PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la situación del OOPS
5.2.2018 - (2018/2553(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento interno
Charles Tannock, Karol Karski, Ruža Tomašić, Anders Primdahl Vistisen, Anna Elżbieta Fotyga, Monica Macovei, Zdzisław Krasnodębski, Arne Gericke en nombre del Grupo ECR
Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-0085/2018
El Parlamento Europeo,
– Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos,
– Vistos los Convenios de Ginebra,
– Vista la Resolución 302 (IV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas,
– Vista la Resolución 194 (III) de la Asamblea General de las Naciones Unidas,
– Vista la Resolución 242 (1967) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,
– Vista la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados,
– Vistas las observaciones de la vicepresidenta / alta representante Federica Mogherini antes de la reunión extraordinaria del grupo internacional de donantes para Palestina;
– Visto el informe del Cuarteto para Oriente Próximo de 1 de julio de 2016,
– Vista la Declaración de las Naciones Unidas sobre el Fomento entre la Juventud de los Ideales de Paz, Respeto Mutuo y Comprensión entre los Pueblos, de 1965,
– Vista la Declaración de Principios sobre la Tolerancia de la UNESCO, de 16 de noviembre de 1995,
– Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento interno,
A. Considerando que el Organismo de Obras Públicas y Socorro de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en el Cercano Oriente (OOPS) es un organismo vital de las Naciones Unidas que presta servicios fundamentales en materia de educación, sanidad y, en general, desarrollo humano a los palestinos que cumplen los requisitos para recibir ayuda;
B. Considerando que el OOPS presta asistencia los descendientes de refugiados, aunque solo a los descendientes de varones, a diferencia de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y la agencia de las Naciones Unidas para los refugiados (ACNUR), que no prevén la transmisión del acceso a la condición de refugiado a los descendientes y a los hijos adoptados legalmente;
C. Considerando que la Organización para la Liberación de Palestina (OLP) fue reacia durante muchos años a que se reconociera a los palestinos como refugiados a título individual;
D. Considerando que, mientras que en 1950 el OOPS prestaba servicios a 750 000 palestinos que cumplían los requisitos para recibir ayuda, en la actualidad esa cifra se eleva 5 millones;
E. Considerando que el 17 de enero de 2018 los Estados Unidos anunciaron que recortarían la financiación prevista para el OOPS; que el Departamento de Estado de los EE. UU. ha congelado alrededor de 100 millones USD de la financiación del OOPS y está estudiando poner fin a la totalidad de los 360 millones USD de financiación anual para asignarlos a otros organismos de las Naciones Unidas que trabajan con los palestinos;
F. Considerando que dicho Departamento de Estado anunció que los fondos permanecerían congelados hasta un nuevo examen y que los Estados Unidos supeditarían la entrega de nuevas donaciones a que el OOPS procediera a importantes cambios;
G. Considerando que la Unión Europea y sus Estados miembros son, tomados en su conjunto, quienes más contribuyen a los llamamientos de emergencia humanitaria del OOPS en Siria, el Líbano, Cisjordania y Gaza;
H. Considerando que el 1 de febrero de 2018 el Comisionado General del OOPS, Pierre Krähenbühl, pidió a los Estados miembros de la Liga Árabe en su reunión de El Cairo (Egipto) más financiación para este organismo;
I. Considerando que en varias ocasiones se han encontrado cohetes en escuelas del OOPS en Gaza y que en septiembre de 2017 se descubrió un túnel bajo una escuela gestionada por el OOPS;
J. Considerando que el 1 de agosto de 2014 Hamás secuestró y mató a Hadar Goldin horas después de que entrara en vigor un alto el fuego entre Israel y Hamás acordado con la mediación de las Naciones Unidas y los Estados Unidos; que Hamás, considerada una organización terrorista por la Unión, se niega a devolver el cadáver de Hadar Goldin para que pueda ser enterrado, lo constituye una grave vulneración de los Convenios de Ginebra y del Derecho internacional humanitario;
K. Considerando que el 22 de diciembre de 2017, el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas celebró una reunión extraordinaria sobre el Derecho internacional humanitario y la repatriación de los cadáveres de Hadar Goldin y Oron Shaul, en la que el Consejo de Seguridad y otros Estados miembros de las Naciones Unidas manifestaron su solidaridad unánime con las familias de los fallecidos y pidieron la devolución de los cadáveres retenidos en contra del Derecho internacional humanitario;
L. Considerando que se está buscando una solución al conflicto árabe-israelí y que se están realizando esfuerzos para reactivar las negociaciones entre israelíes y palestinos con el fin de resolver todas las cuestiones, incluida la de los refugiados;
1. Mantiene su firme compromiso de apoyo al OOPS en la prestación de servicios esenciales y la asistencia al desarrollo humano de los palestinos que cumplen los requisitos para recibir ayuda en Gaza, Cisjordania, Jordania, Siria y el Líbano;
2. Toma nota de que el OOPS aplica desde 2007 un programa de reforma y le pide que aplique urgentemente nuevas reformas para que la organización sea más eficaz y rentable y pueda seguir realizando sus importantes funciones;
3. Pide al OOPS que lleve a cabo mayores reformas en la educación y que elimine de los programas escolares el material pedagógico que no se ajuste a las normas sobre paz y tolerancia de la UNESCO y las Naciones Unidas, y que lo sustituya por material conforme;
4. Condena los casos en que Hamás ha usado instalaciones del OOPS con fines terroristas, así como la contratación de importantes personalidades de Hamás por parte del OOPS en la franja de Gaza; recalca que estas acciones dañan gravemente la buena imagen y el trabajo necesario del OOPS;
5. Señala que las reducciones o retrasos inopinados en el desembolso de las donaciones previstas pueden tener efectos adversos y poner en peligro la estabilidad en la región; pide que con carácter urgente un aumento de los compromisos de financiación de los Estados miembros de la Liga Árabe con el fin de colmar el déficit de financiación;
6. Subraya que la labor del OOPS en Gaza puede verse obstaculizada hasta que Hamás o la Autoridad Palestina devuelvan los cadáveres de los soldados israelís Hadar Goldin y Oron Shaul;
7. Transmite su pésame a las familias de los soldados israelís Hadar Goldin y Oron Shaul; lamenta la negativa de Hamás a devolver sus cadáveres para que puedan ser enterrados;
8. Pide que se haga todo lo posible por la repatriación inmediata de sus cadáveres, según lo dispuesto en la reunión extraordinaria del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de 22 de diciembre de 2017 y en los Convenios de Ginebra y el Derechos internacional humanitario aplicable;
9. Pide la liberación de los ciudadanos israelíes Avraham Mengistu y Hisham Al-Sayed, que no han cometido ningún delito o infracción que justifique su cautiverio a manos de Hamás en la franja de Gaza;
10. Señala que el objetivo principal de la comunidad internacional es dar solución al conflicto árabe-israelí, incluida la cuestión de los refugiados; reitera que mantiene su apoyo a una solución negociada «dos Estados para dos pueblos» con el reconocimiento mutuo de Palestina e Israel como patria de sus respectivos pueblos; saluda la Iniciativa de Paz Árabe y el respaldo posterior a los intercambios de territorios en este contexto para garantizar una paz y una seguridad duraderas; apoya la reanudación inmediata de las negociaciones de paz bilaterales directas;
11. Subraya que la acumulación de armamento y las actividades de militancia ilícitas, así como la persistente falta de unidad en Palestina y el no reconocimiento del derecho a existir de Israel, impiden que el OOPS pueda prestar eficazmente servicios fundamentales a los más necesitados, contribuyen a aumentar la inestabilidad y, en última instancia, obstaculizan los esfuerzos por lograr una solución negociada;
12. Apoya firmemente la cooperación regional entre Israel y los países vecinos; reitera su respaldo al importante papel del Cuarteto y de los socios de la región como Egipto, Jordania y Arabia Saudí en la búsqueda de una solución al conflicto árabe-israelí; pide a todas las partes que apoyen el diálogo y la colaboración en beneficio de la población civil;
13. Destaca que las autoridades competentes de la Unión tienen la responsabilidad de seguir velando por que los fondos de la Unión no puedan ser desviados directa o indirectamente a organizaciones o actividades terroristas que inciten a la violencia o que justifiquen o glorifiquen el terrorismo;
14. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Representante Especial de la UE para el Proceso de Paz en Oriente Próximo, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Comisionado General del OOPS, a la Knesset y al Gobierno de Israel, al Presidente de la Autoridad Palestina y al Consejo Legislativo Palestino, al Consejo de Cooperación del Golfo y a los Estados miembros de la Liga Árabe.