El Presidente. De conformidad con el orden del día, se procede al debate de la pregunta oral presentada por la señora McCarthy, en nombre de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor, sobre el juego y las apuestas deportivas en el mercado interior (O-0118/2006 - B6-0443/2006).
Arlene McCarthy (PSE), autora. – (EN) Señor Presidente, no soy la autora de la pregunta, sino la presidenta de la comisión que formula la pregunta en nombre de sus miembros. Quiero subrayar que los miembros de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor tomaron la decisión unánime de presentar esta pregunta oral para pedir a la Comisión que nos informe de la situación de los procedimientos de infracción en curso contra nueve Estados miembros por las restricciones impuestas a los mercados de apuestas deportivas.
En particular, la comisión parlamentaria desea que la Comisión nos diga qué avances se han hecho en los procedimientos de infracción iniciados el 4 de abril de 2006 y qué medidas tiene previsto adoptar en este terreno en el futuro. ¿Se plantea el Comisario adoptar un marco legislativo para las apuestas por Internet?
Puesto que estamos a punto de llegar a un acuerdo en torno a la Directiva de servicios, todos somos plenamente conscientes de que es necesario que los Estados miembros cumplan las obligaciones que les impone el artículo 49 del Tratado en materia de libre circulación de servicios. El Comisario ya conoce la decisión de la Comisión parlamentaria de no incluir las apuestas de la Directiva de servicios, sobre todo debido a la complejidad que presenta el mercado de las apuestas. Sin embargo, en el caso del sector de las apuestas, la libre prestación de servicios ha entrado en conflicto con la legislación nacional de varios Estados miembros, que han adoptado una legislación restrictiva que limita la prestación transfronteriza de servicios de apuestas y juegos por Internet.
Apoyamos los esfuerzos de la Comisión por garantizar que esta legislación sea compatible con el artículo 49, al tiempo que respeta el derecho de los Estados miembros a proteger el interés público, siempre que estas normas resulten necesarias, proporcionadas y no discriminatorias, es decir, no discriminatorias para otros operadores comunitarios. Resulta hipócrita que los Estados miembros impidan, por motivos de interés público, que otros operadores comunitarios en línea entren en su mercado nacional, al tiempo que permiten que su mercado nacional en línea crezca considerablemente al no aplicar dichas normas de interés común. Ese es el problema que esperamos que resuelva la Comisión.
Me gustaría dar a este debate un sesgo diferente. Creo que la UE debe responder al reto que representa el mercado mundial de apuestas por Internet. Se trata de un mercado que alcanzará un valor de 20 000 millones de euros de aquí a 2010. En 2003, el sector comercial del juego, loterías, casinos y apuestas de los 25 Estados miembros representaba un volumen de negocio de 51 500 millones de euros, y en todo el mundo existen unos 2 300 casinos en línea. En el Reino Unido, por ejemplo, durante los partidos de la Copa Mundial de fútbol, un 30 % de las personas que hicieron apuestas en línea utilizando servicios del país eran mujeres. Este fenómeno se da en todas las clases y generaciones. El amplio crecimiento de los servicios en línea y de los juegos de azar y apuestas por Internet ya ha borrado de hecho las fronteras nacionales.
Sin embargo, no debemos seguir el ejemplo de los Estados Unidos y promulgar una legislación como la adoptada por el Gobierno Bush en 2006, la Ley de apuestas ilegales en Internet, que castiga penalmente a los bancos si procesan o transfieren fondos a través de sitios de apuestas por Internet. Se trata de un burdo proteccionismo oculto tras la pantalla de humo de una supuesta protección de los consumidores contra los excesos de los juegos de azar. En realidad se trata de una ley destinada a impedir que los operadores extranjeros compitan con el mercado de los casinos y apuestas de los Estados Unidos, mientras el Estado de Nevada y Las Vegas siguen desarrollando sus propios servicios de apuestas en línea y remotos.
Creo que sería bueno que el Comisario pusiera en marcha una campaña, en nombre de los 25 Estados miembros, para llegar a un acuerdo internacional sobre normas para regular las apuestas por medios electrónicos. Esta es una manera de reducir las diferencias que existen no solo en la comunidad internacional, sino también entre los Estados miembros, para que a fin de cuentas todos los Estados adopten normas estrictas tanto para los operadores como para los consumidores. El objetivo sería que desarrolláramos normas que protejan a los consumidores vulnerables, en particular a los adultos jóvenes y menores de edad, para infundir un sentido de responsabilidad social en los buenos operadores e inversores y para garantizar que los juegos de azar no se utilicen como una actividad delictiva o financien este tipo de actividades.
El genio de Internet ha salido de la botella, pues 3,3 millones de ciudadanos de la Unión participan regularmente en juegos de azar en línea. Y este mercado crecerá. Por ello la UE debe formar parte de una amplia campaña internacional para la adopción de estrictas normas de calidad. Necesitamos una mayor cooperación internacional para poner freno al problema de los juegos de azar, y realizar más estudios sobre el grado de participación en los juegos de azar por Internet. El estudio que la Comisión encargó sobre los servicios de apuestas en el mercado interior pone de relieve que es necesario encontrar normas internacionales comunes e imponer obligaciones reglamentarias que protejan a los ciudadanos de la UE y permitan al mismo tiempo el funcionamiento de este mercado.
Espero que el debate de esta noche aliente al Comisario a proseguir con los procedimientos de infracción. Sin embargo, esta es, en realidad, una tarea ingrata cuya solución requerirá años, y las soluciones a menudo no serán satisfactorias, por lo que creo que la mejor manera de avanzar es que la UE asuma un papel de liderazgo, impulsando normas internacionales estrictas de alta calidad que sirvan para reducir las diferencias, protejan a los consumidores e impongan una responsabilidad social a los operadores.
Charlie McCreevy, miembro de la Comisión. (EN) Señor Presidente, los servicios de juegos de azar son sin duda servicios incluidos en el ámbito del Tratado, y los principios de este, entre ellos la libertad de establecimiento y la libre prestación de servicios, se aplican a los juegos de azar. La Comisión tiene la obligación de velar por que la legislación de los Estados miembros sea plenamente compatible con el Tratado. Por ello, la Comisión decidió en el mes de abril pedir a siete Estados miembros más información sobre su legislación que limita la prestación de servicios de apuestas deportivas. La Comisión ha respondido a varias reclamaciones formuladas por operadores del sector de las apuestas deportivas.
Tras reunirse con las autoridades de los siete Estados miembros, mis servicios estudian actualmente las respuestas formales que recibimos de cada uno de ellos. Por el momento no puedo prejuzgar el resultado de dicho examen. Quiero comunicar al Parlamento que espero que el examen concluya en las próximas semanas. Presentaré una propuesta al Colegio de Comisarios sobre la forma de proceder que se basará en este examen. A continuación será el Colegio el que decida las medidas que deban adoptarse.
Además de los siete procedimientos iniciados en abril, la Comisión decidió el 12 de octubre enviar solicitudes de información formales sobre el sector de los juegos de azar a otros tres Estados miembros. Las reclamaciones de los operadores, a las que ha respondido la Comisión, se refieren sobre todo a los servicios de apuestas deportivas. De ahí que nueve de los diez expedientes abiertos hasta ahora están relacionados con la prestación de servicios de apuestas deportivas, algunos de ellos a través de Internet. Sin embargo, la Comisión realizó en octubre una investigación sobre la legislación nacional austriaca, que prohíbe la publicidad de casinos que están autorizados y funcionan en otros Estados miembros. Nos preocupa igualmente que la legislación austriaca exija a los casinos de ese país que protejan únicamente a sus nacionales contra pérdidas excesivas, sin imponer la misma protección para los jugadores extranjeros.
En su calidad de guardiana de los Tratados, la Comisión estudiará todas las reclamaciones que reciba. Al mismo tiempo, sin embargo, no quiero subestimar las sensibilidades que despiertan los juegos de azar en numerosos Estados miembros. Los Estados miembros tienen pleno derecho a velar por objetivos de interés general, como la protección de los consumidores. No obstante, estas medidas deben ser necesarias, proporcionadas y no discriminatorias. Deben aplicarse de forma sistemática y coherente, en particular, a los operadores tanto nacionales como extranjeros.
La Comisión no pretende liberalizar de ningún modo el mercado, sino que más bien desea asegurarse de que las medidas que adopten los Estados miembros sean plenamente compatibles con la legislación comunitaria vigente. Los Estados miembros conocen perfectamente la jurisprudencia del Tribunal de Justicia Europeo, que espero siga desarrollándose.
La Comisión aceptó la solicitud del Parlamento de excluir todos los servicios de juegos de azar del ámbito de aplicación de la propuesta de Directiva de servicios. En esa ocasión entendí claramente que la reglamentación de los juegos de azar debería ser asunto de los Estados miembros. Estoy totalmente de acuerdo, siempre que dicha legislación nacional sea compatible con el Tratado. Estoy dispuesto a colaborar estrechamente con los Estados miembros en el marco de los procedimientos de infracción para garantizar la compatibilidad de la legislación nacional con las obligaciones comunitarias y para permitir que se imponga una protección adecuada y eficaz, por ejemplo, a fin de proteger a los consumidores y menores de edad.
PRESIDENCIA DEL SR. ONESTA Vicepresidente
Malcolm Harbour, en nombre del Grupo del PPE-DE. – (EN) Señor Presidente, antes de poner en marcha el reloj, permítame hacer una observación. Según el orden del día, el inicio de este debate estaba programado para las diez y media. Estaba muy claro y señalo que muchos colegas han hecho un esfuerzo por estar aquí a esa hora. Por eso me molesta que me haya perdido la mayor parte de la intervención de mi colega, la señora McCarthy, pues al parecer el debate ha comenzado por lo menos diez minutos antes de la hora anunciada. No me parece aceptable, si me permite decirlo, y siento mucho que la persona que le ha precedido en la Presidencia ya se haya marchado. Si el orden del día indica que un debate comienza a las diez y media, le pido que comience a las diez y media, incluso si hay que intercalar una breve pausa.
Ahora sigo con mi intervención y si tiene la bondad de volver a poner en marcha el reloj, presentaré mis observaciones de fondo.
Me felicitó de que el señor McCreevy se encuentre aquí para abordar esta cuestión y me alegro de que, bajo el liderazgo de la señora McCarthy, hayamos tomado la iniciativa que espero arroje alguna luz sobre este tema. Como ha explicado el Comisario, se trata de una cuestión muy delicada que presenta numerosos aspectos de interés público. Sin embargo, la situación deja mucho que desear, como usted ha dicho, desde la óptica del funcionamiento del mercado único, que para nosotros representa también un interés primordial.
Estamos a la espera de los resultados de sus investigaciones, pero propongo que al menos tenga a bien avanzar algún tipo de directrices para regular la actitud que deben tener los Estados miembros al recibir solicitudes de operadores de juegos de azar reputados y bien establecidos que lo único que desean es poder operar en otros países de la UE de acuerdo con su respectiva normativa, a lo que tienen pleno derecho. Uno de los aspectos que usted no ha mencionado, pero que me parece extraordinario desde el punto de vista de la práctica discriminatoria, es que algunos Estados miembros han intentado restringir el acceso a sus mercados argumentando que no desean fomentar los juegos de azar. No obstante, estos Estados miembros promocionan al mismo tiempo la participación en sus loterías nacionales recaudando miles de millones de euros por toda Europa. Esto es francamente incoherente. Me parece sensato y positivo que el Tribunal Europeo de Justicia haya anulado algunas de estas restricciones, pero creo que es importante que haya directrices. Como ha señalado la señora McCarthy, para la protección del interés público es sumamente importante que los operadores sean respetables.
La cuestión más importante que debemos afrontar son los juegos de azar por Internet. Independientemente de que los Estados miembros deseen o no mantener un monopolio, lo cierto es que los consumidores juegan en línea. Creo que es mucho mejor, en aras del interés público, que los servicios de juegos de azar en línea se encuentren bien regulados a que en Europa existan servicios sin control procedentes de otros países en los que la Unión Europea carece de competencias.
El Presidente. – Antes de dar la palabra al siguiente orador, responderé a una cuestión de procedimiento.
Tiene usted toda la razón, el debate se había anunciado para la hora que ha indicado. No obstante, en la página web del Parlamento Europeo se precisó, a primera hora de la tarde, que el debate podría comenzar un poco antes si el Turno de preguntas resultaba más corto de lo previsto, como ha sucedido. Por otra parte, los servicios de sesión han intentado ponerse en contacto con todos los oradores. Han conseguido localizarlos a todos, salvo a usted, señor Harbour, pero pienso que su presencia en la Cámara esta tarde demuestra que no se ha perdido mucho del debate. Dicho esto, he pensado que era mi deber darle estas explicaciones.
Donata Gottardi, en nombre del Grupo del PSE. – (IT) Señor Presidente, señor Comisario, Señorías, «Rien ne va plus» («No se admiten más apuestas») es el curioso inicio del reciente dictamen emitido por el Abogado General Dámaso Ruiz-Jarabo Colomer al Tribunal de Justicia Europeo, a quien se había pedido por tercera vez que se pronunciara sobre la legislación italiana en materia de juego, tras las sentencias Zenatti y Gambelli, la última de las cuales se cita expresamente en la pregunta oral objeto de debate.
Es realmente importante conocer muy bien no solo las conclusiones de la Comisión, sino también las últimas medidas adoptadas por los Estados miembros contra los que se han abierto procedimientos de infracción y, concretamente, los pasos que la Comisión pretende dar. Creo que también es importante que existan normas moderadas, pero definidas, en este sector, que impliquen también directamente al Parlamento Europeo. Esta es la única forma de ayudar a los Estados miembros expuestos al riesgo de demandas y sentencias negativas en lo que sigue siendo un loable intento de protección de los individuos, en particular de los menores y los más vulnerables, como ya se ha dicho.
El auge del juego, las loterías y las apuestas en línea es un problema que no puede dejarse en manos de la liberalización del mercado, aunque es obvia la dificultad que supone con respecto al principio de no discriminación. Debo señalar simplemente que la «Directiva de servicios», a la que ya se ha hecho referencia, excluye el juego precisamente por razones de orden público y protección del consumidor.
Toine Manders, en nombre del Grupo ALDE. – (NL) Señor Presidente, doy las gracias a los Comisarios y a mis colegas diputados por tomarse la molestia de debatir este asunto, que, al fin y al cabo, es apasionante. Excluimos el juego en directo y en Internet de la Directiva de servicios porque no nos atrevimos a tomar una decisión al respecto. Aún así, entra dentro del ámbito de los artículos 43 y 49 del Tratado y actualmente, como evidencian los once procedimientos de infracción, existe una enorme incertidumbre jurídica en los Estados miembros y las empresas. ¿Cómo resolverlo?
Me complace que la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor haya planteado esta pregunta oral, porque los problemas, después de todo, son reales. Existe el problema de que, por una parte, es muy lucrativo para los Estados miembros en términos de ingresos fiscales pero, por otra, también acarrea problemas sociales. El problema principal, sin embargo, es que si no existe un marco jurídico sólido en un mercado donde se puede hacer mucho dinero, esto abre las puertas a un gran número de prácticas ilegales en las que las organizaciones criminales campean a sus anchas.
Por ello creo que los políticos, y espero que el Comisario esté de acuerdo conmigo en esto, deben recoger el guante y atreverse a tomar decisiones. No debemos rendirnos a los sapientísimos jueces de Luxemburgo que tienen la onerosa tarea de cargar con el mochuelo. Me temo que seguirán muchas más sentencias del Tribunal de Justicia Europeo mientras nosotros como políticos no adoptemos las decisiones correctas.
Espero que la Comisión y el Consejo lo hagan finalmente. Si no, espero que el Parlamento mismo presente un informe de propia iniciativa para garantizar la seguridad jurídica, que urge desesperadamente ante los muchos problemas que existen, incluida la adicción, los problemas de salud pública, los fondos ilegales, el lavado de dinero, etc. Debemos resolver esto con una directiva firme y clara sobre el juego en directo y en Internet. Espero que el Comisario nos aconseje sobre cómo debe resolver esto el Parlamento.
Kathy Sinnott, en nombre del Grupo IND/DEM. – (EN) Señor Presidente, me complace la declaración del Comisario de que debemos proteger a los menores de edad. Para ello es absolutamente necesario examinar detenidamente y con ojos crítico la política de Irlanda, que no impone un límite de edad para jugar a las quinielas estatales. En Irlanda se permite que los niños hagan apuestas en los canódromos e hipódromos, si estas forman parte de esa quiniela. Otros juegos de azar están reservados a los mayores de 18 años. Existen pruebas grabadas en vídeo de niños irlandeses de hasta cuatro años que apuestan legalmente en la quiniela estatal. No es raro que los regalos en efectivo hechos con motivo de los cumpleaños, la Navidad o la primera comunión acaben en la quiniela estatal irlandesa y, a fin de cuentas, en el erario público de ese país.
Cuando se pidió al Director General de Horse Racing Ireland su opinión sobre las apuestas infantiles en Irlanda, dijo que no eran un problema y que deseaba desarrollar a la clientela del futuro. Usted, señor Comisario McCreevy, cuando fue Ministro de Hacienda de Irlanda, se negó a modificar la Ley de apuestas deportivas y a prohibir las apuestas infantiles en su país. ¿Cambiará usted de actitud, ahora que es Comisario, y apoyará que se impongan restricciones a las apuestas en línea de niños en hipódromos, en oficinas de apuestas, en aviones y en cualquier otro lugar en que persista esta insidiosa práctica?
Marianne Thyssen (PPE-DE). – (NL) Señor Presidente, señor Comisario, Señorías, desde la primera votación en la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor decidimos dejar las actividades de juego, incluidas las loterías y las apuestas, fuera del ámbito de la Directiva de servicios. Puede que algunos, como ha dicho el señor Manders hace un momento, tuvieran miedo de adoptar una decisión. Estoy convencida de que muchos pensaban que podíamos dar a los Estados miembros un poco de libertad para tratar este complejo asunto a su modo, en sintonía con las sensibilidades y las situaciones de sus países y de acuerdo a sus propias tradiciones.
No hace falta decir que en este sentido los Estados miembros deben respetar el Tratado y ya sabemos la respuesta del Tribunal a varias preguntas prejudiciales que se han planteado en el pasado. Espero, señor Comisario, que las preguntas que quedan por hacer no le animen inmediatamente a aconsejar a la Comisión a empezar a emitir normas y reglamentos. Si bien la Comisión es, por supuesto, la guardiana de los Tratados, y esperamos que asuma su papel seriamente, puede hacerlo también con ciertas restricciones.
Hacer que el mercado interior funcione es necesario y positivo en todos los aspectos, pero no debe ser necesariamente a expensas de la protección efectiva del orden público, la seguridad y la salud mental del consumidor. Espero que también haya espacio para los Estados miembros que, a través de monopolios estatales o sin ellos, según el caso, se comprometan a canalizar la pasión por el juego, supervisar que haya juego limpio y dedicar las ganancias económicas, siempre que puedan, a fines culturales, sociales y deportivos. La existencia de normas jurídicas claras puede ser sin duda útil, pero la legislación no es siempre la respuesta. No estoy hablando, claro está, en nombre de todo mi Grupo, sino en nombre de una serie de colegas de mi Grupo que no han podido intervenir esta noche.
Manuel Medina Ortega (PSE). – (ES) Señor Presidente, el juego no es un servicio cualquiera, es una actividad peligrosa. Peligrosa porque se está jugando con la inocencia e ignorancia de la gente. En la mayor parte de nuestros Estados miembros, el juego está hoy sometido a regulación.
No entiendo cómo es posible que, desde instancias supranacionales, se pretenda ahora imponer a los Estados miembros una liberalización de los servicios del juego, cuando la mayor parte de nuestras sociedades no la aceptan.
Recientemente el Congreso de los Estados Unidos ha prohibido el juego on line, y me parece que, en este momento, en la Unión Europea, deberíamos seguir el ejemplo estadounidense, por un lado, para proteger a nuestros consumidores frente a las organizaciones mafiosas y, en segundo lugar, para proteger a ese conjunto de instituciones sociales que hoy, en cada uno de los países miembros, se nutren de la actividad lícita, legal, del juego que permiten las autoridades nacionales.
Por tanto, desde mi punto de vista, yo creo que la Comisión hace bien en examinar el tema del juego, pero tiene que tratarlo desde el punto de vista de la protección de los consumidores y de la protección de las instituciones que hoy se benefician del juego legal en la mayor parte de nuestros Estados miembros.
Andreas Schwab (PPE-DE). – (DE) El Comisario McCreevy también ha tenido hoy un día extremadamente fatigoso y por ello entenderá nuestro deseo de presentarle el asunto con la claridad y brevedad necesarias.
En mi opinión personal, el juego y la abundancia de loterías encierran dos elementos diferentes. Por una parte está el auténtico mercado transfronterizo para los proveedores en línea, cuya actividad solo pueden regularse a escala europea. Como ha señalado el señor Medina Ortega, los Estados Unidos han conseguido ya regular su mercado. También Europa podrá resolver la cuestión del mercado en línea tan solo si se une a los Estados miembros e introduce una normativa paneuropea.
Por otra parte, está el mercado de los juegos de azar tradicionales y las apuestas deportivas tradicionales, que suelen realizarse en forma escrita. En contraste con los procedimientos de infracción abiertos por la Comisión, es decir, el Comisario McCreevy, debemos actuar según el principio de que si los Estados miembros tienen éxito en la prevención eficaz de la adicción orientando sus monopolios nacionales hacia una gama de servicios tan limitada como sea posible y ofrecen la mayor protección posible al consumidor, debemos darles la posibilidad de mantener estos monopolios en el futuro bajo el control y los auspicios de la legislación europea y la Comisión Europea.
Hay que asegurar, sin embargo, que los monopolios que ya tienen los Estados miembros persigan realmente un solo objetivo, es decir, la prevención de la adicción, y que los Estados miembros no los usen para buscar otros objetivos, como la ayuda a la recuperación de las finanzas públicas o la promoción del deporte.
En este contexto, me complacería mucho que el Parlamento y la Comisión pudieran ponerse de acuerdo en un régimen que, por una parte, estableciera una normativa europea sobre el mercado en línea y, por otra, mantuviera la normativa nacional en el campo de los monopolios para las apuestas deportivas tradicionales, siempre que sean compatibles con el mercado interior.
Joel Hasse Ferreira (PSE). – (PT) Señor Presidente, Señorías, la exclusión del juego, incluidas las loterías, de la Directiva de servicios parece haber introducido cierta claridad en el sector, pero tenemos que ir más lejos. Somos conscientes de que existen una serie complicaciones que afectan a varios tipos de juegos y apuestas. Por ello es necesario garantizar la protección del consumidor y asegurar una supervisión eficaz de los circuitos financieros relacionados con estas actividades para impedir o combatir el blanqueo de dinero.
Naturalmente, no debemos confundir la adecuada protección del consumidor con el proteccionismo indebido que un Estado miembro individual puede desear o aplicar. En cualquier caso, sin embargo, conviene señalar que todo Estado miembro tiene derecho a regular el fenómeno de las apuestas monetarias en su territorio hasta que se promulgue otro instrumento jurídico a escala europea. En este sentido, el juego en línea merece especial atención por parte de la Comisión y de forma inmediata del Parlamento, tal como han mencionado los oradores anteriores y se desprende claramente del debate. Por último, acojo con satisfacción el hecho de que la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor planteara esta cuestión, con el resultado de que hemos conseguido alguna clarificación esta noche.
Jacques Toubon (PPE-DE). – (FR) Señor Presidente, intentaré ir rápido y lento a la vez. Este informe es muy oportuno y, por otra parte, creo que las observaciones que acaban de hacerse son positivas. Todos deseamos que la Unión Europea intervenga de un modo que no sea solo la jurisprudencia. Este asunto afecta, en efecto, a una serie de empresas y servicios: los casinos, las loterías y otros juegos de azar a través de los canales tradicionales o por Internet. Por tanto, va mucho más allá de las apuestas deportivas en línea, a las que se refiere la pregunta de la señora MacCarthy.
Aunque es normal que estos servicios apliquen los principios del mercado interior, señor Comisario, ¡libertad no debería ir de la mano de la ley de la jungla! Por razones de interés general, de salud, moralidad y seguridad, es preciso regular y controlar. Los Estados miembros deben poder autorizar y controlar a los operadores públicos y privados en situación de competencia leal. No obstante, la importancia de los juegos «transfronterizos» obliga a rebasar el marco nacional. A este respecto, lo que acaban de decidir los Estados Unidos es la demostración de que, si no se puede controlar a quienes juegan y a quienes hacen jugar, es mejor prohibir. Es mejor tomar demasiadas precauciones que demasiado pocas.
Por ello, señor Comisario, el enfoque actual de la Comisión, que descansa exclusivamente en los Tratados y el Tribunal de Justicia, me parece insuficiente y peligroso. Hoy está claro que la idea de que las leyes nacionales son compatibles con los Tratados es insatisfactoria. Señor Comisario, debe usted colaborar con el Parlamento para establecer una legislación derivada que organice este sector tan importante, tanto desde el punto de vista político como desde el económico, de un modo sano y racional. Que este sector se desarrolle, sea, ¡pero con plena seguridad para las personas y para los Estados!
Manolis Mavrommatis (PPE-DE). – (EL) Señor Presidente, en los últimos años el monopolio estatal en el sector del juego, predominante en la mayoría de los Estados miembros de la Unión Europea, ha estado en el punto de mira de ataques cada vez más numerosos, principalmente por parte de intereses privados.
En la cumbre de la Unión Europea de Edimburgo en diciembre de 1992, el Consejo Europeo decidió, de acuerdo con el principio de subsidiariedad, no regular el juego y dejarlo bajo la jurisdicción exclusiva de los Estados miembros. La Directiva aprobada por el Parlamento Europeo y el Consejo en 2000 contempla la exención expresa del juego de su ámbito de aplicación. El proyecto de directiva de servicios de 2006 prevé exactamente lo mismo. Dadas las peculiaridades del sector del juego, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas reconoce la competencia de los Estados miembros para regular el mercado del juego de la forma que ellos consideren la mejor posible.
Señor Presidente, señor Comisario, una de las principales razones de estas decisiones es el hecho de que existe un alto riesgo de adicción inherente en el sector del juego, especialmente entre los jóvenes, y de que se cometen delitos, como fraude, blanqueo de dinero, etc., y personalmente creo que solo el Estado puede crear los mecanismos de control, garantía, fiabilidad y transparencia necesarios para proteger a los consumidores.
Finalmente, opino que una vez que se liberalice el mercado del juego, el sistema de apoyo de los deportes en Europa se hundirá, llevándose consigo acciones culturales y sociales y subvenciones, como la lucha contra las drogas, la educación y el apoyo a personas con discapacidades o necesidades especiales que principalmente reciben apoyo financiero de la organización estatal del juego. Creemos en el libre mercado, pero para la ocasión no ignoramos los riesgos inherentes a un juego incontrolado.
Othmar Karas (PPE-DE). – (DE) Señor Presidente, señor Comisario, Señorías, en primer lugar, por razones legislativas, hemos excluido los juegos de azar y los casinos de la Directiva de servicios. Digo esto a pesar de ser un firme defensor del fortalecimiento del mercado interior. Sin embargo, no queremos pecar de exceso de celo.
En segundo lugar, existen muchos riesgos asociados a los juegos de azar, y por ello la Comisión no debe usar como único argumento el relativo a la legislación sobre la competencia y el mercado interior en apoyo de los procedimientos de infracción.
En tercer lugar, se necesita una definición clara. Cuando hablamos de «juegos de azar», ¿qué incluye este concepto? Dadas las diferencias de tratamiento de los mercados en línea, las apuestas deportivas, las máquinas, los casinos y las loterías, se necesita una definición única para asegurar que reciban el mismo trato en todas partes, y probablemente se necesite también un marco jurídico único.
En cuarto lugar, quiero señalar al Comisario que existen también otros campos importantes que deben considerarse como la protección del consumidor, la salud, la fiscalidad, el comercio internacional, el problema del lavado de dinero, la prevención de la adicción y la lucha contra la delincuencia, incluida la delincuencia organizada.
En quinto lugar, casi todos los Estados miembros regulan el sector de los juegos de azar. Once tienen modelos legislativos especiales y cuatro usan el modelo de licencias limitadas.
En sexto lugar, en 2004 las loterías estatales vendieron boletos por 63 000 millones de euros, que equivalen a un gasto medio per cápita de 140 euros.
En séptimo lugar, esto significa que cerca el 33 % de toda la recaudación se dedica a buenas causas e impuestos. En caso de liberalización del sector privado, el porcentaje se reduciría al 3 %.
En octavo lugar, se estima que la industria genera unos 13 000 millones de puestos de trabajo en la UE.
En noveno lugar, la venta de billetes de lotería representa 195 000 puestos de trabajo en la UE.
Yo pediría al Comisario que considerara estos argumentos al hacer su evaluación.
Brian Crowley (UEN). – (EN) Señor Presidente, me gustaría hacer una observación. En este debate se ha prestado mucha atención a los jóvenes y a los efectos que tiene la ludopatía en ellos y, sin embargo, los menores de 12 años que son objeto de la trata de seres humanos o son obligados a prostituirse debido a su drogodependencia o su alcoholismo son mucho más numerosos que los que sufren de ludopatía, que es el tema de este debate.
Charlie McCreevy, miembro de la Comisión. (EN) No existe una legislación comunitaria específica para regular los juegos de azar. Por consiguiente, cada Estado miembro puede decidir si desea regular los servicios de juegos de azar a escala nacional, regional o local, y la forma en que desea hacerlo. Sin embargo, siguen siendo aplicables los principios generales de la legislación comunitaria y del Tratado y toda legislación nacional debe ajustarse a dichos principios. La diversidad de los planteamientos nacionales puede provocar inseguridad jurídica para los proveedores de servicios y sus clientes, sobre todo cuando la legislación nacional incumple el Derecho comunitario.
Este debate contribuye a ilustrar una vez más la diversidad de opiniones respecto a los servicios de juegos de azar. Sé que hay quien pide la adopción de un marco reglamentario concreto de la Comunidad para los servicios de juegos de azar. Y también existen argumentos de peso que se oponen a dicha intervención comunitaria. Mi experiencia me dice que el primer paso para intentar encontrar una solución es comprender perfectamente el problema y las opciones políticas disponibles. Hace poco, la Comisión publicó un estudio que había encargado al Instituto Suizo de Derecho Comparado. Este estudio muestra la complejidad y diversidad de las reglamentaciones nacionales. Si el Parlamento considera que debemos hacer algo más para garantizar la seguridad jurídica además de lo que ya hemos hecho para garantizar la aplicación de los principios fundamentales del Tratado, me gustaría conocer los puntos de vista del Parlamento sobre las cuestiones que merecen una intervención comunitaria y sobre las opciones políticas que darían lugar a un consenso suficiente para encontrar una solución coherente a nivel comunitario. Sin dicho consenso político, la única forma de ofrecer seguridad jurídica pasa por el Tribunal Europeo de Justicia.
Me gustaría añadir unos cuantos comentarios a este debate. El señor Harbour ha expuesto muy sucintamente que existe una gran incoherencia entre muchos de los Estados miembros, contra los cuales hemos emprendido acciones. Y probablemente emprendamos acciones contra algunos más. Si los Estados miembros, sus Gobiernos y sus legisladores desean adoptar una legislación muy restrictiva en materia de juegos de azar, etc., pueden hacerlo por motivos de política pública. Pero no pueden hacer las cosas que ha mencionado el señor Harbour. No pueden gastar millones y millones en promocionar los servicios de juegos de azar de sus operadores nacionales o de sus propios operadores nacionales públicos. No pueden autorizar a sus operadores nacionales y prohibir a todos los demás. Si los Estados miembros consideran, como hacen sin duda algunos diputados a esta Cámara, que los juegos de azar son un flagelo mayor que el alcoholismo, el tabaquismo y todas estas otras dependencias juntas, deben prohibirlos para todos y no permitir ningún juego de azar en su territorio. Esa es una opción y nadie se quejaría. La Comisión no emprendería acciones en su contra y nadie tendría que preocuparse. Pero resulta un tanto hipócrita que los Estados miembros permitan que se gasten millones en la promoción de los juegos de azar y, al mismo tiempo, no permitan que nadie entre en el juego.
Los juegos de azar están regulados de una forma u otra en todos los Estados miembros. La idea avanzada por la señora McCarthy de acordar normas internacionales para los juegos de azar por Internet es muy positiva en sí misma, pero se necesitará algún tipo de consenso entre los 25 Estados miembros. Podemos empezar por llegar a un consenso en este Parlamento, pero no creo que lo logremos. Y estoy seguro de que no lo lograremos en el Consejo de Ministros. Tengo tantas posibilidades de lograr un consenso en el Consejo de Ministros y en el Parlamento como de ganar la lotería este fin de semana. Así están las posibilidades. Lo que ha dicho la señora McCarthy resulta muy loable, y si existiera consenso me gustaría avanzar en esa dirección, pero mi experiencia me dice que sería sumamente difícil.
Si sus Señorías leyeran el resumen general de este reciente estudio, que si no me equivoco tiene 51 páginas, y se ahorraran la lectura de los centenares de páginas restantes, verían que no se decanta claramente por un lado ni por el otro.
(Comentarios sin micrófono del señor Toubon)
Bien, no creo que el señor Toubon haya leído el informe, pero eso muestra lo complejo que es este problema y el gran número de formas en que está regulado. Les mostraré la descomunal tarea que representaría seguir por ese camino.
En mi vida política nunca he tenido miedo de asumir causas imposibles ni de luchar contra molinos de viento ni de toparme contra muros inamovibles, pero considero que si intentamos algún tipo de armonización en este terreno, terminaremos con el acto legislativo más antiliberal adoptado por algún Parlamento en el mundo, pues es imposible. Mucho antes de llegar a esta conclusión, hube de reconocer que existen grandes diferencias de opinión sobre este tema. Reconozco que en toda Europa, e incluso en mi país, existen puntos de vista muy divergentes al respecto. Sé que algunas personas lo consideran peor que el alcoholismo, peor que el tabaquismo, peor que cualquier otra cosa, pero otras no. Y sé a qué categoría pertenezco, pero creo que intentar armonizar este ámbito va a ser un proceso sumamente largo.
El Presidente. – El debate queda cerrado.
Declaraciones por escrito (artículo 142 del Reglamento)
Louis Grech (PSE). – (MT) Algunos Estados miembros han decidido unilateralmente establecer normativas que impiden a los europeos el uso de sitios de juego en Internet operados por empresas registradas en otros países de la Unión Europea.
Esto viola el principio de libre circulación de servicios entre los Estados miembros así como la Directiva 98/34 CE, que estipula que antes de la introducción de normativas sobre los servicios de tecnología de la información, un Estado debe informar a todos los demás Estados miembros y a la Comisión.
En junio pasado, en respuesta a una pregunta parlamentaria, me informaron de que la cuestión era objeto de una investigación por parte de la Comisión.
¿Podemos conocer en qué estado se encuentra esta investigación y si se ha tomado alguna medida?
Estoy de acuerdo con que es hora de que este sector en auge sea gestionado por una estructura jurídica que incluya normas y reglas que regulen seriamente este servicio.
Esta normativa protegería a los consumidores y los menores, permitiendo, al mismo tiempo, que los operadores serios trabajen libremente en todos los Estados miembros de la Unión Europea.