Propuesta de resolución - B8-0245/2018Propuesta de resolución
B8-0245/2018

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre el Mecanismo «Conectar Europa» después de 2020

28.5.2018 - (2018/2718(RSP))

tras una declaración de la Comisión
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento interno

Roberts Zīle, Zdzisław Krasnodębski en nombre del Grupo ECR

Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-0242/2018

Procedimiento : 2018/2718(RSP)
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B8-0245/2018
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B8-0245/2018
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B8‑0245/2018

Resolución del Parlamento Europeo sobre el Mecanismo «Conectar Europa» después de 2020

(2018/2718(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vistos los artículos 311, 312 y 323 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

–  Vistos el Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020[1] y su modificación posterior mediante el Reglamento (UE, Euratom) 2017/1123 del Consejo, de 20 de junio de 2017[2],

–  Vistos el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera[3] y la propuesta de la Comisión, de 14 de septiembre de 2016, de una modificación de dicho Acuerdo interinstitucional (COM(2016)0606),

–  Vistos la propuesta de la Comisión, de 14 de septiembre de 2016, de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (COM(2016)0604) y el documento de trabajo de los servicios de la Comisión que la acompaña (SWD(2016)0299),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 2 de mayo de 2018, titulada «Un presupuesto moderno para una Unión que proteja, empodere y vele por la seguridad. El marco financiero plurianual para el período 2021-2027» (COM(2018)0321),

–  Vista la declaración del Sr. Juncker, el 2 de mayo de 2018, relativa a la decisión adoptada por la Comisión sobre el paquete del MFP para el periodo posterior a 2020,

–  Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento interno,

A.  Considerando que el sector del transporte sigue siendo un ámbito clave de inversión que contribuye al crecimiento, la competitividad y el desarrollo a través del refuerzo del potencial económico de todos los Estados miembros y todas las regiones de la Unión, promoviendo así la cohesión económica, social y territorial, apoyando el mercado interior y contrarrestando de ese modo los desequilibrios entre las regiones;

B.  Considerando que la actual infraestructura energética de la Unión está envejeciendo, por lo que podría no estar en condiciones de satisfacer la demanda de energía futura o de garantizar la seguridad del suministro;

C.  Considerando que el Mecanismo «Conectar Europa» (MCE) se concibió como un programa de financiación común gestionado a nivel central para infraestructuras de transporte, energía y telecomunicaciones, como parte de la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, y que produce resultados tangibles sobre el terreno;

D.  Considerando que el MCE facilita un porcentaje importante de la financiación de la Unión destinada a proyectos de transporte y energía que realizan una contribución sólida al objetivo de una economía europea con bajas de emisiones;

E.  Considerando que los tipos de proyectos cofinanciados por el MCE se ajustan a las ambiciones de la Unión de aumentar la conectividad a escala europea en tres importantes sectores y concentrar el apoyo a los bienes públicos con una dimensión europea; que el MCE contribuye a las prioridades de la Comisión relativas al empleo, el crecimiento y la inversión, el mercado interior, la Unión de la Energía y el clima y el mercado único digital, y el refuerzo de la competitividad de la Unión a escala mundial;

F.  Considerando que, a finales de 2017, el MCE‑Transporte ya había asignado 21 300 millones de euros en subvenciones a proyectos de la RTE-T, lo que generó una inversión total por valor de 41 600 millones de euros; que, en 2018, se firmarán nuevos acuerdos de subvención para una convocatoria de financiación combinada consistente en subvenciones del MCE y financiación privada, también con cargo al Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE); que en noviembre de 2017 se incrementó con 350 millones de euros la dotación inicial de 1 000 millones de euros prevista para esa convocatoria con el fin de respaldar la prioridad «Innovación y nuevas tecnologías», en consonancia con los objetivos del Plan de acción sobre la infraestructura para los combustibles alternativos;

G.  Considerando que está previsto que la Comisión Europea publique sus propuestas legislativas sobre las inversiones estratégicas europeas, incluida una actualización del Mecanismo «Conectar Europa» (MCE), en mayo y junio de 2018;

1.  Subraya que la inversión en infraestructuras de transporte supone invertir en crecimiento, cohesión, competitividad y creación de empleo a largo plazo, ámbitos en los que la Unión aporta un valor añadido tangible para los ciudadanos;

2.  Subraya que la inversión en infraestructuras energéticas es crucial para la realización de la Unión de la Energía y que, por lo tanto, el MCE es una importante herramienta política para abordar el déficit de inversión en el sector de la energía y generar crecimiento y empleo;

3.  Considera que en el sector del transporte debe darse prioridad a los proyectos que crean o mejoran las conexiones transfronterizas, completan los enlaces que faltan y eliminan los puntos de estrangulamiento; opina, por lo tanto, que, en este caso, el MCE aportaría una contribución concreta a la ambición de conseguir un espacio único europeo de transporte;

4.  Pone de relieve que el MCE ha sido y debe seguir siendo un instrumento eficaz y específico para la inversión en la infraestructura transeuropea (RTE) en el ámbito de los transportes, de la energía y del sector digital, con el fin de contribuir a las prioridades de la Unión en materia de empleo, crecimiento e inversión, el mercado interior, Unión de la Energía y clima y mercado único digital;

5.  Insiste, además, en que el MCE debe centrarse en aportar el valor añadido de la Unión al desarrollo de la conectividad en el transporte, principalmente centrándose en proyectos a escala nacional, regional o local que no podrían realizarse sin el apoyo de la Unión;

6.  Alienta a la Comisión a seguir asignando fondos del MCE en forma de subvenciones, ya que la mayor parte de la financiación del MCE tiene relación con proyectos que aportan mayores beneficios a escala regional y de la Unión, para los cuales no existe financiación nacional suficiente o financiación basada en el mercado;

7.  Pide a la Comisión que estudie nuevas formas de promover el MCE como un instrumento centrado en aspectos políticos con objetivos sectoriales específicos, abordando proyectos complejos con una dimensión transfronteriza o de interoperabilidad a escala de la Unión;

8.  Destaca la importancia de la gestión directa, que garantiza a una asignación rápida de fondos y una ejecución presupuestaria muy sólida, y que la gestión directa de las subvenciones del MCE ha demostrado ser muy eficiente con una reserva de proyectos sólida y un proceso de selección competitivo, centrado en objetivos políticos de la Unión, una aplicación coordinada y la plena participación de los Estados miembros; subraya que la Agencia Ejecutiva de Innovación y Redes (INEA) cuenta con un buen historial por lo que respecta a la gestión financiera del MCE, en particular gracias a su flexibilidad a la hora de derivar con rapidez fondos no utilizados en determinadas acciones para financiar otras nuevas; insiste, por consiguiente, en reforzar la INEA con el fin de asegurar que los fondos de la Unión se utilizan adecuadamente;

9.  Subraya que la realización de muchos proyectos de infraestructuras RTE-T a gran escala que se encuentran actualmente en curso requiere importantes inversiones, parte de las cuales dependen del apoyo continuado de la UE, o corren el riesgo de llegar a un punto muerto;

10.  Destaca las ventajas que ofrece la complementariedad entre el MCE, el programa Horizonte 2020, los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) y el FEIE; señala que el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y el Fondo de Cohesión tienen una sólida dimensión regional que responde a la demanda local y centra la ayuda financiera en las regiones menos desarrolladas y los Estados miembros que pueden acogerse a la ayuda del Fondo de Cohesión;

11.  Subraya la importancia de que se siga destinando/reservando un determinado importe del Fondo de Cohesión en el próximo MFP 2021-2027 para proyectos de transporte en el marco del MCE en los porcentajes de financiación máximos aplicables al Fondo de Cohesión; destaca que el importe asignado del Fondo de Cohesión en el próximo MFP 2021-2027 debe, como mínimo, mantenerse al mismo nivel que en el anterior MFP 2014-2020, y que este importe debe ser, en cualquier caso, suficiente para completar durante el próximo MFP 2021-2027 los proyectos en curso financiados con cargo a las asignaciones procedentes del Fondo de Cohesión;

12.  Acoge con satisfacción las iniciativas en virtud de las cuales una parte del presupuesto de cohesión (11 300 millones de euros – transporte) se ha ejecutado en régimen de gestión directa en el marco del MCE; observa que la inversión en infraestructuras de transporte de la Unión debe seguir siendo un sistema bien equilibrado de recursos gestionados de forma centralizada y de gestión compartida;

13.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que mantengan su compromiso con los principales objetivos de actuación del MCE:

a)  por lo que respecta al transporte – la finalización de la red básica de la RTE-T en 2030, incluido el despliegue de SESAR y ERTMS, y la conclusión de la red integral de la RTE-T para 2050;

b)  por lo que respecta a la energía – la finalización de los corredores prioritarios de la RTE-E en 2030, a saber, digitalizar las redes y hacerlas más inteligentes, lograr los objetivos de interconexión para 2030 (incluso en los Estados miembros periféricos), diseñar redes marítimas integradas y garantizar la seguridad del suministro, por ejemplo, mediante la sincronización;

c)  por lo que respecta a la digitalización – maximizar los beneficios del mercado digital único para todos los ciudadanos y todas las empresas para 2030, lograr una sociedad del gigabit plenamente cibersegura para 2025, prepararse para la conectividad de terabit para 2030 y para el despliegue de una infraestructura de datos y servicios digitales para toda la Unión;

14.  Considera que se necesita un MCE actualizado, que abarque todos los modos de transporte, incluidas la infraestructura viaria y de vías de navegación interior, que se centre en las interconexiones y en la finalización de las redes en las zonas periféricas, y que responda a todas las necesidades de transporte, incluyendo las soluciones digitales, la transferencia modal y un transporte más sostenible; opina que ese MCE actualizado también debe dar prioridad a unos enlaces más directos entre las redes básicas y globales, incluidas, por ejemplo, prioridades horizontales como las autopistas del mar; considera que esto debe verse reflejado en las listas de proyectos preseleccionados que se incluyan en el próximo Reglamento del MCE;

15.  Reitera que la convocatoria de financiación combinada puesta en marcha en 2017, que combina las subvenciones del MCE con instrumentos financieros basados en el mercado, en particular los instrumentos financieros disponibles en el marco del FEIE, tiene por objeto reforzar, en la medida de lo posible, la complementariedad entre los dos sistemas de apoyo, movilizando al mismo tiempo otras fuentes de financiación, concretamente el FEIE, los inversores privados o los bancos nacionales de fomento;

16.  Recuerda que, en el sector de las telecomunicaciones, la concentración dual del MCE en los servicios digitales transfronterizos de interés público y las infraestructuras de comunicación e informáticas ha puesto de manifiesto que el programa influye considerablemente en el logro de los objetivos del mercado único digital de la Unión, al ayudar a desarrollar y aplicar políticas comunes para hacer frente a los retos de la sociedad, incluida la transformación digital de la atención sanitaria, la ciberseguridad, la cobertura 5G de los corredores de las RTE-T, y digitalización de los gobiernos;

17.  Recuerda que en la propuesta de la Comisión de 2011 sobre el MFP se introdujo un instrumento financiero con una dotación total de 50 000 millones de euros, dividido en 9 100 millones de euros para proyectos en el ámbito de la energía, 9 200 millones de euros para proyectos en el sector digital y de las telecomunicaciones, y 21 700 millones de euros para proyectos de transporte, con un importe adicional de 10 millones de asignados/reservados en el Fondo de Cohesión para proyectos de transporte, lo que eleva el total para el sector del transporte, a 31 700 millones de euros; señala que las negociaciones sobre el MFP 2014-2020 y el FEIE redujeron considerablemente este importe;

18.  Celebra la introducción de sinergias intersectoriales en el MCE; espera que las futuras orientaciones políticas sectoriales y el MCE se hagan más flexibles de modo que faciliten las sinergias y respondan mejor a los nuevos avances tecnológicos y nuevas prioridades, como la digitalización, acelerando al mismo tiempo la creación de una economía de bajas emisiones y haciendo frente a los retos sociales comunes como la ciberseguridad;

19.  Pide a la Comisión que utilice el marco del MCE para lograr los objetivos descritos en la iniciativa «Plan de acción sobre movilidad militar: la UE avanza hacia una Unión de Defensa»;

20.  Considera que el nivel de asignación propuesto para el MCE (tal como se indica en la comunicación «Un presupuesto de la Unión para el futuro») y, en particular el bajo nivel de asignación para el transporte, es insatisfactorio, y señala que esta dotación es inferior a la del MFP 2014-2020; pide a la Comisión, por consiguiente, que incluya un importe superior en la propuesta de Reglamento del MCE y que al menos mantenga el mismo nivel financiación del MCE que tenía en virtud del anterior MFP, en consonancia con las necesidades y los beneficios de las infraestructuras de transporte, energía y telecomunicaciones;

21.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión y a los Estados miembros.

 

Última actualización: 18 de septiembre de 2018
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