PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la situación en la República Democrática del Congo
7.6.2017 - (2017/2703(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento
Hilde Vautmans, Ilhan Kyuchyuk, Javier Nart, Marietje Schaake, Jasenko Selimovic, Ivo Vajgl en nombre del Grupo ALDE
Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-0397/2017
B8‑0398/2017
Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación en la República Democrática del Congo
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus anteriores resoluciones sobre la República Democrática del Congo (RDC),
– Vistas las declaraciones de la Delegación de la Unión en la República Democrática del Congo sobre la situación de los derechos humanos en el país,
– Vistos los acuerdos políticos alcanzados en la DRC el 18 de octubre de 2016 y el 31 de diciembre de 2016,
– Vistas las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la RDC, en particular la Resolución 2293 (2016) sobre la renovación del régimen de sanciones a la RDC y el mandato del Grupo de Expertos y la Resolución 2277 (2016) sobre la renovación del mandato de la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas en la RDC (MONUSCO),
– Vistas las declaraciones a la prensa del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de 15 de julio de 2016, de 21 de septiembre de 2016 y de 24 de febrero de 2017, sobre la situación en la RDC, y la declaración de prensa de 29 de marzo de 2017, sobre el asesinato de dos miembros del Grupo de Expertos sobre la DRC,
– Vistas las conclusiones del Consejo de la Unión Europea, de 6 de marzo de 2017, sobre la República Democrática del Congo,
– Visto el Informe anual de la Unión sobre los derechos humanos y la democracia en el mundo en 2015, adoptado por el Consejo de la Unión Europea el 20 de junio de 2016,
– Vista la declaración conjunta, de 16 de febrero de 2017, de la Unión Africana, las Naciones Unidas, la Unión Europea y la Organización Internacional de la Francofonía, sobre la República Democrática del Congo,
– Vista la declaración conjunta de los copresidentes de la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE de 27 de enero de 2017,
– Vista la Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos, de junio de 1981,
– Vista la Carta Africana de la Democracia, las Elecciones y la Gobernanza,
– Vista la Declaración de la Unión Africana sobre los principios que rigen las elecciones democráticas en África (2002),
– Vista la Carta Internacional de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,
– Visto el Acuerdo de Cotonú,
– Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento,
A. Considerando que la República Democrática del Congo ha sido escenario de mucho derramamiento de sangre y de una brutal represión política en el periodo previo al 19 de diciembre de 2016, fecha que marcó el final del límite constitucional de dos mandatos del presidente Joseph Kabila;
B. Considerando que el 31 de diciembre de 2016 se alcanzó un acuerdo entre el gobierno y la oposición, con la mediación de la iglesia, sobre una transición política pacífica; que el acuerdo preveía que la transición política concluyera con la celebración de elecciones presidenciales a finales de 2017 organizadas por un gobierno de transición; que el acuerdo puso las bases para un Consejo Nacional de Transición encargado de la aplicación del acuerdo;
C. Considerando que la muerte el 1 de febrero de 2017 del líder de la oposición Etienne Tshisekedi, que tenía que haber dirigido el Consejo Nacional de Transición, provocó una disputa entre los líderes de la oposición y una querella con el gobierno por la cuestión de quién debía suceder al Sr. Tshisekedi como líder de la coalición opositora conocida como «Rassemblement»; que el cuerpo del Sr. Tshisekedi sigue en una morgue de Bruselas debido a la larga disputa que mantienen su familia, su partido y las autoridades congoleñas sobre dónde debe ser enterrado;
D. Considerando que los avances en la aplicación del acuerdo se han estancado mientras se multiplican las pequeñas disputas; que, en esta situación y dada la falta de una voluntad política sincera de alcanzar un acuerdo, los obispos católicos que intentaban encontrar un acuerdo de reparto del poder entre el gobierno y la oposición dieron por finalizada su misión el 27 de marzo de 2017; que el presidente Joseph Kabila aprovechó la ocasión para jugar un juego favorable a sí mismo, restructurando su gobierno el 16 de abril de 2017 de un modo que podría considerarse como un intento de apaciguar a la oposición;
E. Considerando que, en virtud del acuerdo de 31 de diciembre de 2016, el presidente Joseph Kabila debía seguir en funciones hasta la celebración de las elecciones previstas para finales de 2017; que, antes de las elecciones, era necesario actualizar y verificar el censo electoral; que un equipo de siete expertos designados por la Organización Internacional de la Francofonía (OIF), a petición de la Mesa Electoral Congoleña, ha llevado a cabo una misión para evaluar el registro de electores en Kinshasa, Goma y otros cinco distritos electorales en el Congo central; que el equipo de la OIF afirmó que el proceso de registro empezó bien, pero que existe una necesidad urgente de ampliarlo de modo que cubra todo el territorio congoleño, a pesar de los desafíos en materia de seguridad, y de publicar un calendario electoral;
F. Considerando que el estancamiento político ha contribuido al ya creciente malestar que reina en todo el país, con conflictos violentos en las provincias de Ituri, Kivu del Norte y Kivu del Sur; que se han notificado nuevos enfrentamientos en Tanganika, en la frontera con Sudán del Sur y en el Congo central; que todas las partes implicadas en este prolongado conflicto utilizan las violaciones y otras formas de violencia sexual como armas de guerra, en particular en la provincia oriental de Kivu;
G. Considerando que los enfrentamientos entre la milicia y las fuerzas gubernamentales se han cobrado centenares de muertes en la región de Kasai desde agosto de 2016, en una crisis que ha alcanzado niveles muy preocupantes a raíz del asesinato del jefe tradicional Kamwina Nsapu; que, según las Naciones Unidas, la violencia mortal en Kasai ha forzado a más de un millón de personas a abandonar sus hogares en los últimos ocho meses, poniendo a 400 000 menores en peligro de morir de hambre, y que 400 personas han muerto desde septiembre de 2016; que las Naciones Unidas han documentado 40 fosas comunes en Kasai desde agosto de 2016; que 165 organizaciones congoleñas de la sociedad civil y de derechos humanos han pedido que se lleve a cabo una investigación internacional independiente de las violaciones masivas de los derechos humanos en las provincias de Kasai y Lomami, afirmando que tanto las fuerzas gubernamentales como los milicianos están implicados en esos delitos;
H. Considerando que dos expertos de las Naciones Unidas que investigaban las violaciones, las masacres y la explotación de recursos naturales, Zaida Catalán y Michael Sharp, fueron abatidos en marzo de 2017 por un grupo de hombres en la agitada región de Kasai; que el 21 de mayo de 2017 las autoridades congoleñas afirmaron haber concluido las investigaciones sobre la muerte de los dos expertos y que dos sospechosos en el caso pronto serían juzgados; que se convocó una reunión el 23 de mayo de 2017 para poner al día al Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas acerca de las investigaciones sobre las muertes; que la Sra. Catalán ha dejado más de 100 expedientes en una carpeta de su ordenador, entre los que hay documentos que contienen pruebas de la posible implicación de al menos un funcionario del gobierno en la violencia miliciana;
I. Considerando que, el 12 de diciembre de 2016, la Unión Europea adoptó sanciones imponiendo la prohibición de viajar y la congelación de bienes contra siete ciudadanos congoleños, y que el 29 de mayo de 2017 amplió esas sanciones contra otros nueve altos funcionarios de seguridad, con vistas a hacer frente al deterioro en el país;
J. Considerando que, según el informe mundial del Observatorio sobre el Desplazamiento Interno, citado por el Consejo Noruego para los Refugiados el 22 de mayo de 2017, la RDC cuenta, a escala mundial, con el mayor número de refugiados internos que huyen de los conflictos, con más de 922 000 obligadas a abandonar sus hogares en 2016; que existen 2,2 millones de desplazados internos y más de 550 000 han huido del país, y que se estima que 7,3 millones de personas necesitan ayuda humanitaria;
K. Considerando que, el 30 de mayo de 2017, UNICEF informó de que más de 9 000 menores acogidos en dos centros de acogida temporal en Dundo (una ciudad del norte de Angola), después de haber huido de la RDC, necesitan ayuda urgente, y añadía que, hasta la fecha, más de 25 000 refugiados habían llegado a Angola huyendo de la violencia en las provincias de Kasai de la RDC; que el suministro de alimento a ciudades como Kananga, Tshikapa, Luebo, Mbuji Mayi, Muene, Ditu y Luiza se ha vuelto particularmente difícil, y que la población está muriendo de hambre y el orden social perturbado;
L. Considerando que, además de la inestabilidad política, la economía congoleña se está recuperando de una rápida depreciación de la moneda y de una baja reserva de divisas debido a los bajos precios de los minerales, con una inflación que se ha disparado de menos del 2 % en 2015 a más del 25 % en 2016; que la RDC se encuentra en el percentil más bajo de los países menos desarrollados del mundo y se sitúa en el puesto 176 de los 188 países que figuran en el índice de desarrollo humano de las Naciones Unidas, según el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD);
1. Condena con la mayor severidad el asesinato del jefe Kamwina Nsapu, líder iniciador del levantamiento popular en el Gran Kasai; toma nota de la liberación de los restos mortales de Kamwina Nsapu, lo que permitirá que sea enterrado como el jefe tradicional que era de acuerdo con los ritos y las costumbres ancestrales; pide que el Gobierno de la RDC permita la repatriación del cuerpo de Etienne Tshisekedi de modo que pueda ser enterrado en su país natal;
2. Manifiesta su gran preocupación por las fosas comunes descubiertas en la región del Gran Kasai y por el recrudecimiento de la violencia en zonas del norte y del este de la RDC; condena con firmeza todos los actos de violencia y las violaciones de derechos humanos en el país, independientemente de la identidad de los autores; pide a las autoridades congoleñas, a la luz de la implicación de fuerzas gubernamentales en esos actos, que faciliten sin demora el inicio de una investigación internacional independiente; subraya que la violencia sexual no cesará mientras los responsables, incluidos los líderes con responsabilidad de mando, no sean llevados ante la justicia;
3. Reitera su firme apoyo al acuerdo político del 31 de diciembre de 2016 y su petición de unas elecciones pacíficas, creíbles, libres, justas e inclusivas en diciembre de 2017, que conduzcan a una transición democrática del poder; pide a los partidos congoleños que vuelvan a asumir una actitud más positiva y fructífera, y que mantengan la buena voluntad política que conduzca a la firma del acuerdo, evitando así una mayor inseguridad en la RDC;
4. Exige que el Gobierno de la RDC aplique plenamente las medidas para generar confianza; recuerda que las preocupaciones relativas a la seguridad no deben retrasar la preparación activa y de buena fe de las elecciones, ya que ofrecen la única y la mejor manera de garantizar una paz y una seguridad duraderas en la RDC;
5. Reitera su compromiso de apoyar la aplicación del acuerdo, en estrecha cooperación con la Unión Africana y los mecanismos regionales, así como su determinación de continuar siguiendo de cerca la situación en la RDC, en particular por lo que respecta a los derechos humanos, a las condiciones de seguridad sobre el terreno y a los esfuerzos por concluir con éxito un proceso electoral creíble;
6. Pide la adopción de más medidas urgentes para fijar el calendario electoral y proporcionar un presupuesto realista y consensuado de modo que las elecciones puedan celebrarse antes de finales de 2017; destaca, a este respecto, la responsabilidad de la Comisión Electoral Nacional Independiente (CENI) y el importante papel que tendrá que desempeñar en la realización de un proceso electoral democrático y fiable;
7. Manifiesta su enorme preocupación por las graves violaciones del Derecho internacional humanitario cometidas por la milicia local, incluidos el reclutamiento y la utilización ilegales de niños soldados, así como el asesinato de civiles por miembros de las fuerzas de seguridad de la RDC, violaciones todas que pueden constituir crímenes de guerra en virtud del Derecho internacional;
8. Condena con la máxima firmeza el asesinato de dos expertos de las Naciones Unidas que trabajaban para promover de la paz y la seguridad en el país; transmite su más sentido pésame a sus familias; insta a que se arroje luz sobre este grave crimen, y pide a las autoridades congoleñas que cooperen estrechamente con las Naciones Unidas en las investigaciones subsiguientes; manifiesta su pleno apoyo al Grupo de Expertos de las Naciones Unidas, cuyos miembros están llevando a cabo una labor esencial en la RDC;
9. Se felicita de las sanciones adoptadas por la Unión Europea el 12 de diciembre de 2016 contra siete ciudadanos congoleños, y el 29 de mayo de 2017 contra otros nueve funcionarios congoleños, imponiéndoles la prohibición de viajar y la congelación de sus bienes; celebra la decisión de los Estados Unidos de colocar al General François Olenga, jefe del mando militar del presidente Kabila, en una lista de «nacionales especialmente designados», de proceder a la congelación de todos los bienes que posea en los Estados Unidos y de prohibir a los ciudadanos de los Estados Unidos efectuar transacciones financieras con él; pide que se lleven a cabo más investigaciones de las personas responsables y que se amplíen las sanciones, al más alto nivel del gobierno, por la violencia y los crímenes cometidos en la RDC, así como por el saqueo de sus recursos naturales, de conformidad con las investigaciones realizadas por el grupo de Expertos de las Naciones Unidas; subraya que las sanciones han de incluir la congelación de bienes y la prohibición de entrar en la Unión Europea;
10. Reitera su pleno apoyo a la MONUSCO y al representante especial del secretario general de la República Democrática del Congo; lamenta la pasividad de los 17 000 efectivos de las fuerzas de la MONUSCO, la misión más importante de la Naciones Unidas en términos de fuerzas y de presupuesto, y que –a excepción de los 3 000 efectivos de la Brigada de Intervención– no ofrece una protección eficaz a la población; celebra la Resolución 2348(2017) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas por la que se prorroga el mandato de la MONUSCO hasta el 31 de marzo de 2018; subraya que el mandato original y actual, aplicable a todas las tropas de las Naciones Unidas en el país es «neutralizar a los grupos armados»; exige la intervención de las fuerzas de la MONUSCO en su totalidad para proteger a la población contra los grupos armados, y proteger a las mujeres contra las violaciones y otros actos de violencia sexual, y que no permitan ninguna restricción basada en mandos nacionales;
11. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a la Unión Africana, al presidente, al primer ministro y al Parlamento de la República Democrática del Congo, al secretario general de las Naciones Unidas, al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y a la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE.