Propuesta de resolución - B9-0170/2021Propuesta de resolución
B9-0170/2021

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre la protección de los niños contra el condicionamiento consistente en la obligación de lucir símbolos religiosos de mayor tamaño en las escuelas y guarderías y sobre la prohibición de lucir dichos símbolos en el lugar de trabajo

3.3.2021

presentada de conformidad con el artículo 143 del Reglamento interno

Christine Anderson, Guido Reil

B9‑0170/2021

Propuesta de Resolución del Parlamento Europeo sobre la protección de los niños contra el condicionamiento consistente en la obligación de lucir símbolos religiosos de mayor tamaño en las escuelas y guarderías y sobre la prohibición de lucir dichos símbolos en el lugar de trabajo

El Parlamento Europeo,

 Visto el artículo 143 de su Reglamento interno,

A. Considerando que, según un dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, la prohibición de los símbolos religiosos de mayor tamaño en el lugar de trabajo es admisible y no constituye una discriminación directa basada en la religión o las convicciones de los trabajadores;

B. Considerando que el artículo 24 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea prevé la primacía del interés superior del niño;

C. Considerando que algunos padres animan a las niñas y jóvenes a llevar la cabeza cubierta con un pañuelo en la escuela;

D. Considerando que la situación económica de las empresas en los Estados miembros es incierta;

1. Coincide con el dictamen mencionado en que la prohibición de los símbolos religiosos de mayor tamaño en el lugar de trabajo es admisible y no constituye una discriminación directa basada en la religión o las convicciones de los trabajadores;

2. Expresa su preocupación por los posibles perjuicios económicos a los que se enfrentan las empresas si sus trabajadores lucen símbolos religiosos de mayor tamaño en el lugar de trabajo;

3. Señala que, según un dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, lucir símbolos religiosos de menor tamaño en el lugar de trabajo no suscita objeciones;

4. Pide a la comisión competente que elabore un informe sobre cómo animar a los Estados miembros a que prohíban que los niños y jóvenes luzcan símbolos religiosos de mayor tamaño en las guarderías y escuelas, pero también los empleados en las instituciones públicas y empresas privadas.

 

Última actualización: 19 de marzo de 2021
Aviso jurídico - Política de privacidad