PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la situación de emergencia climática y medioambiental
25.11.2019 - (2019/2930(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 132, apartado 2, del Reglamento interno
Bas Eickhout, Michael Bloss, Marie Toussaint, Karima Delli, Damien Carême, Yannick Jadot, Michèle Rivasi, Caroline Roose, Pär Holmgren, Mounir Satouri y Gwendoline Delbos‑Corfield
en nombre del Grupo Verts/ALE
B9‑0211/2019
Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación de emergencia climática y medioambiental
El Parlamento Europeo,
– Vistos la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y su Protocolo de Kioto,
– Visto el acuerdo adoptado en la 21.ª Conferencia de las Partes de la CMNUCC (COP21) en París el 12 de diciembre de 2015 (Acuerdo de París),
– Visto el Convenio sobre la Diversidad Biológica de las Naciones Unidas (CDB),
– Vistas las pruebas científicas más recientes y exhaustivas relativas a los efectos nocivos del cambio climático que especifica el informe especial del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (GIECC) titulado «Global Warming of 1.5 °C» (Calentamiento global de 1,5 °C), su quinto informe de evaluación y su informe de síntesis, así como sus informes especiales sobre el cambio climático y la tierra y sobre el océano y la criosfera en un clima cambiante,
– Vista la grave amenaza de pérdida de diversidad biológica que describe el Informe de evaluación global de la biodiversidad y los servicios de los ecosistemas, de 6 de mayo de 2019, de la Plataforma Intergubernamental Científico-Normativa sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas,
– Vista la 25.ª Conferencia de las Partes en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, que se celebrará en Madrid (España) del 2 al 13 de diciembre de 2019,
– Vista la 26.ª Conferencia de las Partes en la CMNUCC, que se celebrará en diciembre de 2020, en la que se pedirá a todas las partes en la CMNUCC que incrementen las contribuciones determinadas a nivel nacional en línea con los objetivos del Acuerdo de París,
– Vista la 15.ª Conferencia de las Partes en el Convenio sobre la Diversidad Biológica (COP15), que se celebrará en Kunming (China) en octubre de 2020, en la que las Partes deberán decidir el marco global posterior a 2020 para detener la pérdida de diversidad biológica,
– Visto el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno,
1. Declara que existe una situación de emergencia climática y medioambiental y pide a la Comisión y a los Estados miembros que tomen inmediatamente las medidas necesarias al respecto, con las que expresa asimismo su propio compromiso;
2. Considera que es fundamental tomar medidas inmediatas y ambiciosas en los próximos cinco años, si queremos mantener el calentamiento global por debajo de 1,5 ºC y evitar una extinción masiva;
3. Insta a la nueva Comisión a evaluar plenamente el impacto climático y medioambiental de todas las propuestas legislativas y presupuestarias, y a garantizar que estén plenamente en consonancia con el objetivo de mantener el calentamiento global por debajo de 1,5 °C y alcanzar la neutralidad climática en la Unión lo antes posible, y a más tardar en 2040, y que no contribuyan a la pérdida de biodiversidad;
4. Pide a la nueva Comisión que presente una ambiciosa propuesta de Derecho climático europeo, que incluya el objetivo vinculante de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) de la Unión en al menos un 65 % para 2030 con respecto a los niveles de 1990;
5. Insta a la nueva Comisión a abordar las incoherencias de las actuales políticas de la Unión en materia de emergencia climática y medioambiental, en particular mediante una amplia reforma de sus políticas en los ámbitos de agricultura, comercio, transporte, energía e inversión en infraestructuras;
6. Se compromete a garantizar que no se utilice un solo euro del próximo marco financiero plurianual (MFP) para financiar actividades o proyectos que sean contrarios a los objetivos del Acuerdo de París o que contribuyan a la pérdida de biodiversidad;
7. Se compromete a dar su aprobación a los acuerdos comerciales con terceros países únicamente si son signatarios del Acuerdo de París y han adoptado medidas vinculantes y aplicables para alcanzar sus objetivos;
8. Pide que las medidas relativas al clima vayan acompañadas de fuertes medidas sociales para garantizar una transición justa y equitativa, especialmente a través de la justicia fiscal y una traslación tributaria «verde»;
9. Reconoce que las empresas de combustibles fósiles son históricamente responsables de una parte sustancial de las emisiones mundiales de gases de efecto invernadero, por lo que insta a la Comisión a que elabore un marco obligatorio para estas empresas y el sector privado en general, con vistas a cumplir el Acuerdo de París y los objetivos mundiales en materia de biodiversidad;
10. Considera esencial implicar a los ciudadanos y, en particular, a las generaciones más jóvenes en la definición de las políticas en este ámbito, para que puedan pronunciarse en el futuro; pide al futuro comisario responsable del «Pacto Verde Europeo» que convoque una asamblea de ciudadanos a principios de 2020 con el fin de implicar a toda la población, y especialmente a los jóvenes, en este proceso;
11. Pide a las autoridades públicas de los Estados miembros, a escala nacional, regional y local, que adopten medidas concretas para lograr la neutralidad climática, pongan fin a las subvenciones perjudiciales para el medio ambiente y se comprometan a seguir de cerca la aplicación de dichos planes;
12. Reconoce la responsabilidad institucional del Parlamento para reducir su huella de carbono, y propone adoptar, a partir de 2020, medidas para reducir las emisiones, que incluya la adopción de una política de sede única y la sustitución de su flota por vehículos de emisión cero;
13. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión, al Consejo y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.