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 Texto íntegro 
Acta literal de los debates
Martes 15 de noviembre de 2005 - Estrasburgo Edición DO

26. Agencias reguladoras europeas
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  El Presidente.  De conformidad con el orden del día, se procede al debate de la pregunta oral al Consejo presentada por el señor Leinen y el señor Lewandowski, en nombre de la Comisión de Asuntos Constitucionales, acerca del proyecto de acuerdo interinstitucional sobre el encuadramiento de las agencias reguladoras europeas (O-0093/2005 – B6-0337/2005).

 
  
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  Georgios Papastamkos (PPE-DE), suplente del autor. (EL) Señor Presidente, dentro del encuadramiento europeo, existe un gran número de órganos operativos descentralizados o casi descentralizados, que están clasificados dentro del epígrafe «agencias reguladoras». Esta situación hace referencia a una concepción de intergubernamentalismo a varios niveles.

El enfoque conceptual y la investigación operativa de las autoridades reguladoras de la Unión Europea se caracterizan por el pluralismo. Por consiguiente, el reto radica en establecer una términos claros y, siempre que sea posible, uniformes para la fundación, operación y supervisión de esta forma sui generis de intergubernamentalismo europeo, de manera que las agencias reguladoras puedan resultar más transparentes y cohesionadas de lo que están ahora.

El aumento excesivo del número de agencias reguladoras se va a traducir, sin lugar a dudas, en un aumento de la intervención reguladora europea, en la separación y ausencia de transparencia de las políticas europeas y, por extensión, en dificultades para la coordinación operativa.

El Parlamento Europeo considera que las disposiciones del proyecto de acuerdo interinstitucional presentado podría constituir un conjunto mínimo de principios y reglas comunes para la estructura, operación y control de las agencias reguladoras, de manera que puedan integrarse armónicamente en el encuadramiento de los principios fundamentales que emanan del sistema de tratados. Por consiguiente, resulta provechoso aprobar no solo un encuadramiento para armonizar la operación de las autoridades reguladoras europeas, sino para armonizar su operación con las instituciones democráticas. Esa es la razón por la que solicitamos al Consejo que coopere de forma creativa a la hora de promover el acuerdo interinstitucional.

(Aplausos)

 
  
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  Janusz Lewandowski (PPE-DE), autor. (EN) La pregunta formulada conjuntamente por la Comisión de Asuntos Constitucionales y la Comisión de Prespuestos incluye un llamamiento al Consejo a que entable negociaciones serias sobre el funcionamiento de las agencias. Estoy convencido de que existe una necesidad patente de que la Unión Europea racionalice y normalice los procedimientos de creación y funcionamiento de las agencias reguladoras en aras a la transparencia y a fin de evitar la duplicación de tareas y gastos inútiles. Me refiero en particular a las agencias que desempeñan funciones ejecutivas, en parte con respecto a las funciones que desintegran la responsabilidad operativa de la Comisión Europea. Actualmente, la creación de agencias es una respuesta en boga a diversos retos en la Unión Europea. Por ello no resulta sorprendente que hace diez años hubiera cinco agencias y que el año que viene habrá veintitrés. Brotan como setas y tienen cada vez mayores implicaciones presupuestarias, porque no se trata únicamente de sus gastos de funcionamiento, sino también de gastos de carácter más burocrático.

Ahora tenemos una base excelente para el debate en la Comunicación de la Comisión, a saber, el proyecto de acuerdo interinstitucional de febrero de 2005. Tras la presentación del Libro Blanco sobre la gobernanza europea, el Parlamento Europeo aprobó su posición en forma de una resolución de enero de 2004. Ambas comisiones, y en particular la Comisión de Presupuestos, comprendemos la importancia que tiene aplicar el principio del rigor presupuestario a la creación y el funcionamiento de estas agencias, y estamos totalmente de acuerdo con la propuesta de la Comisión Temporal de limitar el gasto de las agencias y de regular tanto las agencias ya existentes como las de nueva creación. Sin embargo, esto no figura en la Comunicación de la Comisión.

Nuestra pregunta oral es, de hecho, una manera de lamentar que el Consejo no entable estas negociaciones. Lo esencial es saber si el Consejo está dispuesto y considera necesario y viable concluir las negociaciones el año que viene, es decir, al término de las actuales perspectivas financieras.

 
  
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  Lord Bach, Presidente en ejercicio del Consejo. (EN) Señor Presidente, en sus conclusiones de 28 de junio de 2004 sobre la Comunicación de la Comisión sobre el funcionamiento de las agencias reguladoras europeas, el Consejo tomó nota de la existencia de varios órganos comunitarios descentralizados que forman parte de las denominadas agencias europeas. Indicó que si bien estos órganos tenían en común ciertas características formales, en realidad eran muy distintas. Por ello, el Consejo pidió a la Comisión que presentara una clara definición de las agencias reguladoras europeas de acuerdo con sus competencias y tareas. Asimismo consideró que el futuro marco debería identificar los criterios que debían aplicarse a la hora de crear agencias reguladoras. En particular, indicó que es esencial que la decisión de crear o mantener una agencia se justifique sobre la base de necesidades reales y análisis de costes y beneficios, teniendo en cuenta la disponibilidad de la competencia técnica necesaria e incluyendo una evaluación de impacto.

En febrero de 2005, la Comisión presentó un proyecto de Acuerdo Interinstitucional (AI) sobre el funcionamiento de las agencias reguladoras europeas. Dicho proyecto recoge normas relativas a las tareas de estas agencias, sus responsabilidades ejecutivas, el fundamento jurídico, los objetivos y su mandato, la sede, la estructura y el funcionamiento, la evaluación y el control . La Comisión señala en su propuesta que un AI permitirá «que las tres instituciones participen desde un principio en el establecimiento de las condiciones básicas que deberán cumplir los actos adoptados posteriormente para crear agencias sectoriales» y que «este tipo de instrumento legal... no excluye la posibilidad de llegar a acuerdos más pormenorizados como parte de un reglamento marco».

Sin embargo, el proyecto de AI que presentó la Comisión va más allá de la adopción de acuerdos de cooperación entre las instituciones que contempla el Tratado, ya que se refiere a la adopción de normas legales supralegislativas, que tendrían un efecto vinculante sobre el poder legislativo mediante un procedimiento no contemplado en el Tratado. El Consejo remite a sus Señorías a la declaración sobre los acuerdos interinstitucionales adjunta al Tratado de Niza, en la que se señala que los acuerdos interinstitucionales «no podrán modificar ni completar las disposiciones del Tratado».

En sus conclusiones de 28 de junio de 2004, el Consejo reconocía que «la naturaleza evolutiva y variable de las responsabilidades» de las agencias reguladoras, así como su composición, justifica que se examinen todas las cuestiones relacionadas con su estructura, como la composición de los consejos de administración y a las respectivas funciones de sus órganos. Y añadía que «este estudio debe tener en cuenta, entre otras cosas, las competencias ejercidas por cada agencia y el carácter de las misiones que se le hayan asignado».

Aunque un AI puede tener determinados efectos jurídicos vinculantes en la medida en que su contenido exprese el deseo de las tres instituciones de asumir un compromiso vinculante entre ellas, dicho instrumento no puede utilizarse para adoptar normas legislativas ni supralegislativas. Por consiguiente, las propuestas relativas a esta cuestión jurídica ya están sobre el tapete del Consejo.

El Consejo está dispuesto a examinar una propuesta horizontal para las agencias que aborde las jurídicas que he planteado en mi respuesta.

 
  
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  Maria da Assunção Esteves, en nombre del Grupo del PPE-DE. – (PT) En el Libro Blanco sobre la gobernanza europea, la Comisión propone que las agencias reguladoras europeas tengan un encuadramiento jurídico. El objetivo ahora es lograr un acuerdo interinstitucional urgente. A la postre, si existe un ejemplo de sistema de toma de decisiones político que reclama una organización racionalizada y coordinada, ese es sin lugar a dudas el de las agencias reguladoras europeas.

Eso se debe, en primera instancia, al número y a la diversidad de espacios vitales a que se dirige intrínsecamente. También se debe a que la estructura institucional europea es fragmentaria y está necesitada de la influencia integradora de una Constitución, razón por la que se precisan acuerdos institucionales provisionales, junto con un esfuerzo organizativo prudente y duradero. Europa no puede cerrar los ojos al problema de la gobernanza que nace de la ampliación y de sus aspiraciones. En consecuencia, las agencias reguladoras necesitan que las instituciones políticas europeas asuman su parte de responsabilidad.

Un acuerdo interinstitucional potenciaría el éxito de dichas agencias. Superaría los vacíos de procedimiento y, al hacerlo, racionalizaría y mejoraría la efectividad de la ejecución de la política europea. Al final, todos hemos de admitir que la totalidad del discurso europeo se fundamenta sobre una base racional.

 
  
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  Richard Corbett, en nombre del Grupo del PSE.(EN) Señor Presidente, mi Grupo observa con preocupación la proliferación de agencias en los últimos años. Su número ha crecido enormemente. Aparecen esparcidas como confeti por los Estados miembros, más para asegurar que cada uno de ellos cuente con una agencia en su territorio que para responder a la necesidad y aprovechar las ventajas de tener una agencia comunitaria separada que se ocupe de la materia de que se trate.

Así pues, nos inquietan varias cosas: su coste, desde luego, pero sobre todo saber si esta proliferación de agencias no socava la función ejecutiva de la Comisión Europea. Hay políticos en algunos Estados miembros que quisieran dividir la Comisión en una serie de agencias especializadas a fin de socavar el ejecutivo supranacional que tenemos.

¿Y que hay de la responsabilidad? La Comisión es responsable al menos ante este Parlamento. Es muy fácil hacer venir a los Comisarios y sus funcionarios para responder a preguntas y someterse a careos. Nosotros votamos sobre su presupuesto. Y si es preciso –espero que nunca lo sea– podemos destituirlos. Sin embargo, cuando una materia se delega a una agencia que tiene su propia estructura –generalmente de carácter intergubernamental– y su propio consejo de administración, que es responsable de modo totalmente distinto, se rebaja inevitablemente dicha responsabilidad.

Por ello apoyamos la idea de que un acuerdo marco interinstitucional aborde algunas de estas cuestiones. Al menos podría corregir algunos de los excesos. Y podría establecer normas en materia de responsabilidad. Podría tener una estructura uniforme. Actualmente, cada agencia parece tener una estructura diferente. El Parlamento podría participar en el nombramiento y examen de los miembros de los consejos de administración.

Sé que al Consejo no le gusta la idea de un acuerdo interinstitucional y que preferiría estudiar una propuesta horizontal. Me gustaría que el Consejo nos dijera qué tipo de propuesta sería esta. ¿Se trataría de un reglamento marco o de una decisión legislativa de cierto tipo? No cejaremos en esta cuestión. Nos gustaba el enfoque que había avanzado la Comisión, y no cejaremos hasta que nos aseguremos de que, si las agencias son necesarias, deban responder ante las instituciones electas de la Unión Europea y no se salgan por la tangente.

 
  
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  Lidia Joanna Geringer de Oedenberg (PSE).  (PL) Señor Presidente, las primeras agencias reguladoras europeas se fundaron en la década de 1990, como respuesta a las evoluciones de la política de la UE, las sucesivas ampliaciones y las nueva necesidades resultantes de naturaleza técnica y científica de la Unión Europea.

El Libro Blanco sobre la gobernanza europea afirma que las agencias reguladoras europeas contribuyen a ejecutar y aplicar los principios comunitarios de una manera eficaz, y que el papel que desempeñan y las comprobaciones que realizan son de una importancia considerable en términos políticos e institucionales. No obstante, existen actualmente 23 agencias descentralizadas, frente a 5 en 1995, y este constante aumento de su número resulta alarmante a la vista del hecho de que no existe un marco común de procedimientos. Los ciudadanos ven difícil asimilar la proliferación de nombres de agencias, cometidos, estructuras y mecanismos de control, y la situación no favorece la certidumbre legal.

El informe anual 2004 del Tribunal de Cuentas Europeo subraya las deficiencias de las agencias en cuanto al cumplimiento de los principios presupuestarios, su contratación de personal y sus procedimientos de aprovisionamiento público. A la vista del hecho de que estas agencias suponen una carga cada vez mayor para el presupuesto de la UE, debería tener carácter obligatorio el análisis en profundidad del impacto financiero de las actividades de cada nueva agencia.

Para garantizar que la UE de 25 Estados miembros funcione adecuadamente, se precisa una mayor transparencia y cohesión a fin de evitar la creación de agencias cada más dispares, muchas de las cuales vendrían a duplicar las responsabilidades y actividades de los pertinentes servicios de la Comisión. Dentro de este contexto, el proyecto de acuerdo entre la Comisión, el Parlamento y el Consejo, que fija unas directrices comunes y un marco para la creación de nuevas agencias reguladoras, merece nuestro pleno respaldo. Me resulta imposible comprender por qué el Consejo no ha dado anteriormente señal alguna de voluntad política para iniciar negociaciones sobre este acuerdo, aunque hoy parece vislumbrarse que las cosas pueden estar cambiando.

 
  
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  Lord Bach, Presidente en ejercicio del Consejo. (EN) Señor Presidente, quiero dar las gracias a todos los oradores por este interesante e ilustrativo intercambio de puntos de vista. Tengo que decir que algunos de los comentarios que he escuchado hoy todavía no han sido debatidos en el Consejo, pero puedo asegurar a esta Cámara que lo serán.

Permítanme ahora responder al mayor número posible de ellos. Por supuesto, el Consejo está de acuerdo en que necesitamos agencias transparentes y eficaces. Es importante garantizar la coherencia, la gobernanza, la credibilidad y la rentabilidad. Consideramos que cualquier marco que permita flexibilidad y no establezca directrices excesivamente rígidas resultaría ventajoso. Asimismo puedo asegurar al Parlamento –por si hubiera dudas al respecto– que el Consejo volverá a abordar este tema cuando haya reflexionado a fondo acerca de las posiciones tanto del Parlamento como de la Comisión.

El Consejo ha tomado nota de la propuesta de la Comisión de adoptar un instrumento jurídicamente vinculante para un marco horizontal destinado a las agencias reguladoras. El Consejo considera que la propuesta actual de la Comisión plantea algunos problemas jurídicos y la está estudiando con gran atención.

¿Qué debería incluirse en este marco? El Consejo estima que cualquier marco debería abordar las principales cuestiones relacionadas con la creación, el funcionamiento y la supervisión de las agencias reguladoras. Como ya he dicho, asegurar su coherencia, transparencia, gobernanza, credibilidad y rentabilidad reviste una gran importancia.

¿De qué forma deben adoptarse las decisiones para crear una de estas agencias? Consideramos que las agencias deben desempeñar un papel crucial, pero el Consejo coincide con el Parlamento en que cuando se adopta la decisión de crear una agencia, dicha decisión debe basarse en una evaluación externa de sus costes y ventajas, y esperamos colaborar con el Parlamento para llegar a una solución satisfactoria en esta materia.

 
  
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  Louis Michel, miembro de la Comisión. (FR) Señor Presidente, en primer lugar quisiera decir que la Comisión comparte el sentimiento de urgencia del Parlamento Europeo y que hace plenamente suyas las preocupaciones expresadas por los distintos oradores.

La Comisión considera que un acuerdo interinstitucional es indiscutiblemente la forma más adecuada para esta legislación. En efecto, solo un acuerdo interinstitucional permite la participación del Parlamento en la definición de un marco común en pie de igualdad con la Comisión y el Consejo. La necesidad generalmente reconocida de una legislación exige, como es evidente, no dejar que este proyecto, propuesto por la Comisión hace ya ocho meses, se convierta en papel mojado. La Comisión pide encarecidamente a sus socios institucionales que se apliquen a la tarea desde ahora, para que las negociaciones tripartitas conduzcan a un resultado lo antes posible. Lo esencial es examinar el contenido de un posible acuerdo entre las tres instituciones. Una vez definido el contenido del instrumento, será más fácil determinar su forma.

 
  
  

PRESIDENCIA DE LA SRA. KAUFMANN
Vicepresidenta

La Presidenta. – El debate queda cerrado.

 
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