PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre el Servicio Voluntario Europeo
19.10.2016 - (2016/2872(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 128, apartado 5, del Reglamento
María Teresa Giménez Barbat, Ilhan Kyuchyuk, Yana Toom, Marian Harkin, Marielle de Sarnez en nombre del Grupo ALDE
Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-1126/2016
El Parlamento Europeo,
– Vista la Decisión del Consejo, de 27 de noviembre de 2009, sobre el Año Europeo de las Actividades de Voluntariado que Fomenten una Ciudadanía Activa (2011)[1],
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de septiembre de 2011, titulada «Comunicación sobre políticas de la UE y voluntariado: Reconocimiento y fomento de actividades voluntarias transfronterizas en la UE» (COM(2011)0568),
– Vista la Agenda de Políticas para el Voluntariado en Europa de la Alianza del Año Europeo de las Actividades de Voluntariado 2011,
– Vista la Recomendación del Consejo, de 20 de diciembre de 2012, sobre la validación del aprendizaje no formal e informal[2],
– Vista su Resolución, de 10 de diciembre de 2013, sobre el voluntariado y las actividades de voluntariado en Europa[3],
– Vista su Resolución, de 12 de junio de 2012, sobre el reconocimiento y el fomento de las actividades voluntarias transfronterizas en la UE[4],
– Vista la Carta Europea de Derechos y Responsabilidades de los Voluntarios[5],
– Vista su Resolución, de 22 de abril de 2008, sobre la función del voluntariado como contribución a la cohesión económica y social[6],
– Vista la pregunta a la Comisión sobre el Servicio Voluntario Europeo (O-000107/2016 – B8-1803/2016),
– Vistos el artículo 128, apartado 5, y el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,
A. Recordando que el Servicio Voluntario Europeo (SVE) celebra en 2016 su vigésimo aniversario y que en estos veinte años han recibido apoyo 100 000 voluntarios;
B. Destacando que el Año Europeo de las Actividades de Voluntariado 2011, apoyado firmemente por el Parlamento Europeo, supuso una gran oportunidad política para subrayar el valor añadido del voluntariado en Europa, y que ahora, cinco años después, el Parlamento Europeo debe reflexionar acerca de cómo ha repercutido dicho Año Europeo del Voluntariado 2011 en la evolución política y en el modo en que el voluntariado está integrado en programas europeos fundamentales, como Erasmus+ o el Servicio Voluntario Europeo;
C. Recordando que el Año Europeo de las Actividades de Voluntariado 2011 imprimió un impulso y dotó de contexto al establecimiento y la revisión de los marcos nacionales jurídicos para el voluntariado en toda Europa; subrayando, no obstante, que Europa sigue careciendo de una política de voluntariado coordinada, con un punto de contacto único en las instituciones de la Unión;
D. Recalcando que el voluntariado es una actividad emprendida por la libre voluntad, decisión y motivación de una persona sin ánimo de lucro alguno; destacando que puede definirse como un camino de solidaridad y es una manera de abordar las necesidades y preocupaciones humanas, sociales y medioambientales;
E. Subrayando el valor y la importancia del voluntariado como una de las expresiones más visibles de la solidaridad, que promueve y facilita la inclusión social, construye un capital social y produce un efecto transformador en la sociedad, y, además, contribuye no solo al desarrollo de una sociedad civil dinámica que puede ofrecer soluciones creativas e innovadoras a retos comunes, sino también al crecimiento económico, y que, como tal, merece ser valorado de forma específica en términos de capital tanto económico como social;
F. Recordando que, para garantizar la participación de más ciudadanos europeos en el voluntariado, es fundamental un entorno propicio que garantice una financiación segura y sostenible para las infraestructuras de voluntariado, especialmente las organizaciones en las que participan voluntarios;
G. Destacando que el voluntariado requiere una combinación de mecanismos de apoyo y estructuras organizativas adecuadas, que debe ser reforzada mediante un marco jurídico apropiado que determine los derechos y las responsabilidades de los voluntarios y del voluntariado;
H. Subrayando que toda persona tiene derecho a un acceso equitativo a las oportunidades de voluntariado y a la protección contra toda clase de discriminación, por lo que se le debe otorgar el derecho a conciliar la actividad de voluntariado con su vida privada y laboral, de modo que pueda gozar de cierta flexibilidad durante la actividad de voluntariado;
I. Destacando que el reconocimiento del voluntariado es fundamental también para fomentar incentivos adecuados para todas las partes interesadas y aumentar, así, la cantidad, la calidad y la repercusión del voluntariado, y que para ello resulta necesario impulsar una cultura del reconocimiento que muestre que el voluntariado constituye un motor para la puesta en práctica de los valores europeos;
J. Reconociendo que el nuevo MFP de la Unión 2014-2020 ha reservado algunos fondos de la Unión para el voluntariado, en particular a través del el programa «Europa con los ciudadanos», gestionado actualmente por la DG Migración y Asuntos de Interior, con lo que el voluntariado sigue siendo una prioridad; destacando que el nuevo programa Erasmus+ sigue ofreciendo oportunidades de financiación y apoyo a proyectos de voluntariado, en particular a través del programa SVE, y que la DG Protección Civil y Operaciones de Ayuda Humanitaria Europeas ha puesto en marcha la iniciativa Voluntarios de Ayuda de la UE para brindar apoyo práctico a los proyectos de ayuda humanitaria; señalando, no obstante, que el acceso de las organizaciones de voluntarios a otros fondos importantes de la Unión, como los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, sigue siendo muy limitado;
K. Recordando que la actual crisis de los refugiados constituye un ejemplo relevante y un símbolo visible de la importancia que tienen los voluntarios y del modo en que estos hacen suyos los valores europeos, contribuyen a la resiliencia y están disponibles para ofrecer soluciones flexibles y pragmáticas a retos compartidos; recalcando que el voluntariado impulsa la integración social y pidiendo a los Estados miembros que animen a los migrantes a ejercerlo como un aspecto fundamental de su inclusión social;
1. Reconoce que el voluntariado es una expresión de solidaridad, libertad y responsabilidad que contribuye al fortalecimiento de la ciudadanía activa y al crecimiento personal, además de un instrumento fundamental para la inclusión social y la cohesión, así como para la formación, la educación y el diálogo intercultural, al tiempo que realiza una aportación importante a la difusión de los valores europeos; subraya que sus beneficios se reconocen también en el trabajo voluntario realizado con países terceros en cuanto instrumento estratégico para fomentar la comprensión mutua y las relaciones interculturales;
2. Destaca la importancia de proporcionar un marco jurídico que determine un estatuto de voluntariado con derechos y responsabilidades para los voluntarios y el voluntariado y facilite la movilidad y el reconocimiento; alienta a los Estados miembros que aún deban definir un entorno jurídico para los voluntarios a que se basen en la Carta Europea de Derechos y Responsabilidades de los Voluntarios;
3. Solicita a los Estados miembros que apliquen procesos de validación concretos en el marco de la Recomendación del Consejo de 2012; pide que en el futuro pasaporte europeo de competencias y en las iniciativas europeas futuras se conceda una mayor relevancia al aprendizaje adquirido a través de experiencias formales, informales y no formales, incluido el voluntariado; recuerda que el voluntariado proporciona competencias que facilitan el acceso al mercado laboral y que estas deben quedar reflejadas en un currículo de enfoque ascendente en el que se dé prioridad a las competencias adquiridas a través del voluntariado y de buenas acciones;
4. Pide a los Estados miembros que impulsen el SVE en sus sistemas educativos y académicos como mecanismo de difusión entre las generaciones jóvenes de la educación en la solidaridad y el compromiso cívico;
5. Propone apoyar y aplicar la idea de permitir que el tiempo empleado en voluntariado pueda beneficiarse de subvenciones de la Unión en el marco de la cofinanciación, como ha sugerido recientemente la Comisión en la nueva propuesta de Reglamento Financiero;
6. Observa que en Europa casi 100 millones de ciudadanos de todas las edades son voluntarios, y que su labor supone una aportación equivalente aproximadamente al 5 % del PIB; insta a la Comisión a que, mediante políticas más centradas en los voluntarios, considere el valor económico de los bienes y servicios que estos aportan;
7. Solicita a los Estados miembros que adopten el sistema desarrollado por la Organización Internacional del Trabajo para medir el valor económico del voluntariado; pide a Eurostat que apoye a este respecto a los Estados miembros al objeto no solo de garantizar la recopilación en Europa de datos comparables, sino también de elaborar indicadores y métodos comunes a escala de la Unión para medir la repercusión social del voluntariado;
8. Pide a los Estados miembros que establezcan servicios nacionales de voluntariado dotados de financiación suficiente y mejoren el acceso a información de calidad relativa a las oportunidades de voluntariado a escala nacional y local, en particular a través de las actuales redes de información de los jóvenes y de la difusión de información inter pares; anima a los Estados miembros a que creen centros de servicios cívicos nacionales que fomenten también las oportunidades de voluntariado internacional;
9. Recomienda una mayor internacionalización del SVE y propone pedir a todos los países de la AELC/EEE, a los países adherentes y a los países candidatos que cooperen con los Estados miembros de la Unión, de conformidad con sus acuerdos de asociación y sus acuerdos bilaterales con esta; hace hincapié en la necesidad de ofrecer más oportunidades de voluntariado en el extranjero y reforzar la colaboración entre las organizaciones de voluntariado tanto en la Unión como en los países vecinos;
10. Solicita a la Comisión que lleve a cabo un estudio acerca de los regímenes nacionales de servicios de voluntariado, y los cuerpos de servicio cívico y de solidaridad y el marco actual para los posibles voluntarios entre distintos Estados miembros, a fin de facilitar la comprensión mutua y la difusión de buenas prácticas, así como la posibilidad de crear un servicio cívico europeo, todo ello con la idea de fomentar la ciudadanía europea;
11. Pide a la Comisión que mejore y reconfigure la estrategia de comunicación sobre el SVE, de modo que se haga hincapié en la importancia social, humana y cívica que reviste el voluntariado en vez de centrarse en la posibilidad de viajar gratis por Europa mediante el SVE;
12. Respalda la idea de la Comisión de establecer una nueva iniciativa de voluntariado, el Cuerpo Europeo de Solidaridad; pide a la Comisión que vele especialmente por la participación de las organizaciones de voluntarios en la elaboración de la iniciativa y por que la puesta en práctica de esta no comprometa las dotaciones presupuestarias ya asignadas a otros programas;
13. Reitera que el programa SVE debe beneficiar a las personas y organizaciones implicadas, así como a la sociedad en su conjunto, y que el SVE debe reforzar la dimensión de la participación cívica del programa Erasmus+; destaca la importancia de promover el SVE entre los jóvenes, especialmente aquellos que aún no están interesados en el voluntariado y la movilidad, y de este modo fomentar la motivación y provocar cambios de actitud, sin excluir a las generaciones de más edad, que tienen mucho que aportar, por ejemplo como mentores;
14. Pone de relieve la función del envejecimiento activo en el voluntariado y subraya el papel de los ciudadanos, tanto jóvenes como mayores, en el compromiso cívico en Europa dando continuidad al impulso que han supuesto el Año Europeo de las Actividades de Voluntariado que Fomenten una Ciudadanía Activa (2011) y el Año Europeo del Envejecimiento Activo y de la Solidaridad Intergeneracional (2012);
15. Hace hincapié en que el SVE debe basarse en ofertas de voluntariado de calidad, siguiendo la Carta Europea de Derechos y Responsabilidades de los Voluntarios y los principios de la Carta Europea de Calidad para la Movilidad, así como en una estructura que anime a las organizaciones de voluntariado a ser organizaciones de acogida, proporcionándoles financiación y formación adecuadas y reforzando al mismo tiempo el papel de las organizaciones de coordinación que dan apoyo a un gran número de organizaciones de acogida, por ejemplo, en los ámbitos de la administración y la formación;
16. Recuerda que el SVE debe basarse en una estructura que permita un acceso rápido y fácil de los jóvenes al programa, por lo que pide que se simplifique su actual sistema de aplicación;
17. Destaca la necesidad de reforzar el seguimiento y la dimensión local tras una experiencia de voluntariado en el extranjero, prestando apoyo a las comunidades locales no solo antes de la salida, sino también a la vuelta, mediante formaciones de orientación e integración al regreso;
18. Insiste en la necesidad de ofrecer una tutoría de calidad a lo largo de todo el proceso mediante una gestión responsable del voluntariado y velando por que los voluntarios adquieran consciencia de su propia responsabilidad en lo que respecta al compromiso con la organización y la comunidad;
19. Recomienda a la Comisión que tenga en cuenta la opinión de la Alianza Europea del Voluntariado y de otras organizaciones basadas en el voluntariado cuyas recomendaciones están recogidas en la Agenda de Políticas para el Voluntariado en Europa;
20. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.
- [1] DO L 17 de 22.1.2010, p. 43.
- [2] DO C 398 de 22.12.2012, p. 1.
- [3] Textos Aprobados, P7_TA(2013)0549.
- [4] DO C 332 E de 15.11.2013, p. 14.
- [5] http://ec.europa.eu/citizenship/pdf/volunteering_charter_en.pdf
- [6] DO C 259 E de 29.10.2009, p. 9.