Propuesta de resolución - B8-1288/2016Propuesta de resolución
B8-1288/2016

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la situación en Italia después de los seísmos

23.11.2016 - (2016/2988(RSP))

tras las preguntas con solicitud de respuesta oral B8-1812/2016, B8-1813/2016 y B8-1814/2016
presentada de conformidad con el artículo 128, apartado 5, del Reglamento

Mercedes Bresso, Simona Bonafè, Andrea Cozzolino, Silvia Costa, Nicola Danti, Elena Gentile, Michela Giuffrida, Roberto Gualtieri, Gianni Pittella, Enrico Gasbarra, Tonino Picula, Patrizia Toia, Jens Nilsson, David-Maria Sassoli, Louis-Joseph Manscour, Paolo De Castro, Derek Vaughan, Peter Simon, Victor Boştinaru, Demetris Papadakis, Iratxe García Pérez, Viorica Dăncilă, Damiano Zoffoli en nombre del Grupo S&D

Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-1285/2016

Procedimiento : 2016/2988(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B8-1288/2016
Textos presentados :
B8-1288/2016
Textos aprobados :

B8-1288/2016

Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación en Italia después de los seísmos

(2016/2988(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el Reglamento (UE) 2016/369 del Consejo, de 15 de marzo de 2016, relativo a la prestación de asistencia urgente en la Unión[1],

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 375/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, por el que se crea el Cuerpo Voluntario Europeo de Ayuda Humanitaria («iniciativa Voluntarios de Ayuda de la UE»)[2],

–  Visto el Reglamento (CE) n. º 1257/96 del Consejo, de 20 de junio de 1996, sobre la ayuda humanitaria[3],

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 11 de abril de 2011, sobre el desarrollo ulterior de la evaluación de riesgos para la gestión de catástrofes en la Unión Europea,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 28 de noviembre de 2008, en las que se pide el fortalecimiento de las capacidades de protección civil mediante un sistema europeo de ayuda mutua basado en el planteamiento modular de la protección civil (16474/08),

–  Vista su Resolución, de 19 de junio de 2008, sobre el refuerzo de la capacidad de reacción de la Unión Europea en caso de catástrofes[4],

–  Vista su Resolución, de 15 de enero de 2013, sobre el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea, ejecución y aplicación[5],

–  Visto el dictamen del Comité de las Regiones, de 28 de noviembre de 2013, sobre el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea[6],

–  Vistas las preguntas a la Comisión sobre la situación en Italia después de los seísmos (O-000139/2016 – B8-1812/2016, O-000140/2016 – B8-1813/2016 y O-000141/2016 – B8-1814/2016),

–  Vistos el artículo 128, apartado 5, y el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,

A.  Considerando que, tras el devastador seísmo que azotó el centro de Italia el 24 de agosto de 2016, otros tres fuertes seísmos, junto con una serie de temblores, sacudieron varias regiones del centro de Italia con magnitudes de 5,5 y 6,1 el 26 de octubre, y de 6,5, el 30 de octubre;

B.  Considerando que en los últimos meses los seísmos y las réplicas han seguido sacudiendo el centro de Italia; que el temblor que sacudió a Italia el 30 de octubre ha sido el seísmo más fuerte que ha afectado al país desde 1980;

C.  Considerando que, según informaciones, los seísmos recientes se han saldado con más de 400 heridos y 290 víctimas mortales;

D.  Considerando que estos devastadores seísmos podrían acumularse en un efecto dominó y dar lugar al desplazamiento de 100 000 habitantes;

E.  Considerando que el impacto de los últimos seísmos ha devastado pueblos, ha dañado gravemente infraestructuras locales y regionales, ha destruido patrimonio histórico y cultural y ha afectado a actividades económicas, especialmente para las pymes y la agricultura, así como al potencial turístico y gastronómico;

F.  Considerando que los territorios afectados han sufrido una deformación que se extiende a lo largo de una superficie de unos 130 kilómetros cuadrados, con un desplazamiento máximo de al menos 70 centímetros;

G.  Considerando que los prolongados esfuerzos de reconstrucción han de ser coordinados adecuadamente a fin de compensar las pérdidas económicas y sociales;

1.  Manifiesta su más profunda solidaridad y empatía a todas las personas y familias de las zonas afectadas por los seísmos, así como a las autoridades nacionales, regionales y locales italianas encargadas de prestar auxilio a la población afectada por la catástrofe;

2.  Alaba los esfuerzos incansables de las unidades de rescate, los servicios de protección civil, los voluntarios, las organizaciones de la sociedad civil y las autoridades locales, regionales y nacionales en las zonas devastadas al objeto de salvar vidas, limitar los daños y garantizar unas actividades comunes básicas para mantener unas condiciones de vida dignas;

3.  Destaca las graves repercusiones económicas de los sucesivos seísmos y la destrucción que han dejado tras de sí;

4.  Destaca la gravedad de la situación que se vive sobre el terreno, que está suponiendo una considerable e intensa presión sobre las autoridades nacionales, regionales y locales públicas italianas;

5.  Se felicita del aumento del nivel de flexibilidad en el cálculo del déficit sobre el gasto relacionado con los seísmos concedido a Italia, con arreglo a los Tratados, con el fin de que pueda hacer frente a la actual situación de emergencia de manera rápida y eficaz, así como a las futuras intervenciones necesarias para proteger las zonas afectadas;

6.  Se felicita de la solidaridad expresada por las instituciones de la Unión, otros Estados miembros, regiones europeas y actores internacionales, de lo que da ejemplo la asistencia mutua en situaciones de emergencia;

7.  Destaca los problemas de previsión de los sistemas de protección sísmica y la importante actividad sísmica en los países del sudeste de Europa; observa con preocupación que miles de personas han muerto y cientos de miles han quedado sin hogar en los últimos 15 años a causa de los destructivos seísmos que han afectado a Europa;

8.  Manifiesta su preocupación por el gran número de personas desplazadas expuestas a las duras condiciones meteorológicas del próximo invierno;

9.  Destaca la relevancia del Mecanismo de Protección Civil de la Unión a la hora de fomentar la cooperación entre las autoridades nacionales de protección civil de toda Europa en situaciones adversas y minimizar los efectos de los sucesos excepcionales; pide a la Comisión y a los Estados miembros que simplifiquen aún más los procedimientos de activación del Mecanismo, con miras a disponer de él de una manera rápida y eficaz inmediatamente después de una catástrofe;

10.  Considera que la «presupuestación» parcial de la dotación financiera anual del Fondo de Solidaridad de la Unión Europea prevista en el «Reglamento ómnibus» propuesto podría contribuir en el futuro a agilizar el procedimiento de movilización con vistas a dar una respuesta más temprana y efectiva a los ciudadanos afectados por una catástrofe; pide asimismo a la Comisión que, en el marco de una posible futura reforma, estudie la viabilidad de incrementar el umbral de los pagos anticipados y abreviar los plazos de tramitación de las solicitudes;

11.  Destaca la importancia de crear sinergias entre todos los instrumentos disponibles, incluidos los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE), y de garantizar que los recursos se utilicen de un modo eficaz en las actividades de reconstrucción y en todas las tareas necesarias restantes a través de una colaboración plena con las autoridades nacionales y regionales italianas; pide a la Comisión que esté preparada para adoptar modificaciones a los programas y a los programas operativos a este fin tan pronto como sea posible después de la presentación de una solicitud de modificación por parte de un Estado miembro; señala asimismo la posibilidad de usar el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) para apoyar a las zonas rurales y las actividades agrícolas que se hayan visto afectadas por los seísmos;

12.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Gobierno de Italia y a las autoridades locales y regionales de las zonas afectadas.