Propuesta de resolución - B9-0206/2019Propuesta de resolución
B9-0206/2019

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre medidas destinadas a hacer frente a las consecuencias para la agricultura europea de la resolución de la OMC en la diferencia relativa a Airbus

25.11.2019 - (2019/2895(RSP))

tras una declaración de la Comisión
presentada de conformidad con el artículo 132, apartado 2, del Reglamento interno

Luke Ming Flanagan, Marisa Matias, José Gusmão, Konstantinos Arvanitis, Stelios Kouloglou, Manuel Bompard, Anja Hazekamp, Petros Kokkalis, Manon Aubry, Emmanuel Maurel, Miguel Urbán Crespo, Idoia Villanueva Ruiz, Eugenia Rodríguez Palop
en nombre del Grupo GUE/NGL

Procedimiento : 2019/2895(RSP)
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B9-0206/2019
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B9-0206/2019
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B9‑0206/2019

Resolución del Parlamento Europeo sobre medidas destinadas a hacer frente a las consecuencias para la agricultura europea de la resolución de la OMC en la diferencia relativa a Airbus

(2019/2895(RSP))

El Parlamento Europeo,

 Vista la decisión del árbitro de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en la diferencia relativa a las subvenciones a Airbus (DS316) el 2 de octubre de 2019 por la que se autorizaba a los Estados Unidos a aplicar contramedidas por valor de 7 500 millones USD (6 800 millones EUR),

 Vista la decisión formal adoptada por el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC el 14 de octubre de 2019 por la que se autorizan dichas sanciones,

 Vista la decisión de los Estados Unidos de imponer un nuevo derecho ad valorem del 25 % para algunos productos agrícolas y del 10 % para productos no agrícolas a partir del 18 de octubre de 2019,

 Visto el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno,

A. Considerando que los Estados Unidos son uno de los destinos principales de las exportaciones agrícolas de la UE-28, que alcanzaron un valor de 22 300 millones EUR en 2018;

B. Considerando que las exportaciones agroalimentarias por valor de 4 300 millones EUR (60 % del valor total de las contramedidas) se verán afectadas por los nuevos aranceles, que serán equivalentes a 1 100 millones EUR;

C. Considerando que el Reino Unido, Francia, España, Italia, Alemania e Irlanda son los principales países afectados por la decisión estadounidense; que los sectores agroalimentarios de otros Estados miembros de la Unión también se verán perjudicados;

D. Considerando que, a pesar de que los Estados Unidos no estén dispuestos a llegar a un acuerdo respecto al litigio entre Boeing y Airbus que sea beneficioso para ambas partes ni a adoptar medidas para desbloquear el nombramiento de los miembros del Órgano de Apelación de la OMC por parte de su Órgano de Solución de Diferencias, la Comisión propone asignar a este país una parte del contingente arancelario para carne de vacuno de calidad superior a pesar de la negativa estadounidense a reconocer el principio de precaución;

E. Considerando que los principales productos agrícolas objeto de las sanciones estadounidenses serán productos de alto valor de la Unión (whisky escocés, vino, productos lácteos como mantequilla y queso, y aceite de oliva);

F. Considerando que también se verán afectados, aunque en menor medida, otros productos agroalimentarios, como la carne de cerdo, el café, las galletas dulces y los zumos de frutas;

G. Considerando que los agricultores y los operadores de la cadena agroalimentaria vuelven a ser víctimas de un conflicto comercial ajeno a su sector; que Italia e Irlanda, que no forman parte del consorcio de Airbus, también están expuestas a los nuevos aranceles;

H. Considerando que las sanciones estadounidenses exacerbarán la inestabilidad del mercado interior de la Unión, agravando la volatilidad actual del mercado causada por fenómenos meteorológicos extremos, la sobreproducción existente en algunos sectores —que provocará una presión a la baja sobre la rentabilidad de los productores— y las posibles consecuencias económicas negativas de la retirada del Reino Unido de la Unión;

I. Considerando que el derecho a la alimentación está reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948;

J. Considerando que el sistema alimentario mundial está en crisis y que en el actual sistema alimentario industrial los alimentos son tratados como un bien privado en lugar de como un bien común, lo que contribuiría a la transición hacia un sistema alimentario sostenible más justo para los productores y consumidores de alimentos;

1. Toma nota de que el Órgano de Solución de Diferencias de la OMC aprobó la decisión adoptada por los Estados Unidos de imponer contramedidas a la Unión como consecuencia de la diferencia relativa a Airbus; pide a la Comisión que apoye una reforma de la OMC orientada a incluir en su mandato la evaluación de las implicaciones de la política comercial por lo que respecta a su conformidad con el Acuerdo de París y la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS);

2. Destaca que estos aranceles no solo tendrán un impacto negativo considerable en los Estados miembros y los productos sobre los que recaigan, sino también en el conjunto del sector agrícola y de la cadena agroalimentaria de toda la Unión;

3. Lamenta profundamente la falta de compromiso de los Estados Unidos con los intentos de la Unión de encontrar una solución negociada antes de que se apliquen los aranceles e insta a la Comisión a que encuentre una solución rápida y calme las tensiones comerciales entre ambas partes;

4. Considera que no debe asignarse a los Estados Unidos parte del contingente arancelario para carne de vacuno de calidad superior mientras no haya un compromiso significativo respecto a la resolución del asunto Boeing/Airbus y este país continúe bloqueando la sustitución de los miembros del Órgano de Apelación de la OMC y rechazando todas las propuestas para poner en marcha el proceso de selección destinado a cubrir las vacantes restantes;

5. Pide a la Comisión que haga un estrecho seguimiento del mercado de la Unión en toda la cadena alimentaria, a fin de detectar las perturbaciones que se deriven de la aplicación de estos aranceles y las repercusiones de la retirada de productos de la cadena alimentaria;

6. Pide a la Unión que, de conformidad con las normas de la OMC, utilice los instrumentos de la política agrícola común disponibles para que los agricultores puedan llevar a cabo una transición justa hacia prácticas agrícolas sostenibles basadas en cadenas de suministro cortas y en la producción regional, con el fin de proteger todo lo posible a los agricultores de las perturbaciones externas;

7. Destaca que la globalización de la cadena de suministro de alimentos no ha beneficiado a los productores primarios, un sector que se caracteriza por una producción por debajo de los costes, bajos rendimientos y la exposición a prácticas comerciales desleales debido a su carácter fragmentado;

8. Lamenta que la política agrícola de la Unión haya terminado considerando los alimentos como mercancías; cree firmemente que los alimentos constituyen un derecho humano fundamental y que no deben ser utilizados como herramienta ofensiva por ninguna de las partes implicadas en un litigio comercial;

9. Pide a la Comisión que tome a escala mundial la iniciativa para que se aborde la contradicción entre la abundante provisión de alimentos que existe en el mundo y la malnutrición y el hambre generalizados, que se deriva de la consideración de los alimentos —una de las necesidades humanas más básicas— como mercancías con las que se puede comerciar;

10. Subraya que la política agrícola de la Unión debe distanciarse del modelo industrial actual basado en las exportaciones a terceros países, que deja a los productores primarios expuestos a acontecimientos geopolíticos que escapan a su control, y reorientarse hacia un modelo en el que los principales objetivos sean alcanzar la soberanía alimentaria, obtener alimentos de gran calidad, lograr una remuneración justa para los productores, proteger el medio ambiente y mantener rigurosas normas de bienestar animal;

11. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.

 

Última actualización: 27 de noviembre de 2019
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