PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre el Estado de Derecho y los derechos fundamentales en Bulgaria
2.10.2020 - (2020/2793(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 132, apartado 2, del Reglamento
Juan Fernando López Aguilar
en nombre de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior
B9‑0309/2020
Resolución del Parlamento Europeo sobre el Estado de Derecho y los derechos fundamentales en Bulgaria
El Parlamento Europeo,
– Vistos los artículos 2, 3, 4, 6, 7, 9 y 10 del Tratado de la Unión Europea (TUE) y el artículo 20 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),
– Vista la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea,
– Vistos el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH) y la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos,
– Vistos la Decisión de la Comisión, de 13 de diciembre de 2006, por la que se establece un mecanismo de cooperación y verificación de los avances logrados por Bulgaria para cumplir indicadores concretos en materia de reforma judicial, lucha contra la corrupción y la delincuencia organizada[1], los correspondientes informes anuales para el período 2007-2019, y el informe de la Comisión, de 22 de octubre de 2019, sobre los progresos realizados por Bulgaria en el ámbito del Mecanismo de Cooperación y Verificación (COM(2019)0498),
– Vistas las Recomendaciones específicas por país del Semestre Europeo sobre Bulgaria, publicadas el 20 de mayo de 2020 (COM(2020)0502),
– Vista la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el asunto Kolevi contra Bulgaria, de 5 de noviembre de 2009[2],
– Vista la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de 1 de julio de 2014, en el asunto Dimitrov y otros contra Bulgaria[3],
– Visto el dictamen de la Comisión de Venecia, de 9 de diciembre de 2019, sobre los proyectos de modificación del Código de Enjuiciamiento Criminal y la Ley del Sistema Judicial de Bulgaria, en relación con las investigaciones penales contra altos magistrados,
– Visto el dictamen de la Comisión de Venecia, de 9 de octubre de 2017, sobre la Ley del Sistema Judicial de Bulgaria,
– Visto el dictamen conjunto de la Comisión de Venecia y de la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos (OIDDH) de la OSCE, de 19 de junio de 2017, sobre las enmiendas al Código Electoral de Bulgaria,
– Visto el dictamen de la Comisión de Venecia, de 23 de octubre de 2015, sobre el proyecto de ley para modificar y completar la Constitución (en el ámbito del poder judicial) de la República de Bulgaria,
– Vista la decisión del Comité de Ministros del Consejo de Europa, de 3 de septiembre de 2020, relativa a la ejecución de las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en los asuntos S.Z. contra Bulgaria y Kolevi contra Bulgaria,
– Visto el informe anual de 2020 de las organizaciones asociadas a la Plataforma del Consejo de Europa para promover la protección del periodismo y la seguridad de los periodistas,
– Vista la Resolución 2296 (2019) de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, de 27 de junio de 2019, sobre el diálogo posterior al seguimiento con Bulgaria,
– Vista la Acción del Consejo de Europa contra la delincuencia económica y la corrupción,
– Visto el segundo informe sobre cumplimiento relativo a Bulgaria, de 6 de diciembre de 2019, del Grupo de Estados del Consejo de Europa contra la Corrupción (GRECO),
– Vista la declaración de la comisaria para los Derechos Humanos del Consejo de Europa, de 3 de septiembre de 2020, sobre la violencia policial contra periodistas en Bulgaria y su informe a raíz de su visita a Bulgaria los días 25 a 29 de noviembre de 2019,
– Vista la declaración del representante de la OSCE para la Libertad de los Medios de Comunicación, de 18 de marzo de 2020, sobre el brutal ataque al periodista búlgaro Slavi Angelov,
– Vista la declaración del presidente de la Conferencia de Organizaciones Internacionales No Gubernamentales (OING) del Consejo de Europa, de 9 de julio de 2020, sobre las modificaciones propuestas a la Ley búlgara de entidades jurídicas sin ánimo de lucro,
– Vista la declaración conjunta de los relatores especiales de las Naciones Unidas sobre el racismo y las cuestiones relativas a las minorías, de 13 de mayo de 2020,
– Visto el informe de la relatora especial de las Naciones Unidas, de 21 de octubre de 2019, sobre la violencia contra la mujer, sus causas y consecuencias,
– Vistas las recientes observaciones finales de los órganos creados por los tratados de las Naciones Unidas sobre Bulgaria,
– Vista la propuesta de una nueva Constitución de la República de Bulgaria presentada el 17 de agosto de 2020,
– Vista su Resolución, de 3 de mayo de 2018, sobre pluralismo y libertad de los medios de comunicación en la Unión Europea[4],
– Vista la Resolución del Parlamento Europeo sobre el Estado de Derecho y los derechos fundamentales en Bulgaria, de 5 de octubre de 2020,
– Visto el debate mantenido en la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior el 10 de septiembre de 2020 sobre la situación del mecanismo de cooperación y verificación,
– Vistos los intercambios de puntos de vista realizados por el Grupo de Seguimiento de la Democracia, el Estado de Derecho y los Derechos Fundamentales desde su creación por la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior el 5 de septiembre de 2019, en particular el intercambio de puntos de vista celebrado el 28 de agosto de 2020 sobre la situación en Bulgaria,
– Visto el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento,
A. Considerando que la Unión Europea se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, la libertad, la democracia, la igualdad, el Estado de Derecho y los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías, y que estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad que se caracteriza por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres (artículo 2 del TUE);
B. Considerando que el Estado de Derecho, el respeto de la democracia, los derechos humanos, las libertades fundamentales y los valores y principios consagrados en los Tratados de la Unión y los instrumentos internacionales de derechos humanos son obligaciones que incumben a la Unión y sus Estados miembros y que deben ser observadas;
C. Considerando que el artículo 6, apartado 3, del TUE establece que los derechos fundamentales, garantizados por el CEDH y derivados de las tradiciones constitucionales comunes a los Estados miembros, son principios generales del Derecho de la Unión;
D. Considerando que la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y los principios consagrados en ella forman parte del Derecho primario de la Unión;
E. Considerando que la libertad de expresión y la libertad y el pluralismo de los medios de comunicación están consagrados en el artículo 11 de la Carta de los Derechos Fundamentales y en el artículo 10 del CEDH;
F. Considerando que la independencia del poder judicial es un requisito esencial del principio democrático de separación de poderes y está consagrado en el artículo 19, apartado 1, del TUE, en el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales y en el artículo 6 del CEDH;
G. Considerando que la Unión opera sobre la base de la presunción de la confianza mutua, en el sentido de que los Estados miembros actúan de conformidad con la democracia, el Estado de Derecho y los derechos fundamentales, consagrados en el CEDH y en la Carta de los Derechos Fundamentales;
H. Considerando que el Estado de Derecho es uno de los valores comunes en los que se fundamenta la Unión y una condición previa para el funcionamiento efectivo de toda la Unión, y que la Comisión, junto con el Parlamento y el Consejo, es responsable, en virtud de los Tratados, de garantizar el respeto del Estado de Derecho como valor fundamental de la Unión y de velar por que se respeten el Derecho, los valores y los principios de la Unión;
I. Considerando que la negativa sistemática de un Estado miembro a respetar los valores fundamentales de la Unión Europea y los Tratados a los que ha accedido libremente afecta y amenaza a la Unión en su conjunto; que la falta de reacción ante este tipo de situaciones socavaría la credibilidad de la Unión;
J. Considerando que la Comisión de Venecia y la OIDDH de la OSCE han constatado que el Código Electoral de Bulgaria obstaculiza la diversidad lingüística y los derechos de voto de los ciudadanos que viven en el extranjero[5];
K. Considerando que en los últimos años se ha informado de una serie de incidentes relacionados con el uso de la incitación al odio contra las minorías, también por parte de ministros de Gobierno; que la inmunidad parlamentaria se utiliza sistemáticamente para proteger a los diputados de la Asamblea Nacional de Bulgaria frente a la rendición de cuentas por la incitación al odio[6];
L. Considerando que, en los últimos años, los informes de uso indebido de los fondos de la Unión en Bulgaria se han multiplicado y deben ser objeto de una investigación exhaustiva; que, en los últimos meses, los ciudadanos búlgaros han sido testigos de numerosas acusaciones de corrupción de alto nivel, algunas de las cuales implican directamente al primer ministro; que, también en los últimos meses, los medios de comunicación internacionales han informado repetidamente de posibles interconexiones entre grupos delictivos y autoridades públicas en Bulgaria;
M. Considerando que estas revelaciones han dado lugar a grandes manifestaciones y protestas de la sociedad civil, que se han llevado a cabo de manera ininterrumpida durante más de tres meses, en las cuales los ciudadanos búlgaros pedían justicia, respeto por el Estado de Derecho y un sistema judicial independiente y protestaban contra la erosión de la democracia y la corrupción endémica; que las demandas de los manifestantes incluían la dimisión del Gobierno y del fiscal general, así como la celebración inmediata de elecciones parlamentarias; que, supuestamente, las autoridades policiales han respondido a estas protestas con una violencia desproporcionada;
N. Considerando que el ministro del Interior, el ministro de Finanzas, el ministro de Economía y el ministro de Turismo dimitieron el 15 de julio de 2020 y el ministro de Justicia dimitió el 26 de agosto de 2020;
O. Considerando que el primer ministro ha anunciado su dimisión tras las elecciones a la Gran Asamblea Nacional[7];
P. Considerando que la lucha contra la corrupción en Bulgaria sigue suscitando serias preocupaciones; que esto amenaza con socavar la confianza de los ciudadanos en las instituciones públicas;
Q. Considerando que, según una encuesta especial de Eurobarómetro sobre las actitudes de los ciudadanos europeos ante la corrupción, publicada en junio de 2020, el 80 % de los ciudadanos búlgaros entrevistados considera que la corrupción está muy extendida en su país y el 51 % considera que la corrupción ha aumentado en los últimos tres años;
R. Considerando que, según el Índice del proyecto de indicadores mundiales del Estado de Derecho de 2020, Bulgaria ocupa el puesto 53 de un total de 128 países y, en el contexto de la Unión, ocupa el último lugar; que, según el Índice de Percepción de la Corrupción de Transparencia Internacional de 2019, publicado a principios de este año, Bulgaria se encuentra al final de la lista de los países de la Unión, y ocupa el puesto 74 a nivel mundial;
S. que una sociedad civil dinámica y unos medios de comunicación pluralistas desempeñan un papel crucial en el fomento de una sociedad abierta y pluralista y en la participación de los ciudadanos en el proceso democrático, así como en el fortalecimiento de la rendición de cuentas de los Gobiernos; que la libertad de los medios de comunicación en Bulgaria se ha deteriorado, como pone de manifiesto también la clasificación del país en los informes publicados por Reporteros sin Fronteras; que, en la Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa de 2020, publicada a finales de abril de 2020, Bulgaria ocupa el puesto 111 a nivel mundial y el último lugar entre los Estados miembros de la Unión por tercer año consecutivo; que la plataforma del Consejo de Europa para promover la protección del periodismo y la seguridad de los periodistas contiene tres alertas de nivel 1 que advierten de violaciones graves y perjudiciales contra la libertad de los medios de comunicación, con respecto a las cuales aún está pendiente una respuesta de las autoridades búlgaras;
T. Considerando que Bulgaria sigue presentando numerosas deficiencias institucionales, especialmente en lo que respecta a la independencia del poder judicial, deficiencias que la Comisión Europea ha reconocido a lo largo de los años en sus informes en el marco del mecanismo de cooperación y verificación (MCV); que, no obstante, en el último informe sobre el MCV, publicado el 22 de octubre de 2019, la Comisión consideró que los progresos realizados por Bulgaria en el marco del MCV eran suficientes para cumplir los compromisos asumidos en el momento de su adhesión a la Unión y, por consiguiente, recomendó la supresión del mecanismo de supervisión; que, una vez que ha tenido en cuenta las observaciones del Parlamento y del Consejo, la Comisión todavía tiene que adoptar una decisión definitiva por lo que se refiere al levantamiento del MCV; que una carta del presidente Sassoli expresaba su apoyo al levantamiento del MCV, pero subrayaba la necesidad de aplicar y hacer cumplir los compromisos y las reformas, y destacaba la situación de la independencia del poder judicial, la corrupción y la libertad de los medios de comunicación;
U. Considerando que el nuevo mecanismo global para la democracia, el Estado de Derecho y los derechos fundamentales propugnado por el Parlamento, con su ciclo de seguimiento anual que se aplicaría por igual a todos los Estados miembros, debería abarcar todos los valores del artículo 2 del TUE y, en última instancia, sustituir al MCV para Rumanía y Bulgaria;
1. Lamenta profundamente que los acontecimientos en Bulgaria hayan conducido a un deterioro significativo del respeto de los principios del Estado de Derecho, la democracia y los derechos fundamentales, incluidas la independencia del poder judicial, la separación de poderes, la lucha contra la corrupción y la libertad de los medios de comunicación; manifiesta su solidaridad con el pueblo de Bulgaria en sus legítimas reclamaciones y aspiraciones de justicia, transparencia, rendición de cuentas y democracia;
2. Subraya que es de importancia fundamental garantizar que se respeten plenamente los valores europeos enumerados en el artículo 2 del TUE y que se garanticen los derechos fundamentales establecidos en la Carta de los Derechos Fundamentales; pide a las autoridades búlgaras que garanticen el respeto pleno e incondicional de dichos valores y derechos;
3. Toma nota de la propuesta de convocar la Gran Asamblea Nacional para adoptar una nueva Constitución; subraya que toda reforma constitucional debe ser objeto de un debate exhaustivo e inclusivo y basarse en consultas adecuadas con todas las partes interesadas, en particular con la sociedad civil, y debe adoptarse con el mayor consenso posible; toma nota de la carta enviada el 18 de septiembre de 2020 por el presidente de la Asamblea Nacional al presidente de la Comisión de Venecia por la que le transmitía una solicitud oficial de prestación de apoyo de expertos y solicitaba el dictamen de la Comisión de Venecia sobre el proyecto de nueva Constitución de la República de Bulgaria; pide a las autoridades búlgaras que soliciten de forma proactiva que la Comisión de Venecia y otros organismos pertinentes de las organizaciones internacionales evalúen las medidas en cuestión antes de su aprobación final;
4. Toma nota de la aprobación en segunda lectura de las enmiendas al Código Electoral búlgaro; observa con preocupación que el Parlamento búlgaro está inmerso actualmente en el procedimiento de aprobación de una nueva ley electoral, aunque deben celebrarse elecciones parlamentarias ordinarias en un plazo máximo de siete meses; pide a las autoridades búlgaras que velen por el pleno cumplimiento de la legislación electoral y todas las recomendaciones formuladas por la Comisión de Venecia y la OIDDH de la OSCE, en particular por lo que se refiere a la estabilidad de los elementos fundamentales de la ley electoral, que no deberían ser objeto de enmiendas menos de un año antes de unas elecciones;
5. Tiene el profundo convencimiento de que el Parlamento búlgaro debe desempeñar un papel central para garantizar la rendición de cuentas del Ejecutivo y es uno de los contrapoderes institucionales necesarios para sostener el Estado de Derecho; manifiesta su preocupación ante la práctica de la mayoría gobernante de aprobar legislación por la vía rápida, a menudo sin celebrar debates adecuados ni mantener consultas con las partes interesadas; toma nota del bajísimo nivel de confianza pública en el Parlamento búlgaro[8]; lamenta las recientes restricciones impuestas a los periodistas en los locales de la Asamblea Nacional, que limitan su acceso a los parlamentarios y, por ende, las posibilidades de control de los medios de comunicación sobre el trabajo del legislador;
6. Expresa su profunda preocupación por el hecho de que sigan sin resolver determinadas cuestiones sistémicas del ordenamiento judicial señaladas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y la Comisión de Venecia, en particular en lo que respecta a las disposiciones relativas al Consejo Judicial Supremo y a la Fiscalía General, especialmente en lo que se refiere a la ausencia de mecanismos eficaces de rendición de cuentas o de contrapesos institucionales funcionales de su trabajo; insiste en que las autoridades búlgaras respeten plenamente la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y las recomendaciones de la Comisión de Venecia y del GRECO relativas al poder judicial, en particular al Consejo Judicial Supremo, y al estatuto de la Fiscalía General, a fin de garantizar la independencia del poder judicial; toma nota de que en el informe de la Comisión, de 22 de octubre de 2019, sobre los progresos realizados en Bulgaria en el marco del Mecanismo de Cooperación y Verificación se indica que se había mantenido un amplio debate en los medios de comunicación en el que algunas partes interesadas expresaron su preocupación en cuanto al procedimiento de nombramiento del fiscal general y al candidato, y que las organizaciones de la sociedad civil organizaron manifestaciones;
7. Expresa su preocupación ante la pertinaz ausencia de investigaciones de alto nivel sobre corrupción con resultados tangibles; observa que la corrupción, la ineficiencia y la falta de rendición de cuentas siguen siendo problemas generalizados en el poder judicial, y que la confianza pública en el sistema judicial sigue siendo baja debido a la percepción de que los magistrados son susceptibles de recibir presiones políticas y administrar justicia sin equidad; toma nota del aumento del número de investigaciones de corrupción de alto nivel, también de casos con aspectos transfronterizos, iniciadas contra altos funcionarios y personas de gran relevancia pública; observa con preocupación las discrepancias entre las resoluciones de los tribunales de primera instancia y los tribunales superiores, que también contribuyen a la falta de condenas firmes y efectivas; señala la necesidad de llevar a cabo investigaciones serias, independientes y activas y que logren resultados en los ámbitos de la lucha contra la corrupción, la delincuencia organizada y el blanqueo de dinero, y de examinar exhaustivamente las acusaciones de corrupción de alto nivel a raíz de las grabaciones de audio que aparecieron en el verano de 2020 y en relación con los casos «Apartment Gate», «Guesthouse Gate», el asunto del petrolero, el caso del inmueble en la playa de Rosenets y el escándalo en torno a la supuesta transferencia ilegal de dinero del Banco de Desarrollo búlgaro, todos los cuales, conjuntamente, hacen pensar en deficiencias profundas y sistémicas en el Estado de Derecho y las medidas de lucha contra la corrupción en Bulgaria; expresa asimismo su preocupación ante casos menos llamativos de deficiencias del Estado de Derecho en Bulgaria, como el trato dispensado a los propietarios de apartamentos en el Sunset Resort de Pomorie; acoge con satisfacción la creación de una nueva agencia unificada de lucha contra la corrupción en Bulgaria; pide a las autoridades búlgaras que garanticen que la Agencia esté en condiciones de gestionar su amplio ámbito de responsabilidades con eficacia, en particular la prevención, la investigación y el decomiso de activos ilícitos;
8. Expresa su profunda preocupación por el grave deterioro de la libertad de los medios de comunicación en Bulgaria durante la pasada década; pide a las autoridades búlgaras que fomenten un entorno favorable a la libertad de expresión, en particular aumentando la transparencia de la propiedad de los medios de comunicación y evitando la excesiva concentración de la propiedad de los medios de comunicación y las redes de distribución, también mediante la correcta aplicación del marco legislativo vigente, así como derogando las disposiciones penales contra los delitos de difamación; subraya la necesidad de que la composición y el mandato del Consejo de Medios de Comunicación Electrónicos sean más independientes y eficaces; manifiesta su preocupación por las informaciones sobre la práctica constante de influir en los medios de comunicación a través de la asignación preferente de fondos de la Unión a medios de comunicación favorables al Gobierno;
9. Señala que la protección de los periodistas es de interés vital para la sociedad; pide a las autoridades búlgaras que garanticen en todo momento la protección de los periodistas y salvaguarden con ello su independencia; condena enérgicamente los casos en los que periodistas críticos con el Gobierno han sido objeto de campañas de difamación, y pide a las autoridades búlgaras que pongan coto a estas prácticas antidemocráticas; deplora los incidentes de violencia contra periodistas y la destrucción de su equipo técnico; insta a las autoridades búlgaras a que inicien investigaciones exhaustivas de todos los casos de violencia contra los periodistas que cubren las protestas; pide a las autoridades búlgaras que velen por que los agentes de policía y otros funcionarios respeten la libertad de prensa y permitan que los periodistas y los profesionales de los medios de comunicación cubran las manifestaciones de forma segura; destaca que el recurso a la violencia por parte de agentes estatales es contrario al deber de los Estados miembros de defender la libertad de prensa y proteger la seguridad de los periodistas[9];
10. Pide a las autoridades búlgaras que aborden plena y exhaustivamente todas las alertas presentadas a la plataforma del Consejo de Europa para promover la protección del periodismo y la seguridad de los periodistas, y que sigan plenamente las recomendaciones del Comisario para los Derechos Humanos del Consejo de Europa, a fin de garantizar un entorno seguro para los periodistas en Bulgaria;
11. Expresa su apoyo inequívoco al pueblo de Bulgaria en sus legítimas reclamaciones y aspiraciones de justicia, transparencia, rendición de cuentas y democracia; cree firmemente que las manifestaciones pacíficas son un derecho fundamental en todos los países democráticos y apoya el derecho de la ciudadanía a protestar pacíficamente; condena toda forma de violencia contra manifestaciones pacíficas; subraya que la libertad de expresión y la libertad de información deben respetarse en todo momento; insiste en que es inaceptable el uso de la violencia y la fuerza desproporcionada; expresa su consternación, en particular, ante las acusaciones de uso de la fuerza contra mujeres y niños, incluidos niños con discapacidad; expresa su preocupación ante las auditorías ilegales y excesivas practicadas a empresas privadas que expresaron públicamente su apoyo a las protestas; condena la violenta y desproporcionada intervención policial durante las manifestaciones de julio, agosto y septiembre de 2020; pide a las autoridades búlgaras que garanticen una investigación exhaustiva, transparente, imparcial y efectiva de las intervenciones de la policía;
12. Condena las condiciones inhumanas de las cárceles búlgaras constatadas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en particular el hacinamiento, las malas condiciones sanitarias y materiales, las escasas posibilidades de actividad fuera de las celdas, la inadecuada atención médica y la aplicación prolongada de regímenes penitenciarios restrictivos[10];
13. Expresa su profunda preocupación ante el hecho de que, tras más de 45 sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos contra Bulgaria, las autoridades hayan incumplido su obligación de llevar a cabo investigaciones efectivas; considera que estas deficiencias recurrentes han revelado la existencia de un problema sistémico[11]; destaca que, según el informe anual de 2019 del Consejo de Europa sobre la supervisión de la ejecución de sentencias y decisiones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, 79 sentencias principales contra Bulgaria están pendientes de ejecución;
14. Expresa su preocupación ante el hecho de que, a pesar de varias Directivas de la Unión sobre los derechos procesales de sospechosos e imputados, conforme a la hoja de ruta para 2009, los derechos procesales no son suficientemente respetados en Bulgaria; considera que ello repercute profundamente en los derechos fundamentales[12];
15. Condena todos los casos de incitación al odio, discriminación y hostilidad contra personas de la minoría romaní, mujeres, personas LGBTI y personas pertenecientes a otros grupos minoritarios, que siguen siendo motivo de grave preocupación; pide a las autoridades que reaccionen enérgicamente ante los incidentes de incitación al odio, también por parte de políticos de alto nivel, que refuercen la protección jurídica contra la discriminación y los delitos motivados por el odio, y que investiguen y enjuicien efectivamente dichos delitos; acoge con satisfacción la prohibición del mitin neonazi anual «Marcha de Lukov» y la apertura de una investigación contra la organización responsable, BNU; pide al Gobierno búlgaro que mejore la cooperación con los observadores internacionales y locales de los derechos humanos y que tome todas las medidas necesarias para garantizar efectivamente los derechos de las minorías, en particular la libertad de expresión y la libertad de asociación, entre otras vías, a través de la ejecución de las sentencias pertinentes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos[13]; pide a las autoridades y los funcionarios búlgaros que condenen enérgicamente todos los actos de violencia e incitación al odio contra las minorías;
16. Deplora el clima de hostilidad contra las personas de la minoría romaní en algunas comunidades populosas, en particular contra quienes tuvieron que abandonar sus hogares como consecuencia de ataques multitudinarios contra sus comunidades en varias localidades; deplora el acoso y los desalojos violentos de personas de la minoría romaní en la zona de Voyvodinovo; pide a las autoridades que aborden urgentemente la situación de las personas afectadas; considera que deben proseguir las medidas decididas para mejorar la situación general en materia de vivienda de las personas de la minoría romaní; considera necesario terminar por completo con la segregación en la enseñanza de los niños de la minoría romaní; pide a las autoridades que pongan fin a la incitación al odio y la discriminación racial contra las personas de la minoría romaní en la respuesta a la COVID-19, y que detengan las operaciones policiales dirigidas contra las comunidades romaníes durante la pandemia;
17. Toma nota de la sentencia del Tribunal Constitucional de 27 de julio de 2018 sobre la incompatibilidad del Convenio de Estambul con la Constitución de Bulgaria; lamenta que esta decisión impida a Bulgaria ratificar el Convenio; expresa su profunda preocupación por el persistente discurso público negativo y tergiversado sobre el Convenio, que se ha configurado en una campaña generalizada de desinformación y difamación tras una cobertura negativa en varios medios de comunicación supuestamente vinculados con el Gobierno y partidos de la oposición, aún más preocupante por la participación de políticos y partidos políticos representados en el Parlamento búlgaro; expresa su preocupación por el hecho de que la persistente actitud negativa hacia el Convenio contribuye aún más a la estigmatización de los grupos vulnerables en riesgo de violencia de género, cuya situación se ha visto especialmente agravada por la COVID-19 y las medidas de confinamiento en toda Europa, incluida Bulgaria, y da sensación de impunidad a los autores de delitos de género; lamenta que recientes modificaciones del Código penal, que han introducido penas más severas para la violencia de género, hayan resultado insuficientes para abordar la complejidad del asunto y especialmente para su prevención; pide, por consiguiente, a las autoridades búlgaras que mejoren la prevención y la lucha contra la violencia doméstica, que hagan lo necesario para que sea posible ratificar el Convenio de Estambul y que adopten todos los elementos del Convenio que estén en consonancia con su ordenamiento constitucional, buscando al mismo tiempo una solución más amplia para los elementos restantes, además de aumentar el número de refugios y otros servicios sociales necesarios para prestar apoyo a las víctimas de la violencia doméstica;
18. Considera necesario eliminar la discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género en la ley y en la práctica en todas las esferas; pide a las autoridades búlgaras que modifiquen la Ley de protección contra la discriminación para incluir explícitamente la identidad de género entre los motivos de discriminación; pide a las autoridades búlgaras que modifiquen el Código Penal vigente para incluir los delitos de odio y la incitación al odio por motivos de orientación sexual, identidad y expresión de género y características sexuales; pide a las autoridades búlgaras que apliquen la jurisprudencia pertinente del Tribunal de Justicia y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y, en este contexto, que aborden la situación de los cónyuges y los progenitores del mismo sexo, con miras a garantizar que disfruten del derecho a la no discriminación de hecho y de derecho, y que establezca un marco legal adecuado que aporte igualdad de derechos para todas las parejas;
19. Expresa su preocupación por el hecho de que se haya impedido la entrada en territorio búlgaro o se haya expulsado, en ocasiones por la fuerza, a personas que podrían necesitar protección internacional sin darles la oportunidad de solicitar asilo ni ofrecerles una evaluación individualizada[14]; expresa su particular inquietud por la preocupante deportación de miembros de la oposición turca, en contravención de tratados internacionales y a pesar de resoluciones válidas de los tribunales búlgaros competentes[15]; pide a las autoridades búlgaras que garanticen la plena conformidad de la legislación y la práctica en materia de asilo con el acervo en la materia y la Carta de los Derechos Fundamentales; pide a la Comisión que tramite con carácter prioritario el procedimiento de infracción contra Bulgaria;
20. Expresa su profunda preocupación ante las enmiendas presentadas a la Ley de entidades jurídicas sin fines de lucro, que crearían un entorno muy hostil a esas organizaciones de la sociedad civil reconocidas como de utilidad pública que reciben financiación extranjera y podrían resultar problemáticas en relación con el principio de libertad de asociación y el derecho a la privacidad[16]; insta a las autoridades búlgaras a que examinen exhaustivamente la jurisprudencia consolidada del Tribunal de Justicia Europeo a este respecto;
21. Observa que Bulgaria ha hecho ciertos progresos en el marco del MCV; pide al Gobierno búlgaro que coopere con la Comisión conforme al principio de cooperación leal establecido en el TUE, prosiguiendo la ejecución de sus compromisos; pide a las autoridades búlgaras que se abstengan de llevar a cabo reformas unilaterales que puedan suponer riesgos para el respeto del Estado de Derecho y, en particular, la independencia del poder judicial y la separación de poderes; toma nota de que la Comisión ha indicado que aún no levantará el MCV en lo relativo a Bulgaria; pide a la Comisión que siga observando la reforma del poder judicial y la lucha contra la corrupción en Bulgaria en el marco del MCV mientras no exista un mecanismo plenamente operativo para comprobar el respeto de la democracia, el Estado de Derecho y los derechos fundamentales aplicable por igual a todos los Estados miembros; pide asimismo a la Comisión que utilice también otros instrumentos disponibles, si procede, incluidos los procedimientos de infracción, el Marco del Estado de Derecho e instrumentos presupuestarios, una vez estén disponibles;
23. Destaca la necesidad de que el Gobierno búlgaro, en cooperación con la Comisión, garantice un control estricto del modo en que se gastan los fondos de la Unión y aborde de inmediato las sospechas de que se está gastando dinero de los contribuyentes para enriquecer a círculos afines al partido gobernante;
24. Reitera su posición sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la protección del presupuesto de la Unión en caso de deficiencias generalizadas del Estado de Derecho en los Estados miembros[17], incluida la necesidad de salvaguardar los derechos de los beneficiarios, y pide al Consejo que inicie las negociaciones interinstitucionales lo antes posible;
25. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión, al Consejo, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, al Consejo de Europa, a la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa y a las Naciones Unidas.
- [1] DO L 354 de 14.12.2006, p. 58.
- [2] Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de 5 de noviembre de 2009, Kolevi contra Bulgaria (demanda n.º 1108/02).
- [3] Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, de 1 de julio de 2014, Dimitrov y otros contra Bulgaria (demanda n.º 77938/11).
- [4] DO C 41 de 6.2.2020, p. 64.
- [5] Dictamen conjunto de la Comisión de Venecia y de la OIDDH de la OSCE, de 19 de junio de 2017, sobre las modificaciones del Código Electoral de Bulgaria, CDL-AD(2017)016.
- [6] Informe de la comisaria de Derechos Humanos del Consejo de Europa tras su visita a Bulgaria los días 25 a 29 de noviembre de 2019, de 31 de marzo de 2020, pp. 33 y 38.
- [7] https://www.mediapool.bg/borisov-ostavka-no-pri-izbori-za-veliko-narodno-sabranie-i-nova-konstitutsiya-video-i-palen-tekst-news310997.html
- [8] https://www.gallup-international.bg/43810/public-opinion-political-situation/
- [9] Comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa, declaración titulada «Bulgaria debe investigar la violencia policial contra periodistas», Estrasburgo, 3 de septiembre de 2020.
- [10]Véanse las sentencias de 27 de enero de 2015, Neshkov y otros contra Bulgaria (demandas n.º 36925/10, 21487/12, 72893/12, 73196/12, 77718/12 y 9717/13); 12 de mayo de 2017, Simeonovi contra Bulgaria (demanda n.º 21980/04); 21 de enero de 2016, Boris Kostadinov contra Bulgaria (demanda n.º 61701/11); 29 de junio de 2017, Dimcho Dimov contra Bulgaria (n.º 2) (demanda n.º 77248/12); 17 De noviembre de 2015, Dimitrov y Ridov contra Bulgaria (demanda n.º 34846/08) y 5 de octubre de 2017, Kormev contra Bulgaria (demanda n.º 39014/12).
- [11] Véase Tribunal Europeo de Derechos Humanos, sentencia de 3 de marzo de 2015, S.Z. contra Bulgaria (demanda n.º 29263/12).
- [12] Véanse los informes periódicos más recientes del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes.
- [13] Sentencias de 19 de enero de 2006, United Macedonian Organisation Ilinden y otros contra Bulgaria (demanda n.º 59491/00); 18 de octubre de 2011, United Macedonian Organisation Ilinden y otros contra Bulgaria (n.º 2) (demanda n.º 34960/04); 11 de enero de 2018, United Macedonian Organisation Ilinden y otros contra Bulgaria (n.º 3) (demanda n.º 29496/16), y 11 de enero de 2018, Yordan Ivanov y otros contra Bulgaria (demanda n.º 70502/13).
- [14] Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, Observaciones finales sobre el cuarto informe periódico de Bulgaria, 15 de noviembre de 2018, apartados 29 y 30.
- [15]Tribunal Europeo de Derechos Humanos, demanda pendiente Abdullah Büyük contra Bulgaria (demanda n.º 23843/17); Departamento de Estado de los Estados Unidos, Oficina de Democracia, Derechos Humanos y Trabajo, Informe sobre los derechos humanos de 2016, relativo a Bulgaria, p. 16.
- [16] Consejo de Europa, declaración del presidente de la Conferencia de OING, «Las enmiendas presentadas a la Ley de entidades jurídicas sin fines de lucro en Bulgaria son motivo de preocupación», 9 de julio de 2020.
- [17] Textos Aprobados, P8_TA(2019)0349.