PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre seguridad nuclear y no proliferación
19.10.2016 - (2016/2936(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento
Rolandas Paksas, Fabio Massimo Castaldo, Ignazio Corrao, Isabella Adinolfi en nombre del Grupo EFDD
B8-1130/2016
Resolución del Parlamento Europeo sobre seguridad nuclear y no proliferación
El Parlamento Europeo,
– Visto el comunicado final de la Cumbre de Seguridad Nuclear celebrada en Washington en abril de 2016,
– Vistas la Convención sobre la Protección Física de los Materiales Nucleares y sus enmiendas de 2005,
– Visto el Convenio internacional para la represión de los actos de terrorismo nuclear,
– Visto el Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares (TPCE),
– Visto el Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares (TNP),
– Vista la Resolución 2310 (2016) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,
– Vista su Resolución, de 17 de enero de 2013, sobre las recomendaciones de la Conferencia Encargada del Examen del Tratado sobre la No Proliferación de las Armas Nucleares en relación con la instauración de una zona sin armas de destrucción masiva en Oriente Próximo[1],
– Vistas la Estrategia Europea de Seguridad titulada «Una Europa segura en un mundo mejor», adoptada el 12 de diciembre de 2003, así como la «Estrategia contra la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva» de 2003 y las «Nuevas Líneas de Actuación» de 2008,
– Vistas las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas a raíz de los últimos ensayos nucleares realizados por la República Popular Democrática de Corea (RPDC),
– Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,
A. Considerando que, transcurridos más de veinticinco años desde el final de la Guerra Fría, las existencias totales mundiales de armas nucleares conocidas ascienden todavía a más de 15 000 unidades; que una sola cabeza nuclear tiene capacidad —especialmente si se detona sobre una gran ciudad— para matar a millones de personas y provocar catástrofes medioambientales permanentes;
B. Considerando que la amenaza de terrorismo nuclear y radiológica supone uno de los mayores retos para la seguridad internacional; que según el Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA) en los últimos cincuenta años se han difundido millones de fuentes radiactivas repartidas por más de cien países a lo largo y ancho del mundo, siendo muchas de ellas mantenidas con escasa seguridad y vulnerables al robo; que la edición de 2016 del Índice de Seguridad Nuclear de la Iniciativa contra la Amenaza Nuclear (NTI) reveló que numerosos países en desarrollo que actualmente se plantean poner en marcha programas de energía nuclear no cuentan con las medidas necesarias para proteger adecuadamente las instalaciones nucleares frente a posibles sabotajes;
C. Considerando que los terroristas están interesados desde hace tiempo en las armas radiológicas, y que los expertos en seguridad no descartan la posibilidad de que grupos terroristas o actores no estatales puedan adquirir armas nucleares;
D. Considerando que el desarme nuclear se encuentra actualmente en punto muerto, en un clima de creciente tensión entre los Estados dotados de armas nucleares, y que no hay negociaciones en curso ni previstas para seguir regulando o reduciendo las existencias de los Estados que disponen de este tipo de armas;
E. Considerando que los Estados Unidos acogieron el pasado mes de abril la cuarta Cumbre de Seguridad Nuclear; que en dicha Cumbre, cuyo objetivo era lograr mejoras tangibles en la seguridad nuclear y reforzar la arquitectura de la seguridad nuclear mundial, participaron más de cincuenta países y organizaciones internacionales; que Rusia no participó en la misma;
F. Considerando que, transcurridos ya veinte años desde su adopción, el Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares sigue sin entrar legalmente en vigor, a la espera de su ratificación por los últimos ocho de los llamados «países del Anexo 2»;
G. Considerando que el riesgo de proliferación nuclear —tanto vertical como horizontal— sigue siendo relevante en muchas regiones del globo, y podría dar lugar a una nueva escalada en el desarrollo de tecnologías nucleares con fines militares;
H. Considerando que la RPDC es el único Estado del mundo que en el actual siglo ha ensayado repetidas veces armas nucleares, haciendo constante caso omiso de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas al respecto; que el 9 de septiembre de 2016 el Sistema Internacional de Vigilancia (SIV) detectó un movimiento sísmico inusual, coincidiendo con el anuncio por la RPDC del éxito de su quinto ensayo nuclear; que la RPDC ha sido objeto de cinco paquetes de sanciones de las Naciones Unidas desde sus primeros ensayos en 2006 sin haber mostrado en ningún momento intención de clausurar su programa nuclear militar;
I. Considerando que en 2016 se celebraron en Ginebra tres sesiones del Grupo de Trabajo de composición abierta (GTCA) sobre desarme nuclear, conforme a lo dispuesto en una resolución de diciembre de 2015 de la Asamblea General de las Naciones Unidas; que el GTCA se reafirmó en su propósito de conseguir y mantener un mundo sin armas nucleares; que la recomendación final del GTCA, aprobada por amplia mayoría, pide a la Asamblea General que convoque en 2017 una conferencia destinada a negociar un instrumento jurídicamente vinculante para prohibir las armas nucleares que conduzca a la eliminación total de estas;
J. Considerando que numerosos tratados internacionales han conseguido establecer Zonas Libres de Armas Nucleares (ZLAN) incluso en regiones aquejadas de considerables tensiones políticas; que a día de hoy existen siete de estas ZLAN en que los Estados Partes han convenido en abstenerse de poseer, desarrollar y desplegar armas nucleares; que los esfuerzos por instaurar una zona sin armas de destrucción masiva en Oriente Próximo se han revelado más que arduos;
K. Considerando que la Unión Europea desempeñó un importante papel en el acuerdo alcanzado con Irán en materia nuclear; que la Unión Europea es parte del Plan de acción integral conjunto y sigue trabajando con el grupo E3+3 en la aplicación plena del plan; que el OIEA ha confirmado que Irán ha adoptado todas las medidas que debía en materia nuclear;
L. Considerando que en la Conferencia de las Partes de 2015 Encargada del Examen del TNP estas no lograron consensuar una declaración de contenidos definitiva, ofreciendo apenas algunos avances mínimos respecto a las recomendaciones de 2010; que este fracaso se ha atribuido a la controversia por la instauración de una zona sin armas de destrucción masiva en Oriente Próximo; que en varios capítulos del Tratado subsisten importantes lagunas, como por ejemplo en las medidas efectivas para el desarme nuclear, en aspectos humanitarios del uso de las armas nucleares y en la presentación de informes por parte de los Estados con armas nucleares reconocidos; que, pese a este revés, el TNP sigue siendo la piedra angular del sistema de no proliferación;
M. Considerando que la RPDC se retiró del TNP en 2003 y que no se ha vuelto a adherir a él; que el comportamiento de la RPDC sienta un importante precedente negativo que supone un grave retroceso en el camino hacia la desnuclearización;
N. Considerando que la crítica a la falta de progresos en el pilar del desarme se ha traducido en el lanzamiento de la Iniciativa Humanitaria, que ha culminado en el Compromiso Humanitario, al objeto de identificar y aplicar medidas efectivas para colmar la laguna jurídica en materia de prohibición y eliminación de las armas nucleares; que ciento veintisiete países respaldan esta iniciativa;
O. Considerando que la Estrategia Europea de Seguridad titulada «Una Europa segura en un mundo mejor» define la proliferación de armas de destrucción masiva como la mayor amenaza potencial para la seguridad europea; que el principio rector y el objetivo general de la Unión en materia de desarme y no proliferación es defender y reforzar todos los instrumentos internacionales relevantes;
1. Cree firmemente en un mundo libre de armas nucleares; pide a todas las instituciones de la Unión y a los Estados miembros que cooperen y que trabajen también en los foros internacionales para conseguir resultados en este terreno, al objeto de reducir, y en última instancia eliminar, las armas nucleares, tanto en su territorio como en el resto del mundo; rechaza la idea de que la disuasión nuclear sea necesaria y aboga en su lugar por los esfuerzos diplomáticos multilaterales y por la mediación;
2. Celebra los resultados de la Cumbre de Seguridad Nuclear de 2016, incluida la creación de un grupo de contacto sobre seguridad nuclear para contribuir a mantener el impulso tras la Cumbre; acoge con satisfacción el acuerdo alcanzado para un plan de acción para respaldar a cinco entidades internacionales en su labor, así como los ciento treinta y siete compromisos con acciones específicas emprendidas para avanzar en la seguridad nuclear; aplaude la Declaración Conjunta sobre promoción del cumplimiento íntegro y universal de la Resolución 1540 (2004) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; lamenta que un actor internacional de primer orden como es Rusia no participara en la Cumbre;
3. Celebra la entrada en vigor de la Enmienda a la Convención sobre la Protección Física de los Materiales Nucleares, que impone a los Estados Partes la obligación de garantizar la seguridad de su material nuclear civil dentro del respeto de las directrices del OIEA y de facilitar la criminalización y la persecución judicial del contrabando de material nuclear; pide la ratificación y la aplicación universales de esta Convención, e insta a todos los países que todavía no la han ratificado a que lo hagan lo antes posible;
4. Lamenta que en el año del vigésimo aniversario del Tratado de Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares éste siga sin entrar en vigor; considera que este Tratado juega un papel protagonista en el apoyo al sistema internacional de no proliferación; insta a todos los Estados que aún no han firmado o ratificado el Tratado a que lo hagan sin más demora; reitera el apoyo de la Unión a la entrada en vigor temprana y a la universalización del Tratado; pide a la VP/AR que siga dialogando con los Estados cuyo acuerdo se precisa para que el Tratado pueda entrar en vigor;
5. Denuncia el último ensayo nuclear realizado en la RPDC, por entender que envía un mensaje en extremo negativo para la paz mundial, la estabilidad regional y la situación de los derechos humanos en el país; recuerda que las Naciones Unidas prohibieron a la RPDC realizar cualquier tipo de prueba de tecnología nuclear o de misiles; sostiene que estas infracciones de la RPDC representan un grave desafío a la comunidad internacional, e insta al país a que se abstenga de seguir realizando nuevos ensayos nucleares y de aumentar la tensión en una región ya inestable; constata la aprobación de una nueva tanda de duras sanciones contra la RPDC, y pide a todas las partes que las apliquen en su integridad; subraya, no obstante, que las sanciones anteriores no arrojaron los resultados esperados por lo que respecta al recorte del programa nuclear de la RPDC; reitera que las sanciones deberían tener el menor impacto posible sobre la población civil y considerarse como un medio para lograr un acuerdo político respecto a la cuestión nuclear en la península de Corea, en particular mediante la reanudación de las Conversaciones entre Seis Partes;
6. Condena taxativamente cualquier forma de investigación, desarrollo, explotación o aplicación de tecnologías, estudios o capacidades directa o indirectamente relacionadas con el programa nuclear militar de la RPDC; condena taxativamente el desarrollo de la tecnología de misiles balísticos —tanto de misiles en tierra como de misiles balísticos submarinos— por la RPDC, como amenaza a la seguridad mundial y especialmente a la seguridad y la estabilidad en Asia;
7. Lamenta las continuas provocaciones de la RPDC y condena todos sus ensayos nucleares y con misiles; reprueba igualmente su retórica agresiva y su discurso de odio contra Japón, Corea del Sur y Estados Unidos; pide a las instituciones de la Unión y a los Estados miembros que suspendan cualquier forma de cooperación con la RPDC en el ámbito de la tecnología y de la física nucleares mientras dicho país no abandone sus programas nucleares militares;
8. Pide un mayor compromiso con los Gobiernos de Estados Unidos, Rusia, China, Corea del Sur y Japón para garantizar una mejor coordinación en materia de armas nucleares en la RPDC, recurriendo para ello tanto los canales bilaterales como los foros multilaterales; destaca el riesgo de proliferación nuclear que se deriva de los últimos acontecimientos en la RPDC;
9. Pide a las autoridades europeas y a los Estados miembros que vigilen atentamente cualquier posible traslado de tecnología nuclear civil tanto en la RPDC como a través de intermediarios de ésta;
10. Acoge positivamente la constitución y la labor del GTCA; aplaude la propuesta hecha a la Asamblea General de las Naciones Unidas de convocar una conferencia encaminada a lograr un desarme nuclear mundial, entre otras vías mediante la negociación de un posible instrumento vinculante; pide a los Estados miembros que apoyen esta propuesta, y a la VP/AR, Federica Mogherini, y al SEAE que contribuyan de manera positiva a la organización de la conferencia;
11. Apoya plenamente las ZLAN como aportación de primer orden al objetivo de la eliminación de todas las armas nucleares; cree que la instauración de una de estas zonas en Oriente Próximo mejoraría las perspectivas de paz en la región;
12. Aplaude el papel de la Unión en la elaboración del Plan de acción integral conjunto, así como el compromiso permanente expresado al respecto por la VP/AR; considera que esta experiencia positiva debe ser un ejemplo de cómo la Unión podría ser un actor importante en la búsqueda de soluciones a las grandes crisis mundiales; pide a todas las partes que promuevan el aún frágil acuerdo y que se atengan a todas sus exigencias;
13. Pide a las autoridades iraníes que muestren su transparencia, compromiso y apertura en relación con su programa nuclear civil, lo que debe incluir la comunicación de las informaciones pertinentes a organizaciones internacionales como el OIEA;
14. Considera que, pese al revés que supuso la Conferencia de las Partes de 2015 Encargada del Examen del TNP, el desarme y la no proliferación nucleares deben seguir estando en el centro de la agenda internacional, y reitera que el TNP sigue siendo la piedra angular del sistema de no proliferación y la base para el objetivo del desarme nuclear; pide a la comunidad internacional que siga trabajando en pos de este objetivo siguiendo vías realistas y sensatas con vistas al próximo ciclo de revisión del TNP; considera que la Unión debe tener un papel activo en este terreno, elevando su perfil como actor significativo en el esfuerzo mundial por contener la proliferación de armas de destrucción masiva;
15. Considera que los nuevos riesgos y retos emergentes, así como los cambios en la escena internacional, exigen la actualización de la Estrategia Europea contra la proliferación de armas de destrucción masiva de 2003 y de las Nuevas Líneas de Actuación de 2008;
16. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Servicio Europeo de Acción Exterior, a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Parlamentos y los Gobiernos de los Estados miembros, y al Secretario General de las Naciones Unidas.
- [1] Textos Aprobados, P7_TA(2013)0028