Propuesta de resolución - B8-0187/2017Propuesta de resolución
B8-0187/2017

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre las prioridades de la Unión para los períodos de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 2017

13.3.2017 - (2017/2598(RSP))

tras una declaración de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento

Elena Valenciano, Pier Antonio Panzeri, Soraya Post y otros en nombre del Grupo S&D

Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-0183/2017

Procedimiento : 2017/2598(RSP)
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B8-0187/2017
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B8-0187/2017

Resolución del Parlamento Europeo sobre las prioridades de la Unión para los períodos de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 2017

(2017/2598(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Carta de las Naciones Unidas,

–  Vistas la Declaración Universal de Derechos Humanos y las convenciones de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos, así como sus protocolos facultativos,

–  Vista la Resolución 60/251 de la Asamblea General de las Naciones Unidas por la que se establece el Consejo de Derechos Humanos (CDH) de las Naciones Unidas,

–  Vistos el Convenio Europeo de Derechos Humanos, la Carta Social Europea y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,

–  Vistas sus anteriores Resoluciones sobre los períodos de sesiones del CDH,

–  Vista su Recomendación destinada al Consejo, de 7 de julio de 2016, sobre el 71.º período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas[1],

–  Vistas sus anteriores Resoluciones sobre casos de violaciones de los derechos humanos, incluidas sus Resoluciones de urgencia de 2016 sobre Etiopía, Corea del Norte, India, Crimea, Hong Kong, Kazajistán, Egipto, República Democrática del Congo, Pakistán, Honduras, Nigeria, Gambia, Yibuti, Camboya, Tayikistán, Vietnam, Malaui, Baréin, Myanmar/Birmania, Filipinas, Somalia, Zimbabue, Ruanda, Sudán, Tailandia, China, Brasil, Rusia, Tíbet, Irak, Indonesia, República Centroafricana, Burundi, Nicaragua, Kuwait y Guatemala,

–  Vista su Resolución, de 14 de diciembre de 2016, sobre el Informe anual sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo y la política de la UE al respecto (2015)[2],

–  Vistos el artículo 2, el artículo 3, apartado 5, y los artículos 18, 21, 27 y 47 del Tratado de la Unión Europea,

–  Visto el Informe anual de 2015 del CDH a la Asamblea General de las Naciones Unidas,

–  Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,

A.  Considerando que el fomento y la protección del carácter universal de los derechos humanos forman parte del acervo ético y jurídico de la Unión Europea y constituyen una de las piedras angulares de la unidad e integridad europeas; que el respeto de los derechos humanos debe integrarse en todos los ámbitos políticos de la Unión;

B.  Considerando que la Unión está firmemente comprometida con el multilateralismo y con los organismos de las Naciones Unidas en lo que se refiere a la promoción y la protección de los derechos humanos;

C.  Considerando que los períodos de sesiones ordinarios del CDH, la designación de relatores especiales, el mecanismo de examen periódico universal y los procedimientos especiales que abordan situaciones nacionales específicas o cuestiones temáticas contribuyen a la promoción y al respeto de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho;

Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas

1.  Acoge con satisfacción el trabajo realizado por el alto comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Zeid Ra’ad Al Hussein, y por su Oficina (OACDH); recuerda el compromiso de la Unión de continuar apoyando y defendiendo su integridad, independencia y funcionamiento; celebra el papel desempeñado por la OACDH en el progreso de la cooperación entre los mecanismos de los derechos humanos internacionales y regionales y en la definición de los medios para reforzar el cometido de los «acuerdos regionales» con respecto a las normas universales de los derechos humanos;

2.  Opina que la eficacia y la credibilidad del CDH dependen del auténtico compromiso de sus miembros con la defensa de todas las personas en todos los países frente a cualquier violación de los derechos humanos, de conformidad con los convenios internacionales sobre derechos humanos que promueven la universalidad, la imparcialidad, la objetividad, la no selectividad, el diálogo constructivo y la cooperación; insiste en la necesidad de evitar la polarización del debate en el CDH y alienta el diálogo constructivo;

3.  Pide a los Estados que concedan acceso a los expertos independientes del CDH, los relatores especiales y los expertos de la OACDH con miras a la investigación de supuestas violaciones de los derechos humanos y que se impliquen de forma constructiva para poner remedio a la situación, respeten los compromisos que han asumido en virtud de las convenciones sobre derechos humanos y presten su plena cooperación con los procedimientos especiales del CDH (incluido el examen periódico universal); alienta a todos los Estados a emprender acciones concretas para seguir las recomendaciones del examen periódico universal y superar las deficiencias mediante un mecanismo de ejecución y seguimiento que incluya el establecimiento de planes de acción y mecanismos de coordinación nacionales;

4.  Recuerda la obligación de la Asamblea General de tener en cuenta, al elegir a los miembros del CDH, el respeto de los candidatos por la promoción y la protección de los derechos humanos, así como por el Estado de Derecho y la democracia; acoge con satisfacción la decisión del CDH en la que solicita del Comité Consultivo del CDH la preparación de un informe de evaluación sobre los progresos en el establecimiento de acuerdos regionales y subregionales para la promoción y la protección de los derechos humanos; pide que las posiciones de la Unión y sus Estados miembros reflejen la importancia equivalente de los derechos y las pautas de voto, y que se mejore la coordinación de las posiciones de la Unión a este respecto; reitera la acuciante necesidad de que la Unión hable con una sola voz y adopte una posición común en las votaciones en el CDH;

5.  Reitera la importancia de garantizar la participación activa y coherente de la Unión en los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, en particular la Tercera Comisión, la Asamblea General y el CDH, a fin de mejorar su credibilidad; apoya los esfuerzos realizados por el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), las delegaciones de la Unión en Nueva York y Ginebra y los Estados miembros para mejorar la coherencia de la Unión respecto de las cuestiones relativas a los derechos humanos en las Naciones Unidas;

Prioridades temáticas

6.  Destaca el importante papel que desempeñan las ONG de derechos humanos y los defensores de los derechos humanos en la promoción y la protección de los derechos humanos; hace hincapié en la necesidad de proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales en todos sus ámbitos de expresión, y también en el contexto de las nuevas tecnologías; comparte la preocupación del CDH ante las noticias sobre amenazas y represalias contra miembros de organizaciones de la sociedad civil y ONG que han cooperado con el CDH en el proceso del examen periódico universal;

7.  Expresa su profunda preocupación por las tentativas cada vez más numerosas y frecuentes de reducir el espacio de la sociedad civil y de los defensores de los derechos humanos, también mediante la introducción de leyes para la lucha contra el terrorismo; condena todos los actos de violencia, acoso, intimidación o persecución dirigidos contra defensores de los derechos humanos, denunciantes de irregularidades, periodistas o blogueros, ya sean en línea o no; pide a todos los Estados que fomenten y garanticen, haciendo especial hincapié en todos los grupos vulnerables, un entorno seguro y propicio en el que las ONG, la sociedad civil, los periodistas y los defensores de los derechos humanos puedan trabajar de forma independiente y sin injerencia alguna; reitera su llamamiento para que los Estados que han adoptado legislación restrictiva en contra de las organizaciones independientes de defensa de los derechos humanos procedan a suprimirla;

8.  Considera que los medios de comunicación libres, independientes e imparciales constituyen uno de los fundamentos esenciales de una sociedad democrática, en la que los debates abiertos desempeñan un papel decisivo; apoya el llamamiento a favor del nombramiento de un representante especial del secretario general de las Naciones Unidas para la seguridad de los periodistas; pide que se planteen en todos los foros internacionales las cuestiones relativas a la libertad de expresión en línea, las libertades digitales y la importancia de una internet libre y abierta; solicita que se reduzca la brecha digital y que se facilite el acceso ilimitado a la información y a la comunicación, así como un acceso no censurado a internet;

9.  Recuerda que el derecho a la libertad de asociación y de reunión sigue planteando un importante desafío; acoge con gran satisfacción el trabajo del relator especial sobre los Derechos a la Libertad de Reunión Pacífica y de Asociación, Maina Kiai; pide a todos los Estados que tengan debidamente en cuenta sus informes;

10.  Insta a todos los Estados a que ratifiquen rápidamente los Protocolos facultativos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que establecen mecanismos de denuncia e investigación;

11.  Se opone a todo tipo de discriminación y persecución por cualquier motivo o condición, como la raza, el color, el idioma, la religión y las creencias, la identidad de género y sexual, el origen social, la casta, el nacimiento, la edad o la discapacidad; apoya el compromiso de la Unión con los procedimientos especiales pertinentes, incluido el nuevo experto independiente sobre protección contra la violencia y la discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género; pide a la Unión que siga promoviendo activamente la igualdad y la no discriminación y luchando contra la violencia y la discriminación contra todas las personas;

12.  Manifiesta su preocupación por el hecho de que muchas personas, individual o colectivamente, sufran violaciones de sus derechos a la libertad de religión o de creencias, cometidas tanto por los Estados como por agentes no estatales, que causan discriminación, desigualdad y estigmatización; recuerda la necesidad de luchar contra la intolerancia y la discriminación basada en la religión o las creencias, con el fin de garantizar el respeto de otros derechos humanos interdependientes, como la libertad de expresión;

13.  Pide a la Unión que se esfuerce por garantizar una mayor protección de las minorías religiosas y étnicas contra la persecución y la violencia y por que se deroguen las leyes que tipifican la blasfemia o la apostasía, que sirven como pretexto para la persecución de las minorías religiosas y étnicas y de los no creyentes; pide que se apoye el trabajo del relator especial sobre la Libertad de Religión o de Creencias;

14.  Alienta encarecidamente a la Unión a que siga defendiendo el enfoque de tolerancia cero ante la pena de muerte, al tiempo que le insta a que contribuya a reforzar el apoyo interregional a la próxima resolución de la Asamblea General de la Naciones Unidas sobre una moratoria de la pena de muerte; celebra la decisión tomada en 2015 por Madagascar, Fiyi, Surinam y la República del Congo de abolir la pena de muerte para todos los delitos; lamenta que se hayan reanudado las ejecuciones en algunos países, entre ellos Baréin, Kuwait, Bielorrusia, Bangladés, India, Omán, Sudán del Sur, Indonesia y Chad; lamenta también las informaciones sobre el aumento de las sentencias de muerte dictadas, en particular, en China, Egipto, Irán, Nigeria, Pakistán y Arabia Saudí; recuerda a las autoridades de estos países que son Estados signatarios de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, que prohíbe taxativamente la aplicación de la pena de muerte por delitos cometidos por menores de 18 años;

15.  Insta a la Unión a hacerse oír y apoyar el trabajo de la Naciones Unidas contra la tortura y otros tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes y contra las ejecuciones en masa y otras ejecuciones —incluidas las ejecuciones por delitos relacionados con estupefacientes—, y pide al SEAE que intensifique, a todos los niveles de diálogo y en todos los foros, los esfuerzos de la Unión en la lucha contra las ejecuciones sumarias, la tortura y otras formas de malos tratos, en consonancia con las Directrices sobre la política de la Unión frente a terceros países en relación con la tortura y otros tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes; reclama la ratificación universal y la aplicación efectiva de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y de su Protocolo facultativo;

16.  Manifiesta su profunda preocupación por la persistencia de graves violaciones y vulneraciones de los derechos humanos en todo el mundo; apoya firmemente a la Corte Penal Internacional (CPI) como institución clave para que los autores de tales actos respondan de ellos y para ayudar a las víctimas a obtener justicia, sobre la base del principio de complementariedad, en los casos de genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra; pide a todas las partes que faciliten apoyo político, diplomático, financiero y logístico al funcionamiento diario de la CPI;

17.  Pide a la Unión que siga reforzando la labor de la CPI; aboga por que se instauren un diálogo y una cooperación sólidos entre la Corte, las Naciones Unidas y sus agencias y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; lamenta la decisión adoptada por algunos países africanos de retirarse de la CPI, y les insta a que reconsideren dicha decisión; pide a todos los Estados miembros de las Naciones Unidas que se adhieran a la Corte ratificando el Estatuto de Roma y fomenten la ratificación de las Enmiendas de Kampala;

18.  Condena con la máxima firmeza las graves violaciones de los derechos humanos que se están produciendo, especialmente las cometidas por el EIIL/Dáesh, y los ataques de Boko Haram contra niños, así como todos los ataques de otras organizaciones terroristas o paramilitares contra civiles, en particular mujeres y niños; denuncia la frecuencia y magnitud de los actos de destrucción del patrimonio cultural y pide que se respalden los esfuerzos emprendidos al respecto en varios foros de las Naciones Unidas;

19.  Pide a la Unión que trabaje activamente en pro de una iniciativa para que las Naciones Unidas reconozcan el genocidio de minorías étnicas y religiosas cometido por el llamado EIIL/Dáesh y para que se remitan a la CPI los casos de supuestos crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidio; aboga por que se instauren un diálogo y una cooperación sólidos entre la Corte, las Naciones Unidas y sus agencias y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas;

20.  Pide a la Unión que aliente a todos los Estados a que otorguen a los derechos humanos un papel central en sus políticas de desarrollo respectivas y apliquen la Declaración de las Naciones Unidas de 1986 sobre el derecho al desarrollo; celebra el reciente nombramiento por el CDH de un relator especial sobre el Derecho al Desarrollo, cuyo mandato incluye contribuir a la promoción, protección y observancia del derecho al desarrollo en el contexto de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y de otros acuerdos internacionales en materia de cooperación al desarrollo; destaca que garantizar los derechos humanos a todas las personas ha de ser un factor transversal en el cumplimiento de todos los objetivos y metas de la Agenda 2030;

21.  Pide a la Unión que siga promoviendo la igualdad entre mujeres y hombres y apoye activamente la labor de ONU Mujeres y las iniciativas de integración de la perspectiva de género en sus propios programas e iniciativas; pide que se sigan apoyando las medidas destinadas a reforzar la capacitación de las mujeres y las niñas y la erradicación de todas las formas de violencia y discriminación contra las mujeres y las niñas, incluida la violencia de género; pide encarecidamente a la Unión que procure impulsar interregionales dirigidas a promover, proteger y respetar los derechos de la mujer, así como a impulsar la aplicación plena y efectiva de la Plataforma de Acción de Pekín y el Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo, al tiempo que mantiene, en este mismo contexto, su compromiso con la defensa de los derechos sexuales y reproductivos;

22.  Recuerda el compromiso de la Unión de integrar los derechos humanos y los aspectos de género, en consonancia con las históricas Resoluciones 1325 (2000) y 1820 (2008) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la mujer, la paz y la seguridad; pide a la Unión que apoye a escala internacional el reconocimiento del valor añadido de la participación de las mujeres en la prevención y la resolución de conflictos, las operaciones de mantenimiento de la paz, la asistencia humanitaria, la reconstrucción posterior a los conflictos y una reconciliación duradera;

23.  Pide a la Unión que siga promoviendo los derechos de los niños, en particular contribuyendo a garantizarles el acceso al agua, el saneamiento, la asistencia sanitaria y la educación, también en las zonas en conflicto y en los campos de refugiados, y erradicando el trabajo infantil, el reclutamiento de niños soldado, la privación de libertad, la tortura, la trata de seres humanos, el matrimonio infantil, precoz y forzado, la explotación sexual, y prácticas perniciosas como la mutilación genital femenina; solicita la adopción de medidas destinadas a apoyar e intensificar los esfuerzos internacionales a través de las Naciones Unidas para poner fin a la utilización de niños en los conflictos armados, y a abordar más eficazmente el impacto de las situaciones de conflicto y de posconflicto en las mujeres y las niñas; pide a todos los países miembros de las Naciones Unidas que respeten sus obligaciones y compromisos en virtud de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño de 1989, con el fin de garantizar los derechos de todos los niños bajo su jurisdicción, independientemente de su estatuto jurídico y sin discriminación de ningún tipo;

24.  Pide a los Estados que promuevan los derechos de las personas con discapacidad, incluida su participación equitativa y su inclusión social; pide a todos los Estados que ratifiquen y apliquen la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad;

25.  Pide a la Unión que colabore con sus socios en lo tocante a la aplicación de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos, incluidas las medidas para alentar a otros Estados a adoptar planes de acción nacionales y a participar en las líneas de trabajo de los grupos de trabajo de las Naciones Unidas y la OACDH; reitera su llamamiento a todos los Estados y a la Unión para que colaboren activa y constructivamente con el fin de formular cuanto antes un instrumento jurídicamente vinculante que permita regular, en el Derecho internacional de los derechos humanos, las actividades de las sociedades transnacionales y otras empresas con el fin de prevenir las violaciones de los derechos humanos e investigar, ofrecer vías de recurso y garantizar el acceso a una reparación en caso de que se produzcan;

26.  Acoge favorablemente la Declaración de las Naciones Unidas de Nueva York sobre los refugiados y los migrantes, en la que se aborda el problema de los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes y que llevó a la adopción de un pacto mundial sobre un Marco de respuesta integral para los refugiados, así como el compromiso con los migrantes y refugiados con el fin de salvar vidas, atender a necesidades específicas, luchar contra el racismo y la xenofobia, luchar contra la trata de seres humanos, garantizar el reconocimiento y la protección en igualdad de condiciones ante la ley, y garantizar la inclusión en los planes nacionales de desarrollo; pide a todas las partes implicadas que garanticen su compromiso político, la financiación y actos concretos de solidaridad para apoyar la Declaración de Nueva York sobre los refugiados y los migrantes, y recuerda que la cuestión de la migración debe seguir examinándose a escala mundial y no solo a escala europea; pide a la Unión y a sus Estados miembros que lideren estas acciones internacionales y que garanticen, en consonancia con sus obligaciones en virtud del Derecho internacional, su compromiso de proteger los derechos humanos de solicitantes de asilo, refugiados, migrantes y todas las personas desplazadas, y especialmente las mujeres, los niños y los grupos vulnerables, incluidas las personas con discapacidad;

27.  Recuerda que el retorno de migrantes solo debería llevarse a cabo respetando plenamente sus derechos y solo si la protección de estos está garantizada en sus países respectivos; pide a los Gobiernos que pongan fin a la detención y la reclusión arbitrarias de migrantes, en particular de los menores; pide a todos los Estados que adopten medidas concretas en el interés superior de los niños refugiados y migrantes, basadas en la Convención sobre los Derechos del Niño, y que implanten medidas destinadas a reforzar los sistemas de protección de los niños, incluidas la formación de trabajadores sociales y otros gremios profesionales y la colaboración con organizaciones no gubernamentales; pide a todos los Estados que ratifiquen y apliquen la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migrantes y de sus Familiares;

28.  Subraya la importancia de promover la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos, incluidos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, de conformidad con el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea y las disposiciones generales relativas a la acción exterior de la Unión;

29.  Subraya la necesidad de adoptar un enfoque basado en los derechos y de integrar el respeto de los derechos humanos en todas las políticas de la Unión, incluidas las políticas comercial y de inversión, servicios públicos, cooperación al desarrollo y migratoria, así como en sus políticas comunes de seguridad y defensa;

30.  Recuerda que la coherencia interna y externa en el ámbito de los derechos humanos es esencial para la credibilidad de la política de la Unión en materia de derechos humanos en sus relaciones exteriores con terceros países, y pide a la Unión que cumpla sus compromisos a este respecto;

Bielorrusia

31.  Manifiesta su profunda preocupación por el mantenimiento de las restricciones a la libertad de expresión, de asociación y de reunión pacífica; condena el acoso a periodistas independientes y de la oposición y a activistas defensores de los derechos humanos, así como su detención; condena el hecho de que se siga aplicando la pena de muerte; solicita la renovación del mandato del relator especial de las Naciones Unidas sobre la Situación de los Derechos Humanos en Bielorrusia en el 35.º período de sesiones del Consejo, y pide al Gobierno que colabore plenamente con el relator especial y se comprometa a participar en las reformas, largo tiempo esperadas, para proteger los derechos humanos, también mediante la aplicación de las recomendaciones formuladas por el relator especial y otros mecanismos de derechos humanos;

Burundi

32.  Expresa su honda preocupación por el agravamiento de la situación política y de la seguridad en Burundi, así como por el número creciente de personas que huyen del país; condena la violencia registrada en Burundi desde 2015, que se ha manifestado en muertes, torturas y violencia contra las mujeres, incluidos violaciones colectivas y acosos; condena el encarcelamiento de miles de personas, el desplazamiento forzoso de cientos de miles de burundeses y las vulneraciones de la libertad de prensa y de expresión, así como la impunidad generalizada de tales actos; apoya la decisión del Consejo de la Unión Europea, después del fracaso de las negociaciones entabladas de conformidad con el artículo 96 del Acuerdo de Cotonú, de suspender la ayuda financiera directa a la administración de Burundi, en particular el apoyo presupuestario, manteniendo no obstante todas las ayudas de carácter financiero a la población, así como la ayuda humanitaria a través de canales directos; respalda sin ambages la creación de una comisión de investigación sobre Burundi encargada de hallar a los presuntos autores de las violaciones y conculcaciones de los derechos humanos en el país con el fin de garantizar la plena rendición de cuentas; pide a la Unión y a sus Estados miembros que apoyen una declaración conjunta sobre Burundi en la que se cuestione su pertenencia al CDH a menos que comience a cooperar plenamente con la Comisión de Investigación y con el Consejo y sus mecanismos, se implique activamente en los trabajos de la Comisión de Investigación, y afronte los graves problemas existentes en el ámbito de los derechos humanos;

República Popular Democrática de Corea (RPDC)

33.  Manifiesta su honda preocupación ante el persistente deterioro de la situación de los derechos humanos en la RPDC; pide al Gobierno de la RPDC que cumpla sus obligaciones derivadas de los instrumentos de derechos humanos de los que es parte y que garantice que las organizaciones humanitarias, los observadores independientes de los derechos humanos y el relator especial de las Naciones Unidas sobre la Situación de los Derechos Humanos en la RPDC tengan acceso al país y cuenten con la cooperación necesaria; pide a la RPDC que permita la libertad de expresión y la libertad de prensa a los medios de comunicación nacionales e internacionales, así como el acceso no censurado de sus ciudadanos a internet; condena enérgicamente el uso sistemático y a gran escala de la pena de muerte en la RPDC; pide al Gobierno de la RPDC que declare una moratoria de todas las ejecuciones, con miras a abolir la pena de muerte en un futuro próximo; exige que los máximos responsables de los crímenes contra la humanidad cometidos en la RPDC rindan cuentas de sus actos, sean llevados ante la CPI y se les impongan sanciones específicas; condena enérgicamente los ensayos nucleares, por tratarse de una provocación innecesaria y peligrosa, así como una violación de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y una grave amenaza para la paz y la estabilidad en la península de Corea y en la región de Asia nororiental; solicita la renovación del mandato del relator especial; pide que se presente el informe del grupo de expertos a la Asamblea General y al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; recomienda que se integren en la resolución las principales recomendaciones sobre responsabilidad mencionadas en el informe de los expertos, incluidos el refuerzo de la capacidad de la Oficina de Seúl con competencias en materia de instrucción y acción penal, así como el nombramiento de un experto en justicia penal para la determinación de la responsabilidad;

República Democrática del Congo (RDC)

34.  Condena las graves violaciones de los derechos humanos que están cometiendo con total impunidad las fuerzas de seguridad, y pide que los responsables rindan cuentas de sus actos; pide que se lleve a cabo una investigación exhaustiva de los brutales actos de violencia contra civiles cometidos en el Congo oriental, incluida la violación de mujeres y la esclavitud de niños; solicita una posible prórroga del mandato de la fuerza de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas en el Congo oriental; pide al Consejo que examine la posibilidad de ampliar las medidas restrictivas existentes, como sanciones específicas de la Unión, incluidas la prohibición de viajar y el embargo preventivo de bienes, contra los responsables de la violenta represión y de la obstrucción del proceso democrático en la RDC, en caso de que continúe la violencia, tal como establece el Acuerdo de Cotonú; insta a las autoridades de la RDC a que apliquen el acuerdo alcanzado en diciembre de 2016 y celebren elecciones antes de diciembre de este año con el apoyo de los agentes internacionales; pide al CDH que siga vigilando la RDC hasta que se hayan celebrado elecciones y haya tenido lugar una transición democrática; alienta a la Oficina del Alto Comisionado a que informe cuando proceda al Consejo sobre la situación en la RDC y a que adopte medidas más rigurosas caso de ser necesario;

Myanmar/Birmania

35.  Expresa su gran preocupación por las informaciones sobre enfrentamientos violentos en el norte del Estado de Rakáin, y lamenta la pérdida de vidas humanas, medios de subsistencia y cobijo, así como el uso desproporcionado de la fuerza por parte de las fuerzas armadas de Myanmar/Birmania; insta a las fuerzas militares y de seguridad a que pongan fin inmediatamente a los asesinatos, el acoso y las violaciones de que son víctimas los rohinyás y a la quema de sus hogares; insiste en que el Gobierno y las autoridades civiles de Myanmar/Birmania deben poner término de inmediato a la discriminación y segregación de la minoría rohinyá; pide que se salvaguarden los derechos de los rohinyás y que se garantice la seguridad, protección e igualdad de todos los ciudadanos de Myanmar/Birmania; acoge favorablemente la decisión del Gobierno de Myanmar/Birmania de convertir la paz y la reconciliación nacional en una prioridad clave; acoge con satisfacción el anuncio realizado por el Gobierno de Myanmar/Birmania sobre la constitución de una comisión de investigación sobre los recientes actos de violencia en el Estado de Rakáin; subraya la necesidad de procesar debidamente a los responsables y de ofrecer una compensación adecuada a las víctimas de violaciones; insta al Gobierno de Myanmar/Birmania a que prosiga el proceso de democratización y a que respete el Estado de Derecho, la libertad de expresión y los derechos humanos fundamentales; pide a la Unión y a los Estados miembros que apoyen la renovación del mandato de la relatora especial sobre Myanmar/Birmania;

 

Territorios Palestinos Ocupados

36.  Muestra su profunda preocupación por el persistente estancamiento del proceso de paz en Oriente Próximo, y pide que se reanuden sin demora unos esfuerzos de paz creíbles; lamenta las violaciones masivas del Derecho internacional humanitario y de los derechos humanos por la potencia ocupante en los Territorios Palestinos Ocupados; pide que se rindan cuentas por todas esas violaciones; destaca la necesidad de que la Unión y sus Estados miembros mantengan su compromiso con el apoyo a la rendición de cuentas por las violaciones y las conculcaciones detectadas por la Comisión de Investigación sobre Gaza; apoya los esfuerzos que se están haciendo de cara a la rendición de cuentas, incluida la investigación preliminar de la CPI en curso; recuerda la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos, y especialmente en sus relaciones con los Territorios Palestinos Ocupados; pide tanto a los israelíes como a los palestinos que eviten emprender acciones que puedan agravar aún más la situación, incluidos el discurso de odio y la incitación a este en lugares públicos que puedan afectar al resultado de las negociaciones y poner en peligro la viabilidad de la solución de dos Estados; hace hincapié en que solo se podrá encontrar una solución duradera al conflicto en un contexto regional y con la participación de todas las partes interesadas regionales pertinentes y el apoyo de la comunidad internacional;

Sudán del Sur

37.  Pide a todas las partes que se abstengan de cometer violaciones de los derechos humanos y del Derecho internacional humanitario, incluidas las que constituyen delitos internacionales, como las ejecuciones extrajudiciales, la violencia por motivos étnicos, la violencia sexual relacionada con el conflicto, incluida la violación, así como la violencia de género, el reclutamiento y la utilización de niños, las desapariciones forzosas y la detención y reclusión arbitraria; observa que el Gobierno de Sudán firmó el 16 de marzo de 2016 el acuerdo sobre la hoja de ruta y que posteriormente ha aclarado sus compromisos relativos a la inclusión de otras partes interesadas en el diálogo nacional y de seguir respetando las decisiones acordadas entre los signatarios de la oposición y el Mecanismo 7+7, el comité director del diálogo nacional; insiste en la necesidad de que todas las partes respeten su compromiso y pide un diálogo permanente orientado a alcanzar un alto el fuego definitivo; pide a la Unión y a sus Estados miembros que mantengan su compromiso de apoyar los esfuerzos de la Unión Africana para llevar la paz a Sudán del Sur y al pueblo sudanés en su transición hacia una democracia reformada internamente; pide a la Unión y a sus Estados miembros que renueven el mandato de la Comisión sobre los Derechos Humanos en Sudán del Sur y refuercen su cometido con el fin de investigar las violaciones de los derechos humanos y de hacer un balance de los casos de violencia sexual; aboga por que sus recomendaciones se incluyan en un informe que se transmita a la Asamblea General y al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas;

Siria

38.  Condena con la máxima firmeza las atrocidades y las violaciones generalizadas de los derechos humanos y del Derecho internacional humanitario cometidas por las fuerzas del régimen sirio con el respaldo de agentes de otros Estados, así como las conculcaciones de los derechos humanos y las violaciones del Derecho internacional humanitario, que equivalen a un genocidio, por parte de grupos terroristas armados no estatales, especialmente el EIIL/Dáesh, Yabhat Fatah al-Sham / Frente al-Nusra, y otros grupos yihadistas; insiste en la necesidad de seguir investigando el uso y la destrucción de las armas químicas por todas las partes en el conflicto de Siria, y lamenta la decisión de Rusia y China de bloquear una nueva resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre el uso de armas químicas; reitera su llamamiento en favor del pleno acceso humanitario sin trabas y para que los responsables de los crímenes de guerra y de lesa humanidad carguen con las consecuencias y rindan cuentas de ello; respalda la iniciativa de la Unión sobre la remisión de la situación en Siria a la CPI, y pide al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que tome medidas al respecto; apoya el mandato de la Comisión de Investigación para realizar una investigación especial sobre Alepo sobre la que se debería informar a más tardar en el 34.º período de sesiones del CDH de marzo, y pide que se presente el informe correspondiente a la Asamblea General y al Consejo de Seguridad;

Yemen

39.  Expresa su profunda preocupación por la catastrófica situación humanitaria en Yemen; reafirma su compromiso de continuar apoyando a Yemen y al pueblo yemení; condena los ataques contra civiles, que se ven atrapados en una situación intolerable entre unas facciones beligerantes que les dan instrucciones contradictorias, lo cual supone una violación del Derecho internacional humanitario y del Derecho internacional de los derechos humanos; subraya que el Derecho internacional de los derechos humanos y el Derecho internacional humanitario prohíben estrictamente el reclutamiento y la utilización de niños en los conflictos armados, y que, en el caso de los niños menores de quince años, este reclutamiento puede considerarse un crimen de guerra; pide a todas las partes que liberen inmediatamente a esos niños; insta a todas las partes a que rebajen las tensiones y decreten un alto el fuego inmediato y estable que lleve a una solución política, integradora y negociada del conflicto; apoya plenamente, en este mismo contexto, los esfuerzos del enviado especial de las Naciones Unidas para Yemen, Ismail Uld Cheij Ahmed, así como la aplicación de la Resolución 33/16 del CDH, en octubre de 2016, en la que se pide a las Naciones Unidas que colaboren con la comisión nacional independiente de investigación, y apoya todos los esfuerzos realizados por una investigación internacional independiente por poner fin al clima de impunidad en Yemen; pide a los Estados miembros de la Unión que apoyen la declaración conjunta formulada a iniciativa los Países Bajos en la que se expresa preocupación por las violaciones y conculcaciones cometidas en Yemen y se solicita una investigación profunda e imparcial de estas; aboga por que el alto comisionado recurra al formato de la información entre los períodos de sesiones con objeto de informar regularmente al CDH sobre los resultados de sus investigaciones;

o

o  o

40.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al representante especial de la Unión Europea para los Derechos Humanos, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, al secretario general de las Naciones Unidas, al presidente de la 71.ª Asamblea General de las Naciones Unidas, al presidente del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, al alto comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y al secretario general de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa.