PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre Siria
4.10.2016 - (2016/2894(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento
Gabriele Zimmer en nombre del Grupo GUE/NGL
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus anteriores Resoluciones sobre la situación en Siria y la ofensiva de ISIS, y en particular las de 11 de junio de 2015[1], 30 de abril de 2015[2], 12 de febrero de 2015[3] y 18 de septiembre de 2014[4],
– Vistas las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,
– Vista la Carta de las Naciones Unidas,
– Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos,
– Vistos la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y su Protocolo de 1967,
– Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,
1. Condena enérgicamente todos los crímenes cometidos contra la población civil de Siria; condena en los términos más duros posibles las violaciones sistemáticas de los derechos humanos y del Derecho internacional humanitario que se derivan de los actos terroristas cometidos por el denominado Estado Islámico y otros grupos armados radicales contra el pueblo sirio, que pueden constituir crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad;
2. Insta a todas las partes en el conflicto a que cesen inmediatamente todos los ataques contra civiles e infraestructuras civiles incluidas las infraestructuras hidráulicas y eléctricas, levanten todos los asedios y permitan a los cooperantes internacionales un acceso sin trabas y seguro; apoya firmemente las peticiones del enviado especial de las Naciones Unidas para conseguir el cese de la violencia y la protección de civiles y de infraestructuras civiles, así como pausas humanitarias incondicionales de 48 horas semanales para permitir el acceso de la ayuda humanitaria, al menos para que las Naciones Unidas y sus socios puedan llegar a Alepo, y la evacuación de los heridos y enfermos;
3. Insta a todas las partes a retomar el acuerdo de alto el fuego de 26 de septiembre de 2016;
4. Pide a la Unión que asegure un mayor apoyo internacional al creciente número de refugiados; pide la emisión inmediata de visados humanitarios a los solicitantes de asilo en las embajadas y oficinas consulares de la Unión, así como la introducción de programas obligatorios de reasentamiento a escala de la Unión que sustituyan al débil programa voluntario de reasentamiento propuesto por el Consejo;
5. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Presidente del Consejo Europeo, al Presidente de la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Presidentes de los Parlamentos de los Estados miembros, al Gobierno y el Parlamento de la República Árabe Siria, a Rusia, a los Estados Unidos, a Irán, a Turquía, al Secretario General de la Unión por el Mediterráneo y a la Liga de los Estados Árabes.
- [1] Textos Aprobados, P8_TA(2015)0229.
- [2] DO C 346 de 21.9.2016, p. 103.
- [3] DO C 310 de 25.8.2016, p. 35.
- [4] DO C 234 de 28.6.2016, p. 25.