PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre cómo abordar los porcentajes de personas sin hogar en la Unión Europea
18.11.2020 - (2020/2802(RSP))
Dolors Montserrat
en nombre de la Comisión de Peticiones
B9‑0363/2020
Resolución del Parlamento Europeo sobre cómo abordar los porcentajes de personas sin hogar en la Unión Europea
El Parlamento Europeo,
– Vistos los artículos 2 y 3 del Tratado de la Unión Europea y los artículos 4, 9 y 151 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
– Vistos los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas adoptados por los líderes mundiales en septiembre de 2015 y refrendados por el Consejo, en particular los ODS 1, 3, 8 y 11,
– Vista la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en particular el artículo 21 sobre la no discriminación, el artículo 26 sobre la integración de las personas con discapacidad y el artículo 34, apartado 3, sobre el reconocimiento por parte de la Unión y el respeto del derecho a una ayuda social y a una ayuda de vivienda,
– Vista la Carta Social Europea, firmada en Turín el 18 de octubre de 1961,
– Visto el pilar europeo de derechos sociales, en particular su principio 19 sobre la vivienda y la asistencia para las personas sin hogar,
– Vista la Carta comunitaria de los derechos sociales de los trabajadores de 1989,
– Vistas las recomendaciones específicas por país de la Unión, de 25 de mayo de 2018, sobre la vivienda en los 28 Estados miembros,
– Vista la Carta de Ginebra de las Naciones Unidas sobre Vivienda Sostenible y su objetivo de «garantizar a todos el acceso a una vivienda digna, adecuada, asequible y salubre»,
– Vista su Resolución legislativa, de 10 de julio de 2020, sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros[1],
– Vista su Resolución, de 17 de abril de 2020, sobre la acción coordinada de la Unión para luchar contra la pandemia de COVID-19 y sus consecuencias[2],
– Vista su Resolución, de 10 de octubre de 2019, sobre empleo y políticas sociales en la zona del euro[3],
– Vista su Resolución legislativa, de 4 de abril de 2019, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo Social Europeo Plus (FSE+)[4],
– Visto el artículo 227, apartado 2, de su Reglamento interno,
A. Considerando que la Comisión de Peticiones ha recibido la petición n.º 0546/2020 y otras peticiones que expresan preocupación por la situación de más de cuatro millones de ciudadanos europeos sin hogar y por el número de personas sin hogar en la Unión, que habría aumentado más del 70 % en los últimos diez años;
B. Considerando que el problema de las personas sin hogar está directamente relacionado con la dificultad de ejercer otros derechos básicos, como el acceso a la asistencia sanitaria, y que las personas sin hogar son a menudo objeto de delitos de odio y violencia, incluida la estigmatización social;
C. Considerando que estas peticiones piden una Unión Europea que no deje a nadie atrás y adopte una acción concertada urgente para adoptar medidas preventivas que puedan reducir de manera sostenible el riesgo y la magnitud del problema de las personas sin hogar;
D. Considerando que, en la jerarquía de las necesidades humanas, la vivienda ofrece un espacio de vida y con ello permite también satisfacer otras necesidades tanto básicas como más elevadas;
E. Considerando que la Unión Europea debe luchar contra la exclusión social y la discriminación y fomentar la justicia y la protección sociales, la igualdad entre mujeres y hombres, la solidaridad intergeneracional y la protección de los derechos del niño;
F. Considerando que, en la definición y ejecución de sus políticas y acciones, la Unión ha de tener en cuenta las exigencias relacionadas con la promoción de un nivel de empleo elevado, la garantía de una protección social adecuada, la lucha contra la exclusión social, las políticas sociales de vivienda y un nivel elevado de educación, formación y protección de la salud humana;
G. Considerando que la ausencia de una definición única y ampliamente adoptada de la situación de carencia de hogar y de la exclusión en materia de vivienda en la Unión dificulta la evaluación del alcance de la carencia de hogar en los Estados miembros de la Unión;
H. Considerando que el número de personas sin hogar ha aumentado en la última década en varios Estados miembros de la Unión; que las causas de este incremento son una combinación del aumento de los costes de la vivienda, el impacto de la crisis económica, la reducción de la protección social y la insuficiencia de las políticas para abordar la situación de las personas sin hogar en muchos Estados miembros; que los precios de la vivienda aumentaron un 5 % en la zona del euro (EA-19) y un 5,2 % en la EU-27 en el segundo trimestre de 2020 en comparación con el mismo trimestre del año anterior;
I. Considerando que la Unión no tiene competencias directas en materia de política de vivienda, pero puede incidir indirectamente en las condiciones de la vivienda en los Estados miembros mediante reglamentaciones, como las normas relativas a las ayudas estatales, el Derecho fiscal y el Derecho de competencia y mediante medidas como recomendaciones y orientaciones;
J. Considerando que el Fondo Social Europeo se creó para mejorar las oportunidades de empleo de los trabajadores en el mercado interior y contribuir así a elevar el nivel de vida y ayudar a las personas sin hogar a acceder a viviendas sociales;
K. Considerando que otros Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, como el FEDER, se han utilizado para proyectos de vivienda y para abordar las necesidades de comunidades desfavorecidas;
L. Considerando que el Fondo de Ayuda Europea para las Personas Más Desfavorecidas apoya las acciones de los Estados miembros de la Unión para entregar alimentos o prestar asistencia material básica a las personas más desfavorecidas;
M. Considerando que la situación de las personas sin hogar se ha mencionado cada vez con mayor frecuencia en los informes del Semestre Europeo más recientes;
N. Considerando que los costes sociales de no abordar la situación de las personas sin hogar son especialmente elevados en los ámbitos de la justicia y la salud;
O. Considerando que las políticas de bienestar social, basadas en amplias disposiciones universales acompañadas de medidas bien orientadas, desempeñan un papel muy importante a la hora de prevenir la situación de carencia de hogar;
P. Considerando que las pruebas recopiladas sobre los efectos de la crisis de la COVID-19 en la asequibilidad de la vivienda en la Unión indican que, a medio plazo, la recesión económica y la pérdida de empleo e ingresos pueden aumentar aún más la sobrecarga del coste de la vivienda y el número de personas sin hogar en Europa;
Q. Considerando que el perfil de la población sin hogar ha ido cambiando y ahora incluye a más jóvenes y niños, personas mayores, migrantes, gitanos y otras minorías desfavorecidas, y a mujeres y familias que corren un riesgo creciente de encontrarse sin hogar;
R. Considerando que tener acceso a una vivienda digna y formar parte de la sociedad es fundamental para que las personas puedan desarrollar plenamente su potencial y contribuir a la sociedad;
S. Considerando que la situación de carencia de hogar suele estar desencadenada por una compleja interacción de factores estructurales, institucionales y personales;
T. Considerando que el problema de las personas sin hogar y la exclusión en materia de vivienda constituyen un problema social para el que debe encontrarse una solución permanente;
U. Considerando que algunos Estados miembros criminalizan la situación de las personas sin hogar y los comportamientos asociados a esta situación;
V. Considerando que, en algunos Estados miembros, las personas sin hogar solo tienen acceso constante a un alojamiento durante el invierno y no de forma continuada a lo largo del año;
W. Considerando que, en algunos Estados miembros, los servicios locales de seguridad social solo desempeñan un papel pasivo a la hora de ayudar a las personas sin hogar a reintegrarse en la sociedad;
1. Expresa su más profunda preocupación por la situación de más de cuatro millones de ciudadanos europeos sin hogar a la vez que la actual crisis sanitaria y económica va dejando a más personas fuera del mercado de trabajo y hace que más personas dependan de la protección social;
2. Recuerda que el acceso a la vivienda es uno de los derechos fundamentales de todas las personas y pide a la Unión y a sus Estados miembros que pongan fin a la situación de las personas sin hogar en la Unión de aquí a 2030, y que lo establezcan como un objetivo a nivel de la Unión; pide a la Comisión que adopte medidas más enérgicas para ayudar a los Estados miembros a reducir y erradicar el problema de las personas sin hogar como prioridad en el contexto del plan de acción sobre el pilar europeo de derechos sociales, y de conformidad con los ODS de las Naciones Unidas;
3. Hace hincapié en que la carencia de hogar se considera una de las formas más graves de pobreza y privación que debe eliminarse mediante políticas específicas e integradas llevadas a cabo de manera sostenible abordando los factores de riesgo personales (como las vulnerabilidades individuales) y los factores de riesgo estructural (como la vivienda y el desempleo);
4. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que adopten una definición marco compartida y unos indicadores coherentes sobre el problema de las personas sin hogar en la Unión, lo que permitiría una comprensión común, una comparación sistemática y una evaluación del alcance de la carencia de hogar en los distintos Estados miembros de la Unión;
5. Recuerda que, durante la crisis de la COVID-19, el Parlamento Europeo ofreció refugio a 100 mujeres sin hogar en sus locales;
6. Señala la importancia de reforzar los mecanismos de recopilación de datos, ya que las tasas de personas sin hogar deben ser después sistemáticamente objeto de seguimiento a escala de la Unión por organismos como Eurostat;
7. Celebra el trabajo realizado por la Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social para prestar apoyo y abordar esta situación en el marco de una de las iniciativas emblemáticas de la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador;
8. Pide a la Comisión que proponga un marco europeo de estrategias nacionales para las personas sin hogar y pide además a los Estados miembros que adopten el principio de «la vivienda, primero», basado en las buenas prácticas de algunos Estados miembros, que contribuya a reducir sustancialmente el porcentaje de personas sin hogar mediante la introducción de planes de acción decididos y enfoques innovadores; afirma que estos enfoques innovadores se basan en el concepto de la vivienda como derecho humano fundamental y desarrollan después sendas de integración sociolaborales más amplias;
9. Acoge con satisfacción el compromiso de la Comisión de seguir centrándose en la reducción del número de personas sin hogar mediante la integración de esta cuestión en las políticas sectoriales pertinentes de la Unión, especialmente —aunque no exclusivamente— en los ámbitos del desarrollo regional, la salud, los derechos humanos, la juventud, la igualdad de género, la migración y la integración;
10. Pide a los Estados miembros que asuman la responsabilidad principal que les incumbe de abordar la situación de las personas sin hogar, que trabajen en la prevención y la intervención temprana, que son, a menudo, la manera más rentable y menos perjudicial de hacer frente a la situación de carencia de hogar, y que asignen un papel más proactivo a los servicios de seguridad social regionales y locales para ayudar a las personas sin hogar a reintegrarse en la sociedad;
11. Hace hincapié en la necesidad de una colaboración interministerial e intergubernamental en el desarrollo y la aplicación de dichas estrategias, así como en la participación de las principales partes interesadas, y alienta el intercambio de las mejores prácticas entre los Estados miembros;
12. Pide a los Estados miembros y a la Comisión que mejoren la recopilación de datos pertinentes y comparables con la participación de organizaciones no gubernamentales acreditadas y autoridades locales que trabajan en el ámbito de la pobreza y la exclusión social y en la prestación de servicios a las personas en situación de riesgo o sin hogar;
13. Apoya las tareas del Comité de Protección Social, en el que los Estados miembros trabajan, junto con la Comisión, en cuestiones relacionadas con la situación de las personas sin hogar a través del método abierto de coordinación;
14. Pide a la Comisión que mejore el seguimiento y la gobernanza y siga movilizando fondos y políticas de la Unión en relación con la situación de las personas sin hogar; pide asimismo a la Comisión que vele por que las regiones y las autoridades locales destinen recursos del FEDER a la vivienda social;
15. Pide a los Estados miembros que ofrezcan igualdad de acceso a servicios públicos como la atención sanitaria, la educación y los servicios sociales;
16. Pide a los Estados miembros que apoyen la integración de las personas sin hogar en el mercado de trabajo ofreciendo medidas de apoyo y reconciliación especializadas e individualizadas, programas integrados de empleo y formación, así como otros programas específicos y a medida para facilitar su reintegración en el mercado laboral; pide a la Comisión y a los Estados miembros que se aseguren de que la nueva Garantía Juvenil contribuye a abordar el problema de los jóvenes sin hogar;
17. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que apliquen debidamente el pilar europeo de derechos sociales, que refleja las contribuciones recibidas a lo largo del período de consulta sobre el principio 19 incluyendo la «Vivienda y asistencia para las personas sin hogar», en su plan de acción de 2021, e insiste en que se haga un mejor uso del Semestre Europeo a fin de garantizar avances a la hora de abordar las tasas de personas sin hogar y la exclusión en materia de vivienda;
18. Destaca que las personas sin hogar y otras personas en situación de precariedad habitacional corren un riesgo particular debido a la crisis de la COVID-19; insta encarecidamente a la Unión y a sus Estados miembros a que apliquen medidas específicas para proteger a las personas sin hogar y prestar asistencia financiera a las ONG acreditadas y a las asociaciones público-privadas, y a que apoyen a las autoridades locales a asegurar espacios seguros y para evitar los desahucios;
19. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que utilicen los instrumentos existentes, así como los instrumentos en el marco del MFP 2021-2027 y del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, para mejorar las oportunidades de empleo y la integración social de los hogares sin empleo;
20. Pide a los Estados miembros que aborden urgentemente la situación de carencia de hogar mediante la adopción de estrategias nacionales a largo plazo, basadas en la comunidad, orientadas a la vivienda e integradas para las personas sin hogar, tal como se fomenta en el paquete de inversión social de la Unión;
21. Pide al Consejo que informe regularmente acerca de los resultados conseguidos en este ámbito;
22. Pide a los Estados miembros que fomenten la participación social de todas las partes interesadas en estrategias integradas para abordan la carencia de hogar, y que promuevan el emprendimiento social y las actividades de autoinnovación para mejorar la inclusión activa de las personas sin hogar;
23. Pide a los Estados miembros que descriminalicen la situación de las personas sin hogar;
24. Pide a los Estados miembros que faciliten un acceso constante y continuo a centros de acogida de emergencia en toda la Unión; subraya, no obstante, que esto solo debe ser temporal y no constituye una alternativa a soluciones estructurales como la prevención y la provisión de una vivienda y un apoyo social adecuados en respuesta al problema de la carencia de hogar;
25. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros.
- [1] Textos Aprobados, P9_TA(2020)0194.
- [2] Textos Aprobados, P9_TA(2020)0054.
- [3] Textos Aprobados, P9_TA(2019)0033.
- [4] Textos Aprobados, P8_TA(2019)0350.