Propuesta de resolución - B8-0085/2019Propuesta de resolución
B8-0085/2019

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la situación en Venezuela

30.1.2019 - (2019/2543(RSP))

tras una declaración de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad
presentada de conformidad con el artículo 123, apartado 2, del Reglamento interno

Ramón Jáuregui Atondo, Francisco Assis, Elena Valenciano en nombre del Grupo S&D

Véase también la propuesta de resolución común RC-B8-0082/2019

Procedimiento : 2019/2543(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B8-0085/2019
Textos presentados :
B8-0085/2019
Debates :
Textos aprobados :

B8‑0085/2019

Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación en Venezuela

(2019/2543(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Decisión (PESC) 2018/1656 del Consejo, de 6 de noviembre de 2018, por la que se modifica la Decisión (PESC) 2017/2074 relativa a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela[1], y por la que se prorrogan hasta el 14 de noviembre de 2019 las medidas restrictivas específicas actualmente en vigor,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo de Asuntos Exteriores de 15 de octubre de 2018,

–  Vista la declaración realizada el 26 de enero de 2019 por la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR) sobre la situación en Venezuela,

–  Vista la declaración de la alta representante, de 10 de enero de 2019, en nombre de la Unión, sobre el nuevo mandato del presidente Maduro,

–  Vistas sus anteriores resoluciones sobre la situación en Venezuela, en particular las de 27 de febrero de 2014, sobre la situación en Venezuela[2], de 18 de diciembre de 2014, sobre la persecución de la oposición democrática en Venezuela[3], de 12 de marzo de 2015, sobre la situación en Venezuela[4], de 8 de junio de 2016, sobre la situación en Venezuela[5], de 27 de abril de 2017, sobre la situación en Venezuela[6], de 8 de febrero de 2018, sobre la situación en Venezuela[7], de 3 de mayo de 2018, sobre las elecciones en Venezuela[8], de 5 de julio de 2018, sobre la crisis migratoria y la situación humanitaria en Venezuela y sus fronteras terrestres con Colombia y Brasil[9] y de 25 de octubre de 2018, sobre la situación en Venezuela[10],

–  Vista la Constitución de Venezuela, y en particular su artículo 233,

–  Visto el artículo 123, apartado 2, de su Reglamento interno,

A.  Considerando que la población venezolana se enfrenta a una terrible situación social y económica en la que, según las Naciones Unidas, más de 3 millones de venezolanos han migrado a países vecinos, la tasa de inflación del pasado año ha aumentado por encima del 1 650 000 % y que, según la Federación Farmacéutica Venezolana (Fefarven), el país carece del 85 % de los medicamentos que se venden regularmente;

B.  Considerando que las conclusiones de la reunión del Consejo de Asuntos Exteriores del 15 de octubre de 2018 incluyen una referencia a una solución política a la crisis actual, que debe buscarse explorando la posibilidad de establecer un grupo de contacto, cuyo objetivo sería promover una iniciativa dirigida conjuntamente con socios regionales e internacionales clave con vistas a crear las condiciones que pudieran dar lugar a un proceso político;

C.  Considerando que las elecciones del 20 de mayo de 2018 se celebraron sin que se cumplieran las normas mínimas internacionales de un proceso digno de crédito y sin que se respetaran el pluralismo político, la democracia, la transparencia y el Estado de Derecho; que la Unión, al igual que otros países democráticos y organizaciones regionales, no reconoció ni esas elecciones ni a las autoridades que surgieron de este proceso ilegítimo;

D.  Considerando que, pese a la falta de reconocimiento de las elecciones del 20 de mayo de 2018, el 10 de enero de 2019, Nicolás Maduro prestó juramento ante el Tribunal Supremo de Justicia para el período 2019-2025;

E.  Considerando que, en los últimos días, han tenido lugar en Venezuela manifestaciones populares; que veintiséis personas han sido asesinadas desde entonces, víctimas de la violencia indiscriminada de las autoridades;

F.  Considerando que, el 23 de enero de 2019, Juan Guaidó, presidente de la Asamblea Nacional, juró como presidente interino de Venezuela, de conformidad con el artículo 233 de la Constitución venezolana;

G.  Considerando que la Unión sigue convencida de que la única salida duradera a la crisis en Venezuela pasa por una solución política, democrática y pacífica, y está colaborando con socios internacionales y regionales en la búsqueda de una manera de propiciar las condiciones para que se lleve a cabo un proceso político creíble entre los actores venezolanos pertinentes; que la Unión ha reiterado su voluntad de mantener abiertos los canales de comunicación;

1.  Expresa su solidaridad con el pueblo de Venezuela, condena enérgicamente la violencia y los asesinatos, y expresa sus sinceras condolencias a los familiares y amigos de las víctimas; insta a las autoridades venezolanas a que pongan fin a todas las violaciones de los derechos humanos y exijan responsabilidades a sus autores, y a que velen por que se respeten plenamente todas las libertades fundamentales y todos los derechos humanos;

2.  Reitera su pleno apoyo a la Asamblea Nacional, que es el único órgano democrático legítimo de Venezuela, y cuyas competencias deben restablecerse y respetarse, incluidas las prerrogativas y la seguridad de sus miembros;

3.  Reitera sus anteriores posiciones afirmando que una solución pacífica, democrática e integradora es la única vía sostenible para salir del actual estancamiento político y de la grave crisis social que ha provocado; por consiguiente, condena y rechaza cualquier propuesta o tentativa que pueda implicar el uso de armas o la violencia para la resolución de la crisis;

4.  Solicita que se celebren elecciones presidenciales libres, transparentes y creíbles conformes con las normas democráticas internacionales y con el orden constitucional venezolano;

5.  Pide al Servicio Europeo de Acción Exterior que colabore con los países de la región y con otros actores clave con el fin de crear un grupo internacional de contacto, según se indicaba en las Conclusiones del Consejo de 15 de octubre de 2018; hace hincapié en que dicho grupo debe promover un entendimiento y un enfoque concertado entre los principales actores internacionales sobre la situación en Venezuela con el fin de alcanzar una solución pacífica y democrática a la crisis actual, evitando cualquier mediación directa entre las partes venezolanas, y creando en su lugar las condiciones necesarias para un proceso creíble que permita a los venezolanos determinar su propio futuro mediante la celebración de nuevas elecciones con todas las garantías, incluidos un calendario definido de común acuerdo, la igualdad de condiciones para todos los actores, la transparencia y la observación internacional; reitera que solo garantizando estas condiciones será posible poner fin a la crisis institucional que sufre el país;

6.  Recuerda la petición presentada por la Unión en la que se solicita la convocatoria urgente de elecciones libres, transparentes y creíbles, y declara que, a falta de tal anuncio, se solicitará a la VP/AR, a la Unión y a los Estados miembros, que adopten una sólida posición unificada y que reconozcan a Juan Guaidó como presidente interino del país hasta que se convoquen nuevas elecciones;

7.  Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al presidente interino legítimo de la República y de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, a los Gobiernos y Parlamentos del Grupo de Lima, a la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana y al secretario general de la Organización de los Estados Americanos.

 

Última actualización: 31 de enero de 2019
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