El Presidente. – De conformidad con el orden del día, se procede al debate del informe (A4‐0299/98) del Sr. Secchi, en nombre de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y de Política Industrial, sobre la propuesta de directiva del Consejo (COM(98)0067 – C4‐0195/98‐98/0087(CNS)) relativa a un régimen fiscal común aplicable a los pagos de intereses y cánones efectuados entre sociedades asociadas de diferentes Estados miembros.
Dado que es preciso interrumpir nuestro debate a las 17.30 horas en razón del turno de preguntas al Consejo, ruego al Sr. Secchi que, en su calidad de ponente, comience su intervención; sin embargo, deseo hacerle presente que tendremos que reanudar el debate esta noche, después de las 21.00 horas.
Secchi (PPE), ponente. – (IT) Señor Presidente, voy a comenzar protestando por lo que usted acaba de decir. En realidad, encuentro bastante extraño que empiece un debate sobre un tema tan importante, pese a que está destinado a reanudarse unas cuantas horas después, cuando los interesados, evidentemente, pueden no recordar los términos de la cuestión y las distintas opiniones expresadas. Creo que el retraso de unos pocos minutos sobre el horario previsto ‐hoy se ha llevado mucho‐ no afecta para nada a la eficacia de los trabajos de este Parlamento.
El Presidente. – Señor Secchi, su intervención se aplazaría a las 21.00 horas. De todos modos, no podemos retrasar en absoluto el turno de preguntas al Consejo. Por lo tanto, si lo desea, puede usted presentar su informe ahora o a las 21.00 horas.
Secchi (PPE), ponente. – (IT) Señor Presidente, voy a ilustrar el informe sobre la propuesta de directiva del Consejo relativa a un régimen fiscal común aplicable a los pagos de intereses y cánones entre sociedades asociadas de diferentes Estados miembros, aprobado por la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y de Política Industrial. Se trata de una propuesta que la Comisión ha formulado como parte del llamado «paquete Monti» que, como sus Señorías recordarán, se refiere al desarrollo del planteamiento propuesto por la Comisión, con el pleno apoyo del Parlamento, en materia de coordinación fiscal, con el fin de tratar que los sistemas fiscales de los Estados miembros sean compatibles con el buen funcionamiento del mercado interior y consigan evitar los efectos negativos de la llamada competencia fiscal perniciosa. El 18 de junio el Parlamento aprobó un primer informe sobre el primer elemento de dicho paquete, esto es, el Código de conducta sobre la fiscalidad de las empresas. Hoy examinamos el segundo elemento de dicho paquete al estar en trámites la labor de la Comisión de Asuntos Económicos acerca del tercer elemento que corresponde a la propuesta de directiva relativa a la fiscalidad de la renta procedente del ahorro de las personas no residentes. Esto me permite explicar la enmienda 3 que la Comisión de Asuntos Económicos aprobó y que requiere que el desfase temporal en cuanto a la aprobación de los distintos elementos del paquete no deberá utilizarse por los Estados miembros como instrumento para retrasar su aplicación. Se trata de medidas idealmente coexistentes y que, no obstante, se aplicarán necesariamente conforme vaya progresando el proceso legislativo.
El objetivo de la propuesta que nos ocupa es evitar la doble imposición entre sociedades asociadas que operan en diferentes Estados del mercado único. La Comisión de Asuntos Económicos propone asimismo, a través de la enmienda 2, que éste régimen se extienda progresivamente a todas las sociedades que desarrollan sus actividades en el interior del mercado único, al objeto de evitar que se produzcan casos de doble imposición. En particular, en la enmienda 1, subrayamos la importancia que reviste esta propuesta para las pequeñas y medianas empresas que carecen de las estructuras necesarias para hacer frente a este tipo de problemas. Por consiguiente, consideramos que la rápida aprobación de esta directiva va a facilitar el proceso de europeización y permitirá aprovechar plenamente las ventajas del mercado único.
A través de la enmienda 4, proponemos reducir los márgenes de discrecionalidad previstos en favor de los Estados miembros en orden a la aplicación de la directiva. Me doy cuenta de que se trata de una materia muy delicada, sin embargo, creo que por nuestra parte es obligado formular esta sugerencia. Con la enmienda 5, proponemos que la aprobación de esta directiva sirva de acicate a los Estados miembros para volver a examinar ampliamente sus regímenes fiscales aplicables a las sociedades, con arreglo al espíritu de esta directiva y de todo el paquete en su conjunto, y en particular del Código de conducta, con objeto de facilitar el proceso que origina toda esta serie de disposiciones.
Finalmente, la enmienda 6 pide que, al final del trienio, fecha en la que la Comisión deberá informar sobre el funcionamiento de la directiva, se haga una valoración coherente con los progresos registrados entretanto por el nuevo enfoque en materia fiscal.
Señor Presidente, el Grupo de los Verdes ha presentado asimismo cuatro enmiendas, sobre las cuales, ya desde ahora, expreso mi opinión en contra, ya que la 7 es superflua y se presta a confusión, la 8 retoma los conceptos ya expresados en las enmiendas 1 y 3 de la Comisión de Asuntos Económicos, la 9 está mejor formulada en la enmienda 4 de la Comisión de Asuntos Económicos y, por último, la 10 me parece totalmente contradictoria al conceder a los Estados miembros dos años más respecto a los previstos para aplicar la directiva.
Y con esto termino, señor Presidente, lamentando que el debate tenga que interrumpirse.
PRESIDENCIA DEL SR. GUTIÉRREZ DÍAZ Vicepresidente
El Presidente. – Muchas gracias, señor Secchi. Comprendo que el hecho de que tengamos que interrumpir el debate le produzca malestar, pero sabe usted que nuestro Reglamento establece que el orden del día se aprueba al iniciar cada una de las sesiones y hemos aprobado que el turno de preguntas empezaría a las 17.30 horas.