Propuesta de resolución - B9-0218/2020Propuesta de resolución
B9-0218/2020

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la estrategia de salud pública de la UE después de la COVID-19

6.7.2020 - (2020/2691(RSP))

tras las declaraciones del Consejo y de la Comisión
presentada de conformidad con el artículo 132, apartado 2, del Reglamento interno

Jytte Guteland
en nombre del Grupo S&D

Véase también la propuesta de resolución común RC-B9-0216/2020

Procedimiento : 2020/2691(RSP)
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B9-0218/2020
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B9‑0218/2020

Resolución del Parlamento Europeo sobre la estrategia de salud pública de la UE después de la COVID-19

(2020/2691(RSP))

El Parlamento Europeo,

 Visto el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno,

A. Considerando que la COVID-19 ha puesto de manifiesto que la Unión no dispone de suficientes instrumentos sólidos para afrontar una emergencia sanitaria como la propagación de una nueva enfermedad infecciosa, que, por su propia naturaleza, no conoce fronteras;

B. Considerando que el derecho a la salud física y mental es un derecho humano fundamental; que toda persona, sin discriminación, tiene derecho a acceder a una asistencia sanitaria moderna y completa; que la cobertura sanitaria universal es un Objetivo de Desarrollo Sostenible que todos los signatarios se han comprometido a alcanzar a más tardar en 2030;

C. Considerando que la Unión tiene una competencia significativa en materia de salud pública, mientras que los sistemas sanitarios siguen siendo responsabilidad de los Estados miembros, con una cooperación mínima a escala de la Unión;

D. Considerando que el artículo 168 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea estipula que «al definirse y ejecutarse todas las políticas y acciones de la Unión se garantizará un alto nivel de protección de la salud humana», y que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado en numerosas ocasiones que la Unión puede perseguir objetivos de salud pública mediante medidas relativas al mercado interior;

E. Considerando que, en la actualidad, la Unión regula los productos relevantes en materia de salud y resultados sanitarios, incluidos, entre otros, los medicamentos, los dispositivos médicos, el tabaco, el alcohol, los alimentos y los productos químicos;

F. Considerando que la Unión cuenta con reglamentaciones y políticas en materia de ensayos clínicos y coordinación de los sistemas de asistencia sanitaria —en el caso de esta última, a través de la Directiva relativa a la asistencia sanitaria transfronteriza—, y que se está debatiendo la propuesta de Reglamento sobre evaluación de las tecnologías sanitarias;

G. Considerando que la investigación en materia de salud se financia a través de diversos fondos y programas de la Unión, como Horizonte 2020, el próximo programa Horizonte Europa, el Programa de Salud y el próximo Programa EU4Health («La UE por la Salud»);

H. Considerando que la Agencia Europea de Medicamentos, la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades y la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo son todos ellos organismos europeos con importantes funciones en materia de salud pública;

I. Considerando que durante la actual crisis sanitaria se han puesto a prueba los límites de la infraestructura existente para la respuesta de emergencia, incluidos el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades, la Decisión sobre las amenazas transfronterizas para la salud y el Mecanismo de Protección Civil de la Unión;

J. Considerando que los trabajadores de los sectores sanitario y asistencial se han visto expuestos a un riesgo inaceptable y, en algunos casos, se han visto obligados a tomar decisiones sobre quién puede y no puede recibir asistencia sanitaria; que muchos trabajadores esenciales, trabajadores transfronterizos y temporeros, así como trabajadores de sectores industriales como los mataderos y la producción alimentaria, se han encontrado en una situación especialmente vulnerable;

K. Considerando que la crisis de la COVID-19 ha modificado las condiciones de trabajo de muchos trabajadores en Europa, poniendo de relieve algunas cuestiones ya existentes y planteando nuevas cuestiones relativas a la salud y la seguridad en el lugar de trabajo;

L. Considerando que la COVID-19 ha afectado desproporcionadamente a las poblaciones vulnerables, las minorías étnicas, los residentes en residencias asistenciales, los servicios residenciales para las personas de edad avanzada y las personas con discapacidad;

M. Considerando que el acceso a la atención sanitaria sexual y reproductiva se ha visto afectado negativamente durante la crisis sanitaria, y que las mujeres y las personas LGBT+ han estado expuestas a un mayor riesgo de violencia y discriminación;

N. Considerando que aún no se conocen muchos de los efectos a largo plazo de la COVID-19 para la salud, incluidos sus efectos para la salud mental;

O. Considerando que la crisis sanitaria de la COVID-19 y su propagación dentro de Europa han puesto de manifiesto la diferencia de capacidad entre los sistemas sanitarios de los distintos Estados miembros, y han demostrado que los Estados miembros dependen de los países vecinos con sistemas suficientemente resilientes;

P. Considerando que la diversidad de enfoques en la recogida de los datos relativos a la COVID-19 en toda la Unión ha dificultado enormemente la comparación de datos a escala de la Unión;

Q. Considerando que algunos Estados miembros se resienten de la fuga de cerebros dado que los profesionales sanitarios altamente cualificados optan por trabajar en los Estados miembros que tienen unos salarios y condiciones de trabajo mejores que los de los suyos propios;

R. Considerando que el procedimiento de adquisición conjunta de la Unión se ha utilizado con éxito en el caso de los equipos de protección individual (EPI), los equipos de diagnóstico, los respiradores y algunos medicamentos, aunque inicialmente el procedimiento resultó ser más lento y menos eficaz de lo necesario;

S. Considerando que se ha reforzado la reserva de rescEU para incluir una reserva de recursos clave, como máscaras, respiradores y equipos de laboratorio, que se desplegarán donde más se necesiten;

T. Considerando que el Mecanismo de Protección Civil de la Unión facilitó la repatriación de más de 77 000 ciudadanos de la Unión durante la crisis sanitaria;

U. Considerando que durante la crisis sanitaria de la COVID-19 se han adoptado diferentes medidas ad hoc, entre las que se incluyen el establecimiento del grupo de expertos de la Comisión y la elaboración de las directrices para el tratamiento de los pacientes y el envío de trabajadores sanitarios a otros Estados miembros;

V. Considerando que las cadenas de suministro de productos farmacéuticos dependen de genéricos o ingredientes farmacéuticos activos fabricados en terceros países y, en algunos casos, en una sola fábrica en todo el mundo; que las prohibiciones de exportación impuestas durante la crisis sanitaria de la COVID-19 han puesto de manifiesto el peligro que conllevar depender exclusivamente de esas cadenas de suministro;

W. Considerando que la COVID-19 ha demostrado la interdependencia existente entre la salud humana y la salud del planeta; que la aparición de zoonosis, que se transmiten de animales a personas, se exacerba a causa del cambio climático y la degradación del medio ambiente de carácter antropogénico;

1. Insta a que se cree sin demora una Unión Europea de la Salud;

2. Pide a los Estados miembros que lleven a cabo urgentemente pruebas de resistencia de sus sistemas sanitarios a fin de detectar los puntos débiles y verificar que están preparados para un posible rebrote de la COVID-19 y cualquier crisis sanitaria futura; pide a la Comisión que coordine esa labor y establezca parámetros comunes;

3. Solicita a la Comisión que proponga una directiva sobre normas mínimas que deban cumplir los sistemas sanitarios de calidad, sobre la base de los resultados de las pruebas de resistencia y manteniendo la competencia de los Estados miembros en la gestión, organización y financiación de sus sistemas sanitarios, pero garantizando la seguridad de los pacientes, unas condiciones laborales y de empleo dignas para los profesionales sanitarios y la resiliencia de Europa ante pandemias y otras crisis de salud pública;

4. Pide a la Comisión que establezca un índice europeo de asistencia sanitaria para seguir los progresos de los sistemas sanitarios en la Unión;

5. Solicita a la Comisión que integre en el Semestre Europeo indicadores y objetivos vinculantes en materia de asistencia sanitaria y bienestar;

6. Pide a la Comisión que proponga un mecanismo europeo de respuesta sanitaria que formalice los métodos de trabajo establecidos durante la crisis sanitaria de la COVID-19 y se base en las medidas contempladas en la Directiva sobre asistencia sanitaria transfronteriza, el Programa EU4Health («La UE por la Salud») y el Mecanismo de Protección Civil de la Unión; pide asimismo que se cree una unidad de gestión de crisis sanitarias para gestionar el mecanismo europeo de respuesta sanitaria, bajo la coordinación del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades y la dirección del comisario de Salud y del Comisario de Gestión de Crisis, junto con la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) y el grupo de expertos; pide además que esta unidad disponga de un plan de emergencia pandémica para poder aportar una respuesta coordinada;

7. Solicita que se refuerce sustancialmente la reserva de rescEU y se ponga a disposición de todos los Estados miembros de manera justa, incluyendo las capacidades de almacenamiento y de equipos médicos de emergencia; acoge con gran satisfacción el aumento propuesto de la dotación financiera del Mecanismo de Protección Civil de la Unión para el próximo marco financiero plurianual;

8. Pide a la Comisión, a los Estados miembros y a los socios mundiales que garanticen un acceso rápido, justo, equitativo y asequible a las futuras vacunas y tratamientos contra la COVID-19 una vez estén disponibles; subraya que las flexibilidades previstas en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), reafirmadas en la Declaración de Doha, pueden utilizarse para la emisión de licencias obligatorias en las crisis de salud pública; pide a la Comisión que proporcione al Parlamento una evaluación del papel que pueden desempeñar los acuerdos de libre comercio de la Unión y el Acuerdo sobre los ADPIC en este contexto, incluyendo el recurso a las licencias voluntarias y a las licencias obligatorias, con un mayor grado de transparencia en el caso de las licencias voluntarias; alienta a todos los Estados miembros a que promuevan esfuerzos en favor de la puesta en común de las tecnologías relacionadas con la COVID-19;

9. Solicita que la adquisición pública conjunta de la Unión se utilice para obtener vacunas y tratamientos contra la COVID-19, y que se recurra a ella de forma más sistemática para evitar que los Estados miembros compitan entre sí y para garantizar un acceso equitativo y asequible a medicamentos y dispositivos médicos importantes, especialmente en el caso de nuevos antibióticos innovadores, nuevas vacunas y tratamientos curativos, así como medicamentos para enfermedades raras;

10. Pide a la Comisión que revise el procedimiento de adquisición conjunta en virtud de la Decisión sobre las amenazas transfronterizas para la salud, y proponga un nuevo reglamento para que el procedimiento común de la Unión sea más rápido y eficaz en las crisis sanitarias y a la hora de garantizar un acceso equitativo y asequible a tratamientos nuevos;

11. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que examinen la idea de transparencia de los precios netos y el reembolso de distintos tratamientos, a fin de que los Estados miembros estén en igualdad de condiciones al negociar con los fabricantes los tratamientos que no se adquieren de manera conjunta;

12. Pide que se aplique rápidamente el Reglamento sobre ensayos clínicos, que acumula un gran retraso, a fin de garantizar la transparencia de los resultados de los ensayos clínicos, independientemente de los propios resultados, y facilitar la realización de ensayos clínicos transfronterizos más amplios; subraya que incluso los resultados negativos o no concluyentes de los ensayos clínicos pueden contribuir a mejorar la investigación futura;

13. Aboga por una firme estrategia farmacéutica de la Unión a fin de abordar los problemas de la Unión y de las cadenas mundiales de suministro de productos farmacéuticos, estrategia que debe incluir medidas legislativas y políticas e incentivos para fomentar la producción de ingredientes farmacéuticos activos (IFA) y medicamentos esenciales en Europa, con objeto de garantizar el suministro y un acceso asequible en todo momento; pide que en cada Estado miembro se elaboren inventarios nacionales obligatorios de medicamentos y productos sanitarios, y que se facilite información a la Comisión y a la EMA para garantizar que pueda preverse y abordarse una posible escasez;

14. Solicita a la Comisión que elabore unas directrices específicas en relación con la Directiva sobre contratación pública por lo que se refiere a la adjudicación de contratos al sector farmacéutico; pide que esas directrices se basen en el criterio de la «oferta económicamente más ventajosa», con el fin de garantizar la mejor relación calidad-precio y no simplemente el producto más barato, y tomando en consideración la contribución a la seguridad del abastecimiento de la Unión;

15. Pide a la Comisión que proponga un mandato revisado para el Centro Europeo de Prevención y Control de las Enfermedades a fin de aumentar significativamente su presupuesto, su dotación de personal y sus competencias, de manera que pueda ofrecer una protección de la salud pública de primer orden en todo momento, también durante las epidemias;

16. Pide que se refuerce el papel de la Agencia Europea de Medicamentos en el seguimiento y la prevención de la escasez de medicamentos, así como en la coordinación del diseño y la aprobación de los ensayos clínicos de la Unión durante las crisis;

17. Estima que se debe estudiar la posibilidad de crear un equivalente europeo de la Autoridad de Investigación y Desarrollo Biomédico Avanzado de los Estados Unidos, que se encargaría de la contratación pública y el desarrollo de medidas de lucha contra el bioterrorismo, las amenazas químicas, nucleares y radiológicas, así como la gripe pandémica y las enfermedades nuevas;

18. Solicita que se refuerce el papel de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo a fin de garantizar que no se ponga en peligro a los trabajadores sanitarios;

19. Pide que se refuercen las orientaciones de la Unión en materia de salud y que, en algunos casos, se conviertan en obligatorias, por ejemplo: los planes de acción de la Unión sobre la resistencia a los antimicrobianos y la vacunación deben reforzarse con medidas vinculantes, como una tarjeta de vacunación de la Unión para los ciudadanos; pide especialmente que las orientaciones del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades pertinentes para la crisis sanitaria de la COVID-19 sean obligatorias, por ejemplo los métodos para registrar los casos de defunción y de restablecimiento;

20. Solicita a la Comisión que proponga, previa consulta a la sociedad civil, la creación de un espacio europeo de datos sanitarios que respete plenamente el marco europeo de protección de datos, con objeto de mejorar la normalización, la interoperabilidad, el intercambio de datos y la adopción y el fomento de normas internacionales en materia de datos sanitarios;

21. Respalda firmemente el principio «Una sola salud», que conecta la salud humana, la sanidad animal y la protección del medio ambiente; estima que las actuaciones contra el cambio climático, la degradación del medio ambiente, la pérdida de biodiversidad y los métodos insostenibles de producción alimentaria son decisivas para proteger a los seres humanos de patógenos emergentes; pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen la aplicación del enfoque «Una sola salud» en la Unión;

22. Se compromete a seguir abordando los factores determinantes de la salud como el consumo de tabaco, el consumo de alcohol, la nutrición deficiente, la contaminación atmosférica, la exposición a productos químicos peligrosos y las desigualdades en materia de salud, con el fin de mejorar los resultados sanitarios;

23. pide que se amplíen las redes europeas de referencia a fin de incluir las enfermedades transmisibles y las zoonosis;

24. Solicita a la Comisión que desarrolle una estrategia para una «Europa resiliente» que consista en opciones y un mapa de evaluación de riesgos para abordar la buena gestión y la inversión en los sistemas sanitarios y la respuesta a las pandemias a escala europea, incluidas las cadenas de suministro resilientes de la Unión; subraya, en este contexto, la necesidad estratégica de reforzar la producción europea con el fin de relocalizar y crear un sector sanitario vital y sostenible que apoye la fabricación de alta tecnología y con un elevado valor añadido;

25. Pide que en el ámbito de la investigación y la innovación se adopte un enfoque coordinado, colaborativo y abierto, asignándose un papel más importante a la Comisión en la coordinación de la investigación médica y epidemiológica, a fin de evitar la duplicación y de orientar la investigación hacia los resultados, incluidos los medicamentos, las vacunas, los dispositivos médicos y los equipos necesarios; señala que los resultados de la investigación financiada en su totalidad o en parte con fondos de la Unión y otros fondos públicos deben ser de dominio público y llevar aparejadas unas condiciones claras de asequibilidad y accesibilidad;

26. Acoge con gran satisfacción el aumento exponencial del presupuesto propuesto para el nuevo programa EU4Health; pide que con este programa se aborden no solo los efectos inmediatos de la COVID-19, sino también los retos sanitarios específicos que plantea dicha enfermedad por lo que se refiere a los grupos vulnerables y la salud mental, así como todos los demás retos sanitarios a largo plazo a que se enfrenta la Unión;

27. Pide a la Comisión que proponga sin demora un nuevo marco estratégico en materia de salud y seguridad, incluyendo reglamentación sobre el derecho a desconectar, una nueva directiva sobre trastornos musculoesqueléticos relacionados con el trabajo, y una nueva directiva sobre el bienestar mental en el lugar de trabajo para reconocer la ansiedad, la depresión y el síndrome de agotamiento profesional como enfermedades profesionales, y que aborde la necesidad de adoptar nuevas medidas para mejorar el funcionamiento del actual marco regulador de la Unión en materia de salud y seguridad, también en situaciones de pandemia;

28. Acoge con satisfacción el compromiso asumido recientemente por la Comisión de evaluar la necesidad de modificar la Directiva sobre agentes biológicos a la vista de las lecciones aprendidas de esta crisis sin precedentes, con vistas a mejorar la planificación d la respuesta y la preparación en todos los lugares de trabajo, y dar a conocer dicha evaluación al Parlamento Europeo antes de finales de 2020; pide a la Comisión que amplíe el ámbito de aplicación de la Recomendación 2003/670/CE de la Comisión relativa a la lista europea de enfermedades profesionales, con el fin de abarcar todas las profesiones expuestas a la COVID-19 en un nivel superior al de la población en general;

29. Solicita que se refuerce el papel de las inspecciones nacionales de seguridad y salud en el trabajo proporcionándoles financiación y personal suficientes para que puedan facilitar orientación y apoyo a las administraciones públicas, las empresas y los trabajadores en sus esfuerzos para abordar los riesgos relacionados con la COVID-19; pide que se refuerce el papel de los comités y representantes sindicales competentes en materia de salud y seguridad en el lugar de trabajo, con el fin de promover medidas de prevención activas y eficaces;

30. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.

Última actualización: 8 de julio de 2020
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