Propuesta de resolución - B8-0584/2018Propuesta de resolución
B8-0584/2018

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre los conflictos de intereses y la protección del presupuesto de la Unión en la República Checa

11.12.2018 - (2018/2975(RSP))

tras las declaraciones del Consejo y de la Comisión
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento interno

Dennis de Jong en nombre del Grupo GUE/NGL

Procedimiento : 2018/2975(RSP)
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B8-0584/2018
Textos presentados :
B8-0584/2018
Textos aprobados :

B8‑0584/2018

Resolución del Parlamento Europeo sobre los conflictos de intereses y la protección del presupuesto de la Unión en la República Checa

(2018/2975(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el Reglamento (UE, Euratom) n.º 2018/1046[1] del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión (en lo sucesivo, «Reglamento Financiero»), y, en particular, su artículo 61,

–  Visto el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.º 1083/2006 del Consejo[2],

–  Vista la denuncia presentada por Transparencia Internacional República Checa en septiembre de 2018 relativa a una posible violación del nuevo Reglamento Financiero por parte del presidente del Gobierno checo Andrej Babiš, a quien se acusa de tener un conflicto de intereses,

–  Visto el dictamen del Servicio Jurídico de la Comisión, de 19 de noviembre de 2018, relativo al conflicto de intereses del Sr. Babiš en relación con el conglomerado de empresas Agrofert,

–  Vista la Ley n.º 159/2006 de la República Checa, de 16 de marzo de 2006, sobre el conflicto de intereses, cuyo artículo 4c entró en vigor en septiembre de 2017,

–  Vista la decisión de los coordinadores de la Comisión de Control Presupuestario de plantear la cuestión de un posible conflicto de intereses del Sr. Babiš en el marco de la aprobación de la gestión,

–  Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento interno,

A.  Considerando que el Reglamento Financiero de 2018 y su nuevo artículo 61 entraron en vigor el 2 de agosto de 2018;

B.  Considerando que el artículo 61 incluye en la definición de conflicto de intereses «cualquier otro motivo directo o indirecto de interés personal» y abarca todos los agentes financieros y otras personas, incluidas las autoridades nacionales de cualquier rango que participen en la ejecución del presupuesto de forma directa, indirecta y compartida en la gestión;

C.  Considerando que la Comisión tiene el deber de supervisar la conformidad de los sistemas nacionales con los requisitos de la Unión y de aplicar las medidas adecuadas para proteger el presupuesto de la Unión, incluida la suspensión de los pagos y la introducción de correcciones financieras si se detectan infracciones a la legislación aplicable;

D.  Considerando que el artículo 63 del Reglamento Financiero impone a los Estados miembros el establecimiento de sistemas de gestión y control que, como exige el artículo 36, apartado 3, sean capaces de prevenir conflictos de intereses;

E.  Considerando que en 2017 el Sr. Babiš transfirió sus acciones de la empresa Agrofert y del Grupo Agrofert a dos fondos fiduciarios privados creados recientemente y de los que era el único constituyente y único beneficiario;

F.  Considerando que el Grupo Agrofert posee participaciones en otras 200 o 300 empresas que recibieron en 2017 hasta 82 millones EUR en financiación a partir de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE);

G.  Considerando que es responsabilidad en primer lugar de las autoridades nacionales realizar las acciones necesarias, lo que las obliga a adoptar las medidas adecuadas para abordar la situación;

H.  Considerando que el dictamen del Servicio Jurídico de la Comisión califica la situación del Sr. Babiš como conflicto de intereses, ya que los funcionarios públicos y los políticos no deben beneficiarse de unos fondos de la Unión de los que tienen el control en última instancia;

I.  Considerando que el dictamen jurídico se centra en posibles violaciones del Reglamento Financiero de 2018 en relación con Fondos EIE en 2018; que deja abierta la posibilidad de que el conflicto de intereses se remonte a 2013 y afecte también a otros fondos de la Unión;

J.  Considerando que el artículo 4c de la Ley n.º 159/2006 de la República Checa sobre el conflicto de intereses prohíbe la concesión de una subvención a una empresa en la que un funcionario público o entidad bajo su control posea como mínimo una participación del 25 %;

K.  Considerando que, de conformidad con el artículo 2, apartado 1, letra c), de la ley mencionada, la noción de funcionario público incluye a los miembros del Gobierno;

1.  Solicita que el Gobierno checo realice las investigaciones necesarias para evaluar la aplicación de la Ley n.º 159/2006 de la República Checa sobre el conflicto de intereses en relación con el caso específico del presidente del Gobierno checo y Agrofert;

2.  Solicita que el Gobierno checo, tras la finalización de la investigación, adopte todas las medidas necesarias para abordar la situación;

3.  Solicita que la Comisión presente sin demora al Parlamento su respuesta a la denuncia de Transparencia Internacional[3];

4.  Pide, en particular, que la Comisión haga público el dictamen sobre este caso de su Servicio Jurídico, con fecha de 19 de noviembre de 2018, relativo al efecto del artículo 61 del nuevo Reglamento Financiero (conflicto de intereses) sobre los pagos de los Fondos EIE;

5.  Solicita que la Comisión presente al Parlamento la carta que, según el comisario Oettinger en su reunión del 3 de diciembre de 2018 con la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento, fue enviada al Gobierno checo;

6.  Solicita que la Comisión invite a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) a estudiar este caso e iniciar sus propias investigaciones sobre la cuestión;

7.  Solicita que la Comisión presente al Parlamento un informe detallado sobre la situación de este caso antes de finales de enero de 2019;

8.  Lamenta una vez más que se haya abandonado el informe por países en un segundo informe de la Comisión sobre la lucha contra la corrupción en la UE (ARES(2017)455202); pide de nuevo a la Comisión que reanude la información, al margen del semestre económico, sobre la situación en materia de corrupción en los Estados miembros, incluida una evaluación de la eficacia de los esfuerzos de lucha contra la corrupción respaldados por la Unión; reitera su petición a la Comisión de que no evalúe los esfuerzos de lucha contra la corrupción solo en términos de pérdidas económicas;

9.  Pide a la Comisión que evalúe los sistemas de control existentes en la República Checa para valorar si cumplen los artículos 36 y 63 del Reglamento Financiero;

10.  Recuerda la necesidad de efectuar un seguimiento de esta cuestión, en particular en su Resolución sobre la aprobación de la gestión de la Comisión;

11.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión, al Consejo, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y al presidente de la República Checa.

 

Última actualización: 12 de diciembre de 2018
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