PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la Decisión Delegada de la Comisión, de 15 de abril de 2016, que modifica el anexo III de la Decisión n.º 466/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la UE frente a las pérdidas que se deriven de operaciones de financiación en favor de proyectos de inversión fuera de la Unión, en lo que se refiere a Bielorrusia
29.6.2016 - (C(2016)2164 – 2016/2669(DEA))
Anna Elżbieta Fotyga, Charles Tannock en nombre del Grupo ECR
Petras Auštrevičius, Gérard Deprez, Jean Arthuis, Pavel Telička en nombre del Grupo ALDE
Heidi Hautala, Indrek Tarand, Rebecca Harms en nombre del Grupo Verts/ALE
B8-0870/2016
Resolución del Parlamento Europeo sobre la Decisión Delegada de la Comisión, de 15 de abril de 2016, que modifica el anexo III de la Decisión n.º 466/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la UE frente a las pérdidas que se deriven de operaciones de financiación en favor de proyectos de inversión fuera de la Unión, en lo que se refiere a Bielorrusia
(C(2016)2164 – 2016/2669(DEA))
El Parlamento Europeo,
– Vista la Decisión Delegada de la Comisión (C(2016)2164),
– Visto el artículo 290 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Vista la Decisión n.º 466/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, por la que se concede al Banco Europeo de Inversiones una garantía de la UE frente a las pérdidas que se deriven de operaciones de financiación en favor de proyectos de inversión fuera de la Unión[1], y, en particular, su artículo 4, apartado 2, y su artículo 18, apartado 5,
– Visto el artículo 105, apartado 4, de su Reglamento,
A. Considerando que el 15 de febrero de 2016 el Consejo decidió que la Unión no continuaría aplicando las importantes medidas restrictivas, en concreto aquellas que aplicaba a 170 personas y tres compañías en Bielorrusia, a raíz de la puesta en libertad, el 22 de agosto de 2015, de todos los prisioneros políticos que seguían encarcelados, tal y como solicitó la Unión;
B. Considerando que, desde que se tomó la decisión de levantar las sanciones, la situación general de los derechos humanos en el país ha mejorado solo de forma muy limitada; que, hasta la fecha, las autoridades bielorrusas han ignorado todas las expectativas principales de la mencionada reunión del Consejo, teniendo en cuenta que:
– no han aplicado las recomendaciones establecidas en el informe final de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos (OIDDH) de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) relativas a la celebración de las elecciones presidenciales del 11 de octubre de 2015, que permitirían que las próximas elecciones nacionales previstas para el 11 de septiembre de 2016 se llevaran a cabo de conformidad con las normas reconocidas internacionalmente;
– no han restablecido los derechos civiles y políticos de los antiguos prisioneros políticos ni han tomado formalmente ninguna medida institucional para garantizar la libertad de asociación y de reunión;
– no han garantizado una plena cooperación con el relator especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en Bielorrusia ni con otros mecanismos y procedimientos especiales de las Naciones Unidas;
– no han adoptado ninguna medida para abolir la pena de muerte y, lo que es más, en lo que va de 2016 han dictado o ejecutado tres sentencias de muerte;
– no han tomado las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento de las normas de seguridad nuclear en su territorio, incluidas las zonas limítrofes a la frontera con la Unión, ni para establecer una cooperación constructiva con las autoridades nacionales correspondientes, la Unión y sus Estados miembros, y están infringiendo los Convenios de Espoo y de Aarhus de las Naciones Unidas, puesto que continúan construyendo la central nuclear de Ostrovets, dirigida y financiada de facto por Rusia y sus compañías nacionales que representan el sector nuclear y el sector financiero;
1. Considera que las próximas elecciones generales del 11 de septiembre de 2016 ofrecen una oportunidad a Bielorrusia para poner fin a sus arraigadas prácticas de elecciones fraudulentas y constituyen una prueba decisiva para comprobar la auténtica voluntad de las autoridades bielorrusas de reconciliarse con sus propios ciudadanos y de cooperar de forma constructiva con la Unión;
2. Considera, a la luz de los hechos mencionados y a la vista de las futuras elecciones generales, que sería inoportuno y prematuro conceder una garantía de la Unión en este momento;
3. Presenta objeciones a la Decisión Delegada de la Comisión;
4. Pide al Servicio Europeo de Acción Exterior que informe al Parlamento sobre la celebración y los resultados de las elecciones del 11 de septiembre de 2016, en particular sobre la base de la misión de la OIDDH/OSCE; destaca que el Parlamento solo podrá evaluar cualquier nuevo acto delegado relacionado con este asunto una vez se hayan celebrado estas elecciones;
5. Pide a la Comisión que se asegure de que ninguna garantía de la Unión concedida al Banco Europeo de Inversiones pueda ser utilizada para financiar la central nuclear de Ostrovets, y que evalúe si este tipo de garantía es compatible con las sanciones que la Unión ha impuesto a la Federación de Rusia;
6. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión y que le informe de que la Decisión Delegada no puede entrar en vigor.
- [1] DO L 135 de 8.5.2014, p. 1.