Propuesta de resolución - B8-0083/2019Propuesta de resolución
B8-0083/2019

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la situación en Venezuela

30.1.2019 - (2019/2543(RSP))

tras una declaración de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento interno

Charles Tannock, Jan Zahradil, Pirkko Ruohonen‑Lerner, Monica Macovei, Hans‑Olaf Henkel, Angel Dzhambazki, Ruža Tomašić en nombre del Grupo ECR

Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-0082/2019

Procedimiento : 2019/2543(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B8-0083/2019
Textos presentados :
B8-0083/2019
Debates :
Textos aprobados :

B8‑0083/2019

Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación en Venezuela

(2019/2543(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre Venezuela, en particular las de 3 de mayo de 2018, sobre las elecciones presidenciales en Venezuela[1], de 5 de julio de 2018, sobre la crisis migratoria y la situación humanitaria en Venezuela y sus fronteras terrestres con Venezuela y Brasil[2], y de 25 de octubre de 2018, sobre la situación en Venezuela[3],

–  Visto el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional,

–  Vista la Constitución de Venezuela, y en particular sus artículos 72 y 233,

–  Vista la declaración realizada el 19 de abril de 2018 por la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR) sobre la situación en Venezuela,

–  Visto el artículo 123 de su Reglamento interno,

A.  Considerando que las elecciones presidenciales celebradas en Venezuela el 20 de mayo de 2018 se desarrollaron sin que se cumplieran las normas mínimas internacionales de un proceso digno de crédito y sin que se respetaran el pluralismo político, la democracia, la transparencia y el Estado de Derecho; que la Unión Europea y otros países democráticos y organizaciones regionales e internacionales no reconocieron la elección, su resultado ni a las autoridades que surgieron de ese proceso ilegítimo;

B.  Considerando que Venezuela se enfrenta a una crisis social, económica y humanitaria sin precedentes como consecuencia de una crisis política;

C.  Considerando que, el 10 de enero de 2019, Nicolás Maduro, ilegítimamente y en contra del orden constitucional, usurpó el poder presidencial ante el Tribunal Supremo de Justicia;

D.  Considerando que, el 23 de enero de 2019, Juan Guaidó, elegido legítima y democráticamente presidente de la Asamblea Nacional, juró como presidente interino de Venezuela, de conformidad con el artículo 233 de la Constitución venezolana;

E.  Considerando que la Unión Europea ha pedido en repetidas ocasiones el restablecimiento de la democracia y el Estado de Derecho en Venezuela mediante un proceso político creíble;

1.  Expresa su solidaridad con el pueblo de Venezuela;

2.  Reconoce a Juan Guaidó como presidente interino legítimo de la República Bolivariana de Venezuela, de conformidad con el artículo 233 de la Constitución venezolana;

3.  Pide a la VP/AR y a los Estados miembros de la Unión que adopten una posición firme y unificada y que reconozcan a Juan Guaidó como el único presidente interino legítimo del país hasta que se anuncie la celebración de nuevas elecciones; se felicita de que varios Estados democráticos ya hayan reconocido la nueva presidencia interina;

4.  Condena enérgicamente los recientes actos de violencia, los asesinatos y las víctimas que se han producido, y expresa sus sinceras condolencias a los familiares de las víctimas; insta a las autoridades venezolanas a que pongan fin a todas las violaciones de los derechos humanos y exijan responsabilidades a sus autores, y a que velen por que se respeten plenamente todas las libertades fundamentales y todos los derechos humanos;

5.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al presidente interino legítimo de la República y de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, a los Gobiernos y Parlamentos del Grupo de Lima, a la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana y al secretario general de la Organización de los Estados Americanos.

 

Última actualización: 31 de enero de 2019
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