PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la situación en Siria
12.3.2018 - (2018/2626(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento interno
Marietje Schaake, Beatriz Becerra Basterrechea, Izaskun Bilbao Barandica, Gérard Deprez, Marian Harkin, Ivan Jakovčić, Ilhan Kyuchyuk, Louis Michel, Urmas Paet, Maite Pagazaurtundúa Ruiz, Jozo Radoš, Frédérique Ries, Pavel Telička, Ivo Vajgl, Hilde Vautmans, Cecilia Wikström en nombre del Grupo ALDE
Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-0139/2018
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Siria, en particular la de 18 de mayo de 2017 sobre la Estrategia de la UE para Siria[1],
– Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948,
– Vistos los Convenios de Ginebra de 1949,
Vistas las declaraciones de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR), en particular la de 23 de febrero de 2018 sobre la matanza de Guta oriental y sus observaciones a su llegada a la reunión del Consejo de Asuntos Exteriores de 26 de febrero de 2018,
– Vistas las declaraciones conjuntas de 20 de febrero de 2018 de la VP/AR Mogherini y el comisario Stylianides sobre la situación humanitaria en Guta oriental e Idlib (Siria), y de 6 de marzo de 2018 sobre la situación en Guta oriental y en otros lugares de Siria,
– Vista la Decisión 2011/273/PESC del Consejo, de 9 de mayo de 2011, relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria[2], y las conclusiones del Consejo, de 26 de febrero de 2018, sobre la incorporación de los nombres de otros dos ministros a la lista de sanciones,
Vistas la Comunicación conjunta al Parlamento Europeo y al Consejo, de 14 de marzo de 2017, titulada «Elementos de una Estrategia de la UE para Siria» (JOIN(2017)0011), y las Conclusiones del Consejo, de 3 de abril de 2017, sobre Siria, que conforman conjuntamente la nueva Estrategia de la UE para Siria,
– Vista la Declaración, de 5 de abril de 2017, de los copresidentes de la Conferencia «Apoyar el futuro de Siria y su región»,
– Vistas las declaraciones del alto comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Zeid Raad al-Huseín, ante el Consejo de Derechos Humanos de Ginebra sobre la situación en Siria, en particular las de 26 de febrero de 2018 y 2 de marzo de 2018, y la información facilitada oralmente el 7 de marzo de 2018 sobre las actividades de su Oficina y los recientes acontecimientos en el terreno de los derechos humanos,
– Vistas las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, en particular la Resolución 2401 (2018) sobre una cesación de las hostilidades de al menos 30 días consecutivos en toda Siria para permitir la prestación de ayuda humanitaria,
– Vista la Resolución del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, de 5 de marzo de 2018, sobre el deterioro de la situación de los derechos humanos en el este de Al-Guta,
– Vista la Resolución A-71/248 aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 21 de diciembre de 2016, por la que se establece un Mecanismo Internacional, Imparcial e Independiente para Ayudar en la Investigación y el Enjuiciamiento de los Responsables de los Delitos de Derecho Internacional Más Graves Cometidos en la República Árabe Siria desde Marzo de 2011,
– Vistos el Estatuto de Roma y los documentos fundacionales de la Corte Internacional de Justicia, así como los tribunales ad hoc, en particular el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY), el Tribunal Penal Internacional para Ruanda (TPIR) y el Tribunal Especial para el Líbano,
– Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento interno,
A. Considerando que la situación en Siria es una catástrofe humanitaria extraordinaria y continúa empeorando con la persistencia de la violencia y los ataques; que 13 millones de personas están registradas como necesitadas de alguna forma de ayuda humanitaria, con 6 millones de niños entre ellas; que hay 6,1 millones de personas desplazadas internas y más de 5 millones de refugiados sirios en las regiones vecinas; que ha habido un total de 400 000 víctimas mortales sirias durante el conflicto;
B. Considerando que más de 3 millones de civiles viven en zonas asediadas (siendo, en 2017, Raqa y Deir al-Zur las localidades con más víctimas civiles); que en el noreste de Siria se están tomando como objetivo infraestructuras médicas y civiles, por lo que 300 000 civiles se han refugiado en Idlib;
C. Considerando que, desde el inicio de la guerra, la Unión y sus Estados miembros han movilizado más de 10 400 millones de euros de ayuda para la crisis siria, tanto en el interior como en el exterior en la región vecina, lo que hace de la Unión el mayor donante; que la Unión ha prestado asimismo un apoyo sustancial y ha elogiado a los países vecinos que acogen a refugiados;
D. Considerando que persisten los combates en Siria y continúa la ofensiva militar y los bombardeos del régimen sirio contra su propio pueblo, con el apoyo de Rusia e Irán, en Guta oriental e Idlib, con el resultado de docenas de víctimas mortales entre la población civil; que se ha reiterado la extrema inquietud acerca de la situación humanitaria en Siria, en particular en Guta oriental, al haberse deteriorado las condiciones significativamente durante las pasadas semanas, con ataques contra convoyes de ayuda para impedirles llegar a las personas necesitadas de asistencia; que es bien conocida y está documentada la presencia de grupos terroristas como Yabhat al-Nusra (grupo afiliado a Al-Qaeda) y otras organizaciones terroristas en Guta oriental; que recurrir a estos ataques y a hacer padecer hambre a la población civil mediante el asedio de zonas pobladas como táctica de guerra constituyen claras violaciones del Derecho internacional humanitario;
E. Considerando que muchas zonas asediadas habían sido designadas anteriormente como zonas seguras para las personas desplazadas forzosamente y huidas de otras zonas de Siria;
F. Considerando que durante el conflicto sirio el régimen de Al-Asad y sus aliados y grupos terroristas han cometido violaciones como ataques indiscriminados y con armas químicas contra civiles, ejecuciones extrajudiciales, torturas y malos tratos, desapariciones forzosas, detenciones masivas y arbitrarias, castigos colectivos, ataques contra el personal médico y denegación de alimentos, agua y asistencia médica;
G. Considerando que desde que Turquía inicio la operación «Ramo de olivo» el 20 de enero de 2018 contra las fuerzas kurdas de las Unidades de Protección del Pueblo Kurdo y las Unidades Femeninas de Protección en el distrito kurdo de Afrín en el noroeste de la provincia de Alepo han quedado desplazadas decenas de millares de personas y se ha deteriorado rápidamente la situación humanitaria; que los grupos de defensa de los derechos humanos han documentado crímenes de guerra cometidos por el ejército y la fuerza aérea de Turquía, así como graves violaciones del Derecho internacional humanitario y los Convenios de Ginebra; que millares de civiles son objeto de bombardeos indiscriminados, y que hay noticias del uso de armas no convencionales por las tropas turcas y grupos armados islamistas sirios aliados;
H. Considerando que el EIIL/Dáesh y otros movimientos yihadistas han cometido atrocidades y graves violaciones del Derecho internacional, como ejecuciones brutales y violencia sexual, secuestros, torturas, conversiones forzadas y esclavización de mujeres y niñas; que se recluta a niños y se los utiliza en actos terroristas; que suscita una profunda inquietud el uso de civiles como escudos humanos en zonas en poder de extremistas; que estos crímenes constituyen crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y genocidio;
I. Considerando que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas finalmente consiguió aprobar una resolución sobre la situación en Siria, la Resolución 2401, en la que se pide la cesación de las hostilidades «sin demora» por un mes para facilitar el acceso humanitario urgente y la realización de evacuaciones médicas; que Rusia ha vetado 11 resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en los últimos años y se ha mostrado muy activa para limitar el contenido de las resoluciones;
J. Considerando que el alto el fuego en Guta oriental declarado en la Resolución 2401 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas no ha sido aplicado por el régimen sirio y las fuerzas rusas e iraníes, a pesar de los reiterados llamamientos del presidente del Consejo de Seguridad, otros miembros, el secretario general de las Naciones Unidas y otros agentes internacionales, incluida la Unión; que el ejército ha avanzado en varios frentes y ha tomado el control de pueblos y granjas, atacando desde el lado oriental del enclave; que el ejército está utilizando la «liberación» de la región como pretexto para atacar a civiles;
K. Considerando que Guta oriental está sometida a asedio por el régimen sirio y sus aliados desde hace cinco años, con lo que la población civil es objeto de bombardeos aéreos y de artillería y del empleo de armas químicas, y que hay noticias de que se deben a gases tóxicos cientos de muertes en la zona; que la población de Guta oriental está aislada de toda forma de ayuda por un bloqueo impuesto el 14 de febrero de 2018, fecha en la que un único convoy llegó a solo 7 200 personas del total de 400 000 que viven en la zona; que el apoyo a la ayuda humanitaria es, ahora más que nunca, una preocupación fundamental, lo que dio lugar a un modesto resultado positivo cuando un convoy de ayuda de las Naciones Unidas finalmente logró entrar en Duma el 5 de marzo, llegando a 27 500 personas necesitadas de alimentos y material médico;
L. Considerando que esta ayuda dista mucho de llegar a todos los necesitados de Guta, pues la mayoría de la población se oculta en refugios subterráneos, con poco o ningún acceso a productos básicos, agua y saneamientos; que el régimen de Al-Asad y sus aliados continúan bloqueando activamente la entrega y la administración de material médico, alimentos y asistencia humanitaria vitales de las Naciones Unidas, la Unión Europea, organizaciones no gubernamentales y agentes locales en toda Siria;
M. Considerando que otros informes sobre la situación en Guta oriental indican que en estas últimas semanas se han dirigido ataques aéreos continuos contra hospitales, escuelas y mercados, es decir, contra lugares frecuentados principalmente por civiles inocentes; que el equipo del enviado especial ha declarado que entre el 18 y el 22 de febrero de 2018 se llevaron a cabo ataques contra 14 hospitales, 3 centros de salud y 2 ambulancias; que solo unos días después, el 25 de febrero, hubo noticias de que en Shifuniya varios civiles, entre ellos niños, tenían problemas respiratorios a consecuencia de haber estado expuestos a agentes tóxicos; que está previsto para el 20 de marzo un diálogo interactivo en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas con el director general de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas y la secretaria general adjunta Izumi Nakamitsu;
N. Considerando que el régimen de Al-Asad utiliza tácticas de desplazamientos forzados al objeto de modificar la composición confesional de ciudades, pueblos y regiones y provocar un cambio demográfico; que tales prácticas se han utilizado en ciudades como Daraya y Muadamiyat al-Sham, en las cercanías de Damasco, y en el barrio de Al-Waer de la ciudad de Homs;
O. Considerando que el 26 de febrero de 2018 la Unión incorporó dos nuevos nombres de ministros a la lista de sanciones —el ministro de Información y el ministro de Industria—, debido al número creciente de violaciones de los derechos humanos en Siria; que se dice que el jefe de la oficina nacional de seguridad siria, Alí Mamluk, que figura en la lista de sanciones de la Unión, se ha reunido en Roma con el ministro del Interior italiano y el director de la agencia italiana de información y seguridad exterior, en flagrante violación de la Decisión 2011/273/PESC del Consejo;
P. Considerando que, en abril de 2017, el Reino Unido propuso en el contexto del G-7 que se impusieran sanciones adicionales contra Rusia tras el ataque letal con armas químicas en Jan Sheijun; que esta propuesta fue vetada por Italia;
Q. Considerando que la comunidad internacional y los distintos Estados tienen la obligación de pedir cuentas, entre otras vías aplicando el principio de jurisdicción nacional e igualmente la legislación nacional, a los responsables de las violaciones de los derechos humanos internacionales y el Derecho humanitario cometidas durante el conflicto sirio; que esto puede hacerse en el marco de los actuales recursos nacionales e internacionales, como los órganos jurisdiccionales nacionales e internacionales, o ante tribunales penales internacionales ad hoc todavía por crear; que, además de esta responsabilidad penal personal, los Estados también pueden ser considerados, en determinadas condiciones, responsables de incumplir las obligaciones en virtud de los tratados y convenciones internacionales sobre los que tiene jurisdicción la Corte Internacional de Justicia, incluida la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de 1984, y la Convención de las Naciones Unidas para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, de 1948;
R. Considerando que la comunidad internacional ha prestado un apoyo insuficiente a la oposición democrática y laica; que en la situación actual, la oposición democrática y laica está debilitada y hay civiles atrapados entre terroristas yihadistas y fundamentalistas islámicos, de un lado, y partidarios del régimen de Al-Asad, del otro lado;
S. Considerando que la Unión ha afirmado en reiteradas ocasiones que no puede haber una solución militar para el conflicto sirio, y que solo una transición incluyente y dirigida por Siria bajo los auspicios de las Naciones Unidas puede poner fin al inaceptable sufrimiento del pueblo sirio; que las operaciones militares han determinado en la práctica la guerra en Siria y han hecho que agentes exteriores, como Rusia, Irán y Turquía, dicten las condiciones sobre el terreno; que las negociaciones de Ginebra hasta ahora no han producido avances concretos a la hora de hallar una solución pacífica a la crisis en Siria a raíz de la 9.ª ronda de Viena de los días 25 y 26 de enero de 2018; que el 4 de mayo de 2017, Rusia, Irán y Turquía llegaron a un acuerdo en Kazajistán para establecer cuatro zonas de desescalada, que los garantes no han respetado ni protegido; que en el Congreso Nacional de Diálogo sirio celebrado en Sochi el 30 de enero de 2018 se anunció la creación de una comisión constitucional que no ha sido aceptada por todas las partes;
T. Considerando que la segunda conferencia ministerial «Apoyar el futuro de Siria y su región», que se celebrará los días 24 y 25 de abril de 2018, estará presidida por la VP/AR y por las Naciones Unidas; que, como el año pasado, la Conferencia tratará de mantener el interés de la comunidad internacional por Siria abordando todos los problemas acuciantes (humanitario, de financiación y político) relacionados con la crisis en el país y en la región (el Líbano, Jordania y Turquía); que el apoyo y el compromiso de la comunidad internacional siguen siendo fundamentales para lograr un futuro pacífico en Siria y en la región;
U. Considerando que los esfuerzos de la Unión en la prestación de ayuda humanitaria y la planificación del futuro de Siria son dignos de elogio; que la Unión no debería proporcionar nunca asistencia incondicional a la reconstrucción de una Siria dirigida y controlada por Al-Asad y sus aliados Rusia e Irán; que no puede permitírseles a Al-Asad, la Rusia de Putin e Irán que se desentiendan de las consecuencias económicas de sus intervenciones militares; que todos los compromisos de reconstrucción deben orientarse hacia la paz y la responsabilidad;
V. Considerando que la reconstrucción de Siria debe basarse en un enfoque ascendente y en la capacitación fructífera de agentes locales, excluyendo así a grupos terroristas conocidos;
1. Deplora profundamente el acusado deterioro de la situación en Siria, que es el resultado directo de la ofensiva en curso y las acciones del régimen sirio y sus aliados Rusia e Irán, y ya ha provocado más de 400 000 muertes, 6,1 millones de personas desplazadas en el interior de Siria y 5 millones de refugiados; expresa su grave preocupación ante la espiral de violencia en muchas partes del país, como ocurre en Guta oriental, Afrín e Idlib;
2. Condena en los términos más enérgicos la violencia que se está desarrollando actualmente en Guta oriental a pesar de la aprobación unánime de la Resolución 2401 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, y apremia a todas las partes y en particular al régimen de Al-Asad, Rusia e Irán a que apliquen plenamente y con urgencia dicha Resolución y la respeten; recuerda a los regímenes de Siria, Rusia e Irán que son responsables en virtud del Derecho internacional de los crímenes odiosos que continúan perpetrando en Siria y que se pedirán cuentas a los responsables de estos crímenes, ya sean Estados o individuos; deplora el veto de Rusia a todas las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en las que se condenan los ataques y se piden investigaciones;
3. Celebra que, por primera vez en cuatro meses, un convoy de las Naciones Unidas lograra el 5 de marzo de 2018 llegar a Duma, en Guta oriental, pero destaca que este acceso esporádico y limitado no es suficiente; pide al régimen sirio y a sus aliados que cesen de inmediato la violencia en Guta oriental y en cualquier otro lugar de Siria y que levanten los asedios, pongan fin a los bombardeos deliberadamente excesivos, desproporcionados e indiscriminados y a los ataques químicos contra civiles, incluidos niños, convoyes de personas evacuadas, personal de ayuda y asistencia sanitaria e infraestructuras civiles como escuelas y hospitales;
4. Apoya plenamente la petición formulada en la Resolución 2401 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas a todas las partes en conflicto para que cesen las hostilidades de inmediato por al menos 30 días consecutivos; reitera la petición a todos los partidos, en particular a las autoridades sirias, para que hagan honor a su responsabilidad de proteger a la población siria y cesen de inmediato todos los ataques contra civiles en Siria; pide a los garantes del alto el fuego en las zonas de desescalada que cumplan con su responsabilidad con miras a poner fin a la violencia y los crímenes cometidos y a permitir y garantizar el acceso sin restricciones a estas zonas;
5. Condena de nuevo y con la mayor firmeza las atrocidades y las violaciones generalizadas de los derechos humanos y del Derecho humanitario internacional cometidas durante el conflicto, y en particular los actos perpetrados por las fuerzas del régimen de Al-Asad, en especial con el apoyo de sus aliados, Rusia e Irán, así como por Turquía y por grupos armados no estatales, en particular el EIIL/Dáesh y Yabhat Fatah al-Sham; insiste en su postura de que los responsables de violaciones del Derecho humanitario internacional y de la legislación internacional sobre derechos humanos deberán responder de sus actos; reitera que, en virtud del principio de jurisdicción universal, un tribunal nacional puede perseguir a personas físicas por crímenes graves contra el Derecho internacional; acoge con satisfacción los pasos dados por algunos Estados miembros en aplicación de este principio y anima a todos los demás a que hagan lo mismo; celebra, asimismo, las iniciativas de los Estados miembros de pedir responsabilidades a personas físicas en virtud de su legislación nacional; anima a todos los Estados miembros a tipificar como delito en su Derecho nacional las violaciones graves del Derecho internacional; pide a los Estados miembros que lleven al Estado sirio ante la Corte Internacional de Justicia por violaciones de la Convención contra la Tortura, de la que es parte, a fin de determinar la responsabilidad directa del Estado como medio para establecer la responsabilidad penal individual en una fase posterior; deplora el bloqueo constante de las tentativas de llevar la situación en Siria ante la Corte Penal Internacional; reitera su petición a la Unión y a los Estados miembros de que exploren, en coordinación con países con una actitud similar, la creación de un tribunal para los crímenes de guerra sirios;
6. Expresa su convencimiento de que no puede haber una resolución efectiva del conflicto ni una paz duradera en Siria sin rendición de cuentas por los crímenes cometidos; apoya los trabajos de la Comisión Internacional Independiente de Investigación establecida por las Naciones Unidas para llevar a cabo investigaciones exhaustivas independientes de las violaciones perpetradas en Siria, en particular el uso de armas químicas; acoge favorablemente la creación de un Mecanismo Internacional, Imparcial e Independiente para Ayudar en la Investigación y el Enjuiciamiento de los Responsables de los Delitos de Derecho Internacional Más Graves Cometidos en la República Árabe Siria desde Marzo de 2011; lamenta que el mecanismo aún no tenga cubierta toda su financiación; pide a todos los Estados miembros que cumplan sus compromisos en este sentido; considera que la Unión debe aportar una contribución directa mayor al Mecanismo;
7. Destaca la importancia crucial que reviste la labor de las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones de la sociedad civil locales e internacionales de documentación de pruebas de crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y otras violaciones, como la destrucción de patrimonio cultural, empleando, entre otros, medios digitales; pide que la Unión se interese activamente por estas organizaciones y las financie;
8. Alaba los esfuerzos de los trabajadores humanitarios en su intento de llevar la tan necesaria ayuda de emergencia, alimentos, agua y medicinas a las personas atrapadas por el conflicto, e insta de nuevo a todas las partes implicadas en el conflicto a que garanticen un acceso seguro y sin trabas de las organizaciones humanitarias a los civiles afectados por la guerra; deplora los diversos casos de abusos sexuales y conducta impropia constatados en el seno de organizaciones internacionales de ayuda, en particular la explotación sexual de personas refugiadas sirias por los encargados de prestarles ayuda en nombre de las Naciones Unidas y organizaciones internacionales bien conocidas;
9. Reitera la primacía del proceso de Ginebra dirigido por las Naciones Unidas y apoya los esfuerzos del enviado especial de las Naciones Unidas para Siria, Staffan de Mistura, por lograr una transición política genuina e inclusiva, de acuerdo con la Resolución 2254 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, negociada por todas las partes sirias y con el apoyo de actores internacionales y regionales clave; subraya la importancia de encontrar una solución política al conflicto;
10. Insta a la AR/VP a que emprenda todos los esfuerzos posibles para dar un nuevo impulso a las conversaciones de paz con la mediación de las Naciones Unidas y a que reclame un papel más activo en estas negociaciones, haciendo uso de la capacidad financiera de la Unión y la voluntad de comprometer importantes recursos para la reconstrucción de Siria; insta a la AR/VP a que facilite una mayor participación y un apoyo activo a la sociedad civil siria y quienes desean una Siria democrática, pluralista e incluyente en sus esfuerzos en favor del futuro del pueblo sirio, empezando por la Segunda Conferencia de Bruselas, que se celebrará los días 24 y 25 de abril de 2018; anima a la AR/VP a colaborar con el pueblo sirio en el desarrollo de estrategias de reconstrucción localizadas para las diferentes regiones de Siria; subraya que la Unión debe considerar todas las opciones disponibles para trabajar con sus socios internacionales, incluidos el suministro de ayuda desde el aire y el establecimiento de zonas de exclusión aérea;
11. Acoge con satisfacción la celebración de la Segunda Conferencia de Bruselas, organizada por la Unión, con el objetivo de expresar y llevar a la práctica todo el apoyo político y económico de la comunidad internacional al proceso de Ginebra en favor de los sirios necesitados y de los países que acogen refugiados sirios; advierte contra el inicio de esfuerzos de reconstrucción antes de que se llegue a un acuerdo negociado por las Naciones Unidas que incluya a todas las partes; pide a la VP/AR que incorpore en mayor medida a las organizaciones de la sociedad civil a esta conferencia;
12. Destaca la importancia fundamental de proteger a los niños y dar prioridad a su acceso a la educación, también en el caso de los niños refugiados en países vecinos, y de apoyar la rehabilitación psicológica de estos niños traumatizados; pide a la comunidad internacional que cumpla sus compromisos pendientes de ayuda humanitaria en Siria y sus países vecinos;
13. Pide a los Estados miembros que asuman un compromiso más firme con el reparto de responsabilidades, permitiendo que los refugiados que huyen de las zonas en guerra de Siria encuentren protección fuera de la región inmediatamente vecina, también mediante programas de reasentamiento y admisión humanitaria, y que pongan esto en práctica; expresa su preocupación ante el creciente sentimiento contrario a los refugiados en los países vecinos de Siria; reitera que ningún refugiado debe ser devuelto a Siria en contra de su voluntad o como parte de arreglos de conveniencia con facciones en conflicto;
14. Acoge con satisfacción la reciente revisión de las medidas restrictivas de la Unión contra Siria, que incorpora a la lista de personas afectadas a dos individuos con parte de las responsabilidad de la represión de la población civil del país; expresa su preocupación ante las noticias sobre la visita del jefe de la Oficina Nacional de Seguridad siria a Roma para supuestas conversaciones de seguridad con el ministro del Interior italiano y el director de la Agencia de Información y Seguridad Exterior italiana, en flagrante violación de la lista de sanciones de la Unión; pide a las autoridades italianas y a la VP/AR que condenen esta visita en los términos más enérgicos; pide a la VP/AR que inicie inmediatamente una investigación sobre las circunstancias en las que pudo presentarse esta situación; pide a todos los Estados miembros que respeten la Decisión 2011/273/PESC del Consejo; pide que se impongan sanciones adicionales a Rusia e Irán a raíz de sus acciones deliberadas dirigidas contra poblaciones civiles en Guta oriental y en el resto de Siria;
15. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros de la Unión, a las Naciones Unidas, a los miembros del Grupo Internacional de Apoyo a Siria y a todas las partes implicadas en el conflicto de Siria, y que asimismo disponga su traducción al árabe.
- [1] Textos Aprobados, P8_TA(2017)0227.
- [2] DO L 121 de 10.5.2011, p. 11.