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Acta literal de los debates
Miércoles 11 de octubre de 2006 - Bruselas Edición DO

15. Utilización de los datos de los registros de pasajeros (PNR) (debate)
Acta
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  El Presidente. De conformidad con el orden del día se procede a las declaraciones del Consejo y de la Comisión sobre la utilización de los datos de los registros de pasajeros (PNR).

 
  
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  Paula Lehtomäki, Presidenta en ejercicio del Consejo. (FI) Señor Presidente, Señorías, las conversaciones sobre la comunicación de datos de los registros de pasajeros a los Estados Unidos de América concluyeron la semana pasada. El resultado de las conversaciones ayudó a evitar una situación de desacuerdo entre la Unión Europea y los Estados Unidos, lo cual es muy importante.

La Presidencia ha recibido una carta con fecha de ayer de Sophia in ’t Veld, la ponente del Parlamento Europeo del informe PNR, y retomaremos las cuestiones planteadas en la misma con más detalle por escrito lo antes posible.

En las negociaciones alcanzamos un nuevo acuerdo temporal sobre los PNR que tiene por objeto sustituir el acuerdo anterior concluido en 2004, que el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas revocó en su sentencia el pasado mes de mayo. Las negociaciones fueron duras, puesto que la anulación del acuerdo anterior amenazó con abocar a la Unión Europea y a los Estados Unidos a una situación de desacuerdo total. A pesar de las dificultades se respetó el mandato para la negociación otorgado por el Consejo en junio de 2006. El nuevo acuerdo garantizará tanto el nivel de protección de datos personales conforme al anterior acuerdo como la continuidad del tráfico aéreo trasatlántico. Por lo tanto, el acuerdo permite la comunicación en el futuro de los datos de los registros de pasajeros a las autoridades de los Estados Unidos y al mismo tiempo garantiza un nivel adecuado de protección de datos durante el proceso de la información, de acuerdo con los compromisos contraídos previamente por el organismo de aduanas y protección fronteriza de los Estados Unidos.

El Comité de Representantes Permanentes siguió de cerca el progreso de las conversaciones y debatió el resultado y su contenido el 6 de octubre. El Coreper se pronunció a favor de la firma del texto de las negociaciones. El resultado de las conversaciones se comunicó a los Ministros de Justicia en el Consejo de Justicia y Asuntos de Interior, que comenzó justo después del Coreper.

El acuerdo temporal resultante de las negociaciones se aplicará tras su firma. El Coreper lo firmará mañana en nombre de la Unión Europea, y se pretende que el Consejo conceda el poder para firmar tan pronto como sea posible.

El acuerdo temporal seguirá en vigor hasta finales de julio de 2007. Durante este periodo de tiempo, las partes tienen la intención de aprobar un acuerdo más permanente para la comunicación de datos de los PNR. El objetivo es que estas conversaciones comiencen lo antes posible.

Hubo que negociar arduamente para alcanzar un acuerdo. Los Estados Unidos querían cambiar el acuerdo anterior para que estuviera más en consonancia con un entorno operativo distinto. El principal reto de las negociaciones fue el modo de responder a los cambios que se habían producido desde 2004 en la legislación de Estados Unidos y la organización de la administración, manteniendo al mismo tiempo los principios relativos a las normas de protección de datos para los europeos.

Además del texto del propio acuerdo, las conversaciones también abordaron una carta de los negociadores de los Estados Unidos dirigida a la Comisión y a la Presidencia que debate la interpretación de los compromisos contraídos con respeto a la utilización de datos de los PNR. La Unión Europea tendrá en cuenta la carta, pero esta no formará parte del acuerdo.

El resultado de las conversaciones es un éxito por muchos motivos. En primer lugar, el acuerdo temporal tiene por objeto garantizar la seguridad de los pasajeros aéreos. Esto tiene una importancia vital.

En segundo lugar, quiero subrayar que los compromisos realizados por la administración de los Estados Unidos con respecto al uso de datos de los PNR seguirán aplicándose. El objetivo es garantizar el mismo nivel de protección de datos para los datos de los PNR de los ciudadanos que el sistema anterior. El acuerdo incluye una disposición al efecto de que el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos debe garantizar una protección suficiente de los datos de los PNR enviados desde la Unión Europea. Esta cuestión descansa concretamente en la noción de que el Departamento de Seguridad Nacional seguirá cumpliendo los compromisos que contrajo en 2004. Debido a los cambios organizativos de la administración de los Estados Unidos, con el nuevo acuerdo, la cifra de autoridades que disponen de acceso electrónico a PNR es mayor que antes. No obstante, estas autoridades constan en el acuerdo.

En tercer lugar, me complace que la comunicación de datos de los PNR según el nuevo acuerdo tenga como objetivo los mismos 34 ámbitos de datos que el acuerdo anterior.

En cuarto lugar, el nuevo acuerdo garantizará la seguridad jurídica del público y la continuidad de los vuelos trasatlánticos. Al mismo tiempo, garantizará la viabilidad de las operaciones de las líneas aéreas.

Tenemos más buenas noticias para las líneas aéreas. Durante las negociaciones, los Estados Unidos se comprometieron a realizar pruebas con sistemas en los que las líneas aéreas pudieran ellas mismas almacenar datos de los PNR en las bases de datos de las autoridades de los Estados Unidos, empezando este año. Este siempre ha sido un objetivo importante para nosotros.

Las conversaciones sobre un sistema de PNR más permanente que sustituya este acuerdo temporal en julio de 2007 van a comenzar en un futuro cercano. También hemos acordado que las cuestiones relativas al almacenamiento y destrucción de datos deben resolverse únicamente durante dichas conversaciones sobre el sistema PNR. Por lo tanto, retomaremos este asunto en breve.

Señor Presidente, lamento no poder quedarme a este debate, puesto que tengo que irme a las 18:20 horas, tal y como he acordado anteriormente con el Parlamento, y sintiéndolo mucho, mi vuelo no me esperará ni un minuto más.

 
  
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  Franco Frattini, Vicepresidente de la Comisión. (IT) Señor Presidente, permítame comenzar expresando mi pleno acuerdo con la evaluación positiva por parte de la Presidencia del valor de este acuerdo, que tiene una duración limitada –hasta julio de 2007– pero tiene la ventaja principal de garantizar la continuidad jurídica en un asunto muy sensible. También permite que las líneas aéreas garanticen un tratamiento adecuado de los datos personales de los nacionales de la Unión Europea que viajan a los Estados Unidos sin interrumpir el tráfico aéreo con destino y origen en ese país.

Este acuerdo forma parte de un compromiso más amplio. Sin duda, puedo afirmar que durante las complejas negociaciones que se han llevado a cabo, tanto las instituciones europeas –la Presidencia y la Comisión– como los Estados Unidos han confirmado su disposición a lanzar inmediatamente un proyecto compartido. Esto podría abarcar un ámbito más amplio, incluyendo así la reafirmación de una voluntad común, la de la Unión Europea y la de los Estados Unidos, de buscar un acuerdo definitivo –que entrará en vigor después de agosto de 2007, en sustitución del acuerdo temporal actual– y de abarcar el espectro más amplio posible de cooperación contra el terrorismo, junto con la protección de los derechos de las personas.

Esta es una perspectiva política mucho más amplia. Como he subrayado en muchas otras ocasiones, considero políticamente necesario que el Parlamento esté implicado en ella, aunque los procedimientos tendrán que formar parte del llamado «tercer pilar», tras la decisión del Tribunal de Justicia Europeo.

Queda claro que el contenido de este acuerdo debe examinarse en mayor profundidad. Ya sé que muchas de sus Señorías lo han estudiado detenidamente. Permítanme unas breves observaciones. En primer lugar, este acuerdo no permite el intercambio de una cantidad mayor de datos. Permite la transmisión de datos a otras agencias que están relacionadas con las aduanas y la protección de fronteras y cumple plenamente la normativa análoga sobre protección de datos.

No contemplamos un cambio en el acuerdo porque, como muy bien saben, hemos aclarado el significado de los compromisos. De hecho, se produjo un cambio después de 2004 en la estructura de las agencias en virtud de la legislación nacional de los Estados Unidos. Con anterioridad, es decir, a principios de 2004, solo existía el organismo de aduanas y protección de fronteras de los Estados Unidos. Sin embargo, ahora, por ejemplo, contamos con un interlocutor, que es el Departamento de Seguridad Nacional, que debemos tener en cuenta, de cualquier manera, al interpretar los compromisos. Las agencias que he mencionado anteriormente también forman parte de este proceso, razón por la cual es imposible no referirse a ellas.

¿Cuál es la característica distintiva de esta interpretación? Por una parte, tenemos que tomar nota de la existencia de distintas agencias; por otra, hemos acordado que el organismo de aduanas y protección de fronteras de los Estados Unidos siga teniendo la misma función que tenía anteriormente, y esta agencia –y solo ella– será receptora directa de los datos transferidos. Las otras agencias pueden obtener los datos que necesiten de esta primera agencia en cada caso. Por lo tanto, no se trata de una cuestión de acceso directo a los datos por parte de otras agencias; se trata de una transmisión a otras agencias en respuesta a una petición.

¿Cuál sería la petición que justificara dicha transmisión? Como ya he dicho, la petición se haría caso por caso. Hemos especificado que el concepto de «caso por caso» representa la indicación de una amenaza concreta o de un vuelo o ruta de vuelo concretos con respecto a los cuales se ha recibido información que justifica la petición de datos. Dicha petición de datos estaría justificada únicamente por motivos relacionados con investigaciones antiterroristas, como en ocasiones anteriores; a este respecto, no ha habido cambios. Por ello, hemos indicado que las agencias americanas con una competencia investigadora distinta de la antiterrorista no tengan dicho acceso, ni siquiera como petición indirecta.

El otro elemento que a mi juicio es importante es, por otra parte, la imposibilidad de un acceso directo, y por otra, el cambio de las modalidades de acceso a los datos. Sus Señorías han subrayado a menudo en ocasiones anteriores el mal funcionamiento o las garantías poco adecuadas del llamado sistema «pull»: es decir, un sistema que permite al usuario extraer datos directamente de las bases de datos. En consecuencia, hemos solicitado que el sistema se sustituya por un sistema del tipo «push», tal y como han solicitado en numerosas ocasiones las autoridades parlamentarias; eso es lo que se ha acordado.

El sistema «push», como indica claramente la palabra, significa que los datos no se extraen, sino que se facilitan a petición. Se ha acordado que el nuevo mecanismo, como hemos indicado en la carta de presentación que se va a enviar a los Estados Unidos, entre en funcionamiento a más tardar en diciembre de 2006, es decir, dentro de un mes y medio. El mecanismo se probará al principio para verificar su funcionamiento, pero en cualquier caso estará operativo –repito– a finales de este año.

También se ha confirmado una obligación concreta –teniendo en cuenta el apartado 2 del artículo 6 del Tratado de la Unión Europea– de respetar los derechos fundamentales de los individuos en la gestión de los datos personales. Hemos incluido una referencia a este mismo artículo 6 en sustitución de la referencia a una directiva sobre la protección de datos, porque el Tribunal de Justicia Europeo ha establecido que esa directiva no se aplique directamente a cuestiones de seguridad. Por lo tanto, habría faltado una importante referencia a la legislación europea. En consecuencia, la hemos sustituido por una referencia cruzada más general –y que, a mi juicio, es todavía más vinculante– al artículo 6 del Tratado de la Unión Europea, que menciona los derechos fundamentales de los individuos.

Para concluir, las autoridades de los Estados Unidos tienen el compromiso de seguir garantizando, también en nombre del Departamento de Seguridad Nacional, un nivel aceptable de protección con respecto a la gestión de datos, y por ello, por supuesto, la posibilidad de revisar la aplicación de este acuerdo ya quedó establecida en el acuerdo anterior.

El aspecto final se refiere a la confirmación del período de conservación de los datos, un asunto que no se ha tratado. Es verdad que se ha producido una petición al efecto de conservar los datos más allá del período previsto tanto en el acuerdo actual como en el anterior. La petición quedó en nada, en primer lugar porque el acuerdo llegará a su fin en julio de 2007, y en segundo lugar porque hemos adoptado la postura de que un tema tan sensible como el periodo de retención de los datos podría, en caso necesario, ser objeto de negociaciones posteriores. Les puedo asegurar que la Comisión pretende entablar dichas negociaciones en enero de 2007, para que hacia finales de julio de 2007 estén suficientemente avanzadas para poder alcanzar un acuerdo definitivo.

 
  
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  Ewa Klamt, en nombre del Grupo del PPE-DE. – (DE) Señor Presidente, señor Vicepresidente de la Comisión, Señorías, recientemente algunos elementos de esta Asamblea celebraron la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo al efecto de que el acuerdo entre la Unión Europea y los Estados Unidos sobre el acceso de los Estados Unidos a los datos de los registros de pasajeros aéreos era inválido por motivos formales. No obstante, el acuerdo intermedio que se ha concluido apenas cambia la naturaleza y el ámbito de aplicación de la información. Supuestamente, los Estados Unidos ya no tienen acceso automático a los datos, y en su lugar tienen que solicitarlos a las líneas aéreas. Esto constituye un buen resultado de las negociaciones, por el que quiero expresar mi agradecimiento especial al Comisario Frattini.

No obstante, el acuerdo que el Tribunal de Justicia Europeo declaró inválido estipula claramente que se permitía a las autoridades aduaneras y de protección de fronteras transmitir estos datos únicamente en casos excepcionales. Ahora los datos de registro de pasajeros aéreos pueden transmitirse, si se solicita, a todas las autoridades estadounidenses responsables de la lucha contra el terrorismo. Probablemente los pasajeros no piensen que esto compromete su seguridad –es más probable el caso contrario–, pero mi Grupo, el Grupo del Partido Popular Europeo (Demócrata-Cristianos) y de los Demócratas Europeos, considera que al remitir el caso al Tribunal de Justicia, ciertos diputados a esta Asamblea no nos han hecho ningún favor, porque lo que hay que reconocer hoy es que el nuevo acuerdo no ofrece una protección de datos mayor que el antiguo.

Por este motivo, abogo por que continuemos trabajando para garantizar las estrictas normas de protección de datos en Europa, incluido el caso de la transferencia de datos de los registros de pasajeros aéreos. Mientras que el Parlamento y la Comisión deberían influir en las negociaciones futuras a este respecto, también debemos reconocer que un Estado soberano como los Estados Unidos seguirá ejerciendo el derecho a fijar normas sobre quién puede entrar en su territorio y en qué condiciones.

 
  
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  Martine Roure, en nombre del Grupo del PSE. (FR) Señor Presidente, señor Comisario, antes que nada quiero decir, en nombre de mi Grupo, que necesitábamos alcanzar un nuevo acuerdo con los Estados Unidos urgentemente. De hecho, no era posible dejar a las líneas aéreas en el embrollo legal en el que estaban desde el 30 de septiembre y bajo la amenaza de sanciones severas si no transferían los datos solicitados. Tuvimos que lograr un acuerdo común a todos los Estados miembros de la Unión Europea a fin de garantizar un nivel equivalente de protección para cada uno de ellos.

No obstante, nos preocupa favorecer la transferencia de estos datos. La transferencia de datos posterior a otras agencias responsables de la lucha contra el terrorismo plantea un problema si no contamos con las garantías apropiadas. Estamos pidiendo que los ciudadanos europeos tengan derecho a un recurso efectivo a un juez en caso de abuso en la utilización de dichos datos. Esperamos que las autoridades americanas establezcan las garantías de protección que estamos solicitando y que están incluidas en las declaraciones de compromiso.

Creemos que también es necesario implicar a los Parlamentos nacionales. El artículo 24 del Tratado establece que la Unión Europea es la parte contratante. Sin embargo, esto no impide que los Estados miembros utilicen un procedimiento de ratificación parlamentaria. Por lo tanto, a la hora de firmar estos acuerdos de cooperación judicial con los Estados Unidos, los Estados miembros, con excepción de dos de ellos, realizaron una declaración afirmando que no se vincularían a estos acuerdos hasta que estuvieran ratificados por sus Parlamentos. ¿Puede confirmar que el mismo criterio se aplica al acuerdo relativo a los datos de los PNR, y si es así, cuándo se van a llevar a cabo estas ratificaciones? Se trata de una pregunta muy concreta a la que nos gustaría que respondiera.

Por último, las negociaciones con respecto al nuevo acuerdo de 2007 deben centrarse en la definición de un marco vinculante y global que garantice la protección de la seguridad y de los derechos fundamentales de los ciudadanos. No debemos ser tímidos al repetir que el Parlamento Europeo y los Parlamentos nacionales deben implicarse. Además, es necesario realizar una reflexión general sobre la protección de datos relativos a los ciudadanos europeos en el marco de las relaciones trasatlánticas. De hecho, una audiencia reciente sobre la compañía SWIFT nos reveló los conflictos potenciales entre la legislación europea y la legislación americana, conflictos que debemos resolver: es nuestra responsabilidad.

 
  
  

PRESIDENCIA DEL SR. McMILLAN-SCOTT
Vicepresidente

 
  
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  Sophia in 't Veld, en nombre del Grupo ALDE. (EN) Señor Presidente, tengo la impresión de que he acabado en la obra de teatro equivocada y de que tengo delante el guión equivocado. La Presidenta en ejercicio y el Comisario han hablado del acuerdo y han ignorado por completo la carta adjunta del Departamento de Seguridad Interior, que hace una interpretación del acuerdo completamente distinta de la suya. Por tanto, lamento no poder compartir la alegría expresada por la Presidencia y la Comisión.

He enviado una carta –que la Presidenta en ejercicio acaba de mencionar– con una serie de preguntas. Me gustaría mucho que me respondiera, preferiblemente durante esta sesión, o de lo contrario por escrito. Por ejemplo, usted ha dicho que no ha cambiado el número ni la naturaleza de los datos ni el nivel de protección, pero ¿cómo explica entonces la parte de la carta adjunta de los estadounidenses en la que se dice que, además del objetivo de la lucha contra el terrorismo y los delitos asociados, también recogeremos datos para luchar contra las enfermedades infecciosas y otros riesgos? Yo a eso lo llamo una notable ampliación del ámbito de aplicación. La lista de organismos que compartirán los datos se ha ampliado para incluir algunos que no se han especificado. Ahora los estadounidenses dicen que quizá no apliquen los períodos de conservación acordados ni siquiera a los datos recogidos al amparo del acuerdo antiguo.

Ha dicho que hemos aceptado aplicar un sistema «push»: lo siento, pero eso no es lo que leo. Lo que leo es que los estadounidenses adoptarán el sistema «push» en cuanto sea técnicamente posible. Pues ¡enhorabuena! Eso también formaba parte del acuerdo antiguo. Hace más de un año que es técnicamente posible y los estadounidenses sencillamente se han negado a aplicarlo. ¿Cómo es posible que usted lo presente de ese modo en una conferencia de prensa?

También me gustaría que me respondiera sobre el impacto en otras categorías –el precedente que sienta este acuerdo–, por ejemplo, los detalles de cuentas bancarias como en el caso SWIFT y lo registros de telecomunicaciones, a los que los estadounidenses también tienen acceso. ¿Podría alguien responder a esta pregunta, por favor?

Creo que tenemos que mirar al futuro, porque por desgracia necesitamos este acuerdo. La otra opción habría sido no suscribir ningún acuerdo, en cuyo caso los Estados miembros no se habrían mantenido unidos y habrían concluido acuerdos bilaterales con los estadounidenses. Creo que necesitamos un mandato claro y firme para el futuro. Dicho mandato exige la aprobación del Parlamento Europeo por razones de legitimidad democrática. Es la única base sobre la que puede concluirse un nuevo acuerdo. Por tanto, espero que la cláusula pasarela se apruebe lo antes posible. Sé que, al menos en eso, usted es nuestro aliado.

(Aplausos)

 
  
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  Johannes Voggenhuber (Verts/ALE). (DE) Señor Presidente, la señora In ’t Veld no está en la función equivocada; se trata de la defensa de los derechos de nuestros ciudadanos y del papel del Parlamento. Lo único que pasa es que la organización está algo fatigada y el elenco es poco brillante.

Hasta la sentencia del Tribunal de Justicia Europeo se trataba de la transferencia de datos muy personales de nuestros ciudadanos a un país extranjero. La sentencia ha revelado que dicha transferencia de datos era ilegal, y no solo por motivos formales, señora Klamt. Transmitimos los datos de nuestros ciudadanos sin ninguna base jurídica o, dicho de otro modo, ilegalmente. Estamos hablando de un grave cercenamiento de los derechos fundamentales sin base jurídica alguna. No hay nada formal en ello. Esto debería hacernos pensar.

Entonces, ¿de qué estamos hablando hoy? Estamos hablando de un acuerdo que representa una continuación jurídica de esta transferencia ilegal en el tercer pilar, es decir, la cooperación intergubernamental sin la implicación del Parlamento, sin un debate público, fuera de la jurisdicción del Tribunal; sin siquiera implicar a los Parlamentos nacionales, sin ratificación. Cuando la señora Klamt dice que los Estados Unidos tienen derecho a determinar a qué personas admite en su territorio y en qué condiciones, le respondería que hasta ahora hemos acordado que las consideraciones de dignidad humana, legislación internacional y derechos humanos impongan ciertos límites a esta prerrogativa.

Considero que es increíblemente absurdo que la Comisión diga que aunque transferimos los datos, la protección de los derechos fundamentales de nuestros ciudadanos seguirá estando asegurada, puesto que los Estados Unidos han prometido garantizar el mismo nivel de protección de datos que tenemos en Europa. ¿Acaso constituimos ahora, junto con los estadounidenses, un superestado único? ¿No nos prohíben los derechos fundamentales transferir los datos de nuestros ciudadanos a países extranjeros al margen del nivel de protección de datos que exista en dichos países? ¿No prohíben los derechos fundamentales que las líneas aéreas transfieran datos incluso a nuestras autoridades porque hacerlo supondría infringir dichos derechos?

Personalmente, debo decir que la defensa de los derechos fundamentales de los ciudadanos europeos es una buena obra, pero el elenco y la organización son terribles.

 
  
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  Sylvia-Yvonne Kaufmann, en nombre del Grupo GUE/NGL. – (DE) Señor Presidente, señor Vicepresidente de la Comisión, la señora In ’t Veld tiene razón: el acuerdo PNR concluido la semana pasada no es ningún motivo de celebración. A pesar del hecho de que una vez más tenemos un acuerdo, en lugar de ningún acuerdo, se evita la inseguridad legal, no se ha logrado nada, en esencia, en cuanto a contenido. Por el contrario, el nuevo acuerdo incluso se queda corto con respecto al acuerdo anterior.

Esto ha sido otro ejemplo de la sumisión de la Unión Europea a Washington. ¿De qué otro modo puede interpretarse el hecho de que los datos de los PNR se transmitan directamente al Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos? El verdadero escándalo es el hecho de que, en el futuro, esta superpoderosa autoridad de los Estados Unidos podrá transmitir rutinariamente datos sobre pasajeros de líneas aéreas europeas a todas las autoridades de los Estados Unidos activas en el ámbito de la lucha contra el terrorismo, incluida la CIA, que todos sabemos de lo que es capaz. Quisiera recordar a sus Señorías que esta Asamblea constituyó una comisión especial porque la CIA, durante el proceso de «lucha contra el terrorismo» se estaba tomando la libertad de secuestrar y torturar a europeos, entre ellos el ciudadano alemán Jaled el Masri. A la luz de esto, ¿vamos a creer que este notorio servicio secreto no hará lo que quiera con los datos de los registros de pasajeros aéreos de nuestros ciudadanos?

Asimismo, el nuevo acuerdo –a pesar de las exigencias contrarias del Parlamento– no concede a los ciudadanos de la Unión Europea ni siquiera la misma protección legal que a los pasajeros de líneas aéreas estadounidenses. Los ciudadanos de la Unión Europea no tendrán un medio equivalente de reparación jurídica para defenderse del procesamiento de datos incorrectos o del abuso de sus datos. ¿Por qué no fue posible aplicar la normativa que se aplica a los ciudadanos de los Estados Unidos también a los ciudadanos de la Unión Europea, como ocurre, por ejemplo, con el acuerdo entre la CE y Canadá? El acuerdo PNR no confiere la suficiente protección al derecho de los ciudadanos de la CE a disponer a su voluntad de sus datos personales, y mi Grupo considera que esto es inaceptable.

El único rayo de esperanza será el cambio propuesto del sistema «pull» al sistema «push», pero incluso esto es relativo, porque la intención no es introducir este cambio de manera inmediata, a pesar de la existencia de compromisos por parte de los Estados Unidos, sino realizar un periodo de prueba. No obstante, el sistema de «push» se utiliza en el caso de Canadá, y es perfectamente factible en términos técnicos. Entonces, ¿qué frenaba a la Unión Europea a la hora de insistir en que los Estados Unidos hicieran honor al compromiso que contrajeron con nosotros hace mucho tiempo?

 
  
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  Brian Crowley, en nombre del Grupo UEN. (EN) Señor Presidente, a pesar del poco tiempo de que dispongo, quiero plantear tres cuestiones.

Primero, ¿qué otras garantías han dado las autoridades estadounidenses respecto de la forma en que se usarán los datos? Ya sé que tenemos el sistema «push» y el sistema «pull», pero ¿qué criterios se han establecido para el uso de los datos?

Segundo, cuando hablamos de medidas individualizadas que determinen si existe una amenaza o si un vuelo puede estar amenazado, ¿de cuánto tiempo disponemos para responder a esa petición de información, y qué dificultad habrá para acceder a esos datos? Me refiero a este desde una perspectiva tanto europea como estadounidense.

Tercero, y supongo que lo más importante, si averiguamos que se ha abusado de algunos datos, ¿qué salida tenemos? ¿Qué mecanismo existe para garantizar que un individuo o individuos de cuyos datos se ha abusado puedan obtener algún tipo de respuesta por parte de las autoridades estadounidenses?

Creo que todos los ciudadanos europeos quieren una respuesta a estas preguntas. Estoy de acuerdo con el pacto, creo que es bueno en general y mejor que el anterior, pero aún quedan por aclarar algunos aspectos.

 
  
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  Ioannis Varvitsiotis (PPE-DE). (EL) Señor Presidente, he escuchado muy atentamente todo lo que han dicho la Ministra y el Comisario Frattini. Ambos han aceptado que el acuerdo logrado tiene elementos positivos para Europa.

A mi juicio, las opiniones que prevalecieron fueron las opiniones estadounidenses. Quiero hacer tres observaciones concretas sobre este acuerdo interino. En primer lugar, dice en el acuerdo, tal y como ha dicho también el señor Frattini, que la cifra de datos transferida no ha sufrido cambios, pero que este acuerdo deja abierta la posibilidad de que se incluyan nuevos datos de viajeros que vuelan frecuentemente. Creo que esta referencia está abierta a numerosas interpretaciones. Quizás el Comisario pueda explicar a la Asamblea qué es lo que hay.

En segundo lugar, se acordó cambiar del sistema «pull» al sistema «push», lo que significa que las líneas aéreas mejorarán sus propios sistemas. ¿Puede decirnos el Comisario quién se hará cargo del coste de este cambio al nuevo sistema? Me temo que el gasto se transmitirá a pasajeros y billetes.

En tercer lugar, me preocupa el uso del término «suficiente» utilizado para calificar el nivel de protección de datos. ¿Quién juzga verdaderamente si el nivel es suficiente? ¿Son suficientes las garantías otorgadas por parte estadounidense? ¿Nos puede decir el Comisario qué garantías tenemos sobre la protección de datos actual?

Por último, creo que todo esto debe abordarse en la nueva ronda de negociaciones que dará comienzo en enero. El nuevo acuerdo debe ser más equilibrado que este.

 
  
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  Stavros Lambrinidis (PSE). (EN) Señor Presidente, el acuerdo temporal sobre los PNR con los Estados Unidos sigue considerando no vinculantes los compromisos unilaterales de los Estados Unidos para el uso correcto y la protección de los datos personales en forma de un protocolo. ¿Por qué? Y ¿cómo es posible que el Consejo Europeo haya concluido un acuerdo que parece más flexible sobre las obligaciones estadounidenses que el acuerdo que una empresa privada, SWIFT, ha sido capaz de negociar con las autoridades estadounidenses para la inaceptable transferencia de datos bancarios? SWIFT, por ejemplo, ha afirmado que puede bloquear en tiempo real cualquier registro estadounidense si este viola las causas por las que se ha acordado.

Los casos PNR y SWIFT revelan un peligroso agujero negro político y jurídico en la protección de nuestros derechos fundamentales. Un tercer país que apela exclusivamente a razones de su propia seguridad nacional puede en apariencia imponer a Europa, incluso directamente a empresas privadas, el nivel de acceso, uso e incluso protección de los datos. Esto es claramente inaceptable, y mientras toda la estructura de pilares de la UE se ha colapsado de hecho en esos dos casos, el Consejo insiste en negar al Parlamento el papel de socio con las mismas competencias en la lucha contra el terrorismo y la protección de los derechos fundamentales. Ahora necesitamos con urgencia un enfoque europeo amplio y democrático en cooperación con todos nuestros socios a escala global para enfrentarnos a esas cuestiones en el futuro.

 
  
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  Jean-Marie Cavada (ALDE). – (FR) Señor Presidente, en vista del gran número de oradores y demás personas presentes en este debate, no voy a intentar cansarle todavía más. Estoy de acuerdo con gran parte de lo que acaba de decirse sobre un tema que es bastante serio. Quiero dar las gracias públicamente al señor Frattini por sus esfuerzos por informar a nuestra comisión. De hecho, hablo en calidad de Presidente de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, puesto que la señora In ’t Veld ya ha hablado en nombre de mi Grupo.

Voy a realizar dos observaciones, y la primera de ellas tiene que ver con el clima político. Creo que en el contexto de las próximas negociaciones hay que realizar mayores esfuerzos a favor de la noción de reciprocidad. Quiero hablar de reciprocidad de la información que acordemos proporcionar a los servicios estadounidenses: ¿qué podemos esperar obtener a cambio? Tengo un buen motivo para preguntármelo porque, aunque es verdad que los europeos tienen que poder aterrizar en los Estados Unidos, especialmente por motivos de negocios, no se debe subestimar la misma necesidad por parte de las compañías americanas, porque se hacen muchos negocios en Europa. Por tanto, nos encontramos en una situación relativamente equilibrada.

Mi segunda observación tiene que ver con el futuro. Este acuerdo interino termina en julio de 2007, por lo que será necesario preparar el seguimiento, sobre todo a partir del final de próximo invierno. Dadas las numerosas preguntas planteadas por las zonas grises de este acuerdo, especialmente –y esto me preocupa un poco– la carta explicativa a la que la señora In ’t Veld acaba de aludir, ¿le parece razonable, señor Vicepresidente, esperar construir cierto compromiso en la próxima cumbre Estados Unidos/Europa, es decir, para abril de 2007? ¿Puede esperarse la instauración de una especie de Schengen trasatlántico sobre cuya base los Estados Unidos por una parte y la Unión Europea por otra establezcan un marco que permita resolver los problemas de las demandas de seguridad y de la protección de los ciudadanos? Tenemos derecho a una nueva estructura política, puesto que en cuestión de unos meses entraremos en la negociación de un nuevo acuerdo.

 
  
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  Giusto Catania (GUE/NGL). – (IT) Señor Presidente, Señorías, creo que la opinión más honrada que podemos expresar es que hemos acordado el chantaje, puesto que lamentablemente, en esta cuestión, Europa ha sido objeto de chantaje por parte de los Estados Unidos; es decir, los Estados Unidos están tratando con líneas aéreas y Estados miembros individuales, motivo por el cual nos hemos visto obligados en la práctica a concluir el acuerdo en cuestión. Esta, repito, es la postura más políticamente correcta, que el Parlamento debe expresar.

No obstante, es como si tuviéramos que defender un acuerdo que perjudica efectivamente a los ciudadanos europeos: es verdad que nada ha cambiado, pero el acuerdo que el Tribunal de Justicia ha anulado era un mal acuerdo. Tendríamos que poner en manos de las autoridades americanas 34 datos personales, de los que, como los propios estadounidenses afirman, solo siete u ocho se utilizarían normalmente. Si así es como están las cosas, no entiendo por qué tenemos que proporcionar toda esta información, y es más, ponerla en manos de los servicios de inteligencia estadounidenses –una nueva inclusión en el acuerdo– a menos que alguien opine que podemos confiar en la CIA.

No creo que hable únicamente por mí mismo; en cambio, considero que este Parlamento tiene toda la razón al no confiar en la CIA. Lo que ha sucedido en Europa lo pueden ver todos claramente: El Parlamento ha creado incluso una comisión especial sobre las actividades de la CIA en Europa, y se han celebrado debates sobre lo ocurrido con SWIFT, cuando se descubrió que los estadounidenses inspeccionaban nuestras cuentas bancarias. Por ello, sigo estando confundido, y sigo creyendo que no podemos confiar en las actividades de las agencias de inteligencia de los Estados Unidos.

Creo que el acuerdo en cuestión no se negoció en nombre de los ciudadanos europeos; con certeza no se negoció en nombre de este Parlamento, que ha sido pasado por alto totalmente en el debate, como ha recordado la señora In ’t Veld hace un momento. En mi opinión, en cambio, debemos implicar al Parlamento Europeo, del mismo modo que tenemos que implicar a los Parlamentos nacionales, para que este acuerdo se logre de modo que dé prioridad a la defensa de los derechos de los ciudadanos de la Unión Europea y sobre todo garantice que los datos personales no acaben en manos de personas que no van a hacer un uso apropiado de los mismos.

 
  
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  Michael Cashman (PSE). (EN) Señor Presidente, quiero felicitar al Comisario. No es un acuerdo perfecto. Cuando hay que alcanzar compromisos, los acuerdos nunca son perfectos, pero como ha dicho la señora In’t Veld, o había acuerdo o no había ninguno. Si no hubiera acuerdo, tendríamos una anarquía de datos y no podríamos proteger a nuestros ciudadanos en todo el territorio europeo. Estoy totalmente de acuerdo con los comentarios del señor Cavada, pues creo que ha adoptado un enfoque muy constructivo.

Tenemos que examinar qué está ocurriendo con PNR y con SWIFT; por cierto, el memorando de entendimiento que SWIFT ha negociado es una buena base sobre la que construir cualquier negociación futura. Pero también podemos verlo como una oportunidad para crear el llamado espacio Schengen transatlántico, porque nos toparemos con esos problemas una y otra vez.

No obstante, quiero decir a esta Cámara que no se nos está imponiendo nada. La elección es nuestra. Si queremos viajar a los Estados Unidos, tendremos que cumplir las condiciones que ellos impongan. Es exactamente lo mismo que si queremos crear una empresa en dicho país.

Tenemos que negociar para nuestro bien común y este acuerdo provisional constituye un paso en esa dirección. ¡Felicidades, señor Comisario! No hay nada más fácil que derribar algo; lo más difícil es sostenerlo. Bien hecho.

 
  
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  Alexander Alvaro (ALDE). (DE) Señor Presidente, debo admitir que discrepo bastante en algunos aspectos del orador anterior, pero el señor Cashman y yo tenemos una relación de desacuerdo amigable, que en realidad funciona bastante bien.

No obstante, encuentro lamentable que el Consejo ya no esté presente, puesto que del discurso se deriva claramente que ni estaba presente en las negociaciones ni conoce la esencia de este acuerdo. No puede hablarse de ningún beneficio con respecto a la protección de datos si hemos adoptado la misma cantidad que antes a este respecto, es decir, nada, porque dos veces nada sigue siendo nada. Seguimos sin saber dónde acabarán los datos conseguidos. No sabemos qué autoridad de los Estados Unidos tiene acceso a los mismos, y por lo tanto dónde se almacenarán al final, por no hablar de a quién se transmitirán. No sabemos cuándo serán eliminados. Los ciudadanos europeos no tienen derecho a preguntar dónde se encuentran estos datos. No tienen derecho a exigir que se corrijan los datos. Por lo tanto, no es verdad que hayamos logrado más en esencia.

No estoy acusando al Comisario personalmente, porque me consta que los Estados Unidos han ejercido presión, pero me habría gustado que hubiéramos opuesto más resistencia a esta presión, y por ejemplo, hubiéramos adoptado la sugerencia del señor Cavada al decir que si los Estados Unidos esperan recibir datos por nuestra parte, también tiene que darnos los suyos.

¿Quién dice que no puede haber ninguna amenaza en la Unión Europea de los Estados Unidos? ¿Quién dice que nosotros no tenemos también derecho a saber quién se desplaza a nuestro territorio? En este caso, debemos poder pagar con la misma moneda a los Estados Unidos, en lugar de someternos a su presión.

 
  
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  Sarah Ludford (ALDE). (EN) Señor Presidente, la Presidencia ha dicho que el resultado final es un éxito, pero yo digo que es una venta de saldo. Se nos dice que la protección de datos será acorde con las normas europeas relevantes, pero leo en el apartado 3 que los estadounidenses procesarán los datos de acuerdo con la legislación estadounidense aplicable, y en el apartado 1 que los datos se transferirán cuando el Departamento de Seguridad Interior los pida.

También tenemos la carta estadounidense adjunta en la que se afirma que interpretarán el acuerdo tal como definen los decretos ejecutivos del Presidente Bush sobre la puesta en común de datos y el acceso de otras agencias. Se trata de una declaración firme de la jurisdicción estadounidense, así que pido al Comisario Frattini que nos diga si acepta dicha carta adjunta como parte integrante del acuerdo.

El apartado 6 del acuerdo afirma que se «entiende» que el Departamento de Seguridad Interior garantizará un nivel suficiente de protección de los datos. ¿Qué demonios significa «entiende»? El apartado 1 afirma que confiamos en que los Estados Unidos apliquen los compromisos tal como se interpreten en vista de los acontecimientos posteriores. ¡Así que estamos a merced de que los acontecimientos nos digan si los Estados Unidos respetarán sus compromisos! Por tanto, la afirmación de la Presidencia de que los compromisos anteriores siguen en vigor carece de fundamento.

La Comisión y el Consejo dicen que el acuerdo garantiza la seguridad jurídica de los ciudadanos europeos. Estoy de acuerdo con esa afirmación en un solo aspecto: la seguridad de que han traicionado sus derechos jurídicos. No son conjeturas; todo este año la Comisión Temporal ha estado hablando del supuesto uso de países europeos por parte de la CIA para el transporte y detención ilegal de prisioneros, respecto de personas sobre las que se ha transferido información blanda a los Estados Unidos que se ha convertido en información dura, lo que ha supuesto que se les envíe a lugares como Siria y se les torture durante meses o años o se les encarcele en Guantánamo. No son conjeturas.

 
  
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  El Presidente. La señora Lehtomäki ha tenido que regresar a Finlandia porque mañana se celebra la cumbre con la India, así que no habrá respuesta del Consejo en este debate.

 
  
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  Franco Frattini, Vicepresidente de la Comisión. (IT) Señor Presidente, creo que en los próximos meses se celebrará un debate con el Parlamento –porque confirmo mi voluntad personal y la de la Comisión de mantener un diálogo político con el Parlamento, incluso cuando comencemos la fase de negociación con los Estados Unidos de América– que, a mi juicio, debe presuponer un deseo de comprensión mutua, basado, a su vez, en la familiaridad con los datos oficiales sobre el tema.

He escuchado a algunas de sus Señorías hablar sobre el envío de datos personales a la CIA: sencillamente no es verdad. Señorías, deben leer los datos oficiales. En ellos se ve claro que ni la CIA ni el resto de servicios secretos estadounidenses tendrá acceso a estos datos. Este es un hecho constatado por los documentos oficiales, que hemos verificado. No es cierto afirmar que estamos poniendo los datos en cuestión en manos de los servicios secretos sin realizar ningún tipo de comprobación. Por este motivo estoy dispuesto a celebrar un diálogo, pero sobre la base de datos compartidos. Por la misma razón, sigue siendo incorrecto afirmar que los datos enviados al Departamento de Seguridad Nacional son enviados posteriormente a todas las agencias. Y no es en absoluto lo que ocurre.

Enviamos datos únicamente a aquellas agencias a las que se les confiere la tarea de realizar investigaciones o de tratar el terrorismo. Estas son las dos condiciones que limitan quién recibe los datos. Tiene que realizarse una solicitud de datos personales en cada caso, y los compromisos especifican lo que se entiende por «cada caso». Por lo tanto, si se considera de este modo, el acuerdo –firmado pero sin ratificar– no es de ningún modo distinto al anterior. Puede que el anterior no les satisfaga, pero ni se ha cambiado ni ha empeorado.

Se han realizado algunas observaciones con respecto a la entrada en vigor del acuerdo: por ejemplo, el señor Roure se ha referido al artículo 24. Sabe muy bien, señor Roure, que los Parlamentos nacionales tienen derecho –y en algunos casos, la obligación– a ratificar los acuerdos. No obstante, también sabe que este acuerdo temporal se ha negociado con carácter urgente para evitar la anarquía a la que ha hecho mención el señor Cashman. Anarquía significa ausencia de normas y de protección, y la posibilidad de que cualquier grupo de personas pueda firmar un acuerdo. Por ello, queda claro que vamos a aplicar el artículo 24 del acuerdo, incluida la parte que estipula que entrará en vigor de manera inmediata. Si esperáramos las ratificaciones, este acuerdo entraría en vigor después de julio de 2007, cuando se produciría la anarquía inmediata que queríamos evitar. Estamos hablando de las normas establecidas en los Tratados, no de nuestra interpretación.

Hemos repetido que «se garantiza un nivel adecuado de protección de datos». Se trata de una fórmula que existía previamente. Se me ha planteado una pregunta seria: ¿cómo podemos proteger al ciudadano o a la Comunidad Europea si no se mantiene este nivel adecuado? Señorías, saben que los compromisos y el acuerdo prevén la posibilidad de denunciar el acuerdo y hasta de suspenderlo, si se demostrara que no se había mantenido el «nivel de protección adecuado». Así que hay instrumentos adecuados; y si fuera necesario recurrir a los procedimientos jurídicos, no me correspondería a mí establecer los casos en los que un magistrado puede invocar su jurisdicción.

He recibido objeciones a la existencia de una carta de presentación que establece la aplicación de cierta jurisdicción, por ejemplo, únicamente la jurisdicción de los Estados Unidos. No obstante, saben muy bien que esta carta constituye un acto unilateral, y no parte del acuerdo. La Comisión no ha acordado ninguna disposición relativa a la jurisdicción que pueda contenerse en una carta unilateral del Departamento de Estado. Por lo tanto, es totalmente falso que estemos abandonando nuestros derechos en lo relativo a la jurisdicción. Les corresponde a los jueces establecer quién puede actuar y quién no. Sin duda este asunto no puede establecerlo el acuerdo que se está debatiendo.

Creo que existe otra cuestión muy importante: el aspecto «empujar-tirar». La señora in ‘t Velt ha planteado algunas preguntas complejas, diecisiete en total, a las que naturalmente responderemos por escrito: son preguntas muy técnicas, pero importantes. No obstante, hay otros puntos a los que debo responder ahora. Sencillamente, no es verdad que, según el acuerdo, el nuevo sistema de «empujar» que el Parlamento desea entre en vigor cuando los estadounidenses lo quieran. Por el contrario, tenemos por escrito que «como máximo en diciembre el sistema estará operativo». Por lo tanto, el acuerdo se refiere a una fecha que está muy clara y cercana –a un mes y medio– y, como es bien sabido, hay una red de líneas aéreas internacionales, encabezada por la cadena Amadeus, que mañana ya estará en situación de aplicar el sistema de «empuje». Por lo tanto, existe la capacidad técnica y también la base jurídica, que no se contemplaba en el acuerdo anterior. Sin duda, esto representa una mejora: el sistema de «empuje» puede empezar a funcionar a partir de mañana.

Con respecto al ámbito de aplicación limitado del acuerdo, alguien ha afirmado –creo que ha sido de nuevo la señora In ’t Velt– que la transmisión de datos ya no estaría justificada únicamente por la guerra contra el terrorismo, sino también por otros objetivos. Los puntos 3 y 34 de los compromisos, que no han sufrido modificaciones, establecían y siguen estableciendo que, en caso de vida o muerte, incluidos los casos distintos a los de investigación específica del terrorismo, pueden solicitarse datos personales. Esto no es nada nuevo.

Otra cosa más, señor Presidente, y me disculpo por la duración de mi discurso. Estoy plenamente de acuerdo con lo que el señor Cavada y el señor Cashman han dicho: también podemos llamarlo el «Acuerdo de Schengen Trasatlántico» (me gusta ese título). Siempre habrá que celebrar negociaciones políticas amplias con los Estados Unidos. Tendremos que establecer de una vez por todas –y el Parlamento también tendrá que hacerlo– si los Estados Unidos son, como yo lo creo, el principal aliado de Europa en la guerra contra el terrorismo, o si representan un problema. Considero que son nuestro principal aliado en la guerra contra el terrorismo; y si es así, está claro que, del mismo modo que los europeos hemos construido el área Schengen de seguridad y afirmación de derechos, debemos empezar haciendo lo mismo con los Estados Unidos. De otro modo, nos arriesgamos a olvidar que el problema es el terrorismo, no los Estados Unidos.

 
  
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  El Presidente. Quiero dar las gracias al Comisario y a los colegas que han participado en este importante debate.

El debate queda cerrado.

 
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