PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre el proceso de paz en Colombia
14.1.2016 - (2015/3033(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento
Izaskun Bilbao Barandica, Dita Charanzová, Ilhan Kyuchyuk, Louis Michel, Jozo Radoš, Marietje Schaake, Pavel Telička, Johannes Cornelis van Baalen en nombre del Grupo ALDE
Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-0041/2016
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus numerosas resoluciones sobre la situación en Colombia, en particular por lo que respecta a los derechos humanos,
– Visto el Acuerdo comercial multilateral celebrado entre Colombia y el Perú, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados miembros, por otra, y firmado en Bruselas el 26 de julio de 2012;
– Vistos el apartado 44 del mensaje de la Delegación del PE en la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana (EuroLat) para la II Cumbre UE-CELAC, acerca de la terminación del conflicto interno entre el Gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), y la Declaración de Bruselas aprobada al final de la II Cumbre UE-CELAC el 11 de junio de 2015,
– Vistas la declaración de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR), Federica Mogherini, de 24 de septiembre de 2015, sobre el acuerdo sobre justicia transicional en Colombia, y sus declaraciones de 1 de octubre de 2015 y de 4 de noviembre de 2015, por las que nombró a Eamon Gilmore, ex vice primer ministro y exministro de Asuntos Exteriores y Comercio de Irlanda, enviado especial para el proceso de paz en Colombia,
– Visto el reciente acuerdo sobre exención de visados entre la Unión Europea y Colombia, firmado el 2 de diciembre de 2015,
– Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,
A. Considerando que, desde 2013, la UE y Colombia han mantenido un marco de estrecha cooperación económica y comercial, establecido en el Acuerdo Comercial multilateral celebrado entre Colombia y el Perú, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados miembros, por otra, cuyo objetivo final es forjar alianzas que vayan más allá del comercio y abarquen el refuerzo de la paz, los derechos humanos, la democracia y el bienestar de sus ciudadanos;
B. Considerando que el presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, visitó Bruselas el 4 de noviembre de 2014 y recibió el pleno apoyo del entonces presidente del Consejo Europeo, Herman Van Rompuy, y de la VP/AR, Federica Mogherini;
C. Considerando que, en el marco de esta estrecha relación, se inscribe una cooperación internacional en grandes causas comunes, como la lucha por la paz y la lucha contra el terrorismo y el tráfico de drogas;
D. Considerando que la mesa de diálogo entre el Gobierno de Colombia y las FARC se estableció en La Habana (Cuba), el 26 de agosto de 2012, tras la firma del Acuerdo General para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, cumpliendo así el deseo del pueblo de Colombia de vivir en paz;
E. Considerando que, durante las distintas fases de la negociación en La Habana, los negociadores alcanzaron acuerdos sobre una reforma rural exhaustiva, la participación política y una apertura democrática para consolidar la paz, la solución al problema de las drogas ilícitas y la verdad y reparación para las víctimas del conflicto;
F. Considerando que, el 23 de septiembre de 2015, el Gobierno de Colombia y las FARC anunciaron la celebración de un acuerdo sobre la creación de una Jurisdicción Especial para la Paz, con arreglo al Derecho internacional, a fin de satisfacer los derechos de las víctimas y contribuir al establecimiento de una paz estable y duradera; que las partes han acordado aplicar un sistema integral de verdad, justicia, reparación y no repetición, que abarca la creación de una Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, así como acuerdos en materia de reparación de las víctimas y el final de la impunidad; que, tras este acuerdo, ambas partes han acordado alcanzar la paz, a más tardar, el 23 de marzo de 2016;
G. Considerando que el logro de una paz estable y duradera en Colombia, mediante la resolución de un conflicto interno que ha durado más de cincuenta años y se ha cobrado millones de víctimas, tiene prioridad absoluta para Colombia, pero también para la Unión Europea y la comunidad internacional; que, el 4 de noviembre de 2015, la VP/AR, Federica Mogherini, se reunió con su enviado especial para el proceso de paz en Colombia, Eamon Gilmore, mostrando claramente que para la UE es prioritario prestar apoyo al proceso de paz;
H. Considerando que los avances realizados hasta ahora pueden considerarse un ejemplo positivo de un proceso de resolución de conflictos; que el proceso de paz requiere un esfuerzo continuo;
1. Respalda y acoge con satisfacción la labor realizada por el Gobierno colombiano y las FARC para alcanzar los acuerdos celebrados hasta la fecha sobre una reforma rural exhaustiva, la participación política y una apertura democrática para consolidar la paz, la solución al problema de las drogas ilícitas y la creación de una Jurisdicción Especial para la Paz, que engloba una Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición;
2. Condena todo el sufrimiento causado por el conflicto; considera que dichos acuerdos son pasos decisivos para lograr un acuerdo definitivo de paz estable y duradera sin impunidad antes del 23 de marzo de 2016, que pondrá fin a medio siglo de conflicto armado interno y tendrá en cuenta en especial el derecho de las víctimas del conflicto a una reparación plena, real y justa por los daños físicos, morales y materiales sufridos;
3. Insta a todas las partes implicadas en el proceso a que prosigan su labor de manera constructiva con vistas a una resolución duradera del conflicto y a la plena aplicación de los acuerdos en aras de una paz duradera y sólida;
4. Señala la importancia de trabajar en programas de reconciliación social, puesto que resultan esenciales para superar los años de violencia, que han causado un número enorme de víctimas;
5. Reconoce el esfuerzo político, el realismo y la perseverancia que han demostrado tanto el Gobierno de Colombia como las FARC, así como la importante función que han desempeñado las asociaciones de víctimas, las ONG y la sociedad civil en el proceso de confluencia de sus puntos de vista divergentes y de creación progresiva de un espacio de compromiso que ha permitido el avance de las negociaciones hasta alcanzar una paz estable y duradera deseada por todos los colombianos, garantizando al mismo tiempo que no se repita el conflicto;
6. Reitera una vez más que la violencia no es un método legítimo de lucha política y pide a quienes lo han creído así que acepten la democracia con todo lo que ella implica y requiere —en primer lugar, el abandono definitivo y la entrega de las armas, y la defensa de las ideas y las aspiraciones a través de las normas democráticas y del Estado de Derecho—;
7. Reconoce el importante papel desempeñado hasta ahora por Cuba y Noruega, como países garantes, y por Chile y Venezuela, como países acompañantes durante el proceso de paz, así como sus esfuerzos por contribuir al logro de la paz en Colombia;
8. Celebra la decisión de la VP/AR, Federica Mogherini, de nombrar, el 1 de octubre de 2015, a Eamon Gilmore enviado especial para el proceso de paz en Colombia; se compromete a realizar todos los esfuerzos necesarios para proporcionar al nuevo enviado especial, a la mayor brevedad, los recursos presupuestarios necesarios para el desempeño satisfactorio de su importante misión;
9. Reitera su disposición a prestar toda la asistencia posible para apoyar la aplicación del acuerdo de paz definitivo, y renueva su llamamiento a los Estados miembros de la UE para que creen un fondo fiduciario que acompañe la fase posterior al conflicto;
10. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana y al Gobierno y el Congreso de Colombia.