Propuesta de resolución - B8-0503/2018Propuesta de resolución
B8-0503/2018

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre el asesinato del periodista Yamal Jashogui en el consulado saudí de Estambul

22.10.2018 - (2018/2885(RSP))

tras una declaración de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento interno

Marietje Schaake, Pavel Telička, Petras Auštrevičius, Beatriz Becerra Basterrechea, Izaskun Bilbao Barandica, María Teresa Giménez Barbat, Marian Harkin, Nadja Hirsch, Ivan Jakovčić, Petr Ježek, Patricia Lalonde, Louis Michel, Javier Nart, Urmas Paet, Maite Pagazaurtundúa Ruiz, Frédérique Ries, Robert Rochefort, Jasenko Selimovic, Ramon Tremosa i Balcells, Ivo Vajgl, Hilde Vautmans, Cecilia Wikström en nombre del Grupo ALDE

Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-0498/2018

Procedimiento : 2018/2885(RSP)
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B8-0503/2018
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B8-0503/2018
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B8‑0503/2018

Resolución del Parlamento Europeo sobre el asesinato del periodista Yamal Jashogui en el consulado saudí de Estambul

(2018/2885(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus resoluciones anteriores sobre Arabia Saudí, en particular la Resolución, de 11 de marzo de 2014, sobre Arabia Saudí, sus relaciones con la UE y su papel en Oriente Próximo y el Norte de África[1], la Resolución, de 12 de febrero de 2015, sobre el caso de Raif Badawi[2], la Resolución, de 8 de octubre de 2015, sobre el caso de Alí Mohamed al-Nimr[3], la Resolución, de 31 de mayo de 2018, sobre la situación de los defensores de los derechos de las mujeres en Arabia Saudí[4], y las resoluciones de 25 de febrero de 2016[5] y de 30 de noviembre de 2017[6], sobre la situación humanitaria en Yemen y de 4 de octubre de 2018[7] sobre la situación en Yemen, en las que se pide un embargo de la Unión a la venta de armas a Arabia Saudí, habida cuenta de las graves acusaciones de incumplimiento del Derecho internacional humanitario por este país en Yemen,

–  Vista la declaración de la canciller alemana Angela Merkel, de 21 de octubre de 2018, sobre la suspensión por el momento de la venta de armas al Reino de Arabia Saudí,

–  Vistas las declaraciones de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR), Federica Mogherini, de los días 9 y 15 de octubre de 2018, y su declaración en nombre de la Unión Europea, de 20 de octubre de 2018, sobre las circunstancias recientes en torno al asunto del periodista saudí Yamal Jashogui,

–  Vista la declaración, de 16 de octubre de 2018, de la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, en la que insta a Arabia Saudí a que revele cuanto sepa sobre la desaparición de Yamal Jashogui,

–  Vista la declaración, de 9 de octubre de 2018, de los expertos de las Naciones Unidas por la que solicitan una investigación sobre la desaparición del periodista Yamal Jashogui en Estambul,

–  Vista la declaración de los ministros de Asuntos Exteriores del G-7, de 17 de octubre de 2018, sobre la desaparición de Yamal Jashogui,

–  Vista la declaración conjunta, de 14 de octubre de 2018, de los ministros de Asuntos Exteriores del Reino Unido, Francia y Alemania sobre la desaparición de Yamal Jashogui,

–  Vista la pertenencia de Arabia Saudí al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas,

–  Vistas las Directrices de la UE sobre derechos humanos relativas a la libertad de expresión en internet y fuera de internet,

–  Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP),

–  Vista la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes,

–  Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) de 1948,

–  Vista la concesión del Premio Sájarov a la libertad de conciencia y expresión al bloguero saudí Raif Badawi en 2015,

–  Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento interno,

A.  Considerando que el destacado periodista saudí Yamal Jashogui desapareció tras entrar en el consulado de Arabia Saudí en Estambul el 2 de octubre de 2018 y no ha sido visto desde entonces; que ha salido a la luz información extremadamente preocupante sobre su suerte, que ha dado lugar a alegaciones de posible ejecución extrajudicial y asesinato impulsado por el Estado;

B.  Considerando que en una conversación telefónica con el presidente de los EE. UU., Sr. Trump, el rey de Arabia Saudí, Salmán bin Abdulaziz, negó tener conocimiento de lo ocurrido a Yamal Jashogui;

C.  Considerando que ha habido alegaciones de que las grabaciones de los sistemas de CCTV se hicieron desaparecer del consulado, de que se ordenó al personal turco que se tomara un día de permiso, de que se han repintado partes del consulado tras la desaparición de Yamal Jashogui y de que 15 individuos, la mayoría de ellos con claros vínculos con el príncipe heredero Mohamed bin Salmán, los servicios de seguridad del Estado, el ejército o ministerios del Gobierno, llegaron a Estambul y salieron de allí en dos vuelos chárter el 2 de octubre de 2018, día de la desaparición de Yamal Jashogui;

D.  Considerando que, después de la desaparición del Sr. Jashogui, las autoridades saudíes pusieron obstáculos para entorpecer la realización de una investigación rápida, exhaustiva, eficaz, imparcial y transparente; que solo ante la presión internacional y previo acuerdo con las autoridades turcas se permitió a los investigadores examinar el interior del consulado saudí el 15 de octubre de 2018, y que se concedió el acceso a la residencia del cónsul general el 17 de octubre de 2018; que, según los medios de comunicación turcos el cónsul general, Mohamed al-Otaibí, abandonó el país el 16 de octubre de 2018;

E.  Considerando que, el 14 de octubre de 2018, el Reino de Arabia Saudí publicó una declaración en la que amenazaba con actuar contra posibles medidas restrictivas y de petición de responsabilidades tomadas por gobiernos u organizaciones en respuesta a la desaparición de Yamal Jashogui;

F.  Considerando que Araba Saudí ha admitido que el homicidio de Yamal Jashogui se produjo en su consulado en Estambul;

G.  que funcionarios turcos y saudíes han anunciado una investigación conjunta de la desaparición de Yamal Jashogui; que expertos de las Naciones Unidas han pedido una investigación internacional e independiente de su desaparición;

H.  Considerando que los Estados están obligados a adoptar todas las medidas para impedir la tortura, las desapariciones forzadas y otras graves violaciones de los derechos humanos, a investigar las denuncias de actos que constituyen estos delitos, y a llevar ante la justicia a toda persona sospechosa de haberlos cometido;

I.  Considerando que la libertad de opinión y de expresión de la prensa y los medios de comunicación, en internet y fuera de internet, son derechos fundamentales de todo ser humano y condiciones previas indispensables y catalizadores de la democracia y la reforma, así como controles fundamentales del poder; que unos medios de comunicación libres, diversos e independientes son esenciales en toda sociedad para proteger y promover los derechos humanos; que el trabajo de los periodistas para sacar a la luz abusos de poder, poner de manifiesto la corrupción y cuestionar la opinión generalmente aceptada suele ocasionarles el riesgo de sufrir intimidación y violencia;

J.  Considerando que Arabia Saudí tiene el mayor número de usuarios de Twitter de Oriente Medio; que Arabia Saudí figura en la lista de «Enemigos de internet» de Reporteros sin Fronteras debido a la censura de los medios saudíes y de internet, y al castigo a quienes critican al Gobierno o la religión; que el galardonado con el Premio Sájarov de 2015 Raif Badawi ha sido sometido a castigos corporales y sigue en prisión únicamente por haber expresado pacíficamente sus opiniones;

K.  Considerando que han sufrido amenazas en Arabia Saudí los familiares de periodistas y defensores saudíes de los derechos humanos establecidos fuera del país, incluso en capitales occidentales;

L.  Considerando que en los pasados meses el príncipe heredero Mohamed bin Salmán ha supervisado una represión generalizada de defensores destacados de los derechos humanos, abogados, periodistas, escritores y blogueros, que se ha intensificado desde que comenzó a consolidar su control de las instituciones de seguridad del país;

M.  Considerando que, al mismo tiempo, el régimen saudí está desarrollando una costosa campaña internacional de comunicación en la que se presenta como una fuerza de modernización y anuncia reformas a través de publicidad en la prensa y con carteles las capitales occidentales; que el príncipe heredero Mohamed bin Salmán viajó a Estados Unidos para una gira a través del país, y se reunió con el presidente Trump y muchos líderes y figuras prominentes del sector de las tecnologías y el entretenimiento, en particular famosos;

N.  Considerando que, en diversas ocasiones, el régimen saudí ha presionado, coaccionado y amenazado a países y organizaciones internacionales y ha bloqueado investigaciones internacionales independientes en respuesta ante las críticas de países y organizaciones por violaciones de los derechos humanos en Arabia Saudí o por violaciones del Derecho internacional humanitario cometidas en Yemen;

O.  Considerando que se han utilizado sistemas de vigilancia y otros productos de doble uso para seguir y rastrear los movimientos de defensores de los derechos humanos y críticos en Arabia Saudí;

1.  Condena la desaparición forzosa de Yamal Jashogui y la presunta ejecución extrajudicial y el asesinato impulsado del Estado, y presenta sus condolencias a sus seres queridos;

2.  Expresa su extrema inquietud por las informaciones sobre la suerte de Yamal Jashogui y las alegaciones de implicación de agentes saudíes; toma nota de la investigación que están llevando a cabo funcionarios turcos y saudíes; pide, no obstante, una investigación internacional independiente e imparcial de las circunstancias de su muerte; pide que se identifique a los responsables y sean puestos a la disposición de la justicia ante un tribunal reconocido, digno de crédito, independiente e imparcial;

3.  Insta a las autoridades de Arabia Saudí a que revelen el paradero de los restos de Jashogui y pide a las autoridades saudíes y turcas que aporten una claridad y una transparencia plenas a su investigación; insta a la VP/AR a que apoye la petición de los expertos de las Naciones Unidas de que se realice una investigación internacional independiente y ofrezca su pleno apoyo y asistencia técnica a ambas iniciativas internacionales y a las autoridades turcas en su investigación;

4.  Reitera que si se establece que la desaparición y el asesinato de Yamal Jashogui son obra de agentes saudíes, deben pedirse responsabilidades a las entidades del Estado y a los individuos; pide a la VP/AR y a los Estados miembros, a este respecto, que se preparen para imponer sanciones específicas, en particular la prohibición de visados y el bloqueo de activos, contra individuos saudíes así como sanciones por motivos de derechos humanos contra el Reino de Arabia Saudí;

5.  Insta a la VP/AR, al Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) y a los Estados miembros a que, en el marco de las relaciones de la Unión con el Consejo de Cooperación del Golfo, entablen un diálogo estructural con Arabia Saudí sobre los derechos humanos, las libertades fundamentales y el perturbador papel del país en la región;

6.  Condena el acoso que practican las autoridades saudíes contra defensores de los derechos humanos, abogados, periodistas, escritores y blogueros tanto dentro como fuera del país, e insiste en que las autoridades saudíes adopten las medidas necesarias para que todos puedan ejercer libremente sus derechos sin acoso judicial ni otro tipo de represalias, como las amenazas a las familias;

7.  Pide a las autoridades saudíes que permitan una prensa y unos medios de comunicación independientes y que garanticen la libertad de expresión en internet y fuera de internet y la libertad de asociación y de reunión pacífica a todos los habitantes de Arabia Saudí; condena la represión de defensores de los derechos humanos y manifestantes pacíficos; destaca que la defensa pacífica de derechos legales fundamentales y la crítica a través de los medios sociales son expresiones de un derecho indispensable; insta a las autoridades saudíes a que levanten las restricciones impuestas a los defensores de los derechos humanos por las que se les impide expresarse en los medios sociales y los medios internacionales;

8.  Recuerda a las autoridades saudíes sus obligaciones en virtud de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos y Civiles y Políticos, así como la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes;

9.  Pide a Arabia Saudí que acelere las reformas sociales y políticas y reitera la necesidad de que Arabia Saudí respete plenamente los derechos humanos y la dignidad humana, incluida la lucha contra la impunidad;

10.  Recuerda a los dirigentes de Arabia Saudí su promesa de mantener los estándares más elevados en materia de fomento y protección de los derechos humanos cuando presentaron con éxito su candidatura al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en 2013;

11.  Pide a las autoridades saudíes que ponga fin a las flagelaciones de Raif Badawi y lo liberen inmediata e incondicionalmente, ya que está considerado un preso de conciencia, detenido y condenado únicamente por ejercer su derecho a la libertad de expresión; pide que la Unión siga planteando su caso en todo contacto de alto nivel que pueda producirse;

12.  Pide que se imponga una moratoria a la pena capital;

13.  Pide al Consejo que imponga un embargo general de la Unión a la venta de armas a Arabia Saudí, de acuerdo con la Posición Común 2008/944/PESC, y un embargo a la exportación de sistemas de vigilancia y otros productos de doble uso que pueden utilizarse para fines de represión en Arabia Saudí;

14.  Pide que la presente Resolución se traduzca al árabe (saudí);

15.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Servicio Europeo de Acción Exterior, al secretario general de las Naciones Unidas, a la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, a su majestad el rey Salmán bin Abdulaziz al-Saud y al príncipe heredero Mohamed bin Salmán al-Saud, al Gobierno del Reino de Arabia Saudí y al secretario general del Centro para el Diálogo Nacional del Reino de Arabia Saudí.

 

Última actualización: 24 de octubre de 2018
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