Propuesta de resolución - B9-0010/2019Propuesta de resolución
B9-0010/2019

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la situación en Venezuela

15.7.2019 - (2019/2730(RSP))

tras una declaración de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad
presentada de conformidad con el artículo 132, apartado 2, del Reglamento interno

Dita Charanzová, Andrus Ansip, Petras Auštrevičius, José Ramón Bauzá Díaz, Catherine Bearder, Izaskun Bilbao Barandica, Jordi Cañas, Catherine Chabaud, Olivier Chastel, Dacian Cioloș, Martina Dlabajová, Pascal Durand, Laurence Farreng, Valter Flego, Luis Garicano, Cristian Ghinea, Klemen Grošelj, Christophe Grudler, Bernard Guetta, Irena Joveva, Pierre Karleskind, Ondřej Kovařík, Ilhan Kyuchyuk, Javier Nart, Jan‑Christoph Oetjen, Urmas Paet, Maite Pagazaurtundúa, Dragoş Pîslaru, Samira Rafaela, Frédérique Ries, Stéphane Séjourné, Michal Šimečka, Susana Solís Pérez, Nicolae Ştefănuță, Ramona Strugariu, Irène Tolleret, Dragoş Tudorache, Hilde Vautmans, Marie‑Pierre Vedrenne
en nombre del Grupo Renew

Véase también la propuesta de resolución común RC-B9-0006/2019

Procedimiento : 2019/2730(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B9-0010/2019
Textos presentados :
B9-0010/2019
Debates :
Textos aprobados :

B9‑0010/2019

Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación en Venezuela

(2019/2730(RSP))

El Parlamento Europeo,

 Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Venezuela, y en particular las de 8 de febrero de 2018, sobre la situación en Venezuela[1], de 3 de mayo de 2018, sobre las elecciones en Venezuela[2], de 5 de julio de 2018, sobre la crisis migratoria y la situación humanitaria en Venezuela y sus fronteras terrestres con Colombia y Brasil[3], de 25 de octubre de 2018, sobre la situación en Venezuela[4], de 31 de enero de 2019, sobre la situación en Venezuela[5], y de 28 de marzo de 2019, sobre la situación de emergencia en Venezuela[6],

 Visto el informe sobre Venezuela de la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, de 4 de julio de 2019,

 Vistas las declaraciones de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR) sobre Venezuela, de los días 10 de enero de 2019, 26 de enero de 2019 y 24 de febrero de 2019, 28 de marzo de 2019, 30 de abril de 2019 y 18 de junio de 2019,

 Visto el informe de la Organización de los Estados Americanos (OEA) sobre migrantes y refugiados venezolanos, de 8 de marzo de 2019,

 Vista la IV Reunión Técnica Internacional del Proceso de Quito, celebrada en Buenos Aires los días 4 y 5 de julio de 2019,

 Vista la declaración del Grupo de Lima de 30 de abril de 2019,

 Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948,

 Visto el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI),

 Vista la Constitución de Venezuela, y en particular su artículo 233,

 Visto el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno,

A. Considerando que las elecciones presidenciales celebradas el 20 de mayo de 2018 se desarrollaron de tal forma que no cumplieron las normas mínimas internacionales para un proceso creíble; que la Unión Europea, junto con otras organizaciones regionales y países democráticos, no reconoció ni las elecciones ni a las autoridades que surgieron de este proceso ilegítimo;

B. Considerando que, el 10 de enero de 2019, Nicolás Maduro usurpó ilegítimamente el poder presidencial ante el Tribunal Supremo de Justicia, infringiendo el orden constitucional; que, el 23 de enero de 2019, Juan Guaidó, elegido legítima y democráticamente presidente de la Asamblea Nacional, juró como presidente interino de Venezuela, de conformidad con el artículo 233 de la Constitución venezolana;

C. Considerando que la situación de los derechos humanos, el Estado de Derecho y la democracia en Venezuela se ha ido deteriorando gravemente desde la elección de Nicolás Maduro en 2013; que entre los años 2018 y 2019 la crisis política, económica, institucional, social y humanitaria multidimensional en Venezuela ha empeorado significativamente; que el agravamiento de la escasez de medicamentos y alimentos, las violaciones masivas de los derechos humanos, la hiperinflación, la opresión política, la corrupción y la violencia están poniendo en peligro la vida de las personas y obligándolas a huir del país;

D. Considerando que la alta comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Michelle Bachelet, visitó el país entre el 19 y el 21 de junio de 2019; que instó al Gobierno de facto de Venezuela a adoptar medidas concretas e inmediatas para detener y subsanar las graves violaciones de los derechos humanos registradas en el país;

E. Considerando que más de 7 millones personas precisan ayuda humanitaria en Venezuela; que el régimen de Maduro no ha realizado ningún intento serio de hacer frente a la alarmante y extendida crisis humanitaria, faltando así a la responsabilidad que tiene hacia sus propios ciudadanos de proteger y atender a las necesidades de su pueblo; que dicho régimen ha violado el derecho a la alimentación, incluida la obligación del Estado de garantizar que la población no pasa hambre; que, según las Naciones Unidas, 3,7 millones de venezolanos padecen malnutrición, en particular niños y mujeres embarazadas;

F. Considerando que el sistema sanitario en Venezuela está al borde del colapso, ya que los hospitales sufren carencias de personal, suministros, medicinas y electricidad, lo que ha provocado la muerte de, al menos, 1 557 personas entre noviembre de 2018 y febrero de 2019; que escasean entre el 60 % y el 100 % de los medicamentos esenciales en cuatro de las principales ciudades de Venezuela, incluida Caracas; que la mortalidad materna ha aumentado y que muchas mujeres han tenido que abandonar el país para dar a luz; que enfermedades ya erradicadas, como la malaria, la enfermedad de Chagas, el dengue, el zika, el chikungunya y otras, han reaparecido y se han propagado en Venezuela como consecuencia de la gravísima situación del sistema sanitario; que estas epidemias se están agravando y podrían proliferar más allá de las fronteras de Venezuela y provocar una emergencia de salud pública a escala regional;

G. Considerando que, según estimaciones actuales, en los últimos cuatro años han abandonado el país unos cuatro millones de personas, en un contexto de grave escasez de alimentos, medicamentos y servicios básicos, de empeoramiento de la violencia y la delincuencia, y de represión en nombre del régimen; que esta migración está ejerciendo una presión particular sobre los países vecinos, pero también de forma creciente sobre la Unión Europea y los territorios europeos del Caribe; que el número total de venezolanos que se han visto obligados a emigrar habrá superado los cinco millones para finales de 2019, convirtiendo esta crisis en la segunda mayor crisis migratoria y de refugiados a escala mundial;

H. Considerando que veintidós diputados, incluido el presidente de la Asamblea Nacional, han sido despojados de su inmunidad parlamentaria; que dos diputados se encuentran retenidos y dieciséis han buscado protección en embajadas, han abandonado el país o se hallan escondidos;

I. Considerando que durante el último año y medio casi 7 000 personas han sido asesinadas en Venezuela en el transcurso de operaciones de seguridad; que, según las conclusiones del informe publicado por el Consejo de Derechos Humanos (CDH) de las Naciones Unidas el 4 de julio de 2019, las autoridades están utilizando las FAES (Fuerzas de Acciones Especiales de la Policía Nacional Bolivariana) y otras fuerzas de seguridad como parte de su política de infundir miedo entre la población y mantener el control social; que a las familias de las personas que resultaron muertas durante las protestas se las sigue privando del ejercicio de sus derechos a la verdad, la justicia y a una reparación;

J. Considerando que el régimen recurre de manera sistémica a la tortura como herramienta de intimidación y castigo de los manifestantes, lo que genera un ambiente de terror; que, según las conclusiones del informe del CDH, los servicios de seguridad e inteligencia, en particular el SEBIN (Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional) y la DGCIM (Dirección General de Contrainteligencia Militar), han recurrido sistemáticamente a estas prácticas; que los presos políticos en Venezuela, en particular los que están en manos de la DGCIM, están siendo sometidos a tortura en estos momentos y que, en la actualidad, se encuentran incomunicados, sin posibilidad alguna de contacto con sus abogados y familiares, que temen por sus vidas y por su integridad física;

K. Considerando que el 29 de junio de 2019 falleció mientras se encontraba bajo custodia Rafael Acosta Arévalo, un capitán de la Marina que había sido detenido y torturado por una supuesta trama para el asesinato de Nicolás Maduro; que un informe de autopsia filtrado sugiere que fue golpeado y electrocutado; que el cuerpo del capitán Acosta fue enterrado por funcionarios gubernamentales sin el consentimiento de su familia;

L. Considerando que el 2 de julio de 2019 Rufo Chacón, un joven venezolano de dieciséis años, perdió la visión tras recibir un disparo en el rostro efectuado por funcionarios del Gobierno de facto durante una protesta por la escasez de gasolina;

M. Considerando que, en la Cumbre Mundial de las Naciones Unidas, celebrada en septiembre de 2005, todos los Estados miembros aceptaron oficialmente la responsabilidad de cada Estado de proteger a su población contra los crímenes contra la humanidad; que los Estados miembros acordaron también que, cuando un Estado no cumpla con su responsabilidad, la comunidad internacional tiene el deber de ayudar a proteger a la población amenazada por esos crímenes;

1. Reitera su pleno apoyo al presidente interino legítimo, Juan Guaidó, de conformidad con el artículo 233 de la Constitución venezolana; reitera su pleno apoyo a la Asamblea Nacional, que actualmente es el único órgano democrático de Venezuela elegido legítimamente y cuyos poderes han de restaurarse y respetarse, incluidas las prerrogativas y la seguridad de sus miembros; pide a todos los Estados miembros de la Unión que reconozcan a Juan Guaidó como presidente interino legítimo de Venezuela;

2. Reitera su profunda preocupación por las graves crisis políticas, económicas y humanitarias, que están poniendo en grave peligro la vida de los venezolanos y cuyos efectos repercuten también en la región;

3. Condena enérgicamente la feroz represión y la violencia ejercida contra la población civil y la oposición democrática por parte de los cuerpos policiales y las fuerzas de seguridad, que han dado lugar a detenciones arbitrarias, lesiones y muertes; manifiesta su solidaridad con el pueblo de Venezuela y transmite su más sentido pésame a los familiares y amigos de las víctimas;

4. Hace hincapié en la responsabilidad directa de Nicolás Maduro, así como de las fuerzas armadas y las unidades de inteligencia al servicio de su régimen ilegítimo, con respecto al uso indiscriminado de la violencia para reprimir la oposición democrática y pacífica al régimen; condena el recurso, en cualquier circunstancia, a las detenciones arbitrarias, torturas y ejecuciones extrajudiciales, que están prohibidas en virtud de los convenios internacionales, incluidos aquellos de los que Venezuela es signataria;

5. Condena las violaciones del derecho a la alimentación y a la atención médica; pide urgentemente que se asegure la disponibilidad y accesibilidad de los alimentos, los medicamentos y los servicios sanitarios, prestando al mismo tiempo una atención especial a los servicios maternoinfantiles; pide al régimen de Maduro que abra de inmediato un canal humanitario para permitir la entrada de ayuda en el país;

6. Destaca la necesidad de que se detengan, condenen públicamente, castiguen y eviten todos los actos de persecución y represión selectiva por razones políticas; pide a las autoridades que garanticen la seguridad y los derechos de todas las personas privadas de libertad en Venezuela y que liberen a todas las personas detenidas arbitrariamente;

7. Muestra su inquietud por el agravamiento de la crisis migratoria en toda la región; pide a la Comisión que siga cooperando con los países vecinos que han acogido a los migrantes venezolanos, no solo prestando asistencia humanitaria sino también aportando más recursos a través de su política de desarrollo;

8. Señala que el diálogo en curso debe basarse en la hoja de ruta adoptada en la Asamblea Nacional de Venezuela; insiste en que el principal objetivo del diálogo debe ser una transición pacífica hacia la democracia mediante la creación de condiciones que conduzcan a unas elecciones presidenciales libres, transparentes y creíbles, sobre la base de un calendario fijo, unas condiciones justas para todos los actores, transparencia y la presencia de observadores internacionales fiables;

9. Recuerda a quienes ejercen el poder en Venezuela su responsabilidad a la hora de proteger a la población venezolana contra las violaciones de los derechos humanos y los crímenes contra la humanidad, entre otros; recuerda, además, a la comunidad internacional, y a la Unión y sus Estados miembros en particular, el principio del «deber de proteger» a la población venezolana contra los crímenes contra la humanidad perpetrados por el Estado; recuerda que este es un compromiso colectivo acordado por los Estados miembros de las Naciones Unidas, para evitar una catástrofe humanitaria de enormes consecuencias; pide a la comunidad internacional que estudie todas las opciones diplomáticas, humanitarias y pacíficas, de forma coordinada y en el marco de las Naciones Unidas, con el fin de defender el principio del «deber de protección»;

10. Pide al Consejo que imponga sanciones adicionales dirigidas contra los activos de las autoridades estatales ilegítimas en el extranjero y las personas responsables de violaciones de los derechos humanos y de la represión, y que haga extensivas estas sanciones a los familiares de estas personas; considera que las autoridades de la Unión deben restringir los movimientos de dichas personas y los de sus parientes más cercanos, e inmovilizar sus activos y sus visados; solicita que el Consejo estudie con urgencia nuevas medidas económicas, incluida la imposición de sanciones a la empresa petrolera estatal Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA);

11. Reitera su pleno respaldo a las investigaciones de la Corte Penal Internacional sobre los graves delitos y actos de represión perpetrados por el régimen venezolano, algunos de los cuales constituyen crímenes contra la humanidad; insta a la Unión Europea y a sus Estados miembros a que se sumen a la iniciativa de los Estados parte en la CPI de investigar los crímenes contra la humanidad cometidos por el Gobierno de facto de Maduro y hacer así que los responsables rindan cuentas de dichos actos;

12. Apoya la iniciativa de establecer una comisión de investigación con el CDH de las Naciones Unidas que determine las responsabilidades individuales en las violaciones sistemáticas de los derechos humanos en Venezuela; apoya además el llamamiento del CDH en pro del establecimiento de un mecanismo nacional imparcial e independiente, con el respaldo de la comunidad internacional, que investigue las ejecuciones extrajudiciales perpetradas durante operaciones de seguridad, de modo que se garantice que los responsables rindan cuentas de sus actos, y que se proporcione una reparación y protección a los familiares de las víctimas frente a la intimidación y las represalias;

13. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al presidente interino legítimo de la República y de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, a los Gobiernos y Parlamentos del Grupo de Lima, a la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana y al secretario general de la Organización de los Estados Americanos.

 

Última actualización: 18 de julio de 2019
Aviso jurídico - Política de privacidad