérdida de espacios para las actividades de la sociedad civil; pide a todos los Gobiernos que promuevan y respalden la libertad de los medios de comunicación, las organizaciones de la sociedad civil y las actividades de los defensores de los derechos humanos, y que les permitan actuar sin miedo y sin ser objeto de represiones o intimidaciones;

14.  Reitera su ya antigua oposición al recurso a la pena de muerte, la tortura y los tratos crueles, inhumanos y degradantes como castigo en todos los casos y en todas las circunstancias; insiste una vez más en que la abolición de la pena de muerte contribuye a la mejora de la dignidad humana y reafirma su compromiso con el derecho de cualquier persona a la vida y la dignidad humana;

15.  Elogia los progresos sustanciales obtenidos hasta la fecha respecto a la pena capital, que muchos países han suspendido, mientras que otros han adoptado medidas legislativas encaminadas a su abolición; lamenta, no obstante, la reintroducción de las ejecuciones en algunos países durante los últimos años; pide a aquellos Estados que hayan abolido la pena de muerte o establecido una moratoria de larga duración sobre ella que mantengan su compromiso;

16.  Es de la opinión de que las tecnologías digitales actuales brindan ventajas y plantean desafíos en cuanto a la protección del derecho a la privacidad, el ejercicio de la libertad de expresión en línea en todo el mundo y la seguridad, ya que a menudo se utilizan como medio de propaganda extremista y terrorista y como canal de reclutamiento; acoge favorablemente, en este contexto, el nombramiento de un Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la privacidad en la era digital, cuyo mandato incluye la vigilancia y las cuestiones de privacidad que afectan a las personas, tanto en línea como fuera de línea;

Derechos económicos y sociales

17.  Reconoce los esfuerzos del CDH por situar a todos los derechos humanos en pie de igualdad y concederles la misma relevancia mediante el establecimiento de titulares de mandatos de procedimientos especiales relacionados con los derechos económicos, sociales y culturales;

18.  Manifiesta su profunda preocupación por el incremento de la pobreza extrema, que pone en peligro el pleno disfrute de todos los derechos humanos; se felicita, a este respecto, por el informe del Relator Especial del CDH sobre la extrema pobreza y los derechos humanos (A/HRC/29/31) y respalda sus propuestas en favor de la erradicación de la pobreza extrema; considera importante abordar la creciente desigualdad para luchar contra la pobreza en general y promover los derechos económicos y sociales facilitando el acceso a alimentos, agua, educación, atención sanitaria y vivienda;

19.  Opina que la corrupción, la evasión fiscal, la mala gestión de bienes públicos y la falta de rendición de cuentas suponen una amenaza para el disfrute equitativo de los derechos humanos y menoscaba los procesos democráticos como el Estado de Derecho y la ecuanimidad en la administración de la justicia; considera que las medidas para velar por el respeto de los derechos humanos, en particular los derechos a la información, a la libertad de expresión y reunión, a un poder judicial independiente y a la participación democrática en los asuntos públicos, son fundamentales en la lucha contra la corrupción;

Empresas y derechos humanos

20.  Apoya la aplicación eficaz y generalizada de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las empresas y los derechos humanos tanto dentro como fuera de la UE, por ejemplo mediante la elaboración de planes de acción nacionales; destaca la necesidad de adoptar todas las medidas necesarias para colmar las lagunas en la aplicación efectiva de los Principios Rectores de las Naciones Unidas, también en lo referente al acceso a la justicia y los recursos;

21.  Pide a las Naciones Unidas y a la UE que aborden la cuestión de los defensores de los derechos sobre la tierra, que son víctimas de represalias tales como amenazas, acoso, detenciones arbitrarias, agresiones y asesinatos; pide que los mecanismos de las Naciones Unidas y el Plan de Acción de la UE sobre Derechos Humanos y Democracia incluyan a los defensores de los derechos sobre la tierra en sus proyectos de derechos humanos;

22.  Acoge con satisfacción la iniciativa del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos para mejorar el proyecto de rendición de cuentas y recursos con vistas a contribuir a un sistema justo y más eficaz de recursos judiciales nacionales, en particular en los casos de violaciones graves de los derechos humanos en el sector empresarial; pide a todos los Gobiernos que cumplan sus obligaciones de garantizar el respeto de los derechos humanos y el acceso de las víctimas a la justicia, que se enfrentan tanto a dificultades prácticas como jurídicas para poder acceder a los recursos judiciales a escala nacional e internacional;

23.  Señala que el grupo de trabajo intergubernamental de composición abierta sobre la elaboración de un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre las empresas transnacionales y otras empresas con respecto a los derechos humanos, establecido por la resolución del CDH de 26 de junio de 2014, celebró su primera sesión en julio de 2015; pide a la UE y a sus Estados miembros que realicen un seguimiento del debate sobre el citado instrumento internacional;

Migración

24.  Manifiesta su preocupación por la crisis migratoria más grave desde la Segunda Guerra Mundial, creada por el número creciente de personas forzadas a abandonar sus hogares como consecuencia de persecuciones, conflictos armados y violencia generalizada en busca de protección y una vida mejor, que arriesgan sus vidas emprendiendo peligrosos viajes;

25.  Pide a todos los países que adopten un enfoque respecto a la migración basado en los derechos humanos, prestando una atención especial a la situación de los grupos de migrantes marginados y desfavorecidos, como las mujeres y los niños; pide a todos los Estados que combatan la violencia de género contra las mujeres y las niñas, y hace hincapié en la importancia de elaborar una política migratoria desde una perspectiva de género para responder a sus necesidades particulares;

26.  Destaca que la actual crisis migratoria sin precedentes es una responsabilidad internacional, tanto por sus causas como por los medios necesarios para afrontarla; pide a los miembros de las Naciones Unidas que participen y contribuyan a la hora de hacer frente tanto al origen como a las consecuencias de la crisis migratoria; recuerda que todos los Estados tienen la obligación de respetar y proteger los derechos humanos de todas las personas bajo su jurisdicción, independientemente de su nacionalidad u origen; recuerda, asimismo, que todos los acuerdos de readmisión y cooperación en materia de migración con Estados no pertenecientes a la UE respetan el Derecho internacional;

27.  Pide a la UE y a sus Estados miembros que incrementen su apoyo a la lucha contra la trata de personas a través de su política exterior, prestando especial atención a la protección de las víctimas, en particular los menores; considera que la UE debería reforzar su cooperación con terceros países y otros actores pertinentes para intercambiar buenas prácticas y contribuir a desmantelar las redes de trata internacional; acoge con satisfacción el informe de 3 de agosto de 2015 del Relator Especial sobre trata de personas, especialmente mujeres y niños;

28.  Pide a la comunidad internacional que tome todas las medidas necesarias para prevenir cualquier presión migratoria adicional mediante el fomento y la mejora de las agencias oportunas, como ACNUR y Frontex;

Cambio climático y derechos humanos

29.  Acoge con satisfacción el Acuerdo de París en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), que cubre la adaptación, la mitigación, el desarrollo y la transferencia de tecnologías y la creación de capacidades; pide a todos los Estados firmantes que cumplan sus compromisos íntegramente;

30.  Recuerda que los efectos negativos del cambio climático representan una amenaza global inmediata y potencialmente irreversible para el pleno disfrute de los derechos humanos, y que sus repercusiones en los grupos vulnerables, cuya situación en lo que respecta a los derechos humanos ya es precaria, resultan considerables; observa con preocupación que se espera que los incidentes relacionados con el clima, como el aumento del nivel del mar y los cambios climáticos extremos que provocan sequías e inundaciones, ocasionen aún más pérdidas de vidas humanas, más desplazamientos de población y mayor escasez de alimentos y agua;

Derechos de la mujer

31.  Acoge con satisfacción la reciente resolución 2242 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la mujer, la paz y la seguridad, que sitúa a la mujer como elemento central en todos los esfuerzos para abordar desafíos globales, entre ellos, el aumento del extremismo violento, el cambio climático, la migración, el desarrollo sostenible, la paz y la seguridad; elogia las averiguaciones del Estudio mundial de las Naciones Unidas sobre la aplicación de la resolución 1325 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la mujer, la paz y la seguridad, que destaca la importancia del liderazgo y la participación de las mujeres en la resolución de conflictos y la consolidación de la paz, y que su implicación ha mejorado la asistencia humanitaria, consolidado el trabajo de las fuerzas de mantenimiento de la paz, impulsado la conclusión de conversaciones de paz y ayudado a contrarrestar el extremismo violento;

32.  Expresa su consternación por que, desde la aparición de grupos extremistas violentos como el Dáesh en Siria e Irak y Boko Haram en África Occidental, la violencia contra las mujeres ha adquirido una nueva dimensión, ya que la violencia sexual se ha convertido en un elemento integrante de los objetivos, la ideología y las fuentes de ingresos de estos grupos extremistas, lo que coloca a la comunidad internacional ante un nuevo desafío crítico; pide a todos los Gobiernos y a las instituciones de las Naciones Unidas que refuercen su compromiso para luchar contra estos crímenes y restaurar la dignidad de las mujeres, de modo que reciban justicia, compensación y apoyo;

33.  Hace hincapié en la importancia de garantizar la autonomía de las mujeres, haciendo frente a las desigualdades subyacentes entre hombres y mujeres que convierten a las mujeres y a las niñas en seres vulnerables durante los conflictos, y pide a las Naciones Unidas y a todos sus Estados miembros que adopten medidas concretas para asegurar la autonomía de las mujeres y su incorporación razonable a la prevención y resolución de conflictos y a las negociaciones y los procesos de consolidación de la paz, mediante el aumento de su representación en todos los niveles de la toma de decisiones, incluidas las instituciones y los mecanismos nacionales, regionales e internacionales;

Derechos de los niños

34.  Recuerda que la Convención sobre los Derechos del Niño, que se adoptó en 1989 y es el tratado internacional de derechos humanos más ampliamente ratificado, establece una serie de derechos de los niños, entre ellos, el derecho a la vida, a la salud, a la educación y al juego, así como el derecho a una vida familiar, a la protección contra la violencia y la discriminación y a dar a conocer sus opiniones; pide a todas las partes firmantes de dicho Tratado que cumplan sus obligaciones;

35.  Acoge con satisfacción el estudio mundial previsto por las Naciones Unidas para planificar, mediante la vigilancia y el análisis, la aplicación sobre el terreno de la legislación y la normativa internacionales existentes, y evaluar las posibilidades concretas con que cuentan los Estados para mejorar sus políticas y respuestas; insta a todos los Estados a que respalden y participaren activamente en dicho estudio;

Lucha contra el terrorismo

36.  Valora positivamente el documento de orientación sobre lucha antiterrorista elaborado por el Servicio Europeo de Acción Exterior y la Comisión con objeto de garantizar el respeto de los derechos humanos en la planificación y aplicación de los proyectos de asistencia a países terceros en materia antiterrorista; recuerda, en este sentido, que el respeto de los derechos y las libertades fundamentales resulta crucial para el éxito de las políticas antiterroristas, incluida la utilización de tecnologías de vigilancia digital; destaca la necesidad de desarrollar estrategias de comunicación efectivas, adaptadas a las tecnologías digitales actuales, para combatir la propaganda terrorista y extremista y los métodos de reclutamiento; apoya los esfuerzos internacionales para poner fin a las violaciones de derechos humanos perpetradas por EIIL/Dáesh;

Democratización

37.  Recomienda que la UE redoble sus esfuerzos por desarrollar un enfoque más global de los procesos de democratización, en los cuales las elecciones libres y equitativas representan una dimensión más, con vistas a contribuir positivamente al fortalecimiento de las instituciones democráticas; considera que y el intercambio de mejores prácticas de transición en el marco de las políticas de ampliación y vecindad deberían utilizarse para apoyar y consolidar otros procesos de democratización en todo el mundo;

Integración de los derechos humanos por la UE

38.  Pide a la UE que promueva la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos, incluidos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, de conformidad con el artículo 21 del Tratado de Lisboa y las disposiciones generales relativas a la acción exterior de la Unión;

39.  Reitera su llamamiento a la UE para que adopte un enfoque basado en derechos y que integre el respeto de los derechos humanos en sus políticas en materia de comercio, inversiones, servicios públicos y cooperación al desarrollo y en su política común de seguridad y defensa; hace hincapié, además, en que la política de la UE en materia de derechos humanos debe velar por que sus políticas interiores y exteriores sean coherentes y se ajusten a las obligaciones en virtud del Tratado de la UE;

40.  Destaca la importancia que la UE otorga al objetivo de desarrollo sostenible n.º 16 sobre paz y justicia de la Agenda 2030, que debería ser prioritario en todas las acciones exteriores e interiores, especialmente en lo relativo a la financiación de la cooperación al desarrollo;

Países sometidos al examen periódico universal

Georgia

41.  Acoge con satisfacción la adhesión de Georgia a la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y el reciente examen periódico universal sobre este país; toma nota de las importantes reformas legislativas que han generado algunos progresos y mejoras en el sector de la justicia y la aplicación de la ley, el ministerio público, la lucha contra los malos tratos, los derechos de los niños y la protección de la vida privada y de los datos personales, así como de las personas internamente desplazadas;

42.  Insta a las autoridades georgianas a que pongan fin a todo tipo de malos tratos, especialmente en lo que respecta a la prisión preventiva y las sanciones correctivas impuestas a los funcionarios del anterior gobierno, que pueden considerarse casos de aplicación selectiva de la justicia; manifiesta su profunda preocupación sobre la instrumentalización del sistema judicial para enfrentarse a opositores políticos; continúa preocupado por la libertad de expresión, la pluralidad de los medios de comunicación y la falta de acceso de los supervisores a las regiones ocupadas de Abjasia y Tsjinvali / Osetia del Sur, donde las violaciones de los derechos humanos siguen siendo generalizadas, y pide al Gobierno georgiano que tome las medidas apropiadas a fin de garantizar un seguimiento de las recomendaciones formuladas durante el proceso de examen periódico universal;

Líbano

43.  Elogia al Líbano por la política de apertura de fronteras y de acogida que ha llevado a cabo durante años en lo que respecta a los refugiados de Palestina, Irak y Siria, destaca que el país tiene la concentración más alta de refugiados per cápita a escala mundial (una de cada cuatro personas), y pide a la UE que destine más recursos y colabore estrechamente con las autoridades libanesas para ayudar al país a mantener la protección de los derechos de los refugiados y solicitantes de asilo; manifiesta su preocupación, en este contexto, por el considerable número de supuestos casos de matrimonios infantiles o forzosos entre refugiados sirios; alienta al Gobierno del Líbano a que evalúe una reforma de la legislación por la que se rige la entrada y la residencia en el país, así como la salida del mismo;

44.  Respalda las recomendaciones, formuladas por el Comité de las Naciones Unidas para la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, en las que solicita que se adopten medidas para aumentar la concienciación de las trabajadoras domésticas migrantes acerca de sus derechos humanos en virtud de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, de la que el Líbano es un Estado parte; hace hincapié, en particular, en la necesidad de abolir el «sistema Kafala» y de asegurar un acceso eficaz a la justicia para las trabajadoras domésticas migrantes, garantizando su seguridad y residencia durante los procedimientos jurídicos y administrativos relacionados con su estatus;

Mauritania

45.  Destaca que, si bien el Gobierno de Mauritania ha realizado avances en la adopción de medidas legislativas destinadas a la lucha contra todas las formas de esclavitud y prácticas similares, la falta de una aplicación eficaz contribuye a la persistencia de dichas prácticas; pide a las autoridades que promulguen una ley contra la esclavitud, inicien una recopilación nacional sistemática y periódica de datos desglosados sobre todas las formas de esclavitud y lleven a cabo un estudio exhaustivo basado en pruebas sobre la historia y la naturaleza de la esclavitud, con vistas a erradicar esa práctica;

46.  Insta a las autoridades mauritanas a que autoricen la libertad de expresión y de reunión, de conformidad con los convenios internacionales y la propia legislación interna de Mauritania; pide asimismo la liberación de Biram Dah Abeid, Bilal Ramdane y Djiby Sow, de modo que puedan proseguir su campaña no violenta contra la persistencia de la esclavitud sin temer acosos o intimidaciones;

Myanmar/Birmania

47.  Acoge con satisfacción la celebración de elecciones democráticas el 8 de noviembre de 2015, un hito importante en la transición democrática del país; valora positivamente el compromiso de los votantes de Myanmar/Birmania con la continua democratización del país; señala que, no obstante, sigue preocupado por el marco constitucional de estas elecciones, en virtud del cual el 25 % de los escaños del Parlamento están reservados para los militares; reconoce los avances realizados hasta la fecha en materia de derechos humanos, al tiempo que señala que perduran algunas cuestiones de gran preocupación, entre ellas, los derechos de las minorías y la libertad de expresión, de asociación y de reunión pacífica; apoya a Myanmar/Birmania en su actual transición política hacia la democracia, la paz, la estabilidad y el desarrollo económico;

48.  Condena la discriminación ejercida contra los rohingya, exacerbada porque esta comunidad no disfruta de un estatuto jurídico y por el aumento de la incitación al odio contra los no budistas; pide que se realicen investigaciones completas, transparentes e independientes de todas las supuestas violaciones de los derechos humanos contra los rohingya y considera que en las cuatro leyes adoptadas por el Parlamento en 2015, destinadas a «proteger la raza y la religión», se recogen aspectos discriminatorios en relación con el género; reitera su solicitud de que se permita a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACDH) establecer una sede en el país; insiste en la necesidad de que se realice una evaluación de impacto completa y sostenible antes de que finalicen las negociaciones sobre el Acuerdo de inversión UE-Myanmar;

Nepal

49.  Acoge con satisfacción la entrada en vigor de la nueva Constitución de Nepal el 20 de septiembre de 2015, que debería sentar las bases para la futura estabilidad política y el desarrollo económico del país; confía en que las preocupaciones restantes sobre la representación política de las minorías, incluidos los dalit, y las leyes sobre ciudadanía serán abordadas en un futuro próximo;

50.  Lamenta la ausencia generalizada de la obligación de rendir cuentas en caso de violación de los derechos humanos perpetrados por ambos bandos durante la guerra civil pese a la adopción en mayo de 2014 de la Ley de la verdad, la reconciliación y los desaparecidos; insta al Gobierno de Nepal a que se adhiera a la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas; condena las restricciones impuestas a los refugiados tibetanos respecto a sus libertades fundamentales; insta a la India a levantar su bloqueo extraoficial de la economía de Nepal que, unido al devastador terremoto de abril de 2015, está generando una crisis humanitaria y empujando a casi un millón más de nepalíes a una situación de pobreza;

Omán

51.  Elogia a Omán por el establecimiento de una Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) gubernamental y la invitación que permitió la histórica visita del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el derecho de reunión pacífica en septiembre de 2014; expresa la esperanza de que estas medidas constructivas desembocarán en un compromiso más intenso de Omán con los representantes de las Naciones Unidas y de las organizaciones de derechos humanos independientes;

52.  Alienta a Omán a que adopte las medidas necesarias para atenuar lo que el Relator Especial de las Naciones Unidas describió como un clima generalizado de temor e intimidación en el país, y señaló que las personas tienen «miedo a decir lo que piensan, miedo a hablar por teléfono y miedo a reunirse»; señala, en este contexto, que sigue preocupado por la prohibición de todos los partidos políticos y por la nueva ley en materia de nacionalidad, aprobada en agosto de 2014, que establece que a los ciudadanos que se adhieran a grupos considerados perjudiciales para los intereses nacionales se les podría revocar su nacionalidad, y pide al Gobierno de Omán que reconsidere su posición al respecto; pide a las instituciones de la UE y a sus Estados miembros que ofrezcan asistencia técnica y jurídica para ayudar a Omán a crear un entorno seguro y propicio para las organizaciones de la sociedad civil;

Ruanda

53.  Expresa su preocupación por la situación de los derechos humanos en Ruanda, incluidas las restricciones a la libertad de expresión y asociación, la contracción del espacio democrático para los partidos políticos de la oposición y para las actividades de la sociedad civil independiente, y la ausencia de un entorno propicio para la independencia del poder judicial; pide al Gobierno de Ruanda que abra un espacio democrático en el que todos los segmentos de la sociedad puedan operar libremente;

54.  Expresa su preocupación por la propuesta de modificación de la Constitución destinada a permitir al actual presidente concurrir para un tercer mandato; pide al Gobierno de Ruanda que respete la Carta Africana de la Democracia, las Elecciones y la Gobernanza, cuyo artículo 5 requiere a los Estados parte que adopten todas las medidas apropiadas para garantizar el orden constitucional, en particular la transferencia constitucional de poderes, y en cuyo artículo 23 se establece que cualquier modificación de la Constitución atenta contra el principio del cambio democrático de gobierno;

Venezuela

55.  Se muestra preocupado por la grave situación de los derechos humanos en el país, como consecuencia del empeoramiento del clima económico, político y social en los últimos años; reitera que la libertad de expresión, un poder judicial independiente y el Estado de Derecho son componentes fundamentales de cualquier sociedad democrática; pide, en este sentido, a las autoridades venezolanas que pongan fin a cualquier forma de restricción de la libertad de prensa y el derecho a la información, que respeten la legislación internacional en todos los procedimientos jurídicos y que pongan en libertad a todos los prisioneros políticos; acoge con satisfacción el resultado de las elecciones del 6 de diciembre de 2015 y la formación de la nueva Asamblea Nacional; condena cualquier intento de menoscabar la plena aplicación de los resultados electorales, como la suspensión de algunos miembros elegidos democráticamente; pide a los miembros elegidos que emprendan un diálogo constructivo con vistas a hacer frente a los desafíos económicos, políticos, sociales y de seguridad a los que se enfrenta Venezuela;

Bielorrusia

56.  Acoge con satisfacción la puesta en libertad de los últimos presos políticos en agosto de 2015, y pide al Gobierno bielorruso que los rehabilite y que restablezca plenamente sus derechos civiles y políticos; toma nota de las deficiencias observadas durante las elecciones presidenciales de 2015 por parte de observadores internacionales independientes, y pide a Bielorrusia que celebre las próximas elecciones parlamentarias de conformidad con las normas reconocidas a escala internacional; insta a Bielorrusia, como único país de Europa que todavía aplica la pena capital, a que se adhiera a una moratoria global sobre la ejecución de la pena capital como primer paso hacia su abolición definitiva;

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57.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Representante Especial de la UE para los Derechos Humanos, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros, al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Presidente de la 69ª Asamblea General de las Naciones Unidas, al Presidente del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y al Secretario General de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa.