PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre las prioridades de la Unión para los períodos de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 2017
13.3.2017 - (2017/2598(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento
Karol Karski, Charles Tannock, Anna Elżbieta Fotyga, Ryszard Antoni Legutko, Tomasz Piotr Poręba, Ryszard Czarnecki, Monica Macovei, Jana Žitňanská, Raffaele Fitto, Valdemar Tomaševski, Branislav Škripek en nombre del Grupo ECR
Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-0183/2017
B8-0188/2017
Resolución del Parlamento Europeo sobre las prioridades de la Unión para los períodos de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 2017
El Parlamento Europeo,
– Vista la Carta de las Naciones Unidas,
– Vistas la Declaración Universal de Derechos Humanos y las convenciones de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos, así como los protocolos facultativos de las mismas,
– Vista la Resolución 60/251 de la Asamblea General de las Naciones Unidas por la que se establece el Consejo de Derechos Humanos (CDH) de las Naciones Unidas,
– Vistos el Convenio Europeo de Derechos Humanos, la Carta Social Europea y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,
– Vistas sus anteriores Resoluciones sobre los períodos de sesiones del CDH,
– Vista su Recomendación destinada al Consejo, de 7 de julio de 2016, sobre el 71.º período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas[1],
– Vistas sus anteriores Resoluciones sobre casos de violaciones de los derechos humanos, incluidas sus Resoluciones de urgencia de 2016 sobre Etiopía, Corea del Norte, India, Crimea, Hong Kong, Kazajistán, Egipto, República Democrática del Congo, Pakistán, Honduras, Nigeria, Gambia, Yibuti, Camboya, Tayikistán, Vietnam, Malaui, Baréin, Myanmar/Birmania, Filipinas, Somalia, Zimbabue, Ruanda, Sudán, Tailandia, China, Brasil, Rusia, Tíbet, Irak, Indonesia, República Centroafricana, Burundi, Nicaragua, Kuwait y Guatemala,
– Vista su Resolución, de 14 de diciembre de 2016, sobre el Informe anual sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo y la política de la UE al respecto (2015)[2],
– Vistos el artículo 2, el artículo 3, apartado 5, y los artículos 18, 21, 27 y 47 del Tratado de la Unión Europea,
– Visto el Informe anual de 2015 del CDH a la Asamblea General de las Naciones Unidas,
– Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,
A. Considerando que el fomento y la protección del carácter universal de los derechos humanos forman parte del acervo ético y jurídico de la Unión Europea y constituyen una de las piedras angulares de la unidad e integridad europeas, y que el respeto de los derechos humanos debe integrarse en todos los ámbitos políticos de la Unión;
B. Considerando que la Unión está firmemente comprometida con los organismos de las Naciones Unidas en lo que se refiere a la promoción y la defensa de los derechos humanos;
C. Considerando que los períodos de sesiones ordinarios del CDH, la designación de relatores especiales, el mecanismo de examen periódico universal y los procedimientos especiales que abordan situaciones nacionales específicas o cuestiones temáticas contribuyen a la promoción y al respeto de los derechos humanos, la democracia y el Estado de Derecho;
Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas
1. Acoge con satisfacción el trabajo realizado por el alto comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Zeid Ra’ad Al Hussein, y por su Oficina (OACDH); celebra el papel desempeñado por la OACDH en el progreso de la cooperación entre los mecanismos de los derechos humanos internacionales y regionales y en la definición de los medios para reforzar el cometido de los «acuerdos regionales» relativos a las normas universales de los derechos humanos;
2. Considera que la eficacia y la credibilidad del CDH dependen del auténtico compromiso de sus miembros con la defensa de todas las personas en todos los países frente a cualquier violación de los derechos humanos, de conformidad con los convenios internacionales sobre derechos humanos que promueven la universalidad, la imparcialidad, la objetividad, la no selectividad, el diálogo constructivo y la cooperación;
3. Pide a los Estados que permitan el acceso de expertos independientes y relatores especiales del CDH o expertos de la OACDH para la investigación de supuestas violaciones de los derechos humanos y que se comprometan de forma constructiva para reparar la situación, cumplir sus compromisos con las convenciones en materia de derechos humanos y prestar su plena cooperación con los procedimientos especiales del CDH (incluido el examen periódico universal); alienta a todos los Estados a emprender acciones concretas para seguir las recomendaciones del examen periódico universal y superar las deficiencias mediante un mecanismo de ejecución y seguimiento que incluya el establecimiento de planes de acción y mecanismos de coordinación nacionales;
4. Reitera, asimismo, la importancia de garantizar la participación activa y coherente de los Estados miembros en los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, en particular la Tercera Comisión, la Asamblea General y el CDH, a fin de reforzar su credibilidad;
Prioridades temáticas
5. Destaca el importante papel desempeñado por las ONG de derechos humanos y los defensores de los derechos humanos en el fomento y la protección de estos; hace hincapié en la necesidad de proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales en todos sus ámbitos de expresión, y también en el contexto de las nuevas tecnologías; comparte la preocupación del CDH ante las noticias sobre amenazas y represalias contra miembros de organizaciones de la sociedad civil y ONG que han cooperado con el CDH en el proceso del examen periódico universal;
6. Condena todos los actos de violencia, acoso, intimidación o persecución dirigidos contra los defensores de los derechos humanos, los periodistas o los blogueros, ya sean en línea o no; pide a todos los Estados que fomenten y garanticen un entorno seguro y propicio en el que las ONG, la sociedad civil, los periodistas, los defensores de los derechos humanos y, en particular, los grupos vulnerables puedan trabajar de forma independiente y sin injerencia alguna; reitera su llamamiento para que los Estados que han adoptado legislación restrictiva en contra de las organizaciones independientes de defensa de los derechos humanos procedan a suprimirla;
7. Considera que los medios de comunicación libres, independientes e imparciales constituyen uno de los fundamentos esenciales de una sociedad democrática, en la que los debates abiertos desempeñan un papel decisivo; apoya la petición para el nombramiento de un representante especial del secretario general de las Naciones Unidas para la seguridad de los periodistas; pide que se planteen en todos los foros internacionales las cuestiones relativas a la libertad de expresión en línea, las libertades digitales y la importancia de una internet libre y abierta; solicita que se reduzca la brecha digital y que se facilite el acceso ilimitado a la información y a la comunicación, así como un acceso no censurado a internet;
8. Recuerda que el derecho a la libertad de asociación y de reunión sigue planteando un importante desafío; acoge con gran satisfacción el trabajo del relator especial sobre los Derechos a la Libertad de Reunión Pacífica y de Asociación, Maina Kiai; pide a todos los Estados que tengan debidamente en cuenta los informes;
9. Se opone a todo tipo de discriminación y persecución por motivos de raza, color, idioma, religión y creencias, orientación sexual, origen social, nacimiento, edad o discapacidad, o condición;
10. Manifiesta su preocupación por que muchas personas, individual o colectivamente, sufran violaciones de sus derechos a la libertad de religión o de creencias, cometidas tanto por los Estados como por agentes no estatales, que causan discriminación, desigualdad y estigmatización; recuerda la necesidad de luchar contra la intolerancia y la discriminación basada en la religión o las creencias, con el fin de garantizar el respeto de otros derechos humanos interdependientes, como la libertad de expresión;
11. Pide a la Unión que trabaje para garantizar una mayor protección de las minorías religiosas y étnicas contra la persecución y la violencia y para que se deroguen las leyes que tipifican la blasfemia y la apostasía, que sirven como pretexto para la persecución de las minorías religiosas y étnicas y de los no creyentes; hace hincapié en este sentido en que los cristianos siguen siendo el grupo religioso más perseguido del mundo, con más de 90 000 asesinados en 2016 por sus creencias religiosas, cuyas vidas fueron sesgadas en conflictos tribales o atentados terroristas, durante la destrucción deliberada de pueblos cristianos o en un contexto de persecución gubernamental; pide a las autoridades de la Unión que muestren un mayor compromiso con la defensa de los cristianos perseguidos, fruto de un patrimonio cultural común europeo;
12. Insta a los Estados miembros a que apoyen el trabajo de las Naciones Unidas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y contra las ejecuciones en masa y las ejecuciones por delitos relacionados con las drogas; pide que el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) intensifique, a todos los niveles y en todos los foros de diálogo, los esfuerzos de la Unión en la lucha contra las ejecuciones sumarias, la tortura y otras formas de malos tratos, en consonancia con las Directrices sobre la política de la UE frente a terceros países en relación con la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; reclama la ratificación universal y la aplicación efectiva de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y de su Protocolo facultativo;
13. Pide a los Estados miembros que sigan respaldando las actividades de la Corte Penal Internacional (CPI); aboga por que se instauren un diálogo y una cooperación sólidos entre la Corte, las Naciones Unidas y sus agencias, y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; lamenta la decisión adoptada por algunos países de retirarse de la CPI, al tiempo que les insta a que reconsideren dicha decisión; alienta a todos los Estados miembros de las Naciones Unidas a que se adhieran a la Corte ratificando el Estatuto de Roma y fomenten la ratificación de las Enmiendas de Kampala;
14. Condena con la máxima firmeza las graves violaciones de los derechos humanos que se están produciendo, especialmente las cometidas por el EIIL/Dáesh y los ataques de Boko Haram contra niños, así como el resto de ataques de organizaciones terroristas o paramilitares contra civiles, en particular mujeres y niños; denuncia la frecuencia y magnitud de los actos de destrucción del patrimonio cultural y pide que se respalden los esfuerzos emprendidos al respecto en varios foros de las Naciones Unidas;
15. Pide a la Unión y a los Estados miembros que trabajen activamente en favor de una iniciativa para que las Naciones Unidas reconozcan el genocidio de minorías étnicas y religiosas cometido por el llamado EIIL/Dáesh y para que se remitan a la CPI los casos de supuestos crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidio; aboga por que se instauren un diálogo y una cooperación sólidos entre la Corte, las Naciones Unidas y sus agencias, y el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas;
16. Insta a la Unión a que aliente a todos los Estados a otorgar a los derechos humanos un papel central en sus políticas de desarrollo respectivas y a aplicar la Declaración de las Naciones Unidas de 1986 sobre el derecho al desarrollo; celebra el reciente nombramiento por el CDH de un relator especial sobre el Derecho al Desarrollo, cuyo mandato incluye contribuir a la promoción, protección y observancia del derecho al desarrollo en el contexto de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y de otros acuerdos internacionales en materia de cooperación al desarrollo; destaca que garantizar los derechos humanos a todas las personas ha de ser un factor transversal en el cumplimiento de todos los objetivos y metas de la Agenda 2030;
17. Pide que se sigan apoyando las medidas destinadas a reforzar la capacitación de las mujeres y las niñas y la erradicación de todas las formas de violencia y discriminación contra las mujeres y las niñas, incluida la violencia de género; insta a los Estados miembros a que acometan iniciativas interregionales dirigidas a promover, proteger y respetar los derechos de la mujer;
18. Insta a la Unión a que siga promoviendo los derechos de los niños, en particular contribuyendo a garantizarles el acceso al agua, el saneamiento, la asistencia sanitaria y la educación, también en las zonas en conflicto y en los campos de refugiados, y erradicando el trabajo infantil, el reclutamiento de niños soldado, la privación de libertad, la tortura, la trata de seres humanos, el matrimonio infantil, precoz o forzado, la explotación sexual y prácticas perniciosas como la mutilación genital femenina; solicita la adopción de medidas destinadas a apoyar e intensificar los esfuerzos internacionales a través de las Naciones Unidas para poner fin a la utilización de niños en los conflictos armados, y a abordar de forma más eficaz las repercusiones de las situaciones de conflicto y posconflicto para las mujeres y las niñas; pide a todos los países miembros de las Naciones Unidas que respeten sus obligaciones y compromisos en virtud de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño de 1989, con el fin de garantizar los derechos de todos los niños bajo su jurisdicción independientemente de su estatuto jurídico y sin discriminación de ningún tipo;
19. Solicita a los Estados que promuevan los derechos de las personas con discapacidad, incluida su participación equitativa y su inclusión social; pide a todos los Estados que ratifiquen y apliquen la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad;
20. Pide a la Unión que colabore con sus socios en la aplicación de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre las Empresas y los Derechos Humanos, incluidas las medidas para alentar a otros Estados a adoptar planes de acción nacionales y participar en las líneas de trabajo de los grupos de trabajo de las Naciones Unidas y la OACDH; reitera su llamamiento a todos los Estados y a la Unión para que colaboren activa y constructivamente en este proceso con miras a acordar un instrumento jurídicamente vinculante que permita prevenir las violaciones de los derechos humanos, así como investigar las vías de recurso y garantizar el acceso a un resarcimiento cuando se produzcan;
21. Acoge favorablemente la Declaración de Nueva York para los Refugiados y los Migrantes, de las Naciones Unidas, en la que se aborda el problema de los grandes desplazamientos de refugiados y migrantes y que culminará con la aprobación de un pacto mundial sobre un marco de respuesta integral para los refugiados, así como el compromiso con los migrantes y refugiados al objeto de salvar vidas y luchar contra la trata de seres humanos; recuerda que la cuestión de la migración debe seguir examinándose a escala mundial y no solo a escala europea; insta a que se protejan los derechos humanos de los solicitantes de asilo, los refugiados y los migrantes, así como de todas las personas desplazadas, y especialmente los de las mujeres, los niños y los grupos vulnerables, incluidas las personas con discapacidad;
22. Pide a todos los Estados que adopten medidas concretas en el interés superior de los niños refugiados y migrantes, basadas en la Convención sobre los Derechos del Niño, y que implanten medidas destinadas a reforzar los sistemas de protección de los niños, incluidas la formación de trabajadores sociales y otros gremios profesionales, y la colaboración con organizaciones no gubernamentales;
Prioridades por países
Ucrania
23. Lamenta que la actual agresión rusa haya causado una situación humanitaria desesperada en la región de Donbas, al tiempo que se niega a las organizaciones humanitarias ucranianas e internacionales el acceso a las regiones ocupadas; expresa su profunda preocupación por las difíciles condiciones humanitarias a las que han de hacer frente más de 1,5 millones de desplazados internos; manifiesta su más profunda preocupación por la incesante violencia sexual relacionada con el conflicto, en particular la que se produce en la frontera y en Crimea; expresa, asimismo, su profunda preocupación por las violaciones de los derechos humanos en Crimea, ocupada por Rusia, en particular las sufridas por los tártaros de Crimea; subraya la necesidad de más asistencia financiera de la Unión a Ucrania; reitera su firme compromiso con la soberanía, la independencia, la unidad y la integridad territorial de Ucrania, con arreglo a sus fronteras reconocidas internacionalmente, así como con la opción libre y soberana de este país de avanzar por una senda europea; pide a todas las partes que procedan inmediatamente a la reintegración pacífica de la ocupada península de Crimea en el ordenamiento jurídico ucraniano mediante el diálogo político y dentro del pleno respeto del Derecho internacional; apoya la prolongación de las sanciones a Rusia hasta la plena aplicación del Acuerdo de Minsk y la devolución de Crimea; solicita al SEAE y al Consejo que aumenten la presión sobre la Federación de Rusia para que permita el acceso a Crimea de organizaciones internacionales con el objetivo de que supervisen la situación de los derechos humanos, habida cuenta de las graves violaciones de las libertades fundamentales y de los derechos humanos que se registran actualmente en la península, y de que establezcan mecanismos internacionales de supervisión permanentes y basados en convenciones; pide, por otra parte, la plena aplicación del Acuerdo de Minsk; recuerda que todas las partes en el conflicto están obligadas a adoptar todas las medidas posibles para proteger de los efectos de las hostilidades a la población civil bajo su control; apoya y alienta el diálogo interactivo que tendrá lugar en el 34.º período de sesiones del CDH;
Siria
24. Condena con la máxima firmeza las atrocidades y las violaciones generalizadas de los derechos humanos y del Derecho internacional humanitario cometidas por las fuerzas del régimen sirio con el respaldo de Rusia e Irán, así como la vulneración de los derechos humanos y las violaciones del Derecho internacional humanitario por parte de grupos terroristas armados no estatales, especialmente el EIIL/Dáesh —que ha cometido delitos considerados como genocidio—, Yabhat Fatah al-Sham / Frente al-Nusra y otros grupos yihadistas; insiste en la necesidad de seguir investigando el uso y la destrucción de las armas químicas por todas las partes en el conflicto de Siria, al tiempo que lamenta la decisión de Rusia y China de bloquear una nueva resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre el uso de armas químicas; reitera su llamamiento en favor del pleno acceso humanitario sin trabas y para que los responsables de los crímenes de guerra y de lesa humanidad carguen con las consecuencias y rindan cuentas de ello; respalda la iniciativa de la Unión sobre la remisión de la situación en Siria a la CPI, y pide al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que tome medidas al respecto; apoya el mandato de la Comisión de Investigación para realizar una investigación especial sobre Alepo de la que se debería dar cuenta y razón a más tardar en el 34.º período de sesiones del CDH de marzo, y pide que se presente el informe correspondiente a la Asamblea General y al Consejo de Seguridad;
Georgia
25. Reitera su preocupación por la situación de la libertad de expresión y de los medios de comunicación y por la falta de acceso a las regiones de Abjasia y Tsjinvali/Osetia del Sur, ambas bajo ocupación rusa, en las que las violaciones de los derechos humanos siguen siendo generalizadas; insta a que se refuercen los contactos interpersonales entre el territorio controlado por Tiflis y las dos regiones ocupadas; pide el pleno respeto de la soberanía y la integridad territorial de Georgia, así como la inviolabilidad de sus fronteras reconocidas internacionalmente; destaca la necesidad de que haya un retorno seguro y digno de los refugiados y desplazados internos a sus lugares de residencia permanente; pide al Gobierno de Georgia que adopte medidas adecuadas para garantizar el seguimiento y la aplicación de las recomendaciones del examen periódico universal;
República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte)
26. Manifiesta su honda preocupación ante el persistente deterioro de la situación de los derechos humanos en la República Popular Democrática de Corea (RPDC); pide al Gobierno de la RPDC que cumpla sus obligaciones derivadas de los instrumentos de derechos humanos de los que es parte y que garantice que las organizaciones humanitarias, los observadores independientes de los derechos humanos y el relator especial de las Naciones Unidas sobre la Situación de los Derechos Humanos en la RPDC tengan acceso al país y cuenten con la cooperación necesaria; solicita a la RPDC que permita la libertad de expresión y la libertad de prensa a los medios de comunicación nacionales e internacionales, así como el acceso no censurado de sus ciudadanos a internet; condena enérgicamente el uso sistemático y a gran escala de la pena de muerte en la RPDC; pide al Gobierno de la RPDC que declare una moratoria de todas las ejecuciones, con miras a abolir la pena de muerte en un futuro próximo; exige que los máximos responsables de los crímenes contra la humanidad cometidos en la RPDC rindan cuentas de sus actos y sean llevados ante la CPI, y que se les impongan sanciones específicas; condena enérgicamente los ensayos nucleares, por tratarse de una provocación innecesaria y peligrosa, así como una violación de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y una grave amenaza para la paz y la estabilidad en la península de Corea y en la región de Asia nororiental; pide la renovación del mandato del relator especial; solicita que se presente el informe del grupo de expertos a la Asamblea General y al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; recomienda que se integren en la resolución las principales recomendaciones sobre responsabilidad mencionadas en el informe de los expertos, entre las que se encuentran el refuerzo de la capacidad de la Oficina de Seúl con competencias en materia de instrucción y acción penal y el nombramiento de un experto en justicia penal para la determinación de la responsabilidad;
Myanmar/Birmania
27. Expresa su honda preocupación por las informaciones sobre enfrentamientos violentos en el norte del Estado de Rakáin, al tiempo que lamenta la pérdida de vidas humanas, medios de subsistencia y cobijo, así como el uso desproporcionado de la fuerza por parte de las fuerzas armadas de Myanmar/Birmania; insta a las fuerzas militares y de seguridad a que pongan fin inmediatamente a los asesinatos, el acoso y las violaciones de que son víctimas los rohinyás, así como a la quema de sus hogares; exige que el Gobierno y las autoridades civiles de Myanmar/Birmania pongan fin de inmediato a la discriminación y la segregación de la minoría rohinyá; pide que se salvaguarden los derechos de los rohinyás y se garantice la seguridad, la protección y la igualdad de todos los ciudadanos de Myanmar/Birmania; acoge favorablemente la decisión del Gobierno de Myanmar/Birmania de convertir la paz y reconciliación nacional en una prioridad esencial; celebra el anuncio por parte del Gobierno de Myanmar/Birmania de la constitución de una comisión de investigación sobre los recientes actos de violencia en el Estado de Rakáin; subraya la necesidad de procesar debidamente a los responsables y ofrecer un resarcimiento adecuado a las víctimas de violaciones; insta al Gobierno de Myanmar/Birmania a que prosiga el proceso de democratización y a que respete el Estado de Derecho, la libertad de expresión y los derechos humanos fundamentales; pide a la Unión y a los Estados miembros que apoyen la renovación del mandato de la relatora especial sobre Myanmar/Birmania;
o
o o
28. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al representante especial de la Unión Europea para los Derechos Humanos, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, al secretario general de las Naciones Unidas, al presidente de la 71.ª Asamblea General de las Naciones Unidas, al presidente del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, al alto comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y al secretario general de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa.
- [1] Textos Aprobados, P8_TA(2016)0317.
- [2] Textos Aprobados, P8_TA(2016)0502.