Índice 
 Anterior 
 Siguiente 
 Texto íntegro 
Procedimiento : 2006/0206(COD)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A6-0227/2007

Textos presentados :

A6-0227/2007

Debates :

PV 19/06/2007 - 19
CRE 19/06/2007 - 19

Votaciones :

PV 20/06/2007 - 5.2
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P6_TA(2007)0267

Acta literal de los debates
Martes 19 de junio de 2007 - Estrasburgo Edición DO

19. Prohibición de la exportación y almacenamiento seguro del mercurio metálico (debate)
Acta
MPphoto
 
 

  El Presidente. De conformidad con el orden del día, se procede al debate del informe (A6-0227/2007) del señor Papadimoulis, en nombre de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la prohibición de la exportación de mercurio metálico y a su almacenamiento seguro (COM(2006)0636 – C6-0363/2006 – 2006/0206(COD)).

 
  
MPphoto
 
 

  Charlie McCreevy, miembro de la Comisión. (EN) Señor Presidente, me complace abrir este debate sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la prohibición de la exportación y el almacenamiento seguro del mercurio metálico. Me gustaría dar las gracias al ponente de opinión y a la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria por los esfuerzos realizados hasta la fecha. También me gustaría dar las gracias a la Comisión de Comercio Internacional y su ponente, el señor Holm, por su contribución a este informe.

Por todos es sabido que el mercurio es una sustancia altamente tóxica para los seres humanos, los ecosistemas y la flora y la fauna silvestres. Aunque en un principio se consideró un grave problema a escala local, la contaminación por mercurio se entiende ahora como un problema global, difuso y crónico. En dosis elevadas puede ser mortal para los humanos e incluso en dosis relativamente bajas puede tener graves perjuicios para el desarrollo neuronal.

Ante esto, la Comisión desarrolló una estrategia comunitaria exhaustiva relativa al mercurio, que fue adoptada en enero de 2005. Su objetivo fundamental es reducir los niveles de mercurio en el medio ambiente y la exposición humana mediante varias acciones que abordan todos los aspectos del ciclo de vida del mercurio. El Parlamento Europeo acogió con satisfacción la estrategia y su enfoque general en la resolución aprobada en marzo de 2006.

La propuesta que ahora tienen sobre la mesa ejecuta dos medidas fundamentales previstas en la estrategia, en concreto la Acción 5 (prohibición de la exportación de mercurio metálico de la Comunidad) y la Acción 9 (que requiere el almacenamiento seguro del mercurio excedentario en la industria cloroalcalina).

La producción primaria de mercurio llegó a su fin en la Comunidad hace cuatro años, cuando la última mina activa en Almadén, en España, cesó sus actividades. La eliminación gradual de la tecnología de células de mercurio, deseable desde el punto de vista ambiental, en la industria cloroalcalina da como resultado, sin embargo, una nueva fuente de suministro de mercurio: el sector se deshará de unas 12 000 toneladas de mercurio excedentario en los próximos años hasta que finalice su transición a las tecnologías libres de mercurio.

La mayor parte del mercurio se exporta de la Comunidad y las exportaciones de hasta 800 toneladas anuales se destinan, al menos en parte, a usos no regulados e incontrolados como la minería de oro artesanal. Así es como el mercurio de la UE contribuye a la exposición global al mercurio.

El objetivo principal de la propuesta de Reglamento es poner fin a estas exportaciones y garantizar que el mercurio que deje de usarse en la industria cloroalcalina se almacene de forma segura y no pueda volver a introducirse en el medio ambiente.

Sobre la base de la evaluación de impacto, la Comisión también propone aplicar el requisito del almacenamiento seguro a otras dos fuentes industriales de mercurio, a saber la limpieza del gas natural y el mercurio como producto secundario de la minería metálica no férrea.

La obligación del almacenamiento es una consecuencia lógica de la prohibición de exportación, dado que el pequeño mercado interior que quede para el mercurio no podrá absorber las cantidades en cuestión. El reciclado y la recuperación garantizarán que siga habiendo mercurio disponible para el resto de usos legítimos. Las operaciones de almacenamiento se inscribirán en el marco jurídico de la Directiva sobre vertederos y habrá requisitos adicionales de seguridad que reflejen las propiedades específicas del mercurio metálico.

El objetivo de la Comisión era presentar una propuesta legislativa sencilla y directa, respaldada por una sólida base científica y evitar, de conformidad con los principios de «legislar mejor», cualquier carga administrativa excesiva para la industria o la administración pública.

La propuesta se abstiene de adoptar acciones legislativas en ámbitos en los que la evaluación de impacto no aportó ninguna justificación sólida para esta medida ni ninguna opinión clara sobre su posible impacto.

Me gustaría subrayar que la industria afectada, a saber, el sector cloroalcalino, ha expresado su apoyo a esta propuesta y está dispuesta a firmar un compromiso voluntario. Según este compromiso, la industria debe seleccionar operadores de almacenamiento muy cualificados y garantizar la disponibilidad de datos fundamentales sobre los flujos de mercurio.

La Comisión tiene intención de reconocer este compromiso, de conformidad con los principios y procedimientos establecidos en la comunicación sobre los acuerdos ambientales adoptados en 2002.

La propuesta no tiene por objeto poner en práctica la estrategia sobre el mercurio en su totalidad: su ámbito de aplicación es deliberadamente más reducido. La labor en torno a otras acciones de la estrategia sigue su curso.

 
  
MPphoto
 
 

  Dimitrios Papadimoulis (GUE/NGL), ponente.(EL) Señor Presidente, señor Comisario, Señorías, el mercurio y los compuestos del mercurio son sustancias altamente tóxicas. Incluso en dosis bajas tienen efectos nocivos sobre los sistemas cardiovascular, inmunológico y reproductivo. El mercurio en el ambiente puede transformarse en metilmercurio y concentrarse en la cadena de alimentación, especialmente en el entorno acuático. En la ciudad de Mina-Mata, en Japón, en 1956 murieron 8 000 personas porque comieron pescado con un alto contenido de mercurio.

El mercurio es un problema mundial y requiere una acción coordinada internacional para resolverlo. La Unión Europea no puede defender de manera convincente una reducción del suministro y la demanda de mercurio y, al mismo tiempo, seguir siendo uno de los principales proveedores del mundo. La propuesta de Reglamento de la Comisión constituye una oportunidad única para romper el ciclo de exportaciones de esta peligrosa sustancia.

Estoy muy satisfecho con que tanto la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria como la Comisión de Asuntos Jurídicos rechazaran la opción del doble fundamento jurídico y optaran por el artículo 175 como único fundamento jurídico, dado que el objetivo del Reglamento es proteger el medio ambiente y la salud pública.

En cuanto a la fecha de inicio de la prohibición de las exportaciones, pido algo justo y sencillo: el Parlamento Europeo tiene que ser coherente con la Resolución que aprobó por amplia mayoría en marzo de 2006 sobre la Estrategia comunitaria sobre el mercurio. Por este motivo les pido que voten a favor de la enmienda 43 para ser coherentes con las posiciones que el Parlamento Europeo ya ha manifestado. Creo que los compuestos y derivados de mercurio ya utilizados y comercializados de modo restringido en la Unión Europea también deberían incluirse en la prohibición de exportación, como acordamos el año pasado en marzo.

¿Qué mensaje enviamos a terceros países si les exportamos los productos de mercurio prohibidos en la Unión Europea porque son peligrosos? ¿Recordaremos la conocida frase «bon pour l’orient»? En cuanto a la prohibición de las importaciones de mercurio, no tiene sentido almacenar mercurio de la Unión Europea, por un lado, e importar mercurio para ser utilizado en la Unión Europea, por otro. Pedimos sentido común. Asimismo, la oferta supera actualmente la demanda, según las cifras de la Comisión, y esta situación parece que va a seguir así en el futuro.

En cuanto a la obligación de almacenar los excedentes de mercurio metálico de la industria cloroalcalina, de nuevo mi punto de vista se vuelve a basar en la resolución aprobada por el Parlamento Europeo. Defiendo, al menos hasta que haya técnicas adecuadas para la eliminación final del mercurio, preferiblemente en forma sólida, el almacenamiento temporal y recuperable, bien en minas de sal subterráneas, bien en instalaciones en superficie utilizadas exclusivamente y equipadas para el almacenamiento temporal. De otro modo, el lugar en que se almacene esta sustancia tóxica será el propio cuerpo humano. De todos modos, no estamos hablando de millones de toneladas. En general, las cantidades excedentarias de mercurio en la industria cloroalcalina se cifran en unas 12 000 toneladas, cuyo volumen –debido a su alta densidad– es de unos 1 000 metros cúbicos.

Al mismo tiempo, defiendo la adopción de un marco de condiciones mínimas de almacenamiento que garantice el seguimiento continuo, unas normas mínimas de seguridad, la notificación regular y transparente, planificación y proyecciones por adelantado, unas garantías de entrega y penalizaciones por incumplimiento según el principio de «quien contamina, paga».

La responsabilidad durante el almacenamiento provisional debería ser del titular de las instalaciones de almacenamiento, mientras que los Estados miembros asumirán la responsabilidad administrativa y financiera de la eliminación final segura. Por tanto, pido a los Estados miembros que creen un fondo dotado a partir de contribuciones financieras de la industria cloroalcalina que aporte los recursos necesarios. También pido un registro de compradores, vendedores y comerciantes de mercurio para permitir un control regular de los movimientos de importación y exportación.

Tenemos que oponernos a este Reglamento difuminado que no aportará el nivel de protección de la salud pública y del medio ambiente que los ciudadanos quieren. La petición de prohibición de las exportaciones y el problema del almacenamiento deben abordarse sobre la base de estos criterios. El coste relativo –de una inversión de estas características en el futuro– es comparativamente muy reducido a la luz de los beneficios exponenciales que generará. La Unión Europea, el Parlamento Europeo, pueden y deben liderar los esfuerzos globales encaminados a retirar el mercurio. Espero que nuestras decisiones mañana contribuyan a lograr este objetivo.

 
  
MPphoto
 
 

  Jens Holm (GUE/NGL), ponente de opinión de la Comisión de Comercio Internacional. (SV) Ya era hora de que tomáramos esta importante decisión de prohibir las exportaciones de mercurio metálico. Probablemente no haya mucha gente que sea consciente de esto, pero la UE es, de hecho, el principal exportador mundial de esta sustancia. Más de 1 000 toneladas métricas se exportan cada año de la UE a otros países. Esto representa casi un tercio del comercio mundial total de mercurio metálico. El mercurio, que es peligroso, casi siempre termina exclusivamente en países en desarrollo, donde causa mucho daño.

Estoy satisfecho con que nos pronunciemos sobre un informe muy bien elaborado por mi colega el señor Papadimoulis. Este informe no solo trata de la prohibición de las exportaciones de mercurio metálico. También trata sobre el almacenamiento seguro de esta sustancia peligrosa, y creo que esto es muy positivo. Me complace en particular que el señor Papadimoulis haya introducido un número considerable de mejoras en la propuesta de la Comisión.

Algunas de estas mejoras son:

– ampliación de este Reglamento para incluir los compuestos de mercurio y productos que lo contienen,

– ampliación de la prohibición para incluir las importaciones,

– adelanto de la fecha de entrada en vigor antes de lo deseado por la Comisión, es decir, en 2010 en lugar de 2011,

– establecimiento de un sistema de rastreo del comercio de mercurio para incrementar el control del mercurio,

– asistencia a los países en desarrollo para facilitar su conversión a una tecnología moderna libre de mercurio.

Estos cambios van precisamente en la línea de lo que propuse como ponente de opinión de la Comisión de Comercio Internacional, y estoy muy agradecido por ello.

Todo lo que me preocupa es la exigencia del Grupo de la Alianza de los Demócratas y Liberales por Europa de celebrar una votación por separado. Una votación separada supondría una amenaza y socavaría partes importantes de este informe que, por lo demás, es excelente. Por tanto, atengámonos al enfoque del ponente diseñado para salvaguardar el medio ambiente y la salud pública y no adoptemos el enfoque del Grupo ALDE, basado en el mercado.

Mañana, la UE asumirá sus responsabilidades y dejará de enviar mercurio letal a países en desarrollo. Ya era hora de que lo hiciéramos. Con nuestros cambios y mejoras, la UE también asumirá su responsabilidad histórica de apoyar a los países del Sur para que dejen de usar mercurio y empiecen a utilizar tecnologías más limpias. Todo esto preservará la salud de miles de personas y de nuestro entorno común. No sería mala cosa.

 
  
MPphoto
 
 

  Manuel Medina Ortega (PSE), Ponente de opinión de la Comisión de Asuntos Jurídicos. (ES) Señor Presidente, en la Comisión de Asuntos Jurídicos no tuvimos ninguna dificultad al abordar el tema del fundamento jurídico porque la finalidad de esta medida no es el desarrollo de la política comercial –por tanto el artículo 133 no es aplicable–, sino la protección de la salud –y para ello es aplicable el artículo 175. Por tanto, la Comisión de Asuntos Jurídicos ha propuesto que el fundamento jurídico único sea el artículo 175, con todas las consecuencias que tiene desde el punto de vista procesal.

Dicho esto, señor Presidente, como diputado de un país que ha estado muy vinculado históricamente a la actividad del mercurio, yo me atrevería a señalar que la enmienda 40, sobre el almacenamiento de mercurio, presentada por el señor Callanan, es mucho más precisa que el texto que tenía previsto la Comisión con respecto al artículo 3, apartado 1, letra a). Por tanto, señor Presidente, después de haber propuesto este fundamento jurídico me atrevería también a pedir el apoyo para la enmienda 40 del señor Callanan.

 
  
MPphoto
 
 

  Martin Callanan, en nombre del Grupo del PPE-DE. – (EN) Señor Presidente, como bien sabe esta Cámara, esta propuesta de Reglamento sobre la prohibición de las exportaciones y el almacenamiento del mercurio metálico es conforme con los compromisos contenidos en la Estrategia sobre el mercurio que aprobamos en marzo de 2006.

El Grupo del PPE-DE apoya los objetivos generales del Reglamento. El mercurio tiene que ser eliminado y almacenado de forma segura para proteger la salud humana y el medio ambiente. La tecnología de células de mercurio está siendo sustituida de forma gradual por una tecnología de células de membrana mucho más respetuosa con el medio ambiente y una mayor eficiencia energética y esta conversión está dando lugar a excedentes de mercurio en toda la Unión Europea. El objetivo de este Reglamento es evitar que este mercurio en desuso vuelva a entrar en el mercado mundial. En mi opinión, la propuesta de la Comisión es en general aceptable y su enfoque es el más viable.

Con respecto a la fecha de entrada en vigor de la prohibición de exportación, se han presentado enmiendas para adelantarla. No apoyamos estas enmiendas. El calendario de la prohibición fue objeto de un profundo debate antes del Consejo de Medio Ambiente de junio de 2005 y en las conclusiones de dicho Consejo se acordó la fecha de 2012, tal como se recogía en la propuesta de la Comisión. En mi opinión, no ha cambiado nada desde que el Consejo tomó esa decisión y no me gustaría que se replantearan esas decisiones tan complicadas. Esto no haría más que retrasar la introducción de la prohibición, especialmente si se alentara la idea de reexaminar si la prohibición de la exportación es realmente la mejor opción para lograr los objetivos de la UE. La fecha elegida es la fecha que parece tener el máximo apoyo de una mayoría de Estados miembros y, por supuesto –lo que también es importante–, de la mayoría de las partes interesadas. Esa fecha ha sido acordada por la Comisión con el acuerdo de las autoridades españolas y Minas de Almadén para dar suficiente tiempo para la reorganización y la reestructuración de la empresa y creo que merece todo nuestro apoyo.

No estoy a favor de las propuestas de introducir una prohibición a la importación de mercurio y sus compuestos. Dadas las cantidades de mercurio procedentes de las plantas cloroalcalinas en desuso en la Comunidad, no parece que haya ningún incentivo comercial para realizar estas importaciones y, por tanto, no es necesario incluir una prohibición de las importaciones en este punto. El mercado es muy capaz de autorregularse.

Del mismo modo, tampoco estamos a favor de ampliar el ámbito de la prohibición de exportación. Aceptamos la opinión de la Comisión de que el mercurio metálico es con creces la sustancia cuantitativamente más importante, en comparación con los compuestos del mercurio y otros productos que lo contienen, y que la ampliación de la prohibición de exportación sería prematura en este momento. Asimismo, las empresas cambiarían de ubicación y seguirían produciendo. ¿Realmente nos compete a nosotros regular lo que deben hacer otros países en el mundo? Personalmente creo que no. Ambas ampliaciones de la propuesta de la Comisión requieren un análisis más en profundidad de los principios de «legislar mejor» y del coste y el impacto del negocio existente.

 
  
MPphoto
 
 

  Miguel Angel Martínez Martínez, en nombre del Grupo del PSE. (ES) Señor Presidente, Señorías, para ustedes el mercurio es apenas un metal tóxico del que hay que librarse y que solo han visto en los termómetros cuando tenían fiebre. Para mí, el mercurio, además de eso, evoca una localidad de mi provincia, Almadén y su comarca, cuyas minas fueron uno de los puntos en que nació el movimiento obrero en España. Evoca en mí el mercurio miles de hombres y mujeres que de él han vivido durante siglos, cientos de caras y de nombres, amigos a los que he acompañado como diputado socialista en los últimos 30 años, explicándoles, convenciéndoles, apoyándoles con alternativas para superar la paradoja de que el progreso de la humanidad, que eliminaba el mercurio, pareciera condenarles a desaparecer.

Estos vecinos y vecinas han comprendido nuestro esfuerzo y nos han reiterado hace unos días su confianza votando las candidaturas del Partido Socialista en sus ayuntamientos. Hoy, recordando a estos amigos y reiterando mi compromiso con ellos, quiero agradecer a sus Señorías su comprensión, plasmada en el texto que se aprobó en la Comisión de Medio Ambiente y que mejoraremos mañana con algunas enmiendas.

En este texto hay tres datos favorables que se recibirán en Almadén con gratitud, con interés y con esperanza. Primero, se recomienda conceder compensaciones económicas comunitarias, específicas para el progreso socioeconómico de Almadén y su comarca. Segundo, se recomienda estudiar prioritariamente la ubicación en Almadén del depósito de mercurio previsto para guardar de forma segura todo el metal que exista en Europa. Tercero, con el argumento incuestionable de la experiencia y la familiaridad existente en Almadén para tratar el mercurio, se aporta el sentido común de localizar el almacén allí donde ya está almacenado, con plena seguridad, más del 80 % del mercurio existente en la Unión Europea.

Un paisano me decía que llevar el mercurio desde Almadén a cualquier otro punto sería tanto como acercar el piano a la banqueta en lugar de acercar la banqueta al piano para empezar a tocar en un concierto.

Por último, agradecemos la coherencia de quienes proponen que la exportación y demás operaciones con el mercurio puedan realizarse –como habíamos dicho en el informe Matsakis– hasta el año 2010, indicando además la fecha del 1 de diciembre, lo que deja un margen algo mayor para que el mercurio pueda circular.

Seguro que con la resolución que aprobaremos el Parlamento estará en buena disposición para asumir su responsabilidad de codecisión en el trámite correspondiente con el Consejo.

 
  
MPphoto
 
 

  Marios Matsakis, en nombre del Grupo ALDE. – (EN) Señor Presidente, señor Comisario, me gustaría expresar mis más sinceras felicitaciones al señor Papadimoulis por su excelente informe y quiero darle las gracias por cooperar con los ponentes alternativos.

En general, el ponente ha intentado hacer que la propuesta de la Comisión sea en cierto modo más estricta, y con razón en algunos aspectos. Sin embargo, en dos ámbitos, esta posición no parece ni sensata ni realista.

El primer ámbito se refiere a la propuesta de adelantar la fecha a 2009. En nuestra opinión, esto es inviable e imposible de conseguir. Creemos que deberíamos mantener el 1 de enero de 2010 como fecha tope, como habíamos decidido anteriormente en la Estrategia sobre el mercurio.

El segundo ámbito es más polémico, el del almacenamiento del mercurio metálico. En mi opinión, la polémica surge en buena medida por la confusión sobre lo que realmente significa almacenamiento temporal y permanente. La línea que apoyo es que si se puede lograr el almacenamiento en minas de sal locales u otros lugares que se demuestre que son adecuados, en estrictas condiciones y con plenas garantías de control y seguridad durante miles de años, entonces a mí me basta. No hay necesidad de estipular en esta ley la obligación de recuperar el mercurio y transportarlo a través de toda Europa a una nueva instalación de almacenamiento más permanente. Si los legisladores del futuro, teniendo en cuenta las innovaciones tecnológicas que hacen seguro que el mercurio almacenado sea sometido a un tratamiento particular o desplazado a una nueva ubicación, entonces estoy seguro de que esto podrá hacerse y se hará, independientemente de lo que hagamos ahora con esta legislación.

En conclusión, apliquemos el sentido común y hagamos que las cosas sean simples y no perdamos la perspectiva. Hasta hace poco, el mercurio estaba y, en muchos casos, sigue estando en todos los hogares y en todas las consultas médicas y odontológicas, así como en los hospitales en termómetros, barómetros, esfigmomanómetros, empastes dentales, etc. Tenemos que deshacernos del mercurio, pero tampoco se trata de un virus letal altamente contagioso ni de un compuesto gaseoso nervioso letal al contacto. Por tanto, a la hora de tratar las enmiendas del informe, no exageremos ni vayamos demasiado lejos con nuestras exigencias.

 
  
  

PRESIDENCIA DEL SR. MARTÍNEZ MARTÍNEZ
Vicepresidente

 
  
MPphoto
 
 

  Leopold Józef Rutowicz, en nombre del Grupo UEN. (PL) Señor Presidente, el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la prohibición de las exportaciones y al almacenamiento seguro de mercurio es un documento que restringe la presencia del mercurio en el medio ambiente y sus repercusiones sobre las personas y los animales. Entre 1990 y 2000, los países de la Unión Europea redujeron las emisiones globales de mercurio un 60 %. Mientras tanto, estas emisiones han aumentado un 20 % en todo el mundo.

En la década de los 40, mis amigos y yo encontramos mercurio y nos divertimos al ver cómo las monedas que bañábamos en él se volvían de color plata. Hoy en día, la actitud de la sociedad con respecto al mercurio ha cambiado de modo espectacular y el sector industrial está abandonando procesos que utilizan el mercurio debido a su toxicidad.

Aunque creo que este proyecto de Reglamento es positivo, tengo que hacer algunos comentarios. Primero, habría que encontrar lo antes posible instalaciones de almacenamiento permanente para los residuos de mercurio y limitar de este modo el almacenamiento temporal. Segundo, las instalaciones de almacenamiento deberían estar lo más cerca posible para evitar tener que transportar residuos de mercurio por Europa. Tercero, no podemos introducir nuevas formas de utilizar los residuos de mercurio sin planificarlas debidamente y sin probarlas.

Deberíamos ser conscientes de que, a la luz de los peligros que representa el mercurio, el propio sector industrial trata de abandonar los procesos en los que se utiliza. Las enmiendas 11, 12, 15, 23-27 a la propuesta de la Comisión no están justificadas.

 
  
MPphoto
 
 

  Carl Schlyter, en nombre del Grupo Verts/ALE. (SV) El mercurio metálico representa un peligro para la salud pública y el medio ambiente, y ahora tenemos 12 000 toneladas métricas de mercurio que hay que almacenar. Tal vez esto parezca mucho, pero es un volumen que podría caber sin problemas en la mitad de esta Cámara. Por tanto, sería raro que enviáramos este mercurio aquí, allí o a cualquier otra parte y que lo almacenáramos en numerosos lugares distintos y en instalaciones que no fueran seguras. Por este motivo, me opongo al intento del Grupo de la Alianza de los Demócratas y Liberales por Europa de deshacerse del mercurio, porque esto solo supondría una solución temporal.

Una solución permanente necesita ser completamente segura. La única solución completamente segura es estabilizar el mercurio de una vez por todas. El sulfuro de mercurio es casi completamente insoluble, lo que quiere decir que se puede almacenar son seguridad. Si no se estabiliza, no podemos tener toda una serie de instalaciones de almacenamiento diferentes y mal supervisadas. Por tanto, me opongo a la enmienda 40, porque socavaría la seguridad en el trabajo.

Es importante que nos pongamos de acuerdo en una fecha: el 1 de enero de 2010, como se indica en la enmienda 43, propuesta por mi Grupo. Esto prohíbe tanto las importaciones como las exportaciones de todos los productos que contienen mercurio, lo que crea una visión de conjunto de la cuestión. Cualquier otra cosa sería la exportación cínica de mercurio. Sabemos que la industria cloroalcalina tiene que cesar sus exportaciones. Si tiene la oportunidad de seguir exportando un año después de la entrada en vigor de la prohibición, vaciará sus almacenes de mercurio metálico y recibirá dinero a cambio. Entonces, el mercurio será usado por los buscadores de oro en la cuenca del Amazonas y destruirá enormes zonas fluviales al ser contaminadas con mercurio.

Es importante que la prohibición se introduzca el 1 de enero de 2010. De otro modo, estaríamos socavando la idea de la prohibición de la exportación en su totalidad.

 
  
MPphoto
 
 

  Jaromír Kohlíček, en nombre del Grupo GUE/NGL. – (CS) Señorías, el mercurio es considerado un metal pesado y una sustancia muy peligrosa en la cadena de alimentación. Otros metales pesados, como el cromo, el níquel, el uranio y el plutonio también pueden clasificarse en la misma categoría.

Es cierto que no solo los metales pesados, sino también otros elementos más ligeros de la tabla periódica pueden, en grandes cantidades, ser perjudiciales para la salud. Por ejemplo, se sabe que el berilio causa beriliosis. El mercurio no es solo un metal que puede causar graves perjuicios tras su consumo en estado metálico, sino que también es una importante sustancia en el campo tecnológico. En el pasado, la electrólisis, la odontología y la joyería no podían prescindir de él. El método instrumental de análisis químico que utiliza electrodos de gota de mercurio es bien conocido, y en 1959 el académico checo Heyrovský ganó el premio Nobel de Química por este proceso, que llamó polarografía. Los usos potenciales del mercurio y sus compuestos en la industria son una cuestión importante, aunque esto, por supuesto, implica el respeto de normas ambientales muy estrictas.

No estoy seguro de si el almacenamiento del mercurio y sus compuestos en un lugar es la mejor solución. Lo mismo se aplica a la duración del periodo transitorio antes de la entrada en vigor del Reglamento. Tengo la impresión de que para algunos Estados miembros, el periodo establecido en la enmienda 8 es demasiado corto. Por este motivo, tengo mis reservas con respecto a la propuesta, aunque en la mayoría de los Estados miembros el mercurio y sus compuestos, incluidas las reservas, son controlados estrictamente por los pertinentes órganos estatales.

Creo que es inaceptable inscribir el papel de ONG no especificadas en el Reglamento, independientemente de las cuestiones de tolerancia y apertura de cara al público, ya que esto no pertenece a un Reglamento sobre la prohibición de las exportaciones y el almacenamiento seguro del mercurio metálico. La participación de los ciudadanos en las actividades de supervisión está cubierta por otros ámbitos de la legislación de la UE.

No entiendo por qué las minas de sal o las minas de Almadén en España serían el mejor lugar para almacenar el mercurio y sus compuestos. Es evidente que el final de las operaciones en cualquier mina provoca problemas sociales para los mineros. En la República Checa y en otros Estados miembros de Europa Central y Oriental, docenas de grandes minas se han cerrado sin que nadie elaborara reglamentos de la UE para hacer frente al masivo desempleo provocado. Me sorprende que el fondo de las minas de minerales sea un lugar de almacenamiento mejor que las minas de sal. Apoyo firmemente la solución de abordar la cuestión de las sustancias con menos de un 5 % de contenido de mercurio.

Asimismo, los metales pesados de las rocas en toda Europa se encuentran a niveles normales y, debido a la acción de los elementos, pueden llegar –incluido el mercurio– a las fuentes de abastecimiento de agua europeas. Por este motivo, por ejemplo, en el río Elba siempre se detectan concentraciones de mercurio y de otros metales pesados. Esto, por supuesto, es un fenómeno natural.

También tenemos la cuestión del agua de las antiguas minas, la extracción de mercurio de antiguos vertederos y lodos residuales, lo que constituye una fuente potencialmente masiva de contaminación ambiental. Sin embargo, este Reglamento no puede cubrir esta cuestión, por supuesto.

Para concluir, me gustaría dar las gracias a todos los que han contribuido a elaborar este Reglamento, un proceso que se llevó a cabo en una atmósfera positiva de cooperación. El mercurio y sus compuestos tienen un futuro en la ciencia y la tecnología, como muestra este Reglamento, y por eso lo apoyamos.

 
  
MPphoto
 
 

  Irena Belohorská (NI).(SK) Antes de nada, permítanme dar las gracias al ponente, el señor Papadimoulis, por subrayar en el informe la necesidad de prohibir la exportación de mercurio metálico, mineral de cinabrio y determinados productos que contengan mercurio. Esto es muy importante para nosotros en la Unión Europea, ya que esta es uno de los principales exportadores de mercurio del mundo. Dado que esta sustancia es extremadamente tóxica, sobre todo para los niños, deberíamos preocuparnos de la protección no solo en relación con la producción o el uso de mercurio, sino también con el almacenamiento o el manejo de los residuos de mercurio.

Elevadas dosis de mercurio son letales para las personas; las cantidades menores de mercurio acumuladas en el organismo pueden provocar enfermedades graves en el sistema inmunitario, cardiovascular y reproductor. La industria genera cantidades excesivas de mercurio, por ejemplo, en forma de subproductos de la industria química, en conexión con la depuración del gas natural o en la extracción de metales no férreos y la fundición en la industria metalúrgica.

Deberíamos analizar si, mediante la exportación del excedente de mercurio a terceros países, sobre todo en desarrollo, que son los principales consumidores de mercurio, vamos a deshacernos del mercurio. Muchos países en desarrollo carecen de las subvenciones necesarias para implantar tecnologías modernas respetuosas con el medio ambiente y sus medidas de control son menos estrictas. Estoy de acuerdo con el ponente y apoyo su planteamiento de que la Unión Europea no debería utilizar dobles raseros; es decir, un producto que no puede ser utilizado en la Unión Europea no debería exportarse a países que carecen de legislación en materia de uso del mercurio.

Deberíamos tenerlo presente, no solo por la necesidad de proteger el medio ambiente y de conservar la naturaleza; deberíamos recordar asimismo que este mercurio puede volver en forma de residuos en alimentos o a través de cauces fluviales contaminados, por no hablar del riesgo de exposición para los trabajadores y las poblaciones locales. Con respecto al mercurio y a los productos que contienen mercurio, la Unión Europea debe garantizar que los suministros de mercurio sean coherentes con las necesidades y la demanda. Los excedentes de mercurio tienen que ser eliminados de una manera ecológicamente sostenible de acuerdo con la Directiva sobre residuos peligrosos que hemos aprobado.

Al mismo tiempo, es necesario reforzar el control y penalizar de manera estricta cualquier caso de incumplimiento. Coincido con el ponente en que los fabricantes que producen mercurio durante el proceso de fabricación deben ser responsables de su almacenamiento seguro o de la eliminación ecológicamente sostenible. Este aspecto también es importante para garantizar el crecimiento continuado en la industria y alentar la transición hacia nuevas tecnologías alternativas que no dependan del mercurio. Al amparo de nuestra ayuda a los países en desarrollo deberíamos hacer más hincapié en la implantación de dichas tecnologías allá donde el medio ambiente haya quedado devastado por este peligroso producto químico.

 
  
MPphoto
 
 

  Eija-Riitta Korhola (PPE-DE). – (FI) Señor Presidente, el Reglamento que tenemos ante nosotros es parte de un todo basado en la estrategia comunitaria relativa al mercurio. La legislación en materia de medio ambiente de la UE ha sido puesta al día de acuerdo con esa estrategia durante esta sesión. Me satisface que hayamos alcanzado una fase donde se vayan a revisar nuestras actitudes respecto de la exportación de mercurio. La UE es, al fin y al cabo, el mayor exportador mundial de la sustancia.

Es indiscutible que el mercurio y sus múltiples compuestos son tóxicos para los seres humanos y el medio ambiente, y el coste para la sociedad, ocasionado por la salud pública y los daños ambientales, es mucho más elevado que lo que habíamos imaginado con anterioridad. Las prohibiciones en virtud del Reglamento y los criterios para el almacenamiento constituirán asimismo un mensaje nítido para el mundo externo más allá de la UE. Estamos asumiendo la responsabilidad por este daño.

Para la legislación ambiental es crucial la idea de que los medios seleccionados no solo sean eficaces en la vertiente ambiental, sino que también sean socialmente sostenibles. Las consideraciones ambientales implican que la prohibición de las exportaciones de mercurio debe entrar en vigor rápidamente, como plantea con acierto el señor Papadimoulis. Sin embargo, tampoco podemos precipitarnos, a la vista de otras realidades. El peligro estriba, realmente, en que una solución adoptada aquí crea una serie de nuevos problemas en otro lugar.

La prohibición de exportación en la Comunidad debe ser efectiva en un momento que esté sincronizada con otras medidas internacionales sobre las restricciones que se persiguen. Dado que aún se puede tardar varios años en alcanzar el consenso internacional, parece acertado apoyar a la Comisión en relación con el calendario que propone para prohibir la exportación. La exportación de mercurio, de acuerdo con lo anterior, quedaría prohibida a partir del 1 de julio de 2011. Es una decisión que cuenta con el apoyo de prácticamente todos los Estados miembros.

Lo mismo cabe decir de la propuesta de incluir los compuestos de mercurio en la prohibición de exportación. Podremos solicitar a la Comisión una propuesta para ampliar su ámbito cuando sepamos lo suficiente acerca de sus efectos de largo alcance. De momento resulta innecesario obligarla a realizar algún movimiento. Continuemos con la política que hemos elegido y resolvamos los problemas referentes al mercurio de uno en uno.

 
  
MPphoto
 
 

  Gyula Hegyi (PSE).(EN) Señor Presidente, el mercurio no es solo un metal, sino que también forma parte de nuestra cultura y civilización. La gente siempre lo ha admirado y ha creído en sus poderes mágicos. Durante siglos, el mercurio desempeñó un papel crucial en la alquimia y en las ciencias ocultas.

El mercurio, el único metal líquido, es un material precioso, y uno puede admirarlo como una pieza única de la naturaleza. Sin embargo, según nuevos datos disponibles, el mercurio también es un material peligroso y deberíamos protegernos a nosotros y a las generaciones futuras de sus efectos tóxicos. Los trabajadores de las minas de mercurio tradicionales, en su mayoría situadas en España, llevan una vida dura y honesta, pero saben que su antigua profesión se acaba. Deberíamos respetar las tradiciones de los mineros, pero hay que entender la necesidad de una prohibición.

La Unión Europea ya ha prohibido el uso del mercurio y de materiales que lo contienen en su territorio. Ahora también queremos prohibir la exportación del mercurio. Lo hacemos porque nos preocupa la salud de otros países y continentes. Esperemos que nuestra decisión también anime a otros países a reducir su uso de mercurio.

Como ponente alternativo del Grupo Socialista, mantuve consultas con nuestros colegas españoles en aras de la solidaridad. Su punto de vista era crucial para mí. Mi otra guía fue la resolución del Parlamento de marzo de 2006. Nuestra decisión debería equilibrar las preocupaciones ambientales y los intereses de la industria.

En cuanto a la fecha de la prohibición, se presentaron diferentes propuestas: 2011 por la Comisión, 2009 por el ponente y 2008 por las ONG. Decidí proponer el 1 de diciembre de 2010 como un compromiso aceptable, de conformidad con la resolución del Parlamento del año pasado. Otras fechas y plazos deberían corresponderse con esta fecha básica. Si prohibimos voluntariamente la exportación de mercurio, es más que lógico prohibir también su importación.

En cuanto al almacenamiento, hubo diferentes propuestas: Almadén por parte de España, una mina de sal por parte de Alemania y otros propusieron la opción de la solidificación. Dado que todavía no hemos llegado a una solución, no deberíamos apoyar enmiendas que excluyan soluciones potenciales específicas. Deberíamos apoyar la propuesta de nuestros colegas socialistas españoles, que piden una compensación para Almadén, la mina de mercurio más grande de Europa.

El ámbito de la prohibición debería cubrir todos los materiales que tengan una concentración de mercurio del 5 % o superior. Si queremos cerrar cualquier laguna, resulta muy barato convertir el mercurio en calomelano. Es muy importante que cada uno de nosotros contribuya al acuerdo mediante un paquete de compromiso simplificado, ya que de otro modo todo esto acabará en un caos y, casi con toda probabilidad, no habrá ningún reglamento antes de las próximas elecciones al Parlamento Europeo.

Como ponente alternativo, trabajé en aras de un compromiso. Un buen compromiso sirve a nuestros ciudadanos más que debates aplazados que no conducen a ningún tipo de reglamento.

 
  
MPphoto
 
 

  Hiltrud Breyer (Verts/ALE).(DE) Señor Presidente, es necesario adoptar rápidamente una amplia prohibición del mercurio. Resulta realmente cínico prohibir la comercialización de productos peligrosos en la Comunidad y seguir permitiendo su exportación a otros países.

Sabemos que el mercurio se propaga por el agua y el aire por todo el mundo. En última instancia, el mercurio acabaría por llegar a nosotros, causando daños a la población. Es completamente absurdo que advirtamos, como ha hecho la Comisión, que las mujeres embarazadas y los niños no deben consumir más de 100 g de atún a la semana debido a que este pescado está muy contaminado con mercurio.

Sabemos –como ha vuelto a poner en evidencia un estudio publicado en la revista The Lancet– que los metales pesados provocan daños en el sistema nervioso y causan daños permanentes e irreversibles en el cerebro, en particular entre los niños. Por esa razón, nuestro objetivo prioritario debe ser prohibir la exportación, pues perderíamos toda credibilidad ante la comunidad internacional si dijéramos: queremos protegernos a nosotros, pero las exportaciones están permitidas.

 
  
MPphoto
 
 

  Thomas Ulmer (PPE-DE).(DE) Señor Presidente, señor Comisario, Señorías, el mercurio está en todas partes: por ejemplo, atraviesa la barrera placentaria. El mercurio es un metal que a temperatura ambiente se encuentra en estado líquido y se evapora. El valor límite en sangre de mercurio metálico inorgánico es de 25 microgramos y el de los compuestos orgánicos de mercurio es de 100 microgramos. No entraré aquí en los efectos de las intoxicaciones por mercurio. Sin duda todos ustedes conocen Minamoto en Japón. Así pues, no se trata únicamente de las ventajas y desventajas económicas para nuestra Comunidad, sino de la protección de la salud de nuestros conciudadanos y de la protección de un medio ambiente intacto.

Con el informe del señor Papadimoulis, a quien agradezco su labor, Europa renuncia a la exportación de compuestos de mercurio e inicia las obras para el almacenamiento seguro de los materiales ya existentes. Al mismo tiempo sería conveniente incluir todos los compuestos de mercurio en la prohibición de exportación, siempre que existan sucedáneos, como sucede con casi todas las aplicaciones. Como exportadores de una sustancia peligrosa no estamos en condiciones en estos momentos ni tenemos derecho –en virtud de las obligaciones asumidas en el marco de la OMC– a exigir que los destinatarios aseguren la trazabilidad del mercurio, con lo que el paradero de este metal será dudoso y existe una posibilidad muy real de que pudiera regresar a la Comunidad. Considero que el artículo 175 del Tratado constituye el fundamento jurídico correcto para este Reglamento. El refuerzo de las normas, la reducción de plazos y la inclusión de los compuestos de mercurio en las disposiciones en materia de exportación e importación son medidas apropiadas y coherentes desde el punto de vista toxicológico. Estoy seguro de que aún queda margen para las negociaciones a fin de alcanzar un acuerdo dentro del plazo.

Por lo que respecta al almacenamiento definitivo del mercurio, debemos prestar atención a la investigación, ya que en este aspecto no se ha podido encontrar hasta ahora un método fiable de almacenamiento a escala industrial en ningún lugar del mundo. Las cantidades implicadas alcanzan varios miles de toneladas.

Estoy de acuerdo con el informe en la versión original presentada por la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

 
  
MPphoto
 
 

  Åsa Westlund (PSE). – (SV) Quiero dar las gracias al ponente, el señor Papadimoulis, por su excelente trabajo. El otoño pasado participé en un estudio en el que se me pidió una muestra de pelo para investigar el contenido de mercurio. De forma sorprendente, efectivamente tenía una cantidad elevada de mercurio en mi cuerpo, una situación que es sumamente preocupante. Estoy embarazada y tengo unos niveles altos de mercurio que ahora pueden dañar al feto y que pueden provocar que este, de adulto, tenga dificultades para concentrarse.

Los elevados niveles de mercurio también resultan preocupantes porque procedo de un país que lleva recorrido un largo camino en materia de prohibición del mercurio. Ya no utilizamos termómetros de mercurio y por lo general no se usan amalgamas para los arreglos dentales. Sin embargo, tengo elevados niveles de mercurio en mi organismo.

Existen alternativas al mercurio. A la vista de los graves efectos del mercurio sobre la salud, podríamos erradicarlo no solo aquí en Europa, sino en todo el mundo.

Esta misma tarde estamos dedicados a imponer una prohibición a la exportación y a encontrar formas de almacenamiento seguro para el mercurio usado, asegurando con ello que no contribuyamos a la propagación del mercurio por todo el mundo.

Para que no pueda eludirse la prohibición de la exportación, mis esfuerzos han estado encaminados a garantizar que la prohibición entre en vigor lo más rápidamente posible y que se amplíe para incluir otros productos del mercurio. También han estado enfocados a que hoy no nos comprometamos de manera irrevocable con ninguna modalidad concreta de almacenamiento definitivo, ya que de hecho no conocemos en estos momentos cuál es la tecnología óptima para dicho almacenamiento. En la situación presente, el mercurio debería guardarse, por tanto, en almacenes seguros, pero temporales.

Yo particularmente espero que, en el futuro, resulte posible que todas las mujeres del mundo puedan comer pescado procedente de aguas próximas, sin correr el peligro de dañar el desarrollo de sus hijos.

 
  
MPphoto
 
 

  Marie Anne Isler Béguin (Verts/ALE). – (FR) Señor Presidente, señor Comisario, esta es una batalla que debería involucrarnos a todos. Se trata de un asunto de salud pública e, incluso, de seguridad pública.

Conocemos los peligros, los estragos del mercurio sobre la salud de quienes entran en contacto con él. Desde los albores de la era industrial, los problemas no han hecho más que empeorar hasta adquirir proporciones alarmantes. Desde Minamata y la cadena de horrores que se derivaron de aquella desastrosa historia de contaminación industrial, somos aún más conscientes de que el mercurio es terriblemente peligroso. Sin embargo, hemos seguido adelante sin ningún miramiento, casi como si jamás hubiera ocurrido nada.

A lo largo del periodo intermedio, el dios Mercurio ha continuado cobrándose un oneroso tributo de los pueblos nativos en las zonas de búsqueda de oro, como la Guayana Francesa, y lo mismo puede decirse de quienes al otro lado del planeta, en unas condiciones inimaginables, reciclan nuestros residuos industriales, electrónicos y de otros tipos, por no hablar de los trabajadores en Europa que trabajan en las fábricas de reciclado de baterías.

Sí, va siendo hora de que nos deshagamos de este veneno, y la única solución es una prohibición pura y simple aquí en Europa y en todo el resto del mundo, ya que este veneno se encuentra en todas partes, incluso en los órganos de los osos polares, por ejemplo, que viven donde ni se produce ni se utiliza el producto. Lamento que no hayan sido aprobadas las propuestas de mi Grupo en favor de una prohibición más rápida y que no se haya rechazado el almacenamiento subterráneo. Sea como fuere, ya no es hora de lamentaciones, sino de asegurar la mayoría más amplia posible en apoyo de una prohibición definitiva de este peligroso metal.

 
  
MPphoto
 
 

  Pilar Ayuso (PPE-DE). – (ES) Señor Presidente, esta propuesta de Reglamento nos propone prohibir las exportaciones de mercurio metálico a partir del 1 de julio de 2011 a más tardar, y paralelamente incluye disposiciones sobre el almacenamiento seguro de los excedentes de mercurio que se van a producir sobre todo por la retirada de las células de mercurio de las fábricas cloroalcalinas; se calcula que, en toda Europa, estas células contienen aproximadamente unas 12 000 toneladas de mercurio.

Anticipar el plazo de la prohibición de las exportaciones de mercurio metálico rompe un escenario de consenso dibujado tanto por parte del Parlamento cuando debatimos la estrategia comunitaria sobre el mercurio como por parte del acuerdo que la propia Comisión ha firmado con Euroclor, la Federación Europea de Fabricantes de Cloro. Esta ha aceptado acabar con las exportaciones de mercurio a partir del 1 de julio de 2011, y creo que estos acuerdos hay que respetarlos y no adelantar, de ningún modo, la fecha de la prohibición de las exportaciones de mercurio.

Los excedentes procedentes de la industria cloroalcalina hay que almacenarlos, porque este almacenamiento es necesario. La resolución sobre la estrategia comunitaria sobre el mercurio, aprobada en marzo de 2006, dice exactamente que «conviene examinar la posibilidad de designar Almadén para el almacenamiento seguro de las reservas existentes de mercurio metálico o del mercurio metálico secundario resultante de la industria europea –nunca de productos de mercurio que hayan pasado a ser residuos– aprovechando así las infraestructuras, la mano de obra y los conocimientos técnicos existentes in situ».

Quiero también recordar que el texto de la estrategia comunitaria reconoce nítidamente la importancia histórica que tiene el mercurio para la comarca de Almadén, así como la necesidad de compensar a esta comarca por todo esto.

Para acabar quiero decir que estoy en contra de las enmiendas que proponen que no se almacene mercurio líquido sino sólido. Hoy por hoy, con las investigaciones que hay, no estamos en condiciones de poder solidificar el mercurio, por lo tanto habrá que almacenar mercurio líquido, que, además, se almacena de una forma muy segura, sin que en ningún caso se produzcan vapores de mercurio, que son los contaminantes.

 
  
MPphoto
 
 

  Charlie McCreevy, miembro de la Comisión. (EN) Señor Presidente, pasaré a comentar algunas de las enmiendas clave en detalle.

Las enmiendas 1, 7, 8, 9, 20, 21, 22 y 44 implican una ampliación considerable del ámbito de la propuesta mediante la introducción de una prohibición de la exportación de mineral de cinabrio, calomelano, compuestos de mercurio y determinados productos que contengan mercurio, así como mediante una prohibición de la importación. La Comisión considera que estas enmiendas son innecesarias o no están suficientemente justificadas. Ante la falta de actividades extractivas del mercurio en la Comunidad, no hay necesidad de prohibir la exportación de mineral de cinabrio.

Del mismo modo, la Comunidad ha sido un gran exportador de mercurio, pero no un importador. La evaluación de impacto concluyó que las fuentes secundarias de mercurio –reciclado y recuperación– cubrirán la demanda residual en la Comunidad. En cuanto a los compuestos de mercurio y los productos que lo contienen, necesitamos información más elaborada para justificar esta ampliación. Por el momento no es posible calcular con fiabilidad el posible impacto de esta medida en la industria y la sociedad, en la Comunidad y en terceros países. Usar la legislación para evitar un problema hipotético no sería considerado una buena práctica desde el punto de vista del principio de «legislar mejor».

Varias enmiendas –12, 25, 27, 28, 29 y 45– descartan el almacenamiento a largo plazo o la eliminación definitiva del mercurio metálico, permitiendo únicamente el almacenamiento temporal. Cabe señalar que en la actualidad no existe una solución ambiental y económicamente sólida para la estabilización del mercurio antes de su eliminación.

Las enmiendas 6, 24 y 36 implican que habría que dar preferencia a la antigua mina de Almadén para el almacenamiento del mercurio. La Comisión es muy consciente de las implicaciones económicas y sociales del cierre de la mina y del fin de las actividades comerciales del lugar. Sin embargo, no quiere prescribir un lugar de almacenamiento único a los operadores económicos.

Las enmiendas 8, 10, 13, 30 y 32 aumentan la carga administrativa para la industria, así como para los Estados miembros y la Comisión. La Comisión tiene muchas dudas sobre la eficacia y los beneficios potenciales de estos requisitos tan detallados en comparación con sus costes.

En cuanto al fundamento jurídico al que se hace referencia en la enmienda 2, la propuesta de la Comisión sigue la línea dada por el Tribunal de Justicia en sus sentencias en los asuntos C-94/03 y C-178/03 sobre el Convenio de Rotterdam relativo al procedimiento de consentimiento previo para la importación de productos químicos. Nuestra propuesta es de carácter muy similar, ya que propone medidas comerciales como un instrumento de política ambiental. Por tanto, no podemos apoyar la enmienda relativa al fundamento jurídico.

Sin embargo, las enmiendas 17 y 34 que piden la introducción de un artículo sobre la sanciones son aceptables para la Comisión.

En resumen, la Comisión puede apoyar ocho de las 50 enmiendas propuestas en su totalidad, en parte o en principio. Entregaré a la secretaría del Parlamento una lista detallada sobre la posición de la Comisión con respecto a las enmiendas(1).

 
  
MPphoto
 
 

  El Presidente. Queda cerrado el debate.

La votación tendrá lugar mañana a las 12.00 horas.

Declaraciones por escrito (artículo 142 del Reglamento)

 
  
MPphoto
 
 

  James Nicholson (PPE-DE), por escrito. – (EN) Está claro que el mercurio es una sustancia que necesita ser tratada con cautela y seguridad. El presente informe aborda la importante y amplia cuestión de la manipulación del mercurio en la importación, la exportación y el almacenamiento de la sustancia, al tiempo que se fija un plazo para la prohibición de su exportación e importación. Apoyo la propuesta de Reglamento de la Comisión sobre esta cuestión y creo, hablando en términos generales, que es positiva. Me gustaría recordar el comentario de la Comisión de que este informe sigue la Estrategia sobre el mercurio aprobada en marzo del año pasado y quiero animar a la Comisión a que siga trabajando en dicha estrategia. Este solo es uno de los muchos informes que abordarán otras cuestiones como el uso de pequeñas cantidades de mercurio en la industria dental. Estoy seguro de que el trabajo en torno a otras cuestiones estratégicas sigue su curso.

 
  
  

Anexo – Posición de la Comisión

Informe Papadimoulis (A6-0227/2007)

La Comisión puede apoyar 8 enmiendas plenamente, en parte o en principio: 3, 4, 5, 14, 17, 23, 31, 34.

Las enmiendas que la Comisión no puede apoyar son: 1, 2, 6 a 13, 15, 16, 18 a 22, 24 a 30, 32, 33, 35 a 50.

 
  

(1)Posición de la Comisión sobre las enmiendas del Parlamento – véase el Anexo.

Aviso jurídico - Política de privacidad