PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre el quinto aniversario del Acuerdo de Paz en Colombia
26.4.2021 - (2021/2643(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 132, apartado 2, del Reglamento interno
Anna Fotyga, Charlie Weimers, Jadwiga Wiśniewska, Adam Bielan, Carlo Fidanza, Hermann Tertsch, Assita Kanko, Veronika Vrecionová
en nombre del Grupo ECR
B9‑0232/2021
Resolución del Parlamento Europeo sobre el quinto aniversario del Acuerdo de Paz en Colombia
El Parlamento Europeo,
– Vista su Resolución, de 20 de enero de 2016, en apoyo al proceso de paz en Colombia[1],
– Visto el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, de 24 de noviembre de 2016, entre el Gobierno de Colombia y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia — Ejército Popular (FARC-EP),
– Visto el Acuerdo de Diálogo político y Cooperación entre la Unión Europea y la Comunidad Andina,
– Visto los Informes de 2016 y 2020 sobre la estrategia internacional de lucha contra los estupefacientes, las drogas y los productos químicos de la Oficina de Asuntos Internacionales de Estupefacientes y Aplicación de la Ley del Departamento de Estado de los Estados Unidos,
– Vista la Comunicación remitida el 14 de abril de 2021 por Claudia Blum, ministra de Asuntos Exteriores colombiana, al secretario General de las Naciones Unidas y al presidente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la situación en la frontera como consecuencia del apoyo que Venezuela presta a grupos armados organizados de narcoterroristas,
– Vista la declaración del vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión Europea para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR), de 28 de abril de 2021, sobre el quinto aniversario del Acuerdo de Paz en Colombia,
– Visto el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno,
A. Considerando que, en noviembre de 2016, tras numerosos intentos fallidos, el grupo guerrillero Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y el Gobierno colombiano firmaron un segundo Acuerdo de Paz revisado, que puso fin a más de cinco décadas de conflicto violento y al conflicto armado de mayor duración de América Latina, en el que perdieron la vida más de 220 000 personas;
B. Considerando que las Naciones Unidas acordaron supervisar la aplicación del Acuerdo de Paz y el desarme de las guerrillas de las FARC;
C. Considerando que las FARC se han transformado en un partido político y que participaron en las elecciones legislativas de marzo de 2018, en las que no lograron ningún escaño, lo que indica la falta de apoyo por parte de la opinión pública;
D. Considerando que la situación en Colombia se ha vuelto a fragilizar en mayor medida recientemente, no solo por que el proceso de paz está sufriendo reveses, sino también por las consecuencias de la crisis de los refugiados venezolanos (ya que más de 1,8 millones de refugiados venezolanos viven ahora en Colombia, donde se les ha ofrecido un estatuto de protección temporal) y debido al impacto de la pandemia de COVID-19;
E. Considerando que las FARC-EP han violado sistemáticamente el Acuerdo de Paz, toda vez que
F. Considerando que los disidentes de las FARC, a cuyo frente se encuentran antiguos negociadores de la guerrilla, y que han expresado recientemente su voluntad de apoyar militarmente al dictador venezolano Nicolás Maduro, cuentan con más de 2 500 hombres armados y estructuras en 20 de los 32 departamentos del país, controlan el narcotráfico y el 93,5 % de los cultivos de coca, y son responsables de al menos el 14 % de los asesinatos cometidos contra dirigentes sindicales en Colombia;
G. Considerando que, en un vídeo recientemente difundido por el Canal RCN, el Frente 28 de las llamadas disidencias de las FARC-EP, que opera en los departamentos de Arauca, Casanare y Boyacá, hace una declaración de apoyo incondicional al dictador venezolano Maduro, se muestran abiertamente como terroristas y reiteran el compromiso «antiimperialista» del grupo;
H. Considerando que el Gobierno colombiano dio a conocer, a través de Claudia Blum, ministra de Asuntos Exteriores, una declaración dirigida al secretario general de las Naciones Unidas en la que se denunciaba la grave situación en la frontera como consecuencia del apoyo que el régimen ilegítimo venezolano presta a grupos armados organizados de narcoterroristas;
I. Considerando que el régimen venezolano presidido por Chávez donó 300 millones de dólares estadounidenses a las FARC en 2007, como reveló el Instituto Internacional de Estudios Estratégicos (IISS) tras analizar los ficheros recuperados del ordenador de Raúl Reyes, antiguo jefe de las FARC;
J. Considerando que las FARC han obtenido material de guerra gracias a suministros procedentes de Rusia y China, con el objetivo de crear ejércitos fronterizos híbridos con el apoyo de fuerzas militares rusas y de mercenarios enviados por Rusia para realizar actividades de entrenamiento y prestar apoyo y tecnología;
K. Considerando que los Frentes 10 y 28 de las FARC controlan las rutas de narcotráfico en la frontera con Venezuela; que el Cartel de los Soles es una estructura corrupta implicada en el narcotráfico que forma parte de los planes del Gobierno del régimen de Maduro, y que cuenta con la participación de un número destacado de generales del ejército;
L. Considerando que las FARC han desarrollado relaciones con Gobiernos, regímenes y fuerzas estratégicas en Venezuela, el Ecuador, Bolivia y el Perú durante décadas;
M. Considerando que en su Informe de marzo de 2020 sobre la estrategia internacional de lucha contra los estupefacientes, las drogas y los productos químicos, la Oficina de Asuntos Internacionales de Estupefacientes y Aplicación de la Ley del Departamento de Estado de los Estados Unidos señala que las drogas ilícitas que transitaron por Venezuela en 2019 se destinaron en su mayor parte al Caribe, América Central, los Estados Unidos, África Occidental y Europa y que las organizaciones colombianas dedicadas al narcotráfico, incluidas facciones disidentes de las FARC, del ELN y de otros grupos delictivos, facilitan el envío de drogas ilícitas a través de Venezuela;
N. Considerando que el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos ha impuesto sanciones a al menos 22 personas, entre las que figuran funcionarios y antiguos funcionarios del régimen de Maduro, como los generales Hugo Carvajal y Henry Rangel Silva, Ramón Rodríguez Chacín, el mayor general Cliver Alcalá Cordones, el antiguo vicepresidente Tareck El Aissami, el testaferro Samarak López, Pedro Luís Martín y dos de sus asociados; que el régimen de Maduro no ha adoptado medidas contra estos individuos ni otros los cargos gubernamentales y militares con vínculos conocidos con las FARC;
O. Considerando que el Ecuador y Bolivia siguen siendo importantes países de tránsito para los envíos de estupefacientes en los que participan organizaciones delictivas transnacionales como los cárteles mexicanos Los Zetas, Sinaloa y Golfo; que las FARC se sirven cada vez con mayor frecuencia de aviones privados y de pistas clandestinas para transportar dinero al Ecuador y cocaína a México y América Central;
P. Considerando que en el marco de numerosas operaciones de narcotráfico se señaló que en el aeropuerto Mariscal Sucre de Quito aterrizaban aviones sin autorización; que estos aviones utilizaban el hangar presidencial, lo que evidencia que el narcotráfico estaba muy infiltrado en las instituciones y en el Gobierno de Rafael Correa; que estos aviones utilizan también el aeropuerto de Chimoré en Chapare, en el departamento de Cochabamba (Bolivia);
Q. Considerando que, según el Departamento de Estado de los Estados Unidos, el Frente Oliver Sinisterra (organización disidente de las FARC involucrada en el narcotráfico) realizó en 2018 ataques a lo largo de la frontera septentrional del Ecuador con Colombia; que el tránsito y las actividades de las FARC en el Ecuador fueron constantes durante el mandato de Rafael Correa;
R. Considerando que toda esta red formada por narcotraficantes, las FARC y varios regímenes políticos representa una amenaza multilateral que constituye un nuevo desafío para el hemisferio y una amenaza para la paz;
S. Considerando que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) ha estado implicada en irregularidades inaceptables para cualquier institución de justicia transicional y ha sido cuestionada por su politización, incluida la presencia de magistrados acusados de defender a las FARC en el pasado, la manipulación de pruebas y el mantenimiento de relaciones con partidos políticos como la Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común (FARC), ideológicamente alineados y fundados por las antiguas guerrillas de las FARC, que deberían ser juzgadas por la JEP;
T. Considerando que la JEP se creó hace tres años, pero que hasta la fecha ningún miembro de las FARC ha sido condenado por sus actos y que, mientras que las FARC disfrutan de amnistías, agentes estatales que no han sido condenados están obligados a permanecer en prisión preventiva;
U. Considerando que los siete macrocasos abiertos por la JEP no respetan los derechos de las víctimas, excluyen acontecimientos graves como el asedio y ataques con explosivos a pueblos por parte de las FARC, delitos sexuales y abortos forzados, desplazamientos forzosos y la búsqueda de fuentes de financiación de las FARC; que la JEP considera el narcotráfico como un delito similar a los delitos políticos, lo que ha permitido a los narcotraficantes no relacionados con las FARC comprar su impunidad;
V. Considerando que el número de víctimas de las FARC se cifra en millones, mientras que la JEP solo ha confirmado unas 300 000; que las víctimas se ven obligadas a victimizarse de nuevo para ser reconocidas como tales por la JEP, si bien ya han sido reconocidas así por otras autoridades y jurisdicciones de Colombia;
W. Considerando que la JEP concedió con negligencia la libertad a Jesús Santrich, antiguo comandante guerrillero de las FARC y miembro del equipo negociador de los Acuerdos de Paz, acusado de narcotráfico tras la firma del Acuerdo de Paz, a pesar de que la DEA y la Fiscalía colombiana aportaron doce grabaciones sonoras que demostraban actos delictivos cometidos después del 1 de diciembre de 2016; que esta decisión impidió su extradición a los Estados Unidos y contribuyó a su huida; que desde entonces, según fuentes de los servicios de inteligencia, Santrich dirige a disidentes de las FARC desde territorio venezolano;
X. Considerando que el Fondo Fiduciario de la Unión para Colombia ha movilizado 128 millones de euros con cargo al presupuesto de la Unión, de 21 Estados miembros, Chile y del Reino Unido; que su quinto Comité Estratégico definió sus futuras líneas estratégicas el 22 de enero de 2021;
1. Destaca el compromiso del Gobierno de Colombia con la aplicación del Acuerdo Final, en particular en el contexto de los nuevos retos impuestos por el aumento de los flujos migratorios procedentes de Venezuela y los efectos sanitarios, sociales y económicos de la pandemia de COVID-19;
2. Elogia a Colombia por sus avances en la aplicación del Acuerdo, en particular en el ámbito del desarrollo rural, destaca la importancia de los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET) en los 170 municipios más afectados por el abandono, la pobreza y la violencia, y hace hincapié en la participación del sector privado en el programa «Obras por impuestos»;
3. Pone en duda, no obstante, la viabilidad del Acuerdo de Paz cuando una de las partes implicadas no está dispuesta a cumplir ninguno de los compromisos contraídos, por lo que insta a las partes a comprometerse con la plena y completa aplicación del Acuerdo de Paz;
4. Considera que la superación de las carencias de la JEP y la reparación a las víctimas del conflicto armado son prioridades de primer orden;
5. Pide a la Comisión que siga cooperando de modo coordinado con otros donantes y que, en lo que se refiere al funcionamiento del Fondo Fiduciario de la UE para Colombia, siga dando prioridad a las zonas rurales, que se han visto afectadas de manera desproporcionada por el conflicto;
6. Reitera su pleno apoyo a las autoridades colombianas en su defensa del orden público en todo el territorio colombiano;
7. Declara su solidaridad con Colombia ante las continuas violaciones de sus fronteras por parte de las fuerzas narcoterroristas que operan desde Venezuela y reitera su solidaridad con el Gobierno del presidente Duque ante las amenazas del régimen venezolano;
8. Apoya plenamente las medidas de lucha contra el tráfico de estupefacientes, que es la principal fuente de financiación de todas las redes terroristas y delictivas, y apoya la reanudación de los vuelos de fumigación para poner fin al cultivo, la producción, el procesamiento y el tráfico ilícitos de estupefacientes;
9 Aplaude las medidas del presidente Duque para la integración en Colombia de los casi dos millones de inmigrantes venezolanos que huyen de la represión, el hambre y la situación de violencia y terror que impera bajo el régimen de Maduro;
10. Encarga a su presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al vicepresidente de la Comisión / alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y al Gobierno de Colombia.
- [1] DO C 11 de 12.1.2018, p. 79.