Propuesta de resolución - B9-0266/2020Propuesta de resolución
B9-0266/2020

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la preparación de la reunión extraordinaria del Consejo Europeo, centrada en la peligrosa escalada de las tensiones y el papel de Turquía en el Mediterráneo oriental

14.9.2020 - (2020/2774(RSP))

tras las declaraciones del Consejo y de la Comisión
presentada de conformidad con el artículo 132, apartado 2, del Reglamento interno

Nathalie Loiseau, Petras Auštrevičius, Stéphane Bijoux, Vlad‑Marius Botoş, Sylvie Brunet, Dita Charanzová, Olivier Chastel, Ilana Cicurel, Bernard Guetta, Klemen Grošelj, Moritz Körner, Frédérique Ries, Ramona Strugariu, Hilde Vautmans
en nombre del Grupo Renew

Véase también la propuesta de resolución común RC-B9-0260/2020

Procedimiento : 2020/2774(RSP)
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Ciclo relativo al documento :  
B9-0266/2020
Textos presentados :
B9-0266/2020
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B9‑0266/2020

Resolución del Parlamento Europeo sobre la preparación de la reunión extraordinaria del Consejo Europeo, centrada en la peligrosa escalada de las tensiones y el papel de Turquía en el Mediterráneo oriental

(2020/2774(RSP))

El Parlamento Europeo,

 Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo, de 19 de agosto de 2020, sobre el Mediterráneo oriental,

 Vistas las declaraciones del vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, en particular su declaración del 20 de agosto de 2020,

 Vistas las declaraciones realizadas tras la reunión informal de ministros de Asuntos Exteriores (Gymnich) de los días 27 y 28 de agosto,

 Vista la declaración del secretario general de las Naciones Unidas de 3 de septiembre de 2020,

 Vista la Declaración de Ajaccio al término de la séptima Cumbre de los Países del Sur de la Unión (MED7), de 10 de septiembre de 2020,

 Vistas la Carta de las Naciones Unidas y todas las convenciones de las Naciones Unidas de las que son parte los Estados miembros de la Unión, incluidos Grecia y Chipre, así como Turquía,

 Vistos el Estatuto de Roma y los documentos fundacionales de la Corte Internacional de Justicia, así como los precedentes establecidos por su jurisprudencia,

 Visto el Tratado de la OTAN, de 1949,

 Vista su Resolución, de 13 de marzo de 2019, sobre el Informe de 2018 de la Comisión sobre Turquía[1], en la que recomendaba a la Comisión y al Consejo que, de conformidad con el marco de negociación, suspendieran formalmente todas las negociaciones de adhesión con Turquía,

 Visto el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno,

A. Considerando que, con su decisión de enviar buques de exploración, escoltados por buques de la Armada turca, en busca de gas natural dentro de las fronteras marítimas de Grecia y Chipre, infringiendo así el Derecho internacional, Turquía ha violado la integridad territorial de Grecia y Chipre y, en consecuencia, la integridad territorial de la Unión Europea;

B. Considerando que las conversaciones exploratorias entre Grecia y Turquía llevan estancadas desde marzo de 2016; que tanto el primer ministro griego como el presidente turco dieron un impulso positivo a las relaciones bilaterales tras su reunión de septiembre de 2019 en la Asamblea General de las Naciones Unidas, así como en diciembre para reanudar el diálogo político, tras lo cual se celebró una reunión de altos funcionarios en Ankara en enero de 2020 y se debatieron medidas de fomento de la confianza en Atenas en febrero de 2020;

C. Considerando que, en noviembre de 2019, Turquía firmó con el Gobierno libio un memorando de entendimiento por el que se delimitan las fronteras marítimas compartidas pese a carecer de costas adyacentes o enfrentadas; que dicho acuerdo ha sido declarado nulo por varios Estados de la región; que, el 6 de agosto de 2020, Grecia firmó un acuerdo por el que se delimita su zona económica exclusiva con Egipto tras quince años de negociaciones;

D. Considerando que, el 27 de febrero de 2020, el Consejo incluyó a dos altos cargos de la Turkish Petroleum Corporation (TPAO) en la lista de sanciones de la Unión, imponiéndoles una prohibición de viaje y una inmovilización de activos, habida cuenta de la participación de Turquía en actividades ilegales de perforación en el Mediterráneo oriental sin la autorización de la República de Chipre; que, el 11 de noviembre de 2019, el Consejo adoptó un marco jurídico de medidas restrictivas en respuesta a las actividades ilegales de perforación de Turquía, tras haber expresado en repetidas ocasiones su preocupación por dichas actividades y haberlas condenado enérgicamente en varias conclusiones, en particular el 22 de marzo de 2018 y el 20 de junio de 2019;

E. Considerando que, en febrero y marzo de 2020, Turquía proporcionó apoyo logístico para enviar a miles de migrantes a la frontera griega y participó en campañas de desinformación contra Grecia y la Unión;

F. Considerando que, el 21 de julio, Turquía decidió iniciar actividades de exploración dentro de las fronteras marítimas griegas en torno a la isla de Kastellorizo y en el área de perforación del buque Barbaros en la zona económica exclusiva de la República de Chipre;

G. Considerando que, el 16 de agosto de 2020, Turquía envió diecisiete buques militares para escoltar su buque de exploración Oruç Reis en aguas griegas y desplegó de forma simultánea la flota turca en el mar Egeo, lo que puso a las fuerzas armadas griegas en estado de máxima alerta; que al día siguiente un buque de guerra griego y otro turco colisionaron accidentalmente en la zona;

H. Considerando que, a raíz de los esfuerzos de mediación de Alemania, Turquía acordó retirar su buque de exploración Oruç Reis a más tardar el 23 de agosto y reanudar conversaciones exploratorias conjuntas con Grecia; que, no obstante, Turquía no retiró ni su buque ni su flota hasta el 12 de septiembre, lo que supuso una prórroga del mandato de su misión ilegal;

I. Considerando que Turquía ordenó finalmente la retirada de su buque de exploración Oruç Reis el 12 de septiembre;

J. Considerando que, desde enero de 2020, Grecia ha registrado más de 600 violaciones de su espacio aéreo por parte de la Fuerza Aérea turca al sobrevolar esta islas griegas del mar Egeo desmilitarizadas; que Turquía ha intentado bloquear los planes de defensa de la OTAN de Polonia y los Estados bálticos;

K. Considerando que, el 10 de junio, un buque militar francés tuvo que hacer frente a un comportamiento extremadamente hostil por parte de buques de guerra turcos cuando, en el marco de la misión Sea Guardian de la OTAN, solicitó inspeccionar un buque turco sospechoso de infringir el embargo de armas de las Naciones Unidas a Libia;

L. Considerando que, para apoyar a Grecia y Chipre, Francia desplegó en la zona dos buques militares y aviones de combate el 12 de agosto y participó en ejercicios militares junto con Grecia, Chipre e Italia el 26 de agosto;

M. Considerando que es responsabilidad de la Unión Europea y de sus Estados miembros hacer respetar el Derecho internacional, incluidas la Convención de Montego Bay sobre el Derecho del Mar y la jurisprudencia conexa sobre fronteras marítimas, independientemente del hecho de que Turquía no haya ratificado dicha Convención;

N. Considerando que Grecia y Chipre han reiterado su disposición a someter el asunto a la Corte Internacional de Justicia;

O. Considerando que la Unión es, con diferencia, el socio comercial más importante de Turquía y su principal fuente de inversión extranjera directa (IED); que en 2018 se suspendió la iniciativa de modernización de la unión aduanera; que las conversaciones sobre asociaciones sectoriales entre la Unión y Turquía solo pueden reanudarse tras una reducción de las tensiones en el Mediterráneo oriental;

P. Considerando que Turquía sigue siendo un socio clave para la Unión y un miembro de la OTAN; que el artículo 1 del Tratado de la OTAN establece que las Partes se comprometen a resolver por medios pacíficos cualquier controversia internacional en la que pudieran verse implicadas de modo que la paz y seguridad internacionales, así como la justicia, no sean puestas en peligro, y a abstenerse en sus relaciones internacionales de recurrir a la amenaza o al empleo de la fuerza de cualquier forma que resulte incompatible con los propósitos de las Naciones Unidas;

1. Manifiesta su plena solidaridad con Grecia y Chipre;

2. Condena firmemente la intervención militar y civil turca en las fronteras marítimas de la Unión de Grecia y Chipre, Estados miembros de la Unión, en el Mediterráneo oriental, que socava gravemente la seguridad y la estabilidad de la región y viola el Derecho internacional;

3. Se congratula de la decisión de Turquía, de 12 de septiembre, de retirar inmediatamente sus buques de exploración y militares de las fronteras marítimas de la Unión; pide a Turquía que reanude las conversaciones con Grecia y Chipre, así como las medidas de fomento de la confianza; pide que, de lo contrario, Turquía recurra a la Corte Internacional de Justicia para resolver las cuestiones territoriales pendientes, tal como han solicitado Grecia y Chipre;

4. Rechaza firmemente la declaración unilateral del ministro turco de Asuntos Exteriores según la cual las zonas marítimas de Grecia y Chipre deben considerarse parte del territorio turco debido a su ubicación en la misma plataforma continental que Turquía;

5. Acoge con satisfacción los continuos esfuerzos de mediación realizados por Alemania para reducir las tensiones;

6. Condena las constantes amenazas del Gobierno turco a Grecia, Chipre y los Estados miembros de la Unión, así como sus campañas de desinformación contra la Unión;

7. Señala que el Parlamento ya ha tomado medidas para reducir la financiación concedida a Turquía con cargo al Instrumento de Ayuda Preadhesión (IAP II) habida cuenta del importante deterioro de la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho en el país;

8. Pide al Consejo que, en su reunión del 24 de septiembre, utilice todos los medios adecuados a disposición de la Unión Europea para responder a las acciones agresivas de Turquía; pide asimismo al Consejo que acelere la preparación de nuevas inclusiones en la lista de sanciones de la Unión a partir de propuestas que ya están sobre la mesa, con vistas a su pronta adopción, y le pide que elabore una lista de medidas restrictivas adicionales, como un embargo global de armas, en caso de que el Gobierno turco no adopte una actitud de diálogo y no ponga fin a sus actividades unilaterales;

9. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, a las Naciones Unidas y a Turquía, y que garantice su traducción al turco.

Última actualización: 16 de septiembre de 2020
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