PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la necesidad de una política europea de reindustrialización en vista de los recientes casos de Caterpillar y Alstom
28.9.2016 - (2016/2891(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento
Anthea McIntyre, Zdzisław Krasnodębski, James Nicholson, Helga Stevens en nombre del Grupo ECR
Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-1051/2016
B8-1055/2016
Resolución del Parlamento Europeo sobre la necesidad de una política europea de reindustrialización en vista de los recientes casos de Caterpillar y Alstom
El Parlamento Europeo,
– Vistos el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y el Tratado de la Unión Europea (TUE), y en particular el artículo 5, apartado 3, del TUE y su Protocolo n.º 2 sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad,
– Vistas sus anteriores resoluciones sobre competitividad, reestructuración, transmisión y cierre de empresas en la Unión,
– Vista la declaración del Consejo Europeo sobre competitividad de 19 de febrero de 2016,
– Vistas las conclusiones del Consejo de Competitividad de 29 de septiembre de 2016,
– Vistos los dos informes de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo, ERM 2012 «After restructuring: labour markets, working conditions and life satisfaction» (Después de la reestructuración: mercados laborales, condiciones de trabajo y satisfacción personal) y ERM 2009 «Restructuring in recession» (Reestructuración en periodo de recesión),
– Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Digitalización de la industria europea: Aprovechar todas las ventajas de un mercado único digital» (COM(2016)0180),
– Vista la «Agenda de nuevas cualificaciones y empleos» de la Comisión,
– Visto el Acuerdo interinstitucional entre el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea sobre la mejora de la legislación, de 2016,
– Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,
A. Considerando que los recientes casos de Caterpillar y Alstom son un ejemplo de la prevalencia y la intensificación de la reestructuración en un gran número de Estados miembros a causa de un contexto económico cambiante, que a menudo tiene unos efectos imprevistos en las comunidades y en el tejido económico y social de los Estados miembros;
B. Considerando que la reubicación, la deslocalización, los cierres, las fusiones, las adquisiciones, las absorciones, la reorganización de la producción y la externalización de actividades son las formas más comunes de reestructuración;
C. Considerando que la información y consulta de los trabajadores es una característica fundamental de los modelos sociales de los Estados miembros;
D. Considerando que los Estados miembros afrontarán importantes retos económicos en las próximas décadas, en un mercado mundial en rápida evolución y cada vez más exigente; que los Estados miembros necesitan trabajar con la industria para mejorar los niveles de productividad e innovación con el fin de hacer frente a los retos económicos que se les presentan;
E. Considerando que el mantenimiento de una base industrial sostenible, fuerte y competitiva es esencial para el programa de la Unión en materia de crecimiento y competitividad;
F. Considerando que los encargados de la toma de decisiones a nivel local y regional son los responsables de dos tercios de la inversión pública en la Unión[1], y que, por lo tanto, su interacción continua con las empresas y la industria es sumamente importante;
G. Considerando que la Unión y sus Estados miembros tienen que participar en la coordinación de políticas para garantizar unas industrias manufactureras sostenibles y competitivas que respondan a los cambios de las condiciones del mercado en Europa y fuera de ella;
1. Expresa su solidaridad con los trabajadores y los contratistas de estas empresas, así como con las regiones que se han visto afectadas por estos cierres;
2. Opina que la reducción de las cargas administrativas y de los costes de cumplimiento para las empresas, así como la derogación de la legislación innecesaria, al tiempo que se mantienen unos niveles elevados de protección de los consumidores, los trabajadores, la salud y el medio ambiente, deben ser componentes esenciales de toda política de reindustrialización de la Unión;
3. Opina que la competitividad industrial debe integrarse en todos los ámbitos políticos pertinentes de la Unión, incluido el sector digital, con el fin de garantizar una base industrial fuerte en todos los Estados miembros;
4. Reconoce que el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) es un instrumento que intenta dar una respuesta específica puntual a corto plazo con objeto de contribuir a la reincorporación de los trabajadores despedidos al mercado laboral;
5. Destaca, no obstante, que el FEAG es un instrumento que solo se activa cuando ya se han producido los despidos, y que los Estados miembros y la Unión deben redoblar sus esfuerzos para crear el entorno económico y legislativo adecuado para impulsar la competitividad y crear puestos de trabajo sostenibles a largo plazo;
6. Destaca la tendencia reciente de las empresas a relocalizar la producción y los servicios en Europa, así como las oportunidades que ello conlleva para el crecimiento y la creación de empleo; insta a la Comisión a que reflexione sobre el modo en que la Unión puede crear un entorno acogedor que ayude a las empresas a aprovechar las oportunidades que brinda la relocalización;
7. Observa que se han realizado algunos progresos gracias a iniciativas políticas recientes, como por ejemplo el Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas; opina que se deberían examinar más en profundidad las posibilidades de aumentar los préstamos estratégicos específicos del Banco Europeo de Inversiones para proyectos de innovación y de transformación industrial, sobre todo en lo que se refiere a la industria manufacturera y a los servicios conexos;
8. Hace hincapié en el importante papel que pueden desempeñar las empresas al cooperar con los sistemas educativos de sus Estados miembros; subraya la importancia de fomentar mejores sinergias entre los sistemas de educación, las universidades y el mercado laboral, incluyendo la orientación hacia el medio de trabajo y la cooperación con las empresas para la creación de «agrupaciones» de innovación;
9. Considera que una base de competencias internacionalmente competitiva permitirá a los Estados miembros capturar segmentos del mercado mundial sumamente valiosos;
10. Hace hincapié en que el logro de nuevos acuerdos comerciales justos y equilibrados es fundamental como parte del programa europeo en materia de crecimiento, a fin de desarrollar un marco económico europeo competitivo y abierto al mundo, capaz de proporcionar beneficios tangibles para nuestros ciudadanos, consumidores y trabajadores y de generar nuevos puestos de trabajo;
11. Señala que la cadena de suministro de la que dependen principalmente los grandes fabricantes europeos incluye a las pymes, que a menudo están peor organizadas para tratar los casos de reestructuración de este tipo; pide que en todas las futuras iniciativas de la Unión en materia de política industrial se reflexione sobre la posición única que ocupan las pymes;
12. Pide que se preste una atención especial a las pymes y al refuerzo de la cooperación entre las empresas ya establecidas y las de reciente creación, puesto que esto puede contribuir a la creación de un modelo empresarial más sostenible y competitivo y a la aparición de líderes a escala mundial;
13. Pide a los Estados miembros y a las autoridades locales y regionales que determinen un amplio abanico de industrias emergentes y principales sectores de crecimiento hacia los que se deberían orientar los Estados miembros a la hora de desarrollar su base de conocimiento;
14. Pide a la Comisión, al Consejo y a los Estados miembros que controlen los retos a los que se enfrentan las industrias europeas y, cuando proceda, tengan en cuenta estas preocupaciones en la elaboración de las iniciativas políticas pertinentes con arreglo al principio de subsidiariedad;
15. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.
- [1] http://www.ccre.org/docs/Note_CCRE_Dexia_EN.pdf