Propuesta de resolución - B8-0341/2017Propuesta de resolución
B8-0341/2017

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la Estrategia de la UE para Siria

15.5.2017 - (2017/2654(RSP))

tras una declaración de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento

Barbara Lochbihler, Bodil Valero, Ernest Urtasun, Florent Marcellesi, Jordi Solé, Tamás Meszerics, Claude Turmes en nombre del Grupo Verts/ALE

Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-0331/2017

Procedimiento : 2017/2654(RSP)
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B8-0341/2017
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B8‑0341/2017

Resolución del Parlamento Europeo sobre la Estrategia de la UE para Siria

(2017/2654(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Siria,

–  Vistos los Convenios sobre derechos humanos de las Naciones Unidas, de los que Siria es Estado parte,

–  Vistos los Convenios de Ginebra de 1949 y sus protocolos adicionales,

–  Visto el Comunicado de Ginebra de 2012,

–  Vistas las Resoluciones sobre Siria del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo sobre Siria, y en particular las de 3 de abril de 2017, en las que se adoptó la Estrategia de la UE para Siria, que incluye la Comunicación conjunta de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante (VP/AR) de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y de la Comisión, de 14 de abril de 2017, titulada «Elementos para una Estrategia de la UE para Siria»,

–  Vistas las declaraciones de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad sobre Siria,

–  Vista la declaración de los copresidentes de la conferencia celebrada en Bruselas los días 4 y 5 de abril de 2017 bajo el título «Apoyar el futuro de Siria y su región»,

–  Vistos los informes de la Comisión Internacional Independiente de Investigación sobre la República Árabe Siria, establecida por el Consejo de Derechos Humanos (CDH) de las Naciones Unidas, y las Resoluciones del CDH de las Naciones Unidas sobre la República Árabe Siria,

–  Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,

A.  Considerando que la guerra de Siria ha desencadenado una de las peores crisis humanitarias a las que el mundo ha tenido que enfrentarse desde la Segunda Guerra Mundial, que sigue teniendo consecuencias devastadoras para la población siria; que el conflicto, apoyado y exacerbado por agentes exteriores, ejerce un impacto cada vez más desestabilizador en toda la región;

B.  Considerando que más de 400 000 personas, en su mayoría población civil, han perdido la vida desde el inicio del conflicto sirio en 2011; que 13,5 millones de personas, es decir, casi tres cuartos de la población restante, necesitan asistencia humanitaria inmediata, entre ellas más de seis millones de desplazados y más de cinco millones de personas que se encuentran en zonas sitiadas y de difícil acceso; que más de cinco millones de sirios han tenido que solicitar refugio en el extranjero;

C.  Considerando que, con arreglo al Derecho internacional, las facciones beligerantes están obligadas a adoptar medidas adecuadas para proteger a la población civil y las infraestructuras civiles; que todas las partes involucradas en el conflicto, y en particular el régimen sirio y sus aliados, han cometido violaciones masivas y recurrentes de los derechos humanos y del Derecho internacional humanitario; que la Comisión de Investigación de las Naciones Unidas, el secretario general de las Naciones Unidas y el alto comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos sostienen que en Siria se han cometido crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad;

D.  Considerando que, entre las violaciones cometidas durante el conflicto sirio, se cuentan ejecuciones extrajudiciales, torturas, malos tratos, desapariciones forzadas, detenciones masivas y arbitrarias, ataques tanto selectivos como indiscriminados contra la población civil, castigos colectivos, ataques a personal médico y denegación de comida y agua; que, según se informa, el régimen de Al-Asad es responsable de que en sus centros de internamiento se hayan cometido ahorcamientos, actos de tortura y ejecuciones extrajudiciales a gran escala; que estos crímenes permanecen todavía impunes; que el uso de la inanición de la población civil mediante el asedio de zonas pobladas, empleado como táctica de guerra por el régimen de Al-Asad y los grupos armados de oposición, constituye una clara violación del Derecho internacional humanitario;

E.  Considerando que el riesgo de escalada regional sigue siendo elevado con continuas injerencias de una serie de agentes regionales, incluida Turquía, que recientemente lanzó un nuevo conjunto de ataques aéreos contra los combatientes kurdos;

F.  Considerando que ciertas informaciones indican que las fuerzas de Al-Asad han usado agentes químicos para hacer daño y matar a civiles; que el último caso de uso de armas de destrucción masiva contra la población civil tuvo lugar el 4 de abril de 2017 en Jan Shaijún, provincia de Idlib, donde murieron al menos setenta civiles, muchos de ellos niños, y cientos más resultaron heridos; que, el 12 de abril de 2017, Rusia vetó una resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que habría condenado el supuesto uso de armas químicas prohibidas en Siria y habría pedido al Gobierno sirio que cooperase con una investigación del incidente;

G.  Considerando que la justicia, el Estado de Derecho y la lucha contra la impunidad constituyen elementos esenciales para el sostenimiento de la paz y los esfuerzos de resolución de conflictos;

H.  Considerando que, el 4 de mayo de 2017, Rusia, Irán y Turquía alcanzaron un acuerdo en Astana (Kazajistán) para establecer cuatro zonas de distensión; que los tres países firmantes deben actuar como garantes de la tregua prorrogable de seis meses, también mediante la presencia de observadores armados sobre el terreno; que en este acuerdo se pide que los aviones del régimen de Al-Asad dejen de sobrevolar dichas zonas, así como el libre acceso de la ayuda humanitaria a las zonas controladas por los rebeldes; que esta semana se inicia en Ginebra una nueva ronda de conversaciones auspiciada por las Naciones Unidas y está prevista otra ronda de conversaciones auspiciada por Rusia para mediados de julio en Kazajistán;

I.  Considerando que, el 3 de abril de 2017, el Consejo adoptó la Estrategia de la UE para Siria, que incluye la Comunicación conjunta de la VP/AR y de la Comisión titulada «Elementos para una Estrategia de la UE para Siria» y las correspondientes Conclusiones del Consejo; que dicha Estrategia se centra en seis ámbitos principales, a saber: poner fin a la guerra con una auténtica transición política, promover una transición significativa e integradora en Siria, atender a las necesidades humanitarias de los sirios más vulnerables, promover la democracia y los derechos humanos, promover la rendición de cuentas por crímenes de guerra y reforzar la capacidad de recuperación de la población y la sociedad sirias;

J.  Considerando que, el 5 de abril de 2017, la Unión Europea copresidió una conferencia sobre el apoyo al futuro de Siria y su región, que reunió a representantes de más de setenta países, así como de organizaciones internacionales y de la sociedad civil siria e internacional; que en esta conferencia se acordó un enfoque integral a la crisis siria;

K.  Considerando que la Unión es el primer donante de ayuda humanitaria a Siria y a los países vecinos, con más de 9 000 millones de euros asignados desde el principio de la crisis;

1.  Lamenta la falta de avances hacia una solución política al conflicto sirio tras seis años de terrible violencia y sufrimiento humano; recuerda que una solución militar del conflicto no es viable ni sostenible y pide el cese inmediato de las hostilidades, la suspensión de todos los asedios, el acceso pleno y libre en todo el país de la ayuda humanitaria y la protección de los trabajadores humanitarios por todas las partes;

2.  Observa con alivio la remisión apreciable de los combates en grandes partes del país desde el cese de las hostilidades negociado por Rusia y Turquía en diciembre de 2016; celebra con un optimismo prudente el reciente acuerdo alcanzado en Astana sobre el establecimiento de zonas de distensión; pide a los tres garantes de Astana que velen por que se respete el alto el fuego; pide un mandato de las Naciones Unidas amparado en el Capítulo VII de su Carta, que debería activar el despliegue de una misión muy sólida de los cascos azules de las Naciones Unidas para supervisar la situación en las denominadas zonas de distensión y en las áreas colindantes;

3.  Espera que las iniciativas diplomáticas lideradas por Rusia sirvan para intensificar los esfuerzos internacionales para alcanzar una solución política; reitera, en este contexto, la primacía constante del proceso de Ginebra auspiciado por las Naciones Unidas y respalda los esfuerzos realizados por el representante especial de las Naciones Unidas, Staffan de Mistura, para lograr una auténtica transición política de conformidad con la Resolución 2254 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, negociada por todas las partes del conflicto y apoyada por los principales agentes internacionales y regionales; hace hincapié en la importancia de incluir a todas las minorías étnicas y religiosas en las conversaciones sobre el futuro y la estructura de gobernanza de Siria;

4.  Condena de nuevo y en los términos más enérgicos las atrocidades y las violaciones generalizadas de los derechos humanos y del Derecho internacional humanitario cometidas por el régimen de Al-Asad con el apoyo de sus aliados, así como por grupos armados no estatales, en particular el EIIL/Dáesh y Yabhat Fatah al-Sham;

5.  Condena el terrible ataque químico perpetrado en Jan Shaijún, al sur de Idlib, el 4 de abril de 2017, que es el más reciente de varios ataques químicos lanzados durante el conflicto sirio; acoge con satisfacción la investigación que lleva a cabo la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) e insiste en la necesidad de exigir responsabilidades a los autores;

6.  Celebra la adopción de la Estrategia de la UE para Siria, que ofrece una base sólida y exhaustiva para reforzar la acción de la Unión durante el conflicto y en las fases posteriores a este;

7.  Destaca, no obstante, que la Estrategia de la UE para Siria no ha de ser óbice para que la Unión aplique un enfoque pragmático y flexible, a corto y medio plazo, que le permita mantener su papel diplomático y su influencia a fin de contribuir al resultado final de las negociaciones políticas;

8.  Respalda plenamente la labor de acercamiento de la VP/AR a agentes regionales y locales implicados en el conflicto, así como los intentos por hallar una base común para la paz, a fin de iniciar las conversaciones sobre el futuro de Siria;

9.  Celebra que, en el contexto de la Estrategia de la UE para Siria, se haya hecho hincapié en el refuerzo de la capacidad de recuperación de la población y la sociedad sirias; pide a la VP/AR y a los Estados miembros que redoblen sus esfuerzos para desarrollar las capacidades de la población y la sociedad civil de Siria, entre otras vías con y mediante actores que promuevan los derechos humanos, la igualdad (incluida la igualdad de género y los derechos de las minorías), la democracia y la capacitación, tanto en los territorios liberados de Siria, en la medida de lo posible, como entre los refugiados sirios exiliados en la región o en Europa; destaca que dicho desarrollo de las capacidades debería ayudar a los sirios a dirigir la transición (en ámbitos tales como la regulación de los medios de comunicación, la descentralización, la administración de los municipios y la redacción constitucional), prestando la debida atención a las necesidades y al papel de las mujeres;

10.  Acoge con satisfacción las conclusiones de la conferencia celebrada en Bruselas los días 4 y 5 de abril de 2017 bajo el título «Apoyar el futuro de Siria y su región»; destaca que las necesidades humanitarias seguirán siendo críticas durante años e insta a la Unión y a sus Estados miembros a que se comprometan a cubrir las necesidades humanitarias y de reconstrucción de Siria a largo plazo;

11.  Se felicita por el compromiso adquirido por la Unión en relación con la ayuda humanitaria prestada actualmente a los países vecinos de Siria, que acogen a millones de refugiados; pide, no obstante, a los Estados miembros que demuestren un compromiso mucho más firme con el reparto de responsabilidades, permitiendo que los refugiados que huyen de las zonas en guerra de Siria encuentren protección fuera de la región inmediatamente vecina mediante el reasentamiento, los programas de admisión humanitaria, la simplificación de la reunificación familiar o la flexibilización de las normativas sobre visados;

12.  Celebra la promoción de la rendición de cuentas por crímenes de guerra como prioridad de la Estrategia de la UE para Siria; insiste, sin embargo, en que se intensifique la actuación en este ámbito, también mediante la adopción de una política común de la Unión sobre una estrategia coordinada de exigencia de responsabilidades en los casos de crímenes de guerra cometidos en Siria, y pide a la VP/AR que adopte un planteamiento proactivo en este sentido;

13.  Reitera su petición a la Unión y a sus Estados miembros de que, en estrecha coordinación con países que comparten la misma visión, estudien la posibilidad de crear un tribunal para juzgar los crímenes de guerra de Siria, en tanto se logra la remisión del caso a la Corte Penal Internacional; insta a los Estados miembros a que adopten todas las medidas necesarias para exigir responsabilidades a los presuntos autores, en especial mediante la aplicación del principio de jurisdicción universal y la investigación y procesamiento de los ciudadanos de la Unión responsables de crímenes atroces en Siria;

14.  Pide a los Estados miembros y a sus aliados, en particular los Estados Unidos, que garanticen la transparencia, la rendición de cuentas y el pleno cumplimiento del Derecho internacional humanitario y los derechos humanos en el marco de su participación en los esfuerzos de la coalición internacional, así como en su cooperación militar con cualquiera de las partes en el conflicto;

15.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al secretario general de las Naciones Unidas, al representante especial conjunto de las Naciones Unidas y la Liga de los Estados Árabes para Siria, a los miembros del Grupo Internacional de Apoyo a Siria y a todas las partes implicadas en el conflicto de Siria.