PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre los nuevos actos de represión contra las fuerzas democráticas en Venezuela: ataque a la candidata presidencial María Corina Machado
5.2.2024 - (2024/2549(RSP))
presentada de conformidad con el artículo 132, apartado 2,
del Reglamento interno
Jordi Cañas, Dita Charanzová, José Ramón Bauzá Díaz, Malik Azmani, Katalin Cseh, Olivier Chastel, Petras Auštrevičius, Izaskun Bilbao Barandica, Nicola Danti, Karin Karlsbro, Michael Kauch, Ilhan Kyuchyuk, Karen Melchior, Javier Nart, Urmas Paet, Dragoş Pîslaru, Frédérique Ries, María Soraya Rodríguez Ramos, Dragoş Tudorache
en nombre del Grupo Renew
Véase también la propuesta de resolución común RC-B9-0097/2024
B9‑0107/2024
Resolución del Parlamento Europeo sobre los nuevos actos de represión contra las fuerzas democráticas en Venezuela: ataque a la candidata presidencial María Corina Machado
El Parlamento Europeo,
– Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Venezuela,
– Vista la declaración del portavoz del Servicio Europeo de Acción Exterior, de 29 de enero de 2024, sobre la inhabilitación de políticos de la oposición,
– Visto el Acuerdo parcial sobre la promoción de derechos políticos y garantías electorales para todos, firmado por el gobierno de Maduro y la alianza opositora venezolana Plataforma Unitaria en octubre de 2023 (Acuerdo de Barbados),
– Vistos el informe final de la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea en Venezuela, de 22 de febrero de 2022, titulado «Elecciones regionales y municipales: 21 de noviembre de 2021» y la declaración del presidente de la Delegación de Observación Electoral del Parlamento Europeo, Jordi Cañas, de 23 de noviembre de 2021, sobre las elecciones regionales y locales celebradas en Venezuela en 2021,
– Visto el artículo 132, apartado 2, de su Reglamento interno,
A. Considerando que, en el Acuerdo de Barbados, las partes se comprometieron a reconocer y respetar el derecho de cada actor político a elegir a su candidato a las elecciones presidenciales libremente y en consonancia con sus mecanismos internos;
B. Considerando que, en octubre de 2023, la candidata de la oposición María Corina Machado ganó las primarias presidenciales de la Plataforma Unitaria con el 92,35 % de los votos;
C. Considerando que, el 26 de enero de 2024, el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela confirmó la inhabilitación arbitraria que impide que la candidata presidencial María Corina Machado ejerza un cargo público y registre su candidatura a las elecciones presidenciales previstas para el segundo semestre de 2024;
D. Considerando que el régimen de Maduro ha inhabilitado a muchos otros políticos de la oposición a lo largo de los años para evitar el cambio político, entre ellos Henrique Capriles, que ha presentado su candidatura a presidente dos veces en el pasado y cuya inhabilitación también se confirmó en la misma sentencia del Tribunal Supremo de Justicia;
E. Considerando que la inhabilitación arbitraria en curso de candidatos electorales de la oposición por parte de las autoridades administrativas limita gravemente el derecho de los venezolanos a elegir a sus representantes;
F. Considerando que, antes de la inhabilitación confirmada de María Corina Machado, el régimen persiguió incansablemente a miembros de su partido y equipo de campaña y a otros opositores políticos y penalizó el trabajo de abogados y defensores de los derechos humanos;
G. Considerando que, el 6 de diciembre de 2023, Roberto Abdul, miembro de la comisión que planificó las primarias de la oposición, fue detenido por presunta traición; que, al mismo tiempo, se emitieron órdenes de detención contra Henry Alviarez, Claudia Macero y Pedro Urruchurtu, miembros del partido Vente Venezuela, por presuntos delitos como traición, conspiración y blanqueo de capitales;
H. Considerando que, el 23 de enero de 2024, María Corina Machado pidió en un mitin público que se estableciera el calendario electoral; que ese mismo día tres coordinadores políticos regionales de su partido político, Vente Venezuela, a saber, Guillermo López, Luis Camacaro y Juan Freites, fueron detenidos y se dan por desaparecidos desde entonces;
I. Considerando que, el 22 de enero, se emitieron catorce órdenes de detención contra civiles y antiguos militares exiliados por conspirar presuntamente contra el Gobierno, incluidas la defensora de los derechos humanos y jurista Tamara Sujú y la periodista Sebastiana Barráez;
J. Considerando que el Parlamento venezolano, controlado por el régimen de Maduro, ha estado preparando una nueva ley sobre la financiación y actuación de las organizaciones no gubernamentales, con el fin de limitar la capacidad de la sociedad civil de organizarse y defender sus derechos;
K. Considerando que, el 31 de enero, Maduro respaldó un llamamiento de la Asamblea Nacional, controlada por el régimen, para que elaborara una propuesta, a partir del 5 de febrero y en el marco de un diálogo con diversos sectores, de un calendario electoral para las elecciones presidenciales, previsto para el segundo semestre de 2024, pero aún sin fecha definitiva;
L. Considerando que el Acuerdo de Barbados sigue siendo el mecanismo más viable para resolver las largas crisis políticas, económicas y humanitarias de Venezuela y celebrar elecciones competitivas, libres e inclusivas en Venezuela;
M. Considerando que las elecciones presidenciales de 2024 pueden marcar un punto de inflexión desde la autocracia corrupta hacia la vuelta a la democracia, si se respetan todos los puntos del Acuerdo de Barbados;
N. Considerando que el régimen también ha introducido cambios en el Consejo Nacional Electoral para obstaculizar el proceso electoral y anular toda posibilidad de vuelta a la democracia; que, en junio de 2023, tres rectores principales del Consejo Nacional Electoral dejaron el cargo, forzando la dimisión de los dos restantes; que la Asamblea Nacional, controlada por el régimen, nombró una comisión especial compuesta por representantes del régimen, incluida la esposa de Nicolás Maduro, para elegir a los nuevos rectores;
O. Considerando que Venezuela está experimentando inestabilidad institucional, económica y política; que, según el alto comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, más de 7,7 millones de personas se han visto obligadas a abandonar el país, cifra que podría aumentar en el futuro;
1. Condena enérgicamente la decisión arbitraria, inconstitucional y de motivación política del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela de inhabilitar a María Corina Machado, ganadora de las primarias de la oposición democrática, y prohibir su participación en las elecciones presidenciales; recuerda que el proceso de habilitación carecía de elementos básicos, ya que no recibió una copia de las acusaciones en su contra ni tuvo la oportunidad de responder a las acusaciones;
2. Condena enérgicamente los ataques, las presuntas desapariciones forzadas, las detenciones y las órdenes de detención emitidas contra miembros de su equipo y otros representantes de la oposición y de la sociedad civil, así como contra defensores de los derechos humanos y periodistas; condena enérgicamente la injerencia del régimen de Maduro en el proceso electoral;
3. Reitera que las acciones de Nicolás Maduro y sus representantes, incluida la persecución de miembros de la oposición democrática y la exclusión de candidatos para las elecciones presidenciales de este año, son incompatibles con el Acuerdo de Barbados, firmado por representantes del gobierno de Nicolás Maduro y de la Plataforma Unitaria, con vistas a celebrar unas elecciones presidenciales venezolanas competitivas en 2024;
4. Insta al régimen venezolano a que revoque las inhabilitaciones para el ejercicio de un cargo público que impuso a María Corina Machado, ganadora de las primarias de la oposición y, por tanto, candidata plenamente legítima y a otros políticos opositores, y a que empiece a aplicar el Acuerdo de Barbados, en particular mediante la defensa de los principios de la hoja de ruta electoral y el punto primero del acuerdo, que establece que las partes «reconocen y respetan el derecho de cada actor político de seleccionar su candidato para las elecciones presidenciales de manera libre», lo que implicaría garantizar que la líder de la oposición María Corina Machado pueda participar libremente en unas elecciones presidenciales competitivas y verdaderamente democráticas en 2024;
5. Insta al régimen venezolano a que deje inmediatamente de perseguir, reprimir y vulnerar los derechos civiles y políticos de sus opositores políticos y del pueblo venezolano, así como a que revoque las órdenes de detención de los opositores políticos y libere a los presos políticos;
6. Señala la importancia de permitir que participen en las elecciones todos los venezolanos, tanto en Venezuela como en el extranjero, actualizando el registro electoral permanente y el registro electoral en el extranjero, tal como se establece en el punto tercero, apartado 2, letra e), del Acuerdo de Barbados;
7. Insiste en que la Unión no debe considerar el envío de ninguna misión de observación electoral a Venezuela hasta que existan garantías claras y creíbles de que se respetan en su totalidad el Acuerdo de Barbados y la hoja de ruta electoral, hasta que se habilite a los políticos opositores inhabilitados para el ejercicio de un cargo público, hasta que se le permita a María Corina Machado participar en las elecciones y hasta que se apliquen correctamente las recomendaciones de 2021 de la Misión de Observación Electoral de la Unión Europea; observa que, evidentemente, no reconocerá las elecciones ni los resultados electorales, si no se respetan estas condiciones;
8. Mantiene su firme compromiso de apoyar el diálogo entre las partes y con las aspiraciones del pueblo venezolano de un futuro democrático;
9. Pide al Consejo que mantenga las sanciones de la Unión al régimen de Maduro y que amplíe aún más su alcance para incluir a los jueces del Tribunal Supremo de Justicia venezolano que firmaron la decisión de inhabilitar a María Corina Machado para el ejercicio de un cargo público y a los miembros de las fuerzas de seguridad venezolanas implicados en los abusos sistemáticos perpetrados contra opositores al Gobierno;
10. Pide a la Unión que colabore con la comunidad internacional y con todas las partes interesadas democráticas pacíficas del conjunto del espectro político de Venezuela, y que aproveche todos los mecanismos a su disposición para fomentar el retorno a los principios del Acuerdo de Barbados;
11. Pide al Servicio Europeo de Acción Exterior y a la Delegación de la Unión en Venezuela que sigan supervisando la situación en el país y desempeñen un papel más asertivo y visible;
12. Apoya plenamente las investigaciones de la Corte Penal Internacional sobre los delitos y actos de represión generalizados del régimen venezolano, y pide a la Unión que apoye las investigaciones sobre los presuntos crímenes contra la humanidad y exija responsabilidades a los autores;
13. Pide a la comunidad internacional que siga apoyando el retorno de la democracia en Venezuela;
14. Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al vicepresidente de la Comisión / alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los participantes en la Cumbre entre la Unión y la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños, a la Asamblea Parlamentaria Euro-Latinoamericana, a la Organización de Estados Americanos y al secretario general de las Naciones Unidas.