Propuesta de resolución - B9-0123/2019Propuesta de resolución
B9-0123/2019

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la operación militar turca en el nordeste de Siria y sus consecuencias

21.10.2019 - (2019/2886(RSP))

tras una declaración de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad
presentada de conformidad con el artículo 132, apartado 2, del Reglamento interno

Tineke Strik, Petra De Sutter, Katrin Langensiepen, Margrete Auken, Hannah Neumann, Markéta Gregorová, Gina Dowding, Alice Kuhnke, Bronis Ropė, Jutta Paulus, Mounir Satouri, Heidi Hautala, Michael Bloss, Anna Cavazzini, Caroline Roose, Ernest Urtasun, Salima Yenbou, Sergey Lagodinsky, Karima Delli, Viola Von Cramon-Taubadel, Damien Carême, Gwendoline Delbos-Corfield, François Alfonsi, Saskia Bricmont, Ciarán Cuffe, Yannick Jadot, Catherine Rowett, David Cormand
en nombre del Grupo Verts/ALE
Fabio Massimo Castaldo

Véase también la propuesta de resolución común RC-B9-0123/2019

Procedimiento : 2019/2886(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B9-0123/2019
Textos presentados :
B9-0123/2019
Textos aprobados :

B9-0123/2019

Resolución del Parlamento Europeo sobre la operación militar turca en el nordeste de Siria y sus consecuencias

(2019/2886(RSP))

El Parlamento Europeo,

 Vistas sus anteriores resoluciones sobre Siria, en particular la de 15 de marzo de 2018[1],

 Vistas las Conclusiones del Consejo sobre Siria, en particular las de 14 de octubre de 2019, sobre el nordeste de Siria,

 Vistas las declaraciones de la vicepresidenta de la Comisión / alta representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, en particular la declaración de 9 de octubre de 2019, sobre los recientes acontecimientos en el nordeste de Siria,

 Vistas las declaraciones del portavoz del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, de 11 y 15 de octubre de 2019, sobre Siria,

 Vistos los Convenios de Ginebra de 1949 y sus protocolos adicionales,

 Visto el Comunicado de Ginebra de 30 de junio de 2012,

 Vistas las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre Siria, incluida la Resolución 2254 de 18 de diciembre de 2015,

 Vistos los informes de la Comisión Internacional Independiente de Investigación sobre la República Árabe Siria, creada por el Consejo de Derechos Humanos (CDH) de las Naciones Unidas, y las Resoluciones del CDH de las Naciones Unidas sobre Siria,

 Vista la Resolución 71/248 aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 21 de diciembre de 2016, por la que se establece un Mecanismo Internacional, Imparcial e Independiente para Ayudar en la Investigación y el Enjuiciamiento de los Responsables de los Delitos de Derecho Internacional Más Graves Cometidos en la República Árabe Siria desde marzo de 2011,

 Visto el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (CPI),

 Visto el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno,

A. Considerando que la prolongada situación de conflicto en Siria se ha convertido en una de las peores crisis humanitarias de la historia reciente y sigue teniendo repercusiones devastadoras para el pueblo sirio; que este conflicto, apoyado y agudizado por actores externos, tiene efectos profundamente desestabilizadores en esta región del mundo y fuera de ella;

B. Considerando que el 6 de octubre de 2019 el presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, informó al presidente de Turquía, Recep Tayyip Erdogan, de que no se opondría a sus planes de lanzar una ofensiva militar en las zonas controladas por las Fuerzas Democráticas Sirias (FDS) kurdas en el nordeste de Siria; que, poco después, se anunció la decisión de los Estados Unidos de retirar sus tropas destinadas a la zona; que el 9 de octubre de 2019 Turquía puso en marcha una operación militar con el apoyo de las milicias árabes sirias; que las autoridades turcas han acogido siempre con recelo las reivindicaciones de autodeterminación del pueblo kurdo tanto dentro como fuera de las fronteras de Turquía; que ello se ha traducido en la represión constante de los derechos a la libertad de expresión y de participación política en el sudeste de Turquía y en frecuentes inculpaciones por delitos de terrorismo sin pruebas concluyentes; y que las FDS han desempeñado un papel fundamental en la lucha contra el Dáesh/EIIL y siguen realizando una importante función para garantizar la seguridad en la región;

C. Considerando que desde el inicio de la invasión turca decenas de civiles, en su mayoría kurdos, han perdido la vida y al menos 300 000 personas han tenido que huir de sus hogares; que, a raíz de la operación militar, 70 000 niños han sido desplazados y que al menos cuatro niños han muerto y otros nueve han resultado heridos en el nordeste de Siria, mientras que nueve menores han perdido la vida en Turquía, según datos de UNICEF; y que 170 000 niños podrían necesitar ayuda humanitaria a resultas de los ataques;

D. Considerando que el presidente de Turquía anunció un plan para crear una zona de seguridad a lo largo del norte de Siria y manifestó su intención de deportar hasta 3 millones de refugiados sirios que actualmente viven en Turquía a dicha zona, lo que equivaldría a una devolución, dada la inestable y peligrosa situación en el nordeste de Siria; que el desplazamiento forzoso de población constituye una vulneración del Derecho internacional humanitario y se considera un crimen de lesa humanidad; y que el desplazamiento forzoso de refugiados a la zona de seguridad tendría asimismo como objetivo la alteración de la estructura demográfica del nordeste de Siria;

E. Considerando que las fuerzas bajo mando kurdo que luchan en Siria alcanzaron un acuerdo con el régimen de Bashar Al-Asad para que les defendiera en caso de intervención militar de Turquía; que los detalles del acuerdo siguen sin desvelarse; que la presencia de fuerzas de Al-Asad en el norte de Siria incrementa el riesgo de que se produzca una nueva escalada regional y un conflicto militar;

F. Considerando que se ha informado de que el 17 de octubre de 2019 los Estados Unidos y Turquía acordaron un alto el fuego de cinco días para que las fuerzas kurdas abandonen la zona; que la situación relativa a la aplicación del alto el fuego sigue sin conocerse; y que está previsto que los presidentes Recep Tayyip Erdogan y Vladimir Putin se reúnan el 22 de octubre;

G. Considerando que desde el inicio de la intervención militar, las autoridades turcas han tomado medidas sumamente duras para acallar toda voz crítica con la operación militar mediante la aplicación de las draconianas leyes antiterroristas del país; que las autoridades turcas están investigando más de 500 cuentas en redes sociales, a las que se acusa de difundir propaganda terrorista; que, según el ministro de Interior turco, 121 personas ya han sido detenidas por poner en tela de juicio la operación en las redes sociales; y que más de 150 diputados del Partido Democrático de los Pueblos (HDP por sus siglas en turco) han sido arrestadas desde el comienzo de la operación;

H. Considerando que, según las Naciones Unidas, existe información fiable de que se han llevado a cabo ejecuciones sumarias, entre ellas la de la política kurda Hevrin Jalaf a manos de Ahrar al-Sharqiya, un grupo armado vinculado a Turquía; que las ejecuciones sumarias constituyen una grave violación del Derecho internacional humanitario y pueden constituir crímenes de guerra por los que podrían exigirse responsabilidades también a Turquía;

I. Considerando que se han denunciado ataques contra instalaciones sanitarias e infraestructuras civiles, en particular instalaciones de suministro de electricidad y agua, por parte de fuerzas turcas y de grupos armados vinculados a Turquía; que las autoridades kurdas en las provincias de Al-Hasaka y Al-Raqa han tenido que trasladar equipos hospitalarios que dejaron de funcionar debido a la intensificación de los constantes bombardeos;

J. Considerando que, según las Fuerzas Democráticas Sirias, unos 10 000 combatientes del Dáesh/EIIL están presos en la actualidad en campos bajo control kurdo en el nordeste de Siria; que, según el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, 12 300 ciudadanos extranjeros vinculados al Dáesh/EIIL se encontraban detenidos en julio de 2019 en tres campos en el nordeste de Siria y que entre ellos había más de 8 000 niños de más de 40 nacionalidades; que la actual situación de seguridad entraña el riesgo de que el Dáesh/EIIL resurja en la región; que la gran mayoría de los miles de menores originarios de la Unión o de terceros países con vínculos reales o aparentes con el Dáesh/EIIL se encontraban en tres campos diferentes en el nordeste de Siria (Al-Hol, Al-Roj y Ain Isa); que las fuerzas de invasión turcas asumieron el mando del campo de Ain Isa y que sigue sin conocerse el destino de las mujeres y los niños que estaban detenidos en este campo;

K. Considerando que unas 500 000 personas, en su mayoría civiles, han perdido la vida desde el inicio del conflicto sirio en 2011; que 13,1 millones de personas siguen necesitando desesperadamente ayuda humanitaria, entre ellos más de 6 millones de desplazados y más de 2,9 millones de personas en zonas sitiadas o inaccesibles, incluidos refugiados palestinos; y que más de 5 millones de sirios han buscado refugio en el extranjero, especialmente en países vecinos como el Líbano, Jordania y Turquía;

L. Considerando que la Unión es el primer donante de ayuda humanitaria a Siria y a los países vecinos, con más de 9 000 millones de euros asignados desde el principio de la crisis;

M. Considerando que el 3 de abril de 2017 el Consejo adoptó una estrategia de la Unión para Siria con seis objetivos principales: poner fin a la guerra con una auténtica transición política, promover una transición significativa e integradora en Siria, atender a las necesidades humanitarias de los sirios más vulnerables, promover la democracia, los derechos humanos y la libertad de expresión mediante el refuerzo de las organizaciones de la sociedad civil siria, promover la rendición de cuentas por crímenes de guerra y reforzar la capacidad de recuperación de la población y la sociedad sirias;

1. Condena firmemente la ofensiva militar turca en el nordeste de Siria y pide un alto el fuego inmediato, así como la rápida retirada de sus tropas;

2. Pide a todas las partes del conflicto, en particular a Turquía, que cumplan estrictamente sus obligaciones en virtud del Derecho internacional humanitario y protejan a la población civil, lo que incluye el respeto de la prohibición de efectuar tanto ataques directos contra la población civil y objetivos civiles, entre ellos las escuelas, como ataques indiscriminados y desproporcionados; insta a todas las partes a que garanticen el paso seguro a la población civil, así como un acceso sin restricciones a la ayuda humanitaria; insta a todas las partes a proteger a los niños en todo momento;

3. Rechaza enérgicamente los planes de Turquía para establecer una denominada zona segura a lo largo de la frontera de Siria; hace hincapié en que todo traslado forzoso de refugiados sirios o de desplazados internos a esa zona y todo acto dirigido a efectuar una limpieza étnica constituirían una grave violación del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, del Derecho internacional relativo a los refugiados y del Derecho internacional humanitario, y podrían considerarse un crimen contra la humanidad o un genocidio; recuerda que el retorno de los refugiados debe ser en todos los casos seguro, voluntario y digno y que las circunstancias actuales impiden categóricamente tales desplazamientos; insiste en que no se facilite a estas zonas ayuda de la Unión para la estabilización o el desarrollo;

4. Manifiesta su total solidaridad con el pueblo kurdo y alaba la contribución fundamental de las Fuerzas Democráticas Sirias para acabar con el azote del Dáesh/EIIL; insta a la Unión y a los Estados miembros a que utilicen toda su influencia diplomática para velar por que toda solución política futura para Siria reconozca y garantice los intereses y las reivindicaciones históricas de autodeterminación de los kurdos, así como los derechos humanos de las personas que viven en la región; pide a la Unión que intensifique su ayuda humanitaria destinada a la población afectada por las últimas hostilidades militares en el nordeste de Siria;

5. Lamenta la impotencia permanente de la Unión ante las crisis internacionales, en particular en su vecindad inmediata, lo que tiene consecuencias directas para la seguridad y estabilidad en el seno de la Unión; espera que el próximo vicepresidente / alto representante aproveche la oportunidad que brinda la desatinada retirada de los Estados Unidos para dejar de ser un espectador pasivo del conflicto sirio y convertirse en un actor diplomático proactivo que trabaje con el conjunto de actores regionales y locales; insta a los Estados miembros a guiarse por su interés común en la búsqueda de una actuación creíble, coordinada y eficaz por parte de la Unión; pide a la Unión que emprenda una serie de medidas de diálogo y mediación, en particular por lo que se refiere a las tensiones entre comunidades;

6. Subraya que la intervención unilateral de Turquía constituye una grave violación del Derecho internacional, que no debe quedar impune; pide una revisión profunda de las relaciones entre la Unión y Turquía a la espera de que este país adopte medidas para corregir la situación; considera que, en las circunstancias actuales, no caben trabajos preparatorios ni avances para modernizar la Unión Aduanera UE-Turquía; pide a la Comisión y a los Estados miembros que estudien la posibilidad de suspender el acuerdo de unión aduanera entre la Unión y Turquía de 1995; pide asimismo una revisión de los programas de las instituciones financieras europeas (Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, Banco Europeo de Inversiones) en el país, y considera necesario reflexionar sobre la conveniencia de que Turquía siga participando en determinadas organizaciones regionales;

7. Pide a la Unión que adopte medidas selectivas, incluidas la inmovilización de bienes y la prohibición de visado, contra las autoridades turcas responsables de la invasión militar y las consiguientes violaciones del Derecho internacional de los derechos humanos y del Derecho humanitario; recuerda, en este contexto, su insistencia en la rápida adopción de un régimen de sanciones selectivas a nivel de la Unión para responder a las violaciones de los derechos humanos;

8. Acoge con satisfacción la intención que han manifestado varios Estados miembros de dejar de expedir licencias de transferencia de armas a Turquía, pero les insta a garantizar que la suspensión se aplique también a las transferencias que ya han sido autorizadas, en particular por Francia, Alemania, el Reino Unido y Finlandia; considera que las conclusiones del Consejo de 14 de octubre de 2019 son insuficientes en relación con la política de la Unión de exportación de armas a Turquía, y pide a la Unión y a los Estados miembros que adopten inmediatamente un embargo completo y suspendan todas las transferencias de armas, así como cualquier tipo de asistencia o servicio de índole militar o de seguridad, a Turquía y a las demás partes en el conflicto sirio;

9. Manifiesta su consternación ante la tibia reacción del secretario general de la OTAN ante la intervención unilateral de Turquía; considera que los miembros de la OTAN deben adoptar una posición firme y estudiar la posibilidad de suspender el derecho de voto de Turquía en la organización;

10. Destaca la necesidad de garantizar la rendición de cuentas por todas las violaciones del Derecho internacional humanitario, incluidos los crímenes de guerra más recientes cometidos en el transcurso de la invasión turca; insta a la Unión y a sus Estados miembros a que apoyen el proceso de documentación de estas infracciones y a que insistan en que sean investigadas de manera exhaustiva e imparcial y se enjuicie a los autores; pide a los miembros del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que sigan examinando esta cuestión y que consideren la posibilidad de remitir la situación a la CPI;

11. Pide a Turquía que se asegure de que sus milicias asociadas rindan cuentas por las infracciones que cometan; recuerda a las autoridades turcas que serán consideradas responsables de toda infracción cometida por sus propias fuerzas o por milicias asociadas, incluido el asesinato de Hevrin Jalaf y otras ejecuciones sumarias;

12. Manifiesta su más profunda preocupación ante el creciente riesgo de dispersión de los combatientes del Dáesh/EIIL y ante el resurgir de la amenaza yihadista como consecuencia de la incursión turca; insta a los Estados miembros a repatriar a todos sus nacionales que estén presos por ser presuntos combatientes del Dáesh/EIIL, así como a sus hijos y a los miembros de sus familias, y a que les ofrezcan la rehabilitación y la reintegración que requieran y, en su caso, les enjuicien con arreglo a las normas internacionales;

13. Pide a los Estados miembros que se pongan en contacto con las autoridades que tienen a su cargo esos campamentos y que acuerden políticas coordinadas para identificar de forma activa a los niños de origen europeo de combatientes del Dáesh/EIIL, u otros grupos presuntamente terroristas, que se encuentren en el noreste de Siria y repatriarlos en vista de la escalada de la violencia; lamenta la pasividad de los Estados miembros hasta la fecha y la falta de coordinación a nivel de la Unión; insta a la Comisión y al Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE) a que se muestren proactivos en este proceso;

14. Insta a todas las partes implicadas a que garanticen a todos los niños el acceso a la ayuda humanitaria, a los servicios y a la asistencia en los campamentos, incluido el de Al-Hol; pide, por tanto, a todas las partes y al Gobierno de Siria que permitan a los agentes humanitarios el acceso inmediato a los campamentos para garantizar la entrega de artículos esenciales, alimentos, agua potable y medicamentos;

15. Condena con firmeza la represión a la que las autoridades turcas están sometiendo en el país a quienes critican o cuestionan la operación militar, por ejemplo, la detención de más de 150 militantes del HDP y la investigación de más de 500 cuentas de redes sociales que han sido acusadas de difundir «propaganda terrorista»; condena asimismo que se esté coartando la libertad de los medios de comunicación y se esté hostigando a los periodistas que informan sobre la operación militar; insta a Turquía a que retire todos los cargos formulados contra las personas detenidas por el mero hecho de ejercer su derecho a la libertad de expresión; confía en que la Unión haga un seguimiento de los ataques que sufren actualmente en Turquía la libertad de expresión y quienes critican la operación militar, y los condene públicamente;

16. Pide que las iniciativas diplomáticas encabezadas por Rusia no vayan en detrimento de los esfuerzos de las Naciones Unidas por alcanzar una solución política; reafirma que, en este contexto, sigue primando el proceso de Ginebra auspiciado por las Naciones Unidas y apoya la labor del enviado especial de las Naciones Unidas, Geir Pedersen, encaminada a garantizar una auténtica transición política acorde con las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; insta a la Unión y a sus Estados miembros a que aboguen por dar mayor protagonismo a las Naciones Unidas en el proceso que lleve la paz y la estabilidad a Siria; reitera la importancia de que las mujeres participen en el proceso de solución del conflicto, de conformidad con la resolución 1325 del Consejo de Seguridad; insiste asimismo en la importancia de incluir a la sociedad civil siria y a todas las minorías étnicas y religiosas en las conversaciones sobre el futuro de Siria y su estructura de gobierno;

17. Acoge con satisfacción la reciente creación de un comité constitucional gracias a la mediación de las Naciones Unidas y otros actores; insta a todas las partes a que sigan trabajando decididamente para encontrar una solución política al conflicto sirio; recuerda que no puede existir una solución militar sostenible al conflicto, y pide a todas las partes que respeten íntegramente las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas que exigen el cese inmediato de las hostilidades, el levantamiento de todos los sitios, el acceso total y sin obstáculos de la ayuda humanitaria a todo el país y la protección de los trabajadores humanitarios por todas las partes;

18. Reitera su inquietud por la desaparición de la defensora de los derechos humanos Razán Zaituna, galardonada con el premio Sájarov, que, según la información recibida, fue secuestrada en Duma en diciembre de 2013 por el grupo armado Yaish al-Islam y de la que se sigue sin tener noticias; pide que se cree un grupo de trabajo de la Unión que coordine e intensifique los esfuerzos encaminados a averiguar su paradero y conseguir su liberación;

19. Acoge con satisfacción el compromiso de la Unión de seguir prestando ayuda humanitaria a los países vecinos de Siria, en particular a Turquía, que siguen acogiendo a millones de refugiados; pide a los Estados miembros, no obstante, que demuestren un compromiso mucho mayor en el reparto de responsabilidades, de modo que los refugiados que huyen de las zonas en guerra de Siria puedan encontrar protección fuera de la región inmediatamente vecina gracias a un fortalecimiento del régimen de reasentamiento de la Unión, la puesta en marcha de programas de admisión humanitaria, la simplificación de la reunificación familiar y la flexibilización de las normas en materia de visados; insiste en que la financiación facilitada en el marco de la Declaración UE-Turquía debe estar al servicio exclusivo de los intereses y las necesidades de los refugiados;

20. Pide a la Unión y a sus Estados miembros que respeten estrictamente el principio de no devolución, que se abstengan de devolver refugiados sirios a Turquía en tanto corran el riesgo de ser deportados al nordeste de Siria, y que se pronuncien públicamente contra el retorno forzoso de ciudadanos sirios que se encuentran actualmente en los países vecinos de Siria;

21. Lamenta profundamente la impunidad de que siguen disfrutando los autores de crímenes graves en el conflicto sirio, en particular el régimen de Asad; considera que esta impunidad propicia la comisión de nuevas atrocidades y agrava el sufrimiento de las víctimas; insiste, por tanto, en la necesidad de exigir responsabilidades a todos los autores, también mediante la aplicación de la jurisdicción universal, y de resarcir a las víctimas; recuerda a los Estados miembros, además, que tienen la obligación, en virtud del Derecho internacional, de detener a las personas que se encuentren en su territorio y sean sospechosas de haber cometido delitos que impliquen atrocidades;

22. Recuerda que toda medida adoptada para luchar contra el Dáesh y otros grupos reconocidos como terroristas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas debe ajustarse estrictamente al Derecho internacional; recuerda a los Estados miembros y a sus aliados la necesidad de garantizar la transparencia, la rendición de cuentas y el pleno cumplimiento del Derecho internacional humanitario y de los derechos humanos en el marco de su participación en las actividades de la coalición internacional, así como de su cooperación militar con las partes en el conflicto;

23. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión / Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al secretario general de las Naciones Unidas, al enviado especial de las Naciones Unidas y la Liga Árabe a Siria y a todas las partes implicadas en el conflicto de Siria.

 

Última actualización: 23 de octubre de 2019
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