PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre el 30.º aniversario de los criterios de Copenhague: hacia las próximas adhesiones
8.12.2023 - (2023/2987(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 132, apartado 2, del Reglamento interno
Anna Fotyga
en nombre del Grupo ECR
Véase también la propuesta de resolución común RC-B9-0500/2023
B9‑0505/2023
Resolución del Parlamento Europeo sobre el 30.º aniversario de los criterios de Copenhague: hacia las próximas adhesiones
El Parlamento Europeo,
– Visto el artículo 49 del Tratado de la Unión Europea (TUE),
– Vista su Recomendación, de 23 de noviembre de 2022, sobre la nueva estrategia de la Unión para la ampliación[1],
– Vista la Comunicación de la Comisión, de 8 de noviembre de 2023, titulada «Comunicación de 2023 sobre la política de ampliación de la UE» (COM(2023)0690),
– Vistas las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 21 y 22 de junio de 1993 y de 15 de diciembre de 2022, (los criterios de Copenhague),
– Vistas las solicitudes de adhesión a la Unión presentadas por Ucrania, Moldavia, Georgia y los países de los Balcanes Occidentales, así como los dictámenes favorables de la Comisión y las Conclusiones del Consejo Europeo al respecto,
– Visto el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno,
A. Considerando que en 2023 se cumple el 30.º aniversario de los criterios de Copenhague, que son las condiciones fundamentales que deben cumplir todos los países candidatos para convertirse en Estados miembros de la Unión Europea;
B. Considerando que la política de ampliación es un instrumento eficaz de política exterior de la Unión, sigue siendo una inversión geopolítica estratégica y orientada al futuro en paz, seguridad, estabilidad y prosperidad en el continente europeo, y une a Europa;
C. Considerando que la política de ampliación reforzada se ha convertido en uno de los instrumentos geopolíticos más sólidos de que dispone la Unión; que la política de ampliación debe ser flexible, dinámica y gratificante, teniendo en cuenta tanto las realidades políticas como el nuevo contexto geopolítico creado por la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, manteniendo al mismo tiempo el proceso de adhesión basado en los méritos;
D. Considerando que cada país de la ampliación debe ser juzgado por sus méritos propios y que el avance en la senda de la adhesión a la Unión debe depender de la realización de progresos sostenidos e irreversibles a través de las reformas necesarias de cara a la Unión;
E. Considerando que la adhesión a la Unión debe llevarse a cabo de conformidad con el artículo 49 del TUE, sobre la base del respeto de los procedimientos pertinentes y siempre que se cumplan los criterios establecidos; que el Estado de Derecho, la economía, el funcionamiento de las instituciones democráticas, la reforma de la administración pública y la armonización de la política exterior siguen siendo las piedras angulares de la política de ampliación de la Unión;
F. Considerando que el programa de ampliación cobró un nuevo impulso en junio de 2022, cuando el Consejo Europeo refrendó las recomendaciones de la Comisión, reconociendo la perspectiva europea de Ucrania, Moldavia y Georgia y concediendo a Ucrania y Moldavia el estatuto de país candidato;
G. Considerando que, en su Comunicación de 2023 sobre la política de ampliación de la Unión, la Comisión señala que los países de la ampliación disponen ahora de una oportunidad histórica de enlazar firmemente su futuro con el de la Unión Europea y que tendrán que actuar con mayor determinación para aplicar las reformas necesarias y hacer progresos tangibles e irreversibles en los fundamentos con el fin de aprovechar al máximo el nuevo impulso;
H. Considerando que la Comisión acoge con satisfacción los importantes esfuerzos de reforma hechos por Ucrania y Moldavia desde la reunión del Consejo Europeo de junio de 2022 y considera que Ucrania y Moldavia han hecho progresos sustanciales en relación con las medidas expuestas en su dictamen de junio de 2022 y han adoptado medidas adicionales para complementar y mantener estos logros; que la Comisión recomienda que el Consejo abra las negociaciones de adhesión con Ucrania y Moldavia y adopte los marcos de negociación pertinentes una vez que Ucrania y Moldavia hayan aplicado un nuevo conjunto de reformas;
I. Considerando que la Comisión acoge con satisfacción los esfuerzos de reforma emprendidos por Georgia y recomienda que el Consejo conceda a Georgia el estatuto de país candidato, con determinadas condiciones;
J. Considerando que las primeras conferencias intergubernamentales con Albania y Macedonia del Norte sobre las negociaciones de adhesión tuvieron lugar en julio de 2022; que, en diciembre de 2022, el Consejo Europeo concedió a Bosnia y Herzegovina el estatuto de país candidato a la adhesión a la Unión, entendiéndose que el país aplicará las catorce medidas especificadas por la Comisión; que Kosovo solicitó su adhesión a la Unión en diciembre de 2022 y que la Unión acordó, en la primavera de 2023, la liberalización del régimen de visados para Kosovo, que entrará en vigor el 1 de enero de 2024;
K. Considerando que, en noviembre de 2023, la Comisión propuso un plan de crecimiento para los Balcanes Occidentales destinado a profundizar la integración con el mercado único de la Unión, abrir los mercados a todos los vecinos de los Balcanes Occidentales y construir un mercado regional común; que el plan tiene por objeto acelerar las reformas económicas en los países de los Balcanes Occidentales a cambio de una mayor ayuda financiera una vez que los países hayan llevado a cabo las reformas;
L. Considerando que el Consejo Europeo tiene previsto debatir la ampliación de la Unión en su reunión de los días 14 y 15 de diciembre de 2023;
1. Reitera la importancia de avanzar y revitalizar la política de ampliación de la Unión como instrumento eficaz para garantizar la paz, la prosperidad, la democracia, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos fundamentales en el continente europeo, garantizando al mismo tiempo su continuidad, coherencia, credibilidad e impacto, ofreciendo resultados tangibles en los países que participan en el proceso de ampliación mediante la aplicación de reformas concretas y la consecución de los criterios de referencia de la nueva metodología de ampliación;
2. Confirma una vez más la validez de los criterios de Copenhague y la relevancia de la capacidad de integración de la Unión;
3. Insiste en que los avances de cada país en el camino hacia la adhesión se evalúen en función de sus propios méritos y de la medida en que el país haya adoptado y aplicado reformas fundamentales y el acervo de la Unión;
4. Pide a todos los países que aspiran a adherirse a la Unión que intensifiquen sus esfuerzos de reforma en consonancia con el carácter basado en los méritos del proceso de adhesión y con la asistencia de la Unión;
5. Acoge con satisfacción los notables progresos hechos por Ucrania, Moldavia y Georgia desde junio de 2022;
6. Acoge con satisfacción los progresos constantes de los países de los Balcanes Occidentales en el camino hacia la adhesión a la Unión; destaca, no obstante, que el compromiso político serio y la aplicación tangible de las reformas necesarias siguen siendo prioridades clave; expresa su esperanza de que el nuevo plan de crecimiento para los Balcanes Occidentales fomente nuevas reformas económicas;
7. Anima al Gobierno de Ucrania a que aplique rápidamente reformas adicionales en los ámbitos de la lucha contra la corrupción, la desoligarquización y la protección de las minorías nacionales, tal como ha señalado la Comisión;
8. Anima al Gobierno de Moldavia a que aplique rápidamente reformas adicionales en los ámbitos de la lucha contra la corrupción, la desoligarquización y el proceso de investigación del poder judicial, tal como ha señalado la Comisión; anima asimismo al Gobierno de Moldavia a que repare las injusticias hechas contra todas las confesiones religiosas por la ocupación opresora soviética;
9. Anima al Gobierno de Georgia a que muestre determinación en su camino hacia la Unión y a que aplique rápidamente las reformas necesarias y cumpla las condiciones expuestas por la Comisión, en particular en lo que respecta a la desoligarquización y la adaptación a la política exterior, incluida la alineación con las sanciones de la Unión contra el agresor ruso;
10. Pide al Consejo Europeo que, en su reunión de los días 14 y 15 de diciembre de 2023, respalde las recomendaciones de la Comisión de iniciar las negociaciones de adhesión con Ucrania y Moldavia, se comprometa a adoptar los marcos de negociación pertinentes una vez que Ucrania y Moldavia hayan aplicado un nuevo conjunto de reformas, tal como ha señalado la Comisión, y conceda a Georgia el estatuto de país candidato con arreglo a las condiciones establecidas por la Comisión;
11. Expresa su profunda preocupación ante la creciente amenaza rusa para la paz y la estabilidad de Europa; pide la retirada inmediata de las tropas, equipos militares y municiones rusos de los territorios ocupados de Moldavia (Transnistria), Georgia (Abjasia y Osetia del Sur) y Ucrania;
12. Encarga a su presidenta que transmita la presente Recomendación al Consejo, a la Comisión, al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad y, para información, a los Gobiernos y Parlamentos de los países en vías de adhesión.
- [1] DO C 167 de 11.5.2023, p. 105.