Propuesta de resolución - B8-0589/2017Propuesta de resolución
B8-0589/2017

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre un plan de acción en pro de la naturaleza, las personas y la economía

8.11.2017 - (2017/2819(RSP))

tras la pregunta con solicitud de respuesta oral B8-‑0000/2017
presentada de conformidad con el artículo 128, apartado 5, del Reglamento interno

Herbert Dorfmann, Karin Kadenbach, Mark Demesmaeker, Gerben-Jan Gerbrandy, Lynn Boylan, Benedek Jávor, Mireille D’Ornano en nombre de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria


Procedimiento : 2017/2819(RSP)
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B8-0589/2017
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B8-0589/2017
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B8‑0589/2017

Resolución del Parlamento Europeo sobre un plan de acción en pro de la naturaleza, las personas y la economía

(2017/2819(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Un plan de acción en pro de la naturaleza, las personas y la economía» (COM(2017)0198),

–  Vista su Resolución, de 2 de febrero de 2016, sobre la revisión intermedia de la Estrategia de la UE sobre la Biodiversidad[1],

–  Visto el control de adecuación de la legislación de la UE sobre la naturaleza (Directivas relativas a las aves y a los hábitats) (SWD(2016)0472),

–  Visto el Informe Especial n.º 1/2017 del Tribunal de Cuentas Europeo titulado «Es necesario dedicar más esfuerzo a la plena implantación de la Red Natura 2000»,

–  Visto el informe de la Comisión titulado «State of nature in the EU — Results from reporting under the nature directives 2007–2012» [Información en virtud de las Directivas relativas a la naturaleza entre 2007 y 2012: estado de la naturaleza en la Unión Europea],

–  Vistas las estadísticas de Eurostat sobre biodiversidad de noviembre de 2016,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 19 de junio de 2017, sobre el Plan de acción de la UE en pro de la naturaleza, las personas y la economía[2],

–  Vista la pregunta al Consejo sobre un plan de acción en pro de la naturaleza, las personas y la economía (O-000067/2017 – B8‑0000/2017),

–  Vistos el artículo 128, apartado 5, y el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento interno,

A.  Considerando que solo presentan actualmente un buen nivel de conservación alrededor de la mitad de las aves y una proporción menor de las demás especies y hábitats protegidos de la Unión, y que solo dispone de planes de gestión con medidas y objetivos de conservación el 50 % de los espacios Natura 2000;

B.  Considerando que las directivas relativas a la naturaleza desempeñan un importante papel para contribuir a lograr los objetivos del Plan Estratégico para la biodiversidad 2011‑2020 del Convenio sobre la Diversidad Biológica, la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible y el Acuerdo de París sobre cambio climático;

C.  Considerando que en la evaluación del estado de la naturaleza en la Unión Europea de 2015, realizada por la Agencia Europea de Medio Ambiente, se afirma que, según la información facilitada por los Estados miembros, las principales presiones y amenazas para los ecosistemas terrestres son la agricultura y la modificación de las condiciones naturales, y para los ecosistemas marinos, la explotación de los recursos vivos (pesca) y la contaminación; que todas estas actividades son actividades humanas con repercusiones profundas y dañinas para la naturaleza;

D.  Considerando que las estadísticas de Eurostat sobre biodiversidad de 2016 reflejan el declive generalizado de las 167 especies de aves comunes de la Unión entre 1990 y 2014[3];

Observaciones generales

1.  Acoge favorablemente el plan de acción en pro de la naturaleza, las personas y la economía, como un paso en la dirección correcta para cumplir los objetivos de las Directivas relativas a la naturaleza;

2.  Observa con preocupación, no obstante, que los objetivos de la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad hasta 2020 y del Convenio sobre la Diversidad Biológica no se cumplirán sin un considerable esfuerzo adicional inmediato; subraya que no se han cumplido los Estrategia de la UE sobre la biodiversidad para 2010;

3.  Observa que los ecosistemas sanos y resilientes presentan más capacidad para mitigar los efectos del cambio climático y adaptarse a él, limitando así el calentamiento global; señala que estos ecosistemas resisten y se recuperan más fácilmente frente a condiciones meteorológicas extremas, además de ofrecer numerosas ventajas de las que dependen las poblaciones;

4.  Observa que, en Europa, prácticamente una cuarta parte de las especies silvestres se encuentran actualmente en peligro de extinción y que la mayoría de los ecosistemas están degradados hasta el punto de no poder ya desarrollar sus valiosas funciones; considera que esto está causando enormes perjuicios sociales y económicos para la Unión, pues se están agravando las causas principales de la pérdida de biodiversidad, como la modificación de los hábitats, la explotación excesiva de los recursos naturales, la introducción y propagación de especies exóticas invasoras y el cambio climático, lo cual anula los efectos positivos de las medidas destinadas a frenar la pérdida de biodiversidad;

5.  Toma nota de que el plan de acción tiene por objeto «acelerar el progreso hacia el objetivo de la UE para 2020 de detener e invertir la pérdida de biodiversidad y de servicios ecosistémicos»; considera lamentable que no se hagan más referencias a la Estrategia sobre la biodiversidad hasta 2020 o a las conclusiones de su revisión intermedia;

6.  Reitera la necesidad de que se hagan esfuerzos adicionales, considerables y continuados para alcanzar los objetivos fijados para 2020, e insta a la Comisión y a los Estados miembros a que den una mayor prioridad política a ese aspecto;

7.  Subraya la necesidad de velar por la aplicación plena y estricta de la legislación de la Unión sobre la naturaleza;

8.  Hace hincapié en que los notables avances en la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, contaminantes atmosféricos y contaminantes de otro tipo, así como la mejora de la eficiencia energética y en el consumo de materiales, han de verse complementados con más medidas por parte de los Estados miembros a fin de aplicar plenamente las políticas acordadas para una mejor protección de la biodiversidad, los recursos naturales y la salud pública;

9.  Destaca que es necesaria una mayor integración de las políticas y los conocimientos para lograr el objetivo de «vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta», que es la perspectiva a largo plazo que propugna el Séptimo Programa de Acción en materia de Medio Ambiente;

10.  Lamenta lo limitado del calendario del plan de acción y pide a la Comisión que inicie sin demora los trabajos sobre la próxima Estrategia sobre la biodiversidad para el periodo siguiente a 2020;

Participación de todos los agentes

11.  Acoge favorablemente los cuatro ámbitos prioritarios establecidos en el plan de acción y hace hincapié en la necesidad de que todos los agentes pertinentes a los niveles nacional, regional y local participen activamente de modo que todas las medidas concretas que se tomen pongan remedio efectivamente a las deficiencias constatadas en la aplicación de las directivas relativas a las aves y a los hábitats;

12.  Recuerda que el Tribunal de Cuentas afirmó en su Informe Especial n.º 1/2017 que no estaba suficientemente desarrollada la coordinación entre las autoridades competentes y otras partes interesadas en los Estados miembros;

13.  Pide a la Comisión que preste un apoyo efectivo a los agentes nacionales y regionales en lo que respecta a la aplicación de la legislación sobre la naturaleza y a la mejora de las inspecciones medioambientales, en particular con el fomento de las competencias y la capacitación y con una asignación más adecuada de los recursos;

14.  Acoge con satisfacción que la Comisión tenga el propósito de actualizar y completar documentos de orientación en todas las lenguas oficiales de la Unión al objeto de promover una mejor comprensión de la normativa sobre el terreno y de ayudar a las autoridades públicas a aplicarla correctamente, y pide a la Comisión, a este respecto, que busque la participación de todas las partes interesadas y las consulte durante el proceso en cuestión;

15.  Destaca el papel de la sociedad civil a la hora de garantizar una mejor aplicación de la legislación de la Unión sobre la naturaleza, y la importancia de las disposiciones del Convenio de Aarhus a este respecto;

16.  Pide a la Comisión que presente una nueva propuesta legislativa sobre normas mínimas para el acceso al control jurisdiccional, así como una revisión del Reglamento sobre la aplicación del Convenio de Aarhus a la acción de la Unión, a fin de tener en cuenta la reciente recomendación del Comité de Cumplimiento de dicho Convenio;

17.  Celebra que, sin comprometer los objetivos de conservación y los requisitos establecidos en las Directivas relativas a la naturaleza, mediante enfoques flexibles para aplicación que tienen en cuenta las circunstancias nacionales específicas se esté contribuyendo a la reducción y la eliminación progresiva de conflictos y problemas innecesarios surgidos entre la protección de la naturaleza y algunas actividades socioeconómicas, así como a abordar los desafíos prácticos derivados de la aplicación de los anexos de dichas directivas;

18.  Solicita a la Comisión que aclare la función del Comité Europeo de las Regiones en relación con el aumento de la concienciación y la promoción de la participación local y los intercambios de conocimientos;

Especies y hábitats protegidos

19.  Subraya que los Estados miembros deben garantizar que no se deterioren las zonas Natura 2000 y deben adoptar medidas de conservación para mantener o restablecer un nivel de conservación satisfactorio de las especies y los hábitats protegidos;

20.  Pide que se apliquen plenamente las directivas relativas a la naturaleza para garantizar que se adopten medidas de conservación con arreglo a los últimos avances técnicos y científicos;

21.  Lamenta que en el plan de acción no se establezcan una estrategia prioritaria y acciones concretas para mejorar la protección de los insectos polinizadores, sobre todo en la lucha contra los riesgos para la salud y las especies de parásitos (en particular, el varroa), la coordinación de las labores de investigación, la armonización de los métodos de análisis y el intercambio de datos científicos sobre los polinizadores a escala europea, como ya se solicitaba en una resolución anterior del Parlamento Europeo;

22.  Pide una vez más a la Comisión que presente una estrategia de la Unión para proteger y conservar los insectos polinizadores que aborde de manera exhaustiva y transversal la cuestión fundamental de sus inquietantes tasas de mortalidad en Europa, en particular de las abejas, cuya labor en términos medioambientales y económicos es sumamente valiosa;

23.  Propone que la lucha contra el varroa sea obligatoria a escala de la Unión, que se apoye la formación de los apicultores en materia de métodos de protección de las abejas, y que se anime a las autoridades locales y regionales, a los agricultores y a toda la ciudadanía a fomentar el desarrollo de especies vegetales, en particular de plantas floríferas, en zonas rurales y urbanas con objeto de aumentar la disponibilidad de plantas melíferas;

24.  Recuerda que sigue siendo motivo de preocupación la matanza ilegal de aves y especialmente de especies migratorias en el Mediterráneo, como también de aves rapaces en algunos Estados miembros; Subraya la necesidad de un plan coordinado a escala europea, sobre la base de datos científicos, para la gestión de las especies de aves migratorias que atraviesan más de un Estado miembro;

25.  Pide la aplicación plena y efectiva del Reglamento relativo a las especies exóticas invasoras, así como su adecuada financiación en el marco del presupuesto de la Unión; destaca que la inclusión de especies en la lista de la Unión de especies exóticas invasoras debe estar basada en una evaluación de riesgo normalizada y armonizada; considera que la gestión de las especies exóticas invasoras es una prioridad urgente, especialmente por lo que respecta a los espacios Natura 2000; acoge positivamente la plataforma en línea de la Red europea de información sobre las especies exóticas (EASIN), que facilita el acceso a datos sobre las especies exóticas;

26.  Subraya que la protección de nuestro entorno natural común en Europa es esencial tanto para nuestra economía como para nuestro bienestar, que se calcula que la red Natura 2000 tiene un valor económico anual comprendido entre los 200 000 y los 300 000 millones de euros y puede generar ingresos para las comunidades locales a través del turismo y los servicios recreativos, y que los ecosistemas saludables ofrecen servicios ecológicos esenciales, como agua dulce, almacenamiento de carbono, insectos polinizadores y protección contra las inundaciones, las avalanchas y la erosión costera[4]; señala, por consiguiente, que invertir en la red Natura 2000 es muy juicioso desde el punto de vista económico;

27.  Recuerda que los espacios marinos de la red Natura 2000 están notablemente menos determinados que los lugares terrestres; pide a los Estados miembros afectados que aborden este asunto y pide a la Comisión que facilite la cooperación necesaria con terceros países para mejorar la protección medioambiental en las zonas marinas;

28.  Observa que los grandes depredadores tienen un impacto negativo en la agricultura y otros sectores económicos, como el turismo, y que plantean desafíos cada vez mayores, en particular para la agricultura de montaña; pide, por tanto, que este aspecto también se tome en consideración en los planes de gestión;

29.  Acoge con satisfacción la acción destinada a integrar los servicios de los ecosistemas en la toma de decisiones; lamenta, no obstante, que el plan de acción no incluya una iniciativa concreta de «pérdida neta cero de biodiversidad»;

Vínculos con otras políticas

30.  Subraya la urgente necesidad de actuar para afrontar los principales factores de la pérdida de biodiversidad, que son la destrucción y la degradación de los hábitats, causadas sobre todo por el uso excesivo de la tierra, la contaminación, la agricultura intensiva, el uso de plaguicidas químicos de síntesis, la difusión de especies exóticas y el cambio climático, y destaca también la necesidad de garantizar la coherencia entre las diversas políticas de la Unión;

31.  Destaca que el control de la adecuación subraya la necesidad de mejorar la coherencia con la política agrícola común (PAC), y pone de relieve el preocupante declive de las especies y los hábitats ligado a la agricultura; pide a la Comisión que evalúe el impacto de la PAC en la biodiversidad;

32.  Reitera que una de las seis prioridades clave para el desarrollo rural de la Unión es la restauración, preservación y mejora de los ecosistemas relacionados con la agricultura y la silvicultura, incluidos los espacios Natura 2000; recuerda los numerosos esfuerzos realizados por los agentes del sector agrícola, en particular en el marco de la aplicación de las medidas de ecologización introducidas con motivo de la revisión de la PAC en 2013; subraya que, según las observaciones iniciales de la Comisión, aún es demasiado pronto para evaluar el impacto de estas medidas en términos de restauración de especies y hábitats y de mejora de la biodiversidad; pide a la Comisión que prosiga sus estudios con el fin de ofrecer lo antes posible información sobre el impacto de las medidas de ecologización;

33.  Reitera su llamamiento a la Comisión y a los Estados miembros para que velen por que los fondos de la PAC se reorienten de la subvención de actividades asociadas al declive de la biodiversidad a la financiación de prácticas agrícolas sostenibles desde el punto de vista medioambiental y a mantener la biodiversidad conexa;

34.  Pide asimismo a la Comisión y a los Estados miembros que, en cooperación con los propietarios y usuarios de las tierras, examinen la posibilidad de que se ofrezcan los llamados «servicios verdes y azules» (gestión del paisaje, del medio ambiente y de los recursos hídricos) a cambio de una remuneración conforme a las condiciones del mercado;

35.  Señala que las especies designadas como de protección especial con arreglo a la Directiva sobre hábitats han alcanzado en algunas regiones de Europa un buen estado de conservación y que, por tanto, pueden poner en peligro a otras especies y a animales domésticos, alterando así el equilibrio natural del ecosistema; pide a la Comisión que desarrolle un procedimiento de evaluación que permita modificar el estado de protección de las especies en determinadas regiones tan pronto como se haya alcanzado el estado de conservación deseado;

36.  Recuerda que la coexistencia entre personas y grandes carnívoros, en particular los lobos, puede tener en ciertas regiones efectos negativos para el desarrollo sostenible de los ecosistemas y de las zonas rurales habitadas, en particular en relación con la agricultura tradicional y el turismo sostenible; pide a la Comisión y a los Estados miembros que adopten medidas concretas para afrontar esas cuestiones a fin de no comprometer el desarrollo sostenible de las zonas rurales, teniendo en cuenta la flexibilidad que ofrece la Directiva relativa a los hábitats;

37.  Pide a la Comisión que respalde la adopción de medidas, como la formación para agricultores en relación con la protección del ganado contra los grandes carnívoros y la puesta en común de las mejores prácticas sobre protección del ganado entre los Estados miembros;

38.  Lamenta que la PAC no haya sido desarrollada para proteger la práctica agrícola tradicional del pastoreo, actualmente en vías de desaparición, que constituye una herramienta histórica importante para la gestión de los hábitats y la conservación de la naturaleza; pide que el plan de acción apoye un marco para el desarrollo del pastoreo en la red Natura 2000;

39.  Pide a la Comisión que considere en particular la gestión adaptativa de las cosechas como una buena práctica para administrar de forma sostenible las poblaciones de aves acuáticas de la Unión que sean suficientemente abundantes y conservar las que estén en declive;

40.  Subraya que se observan pérdidas significativas de biodiversidad en las zonas marinas y considera que la política pesquera común debe promover la biodiversidad y modelos sostenibles de producción y consumo; pide que se evalúe el impacto de la política pesquera común en la biodiversidad;

Financiación

41.  Acoge con satisfacción el Informe del Tribunal de Cuentas Europeo sobre la red Natura 2000, y coincide con su análisis en el sentido de que no se han movilizado suficientemente los fondos de la Unión para apoyar la gestión de la red;

42.  Subraya que la responsabilidad principal en materia de financiación de las zonas Natura 2000 recae en los Estados miembros, y hace hincapié en que es probable que la falta de financiación haya contribuido sobremanera a la deficiente aplicación de las Directivas relativas a la naturaleza, como se afirma en el control de adecuación;

43.  Subraya que las posibilidades de creación de nuevos mecanismos financieros para la conservación de la biodiversidad a fin de cumplir los objetivos de 2020 son limitadas debido al calendario del actual marco financiero plurianual (MFP); pide que se utilicen al máximo los recursos existentes, como el Instrumento Financiero para el Medio Ambiente (L’Instrument Financier pour l’Environnement, LIFE), la PAC y los Fondos Estructurales;

44.  Acoge con satisfacción la próxima propuesta de la Comisión de aumentar la dotación para la naturaleza y la biodiversidad en un 10 % en el marco del programa LIFE;

45.  Afirma que es necesario realizar más trabajos preparatorios con vistas al próximo MFP por lo que respecta tanto a la revisión como a la previsión, a fin de garantizar una financiación adecuada para la conservación de la naturaleza, la biodiversidad y la agricultura sostenible en los espacios Natura 2000; considera que, a ese respecto, será determinante realizar una revisión exhaustiva del gasto pasado, haciendo hincapié en las lecciones extraídas de los resultados obtenidos con las medidas aplicadas;

46.  Pide que en el próximo marco financiero plurianual se incluyan nuevos mecanismos financieros para la conservación de la biodiversidad; pide a la Comisión que garantice que los futuros instrumentos financieros para la agricultura y el desarrollo rural y regional contienen dotaciones específicas para la biodiversidad y la gestión de la red Natura 2000, que gestionan conjuntamente las autoridades medioambientales nacionales y regionales;

47.  Pide a la Comisión que adapte más eficazmente los regímenes de financiación a los objetivos de Natura 2000 y establezca indicadores de rendimiento transversales de la red Natura 2000 para todos los fondos de la Unión que corresponda; pide asimismo a la Comisión que establezca un mecanismo de seguimiento del gasto de Natura 2000 a fin de mejorar la transparencia, la rendición de cuentas y la eficacia, y que integre esos aspectos en el próximo marco financiero plurianual;

48.  Reitera que, por regla general, para financiar el programa Natura 2000 se recurre a la financiación conjunta; pide a los Estados miembros que aumenten sustancialmente su financiación de la red Natura 2000 a fin de que los porcentajes de cofinanciación sean más atractivos y permita incrementar el nivel de absorción de los fondos, y que adopten medidas para reducir las cargas administrativas que recaen en los solicitantes y los beneficiarios de los proyectos;

49.  Destaca el potencial que presenta la financiación público-privada para desarrollar los servicios de los ecosistemas, la infraestructura verde y otras áreas relacionadas con el capital natural, y celebra que el Mecanismo de Financiación del Capital Natural (MFCN) siga apoyando proyectos relativos a la biodiversidad durante el periodo de aplicación 2017-2019;

50.  Pide a la Comisión que promueva y proponga medios para la financiación y el desarrollo de planes de gestión transfronteriza de las especies de grandes carnívoros y pide asimismo que se estudie detalladamente la función de los grandes carnívoros y la posible introducción de medidas de ajuste para garantizar el mantenimiento de la biodiversidad, el paisaje agrícola y la práctica centenaria de dejar que el ganado paste en las regiones montañosas;

Infraestructura verde

51.  Acoge con satisfacción el compromiso asumido en el plan de acción de proporcionar orientación en favor del desarrollo de la infraestructura verde para mejorar la conectividad de las zonas Natura 2000, pero reitera su llamamiento en favor de una auténtica propuesta de desarrollo de una red transeuropea de infraestructura verde (RTE-V);

52.  Afirma que es importante que las autoridades competentes de los Estados miembros, contando con la participación de todas las partes interesadas pertinentes, utilicen mejor los procesos de ordenación territorial integrada, mejoren la comprensión horizontal de las RTE-V con conocimientos sectoriales específicos y posibiliten la financiación de una mayor conectividad y, en general, de una infraestructura verde, a través de los fondos de desarrollo rural y regional; señala que estos criterios deben servir de orientación para el MFP posterior a 2020 en lo concerniente a la planificación de obras de infraestructura; observa que el concepto de infraestructura verde también contribuye a crear una economía sostenible al mantener los servicios de los ecosistemas y mitigar los efectos perjudiciales de las infraestructuras de transporte y energía, así como del desarrollo económico en general;

53.  Considera que debe examinarse el papel de la infraestructura verde a la hora de mitigar el impacto de los desastres naturales relacionados con los cambios meteorológicos y climáticos, ya que contribuye a paliar los efectos perjudiciales de los fenómenos meteorológicos y climáticos extremos que figuran entre los desastres naturales más devastadores y que se han cobrado más vidas en Europa y en el mundo;

 

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54.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión.