Presidente. − El siguiente punto son las declaraciones del Consejo y de la Comisión sobre el Código de conducta europeo sobre la exportación de armas.
Janez Lenarčič , Presidente en ejercicio del Consejo. − (SL) En primer lugar, y en nombre del Consejo, quisiera expresar mi satisfacción por las habituales buenas relaciones y la cooperación existentes entre el Grupo sobre exportación de armas convencionales (COARM) del Consejo, y el Parlamento Europeo y, más concretamente, con su Subcomisión de Seguridad y Defensa, SEDE. Estoy convencido de que esta excelente y bien organizada cooperación proseguirá en el futuro, razón por la que acojo con satisfacción el debate de hoy.
Permítanme manifestar unas breves palabras acerca del Código de conducta europeo sobre la exportación de armas. Como sabemos, el Código se adoptó en 1998 y dio a la Unión Europea un nuevo impulso para el seguimiento del comercio de armas. De conformidad con este Código, la Unión comenzó a elaborar informes anuales que son, en realidad, informes sobre las transferencias de armas que se han concluido.
Este año elaboraremos el décimo informe anual. Debo mencionar también que estos informes han ido consiguiendo un mayor nivel de claridad y de información. Como consecuencia de este Código, en los últimos años la mayoría de los Estados miembros han comenzado a publicar sus propios informes anuales nacionales sobre la exportación de armas y equipo militar. En 2003, la Unión Europea definió su propia lista de armas y de equipo militar que debía incluirse en el Código y comenzó a coordinar más seriamente la política para la exportación a terceros países. Asimismo, los Estados miembros intercambian información relativa a las exportaciones de armas que han sido concluidas o rechazadas.
Este dinamismo ha sido transferido a las organizaciones internacionales, principalmente a aquéllas en las que los Estados miembros de la Unión Europea desempeñan un papel importante, lo que resulta de especial aplicación al Acuerdo de Wassenaar. El Código fue mejorado en 2006 y 2007, concretamente mediante añadidos a la Guía del Usuario.
Como sabemos, el Código no es un documento jurídicamente vinculante; sin embargo, los Estados miembros tienen el compromiso político de acatar sus disposiciones. En el pasado, ha habido intentos de realizar aportaciones al Código, añadiendo una posición común que constituiría un documento jurídicamente vinculante por el que los Estados miembros quedarían sujetos al realizar las exportaciones de armas; sin embargo, no existe todavía un acuerdo para adoptar tal posición común. La Presidencia eslovena está trabajando para su adopción durante su mandato; es decir, en la primera mitad de este año o, al menos, para lograr un avance significativo en este sentido.
Quizá no exista mejor oportunidad para este avance que el ofrecido por la preparación del décimo informe de la Unión Europea sobre la puesta en práctica del Código. No obstante, por el momento no podemos predecir con seguridad si nuestro deseo se materializará aunque, ciertamente, ello no nos impide intentarlo. Por lo tanto, haremos un llamamiento a los Estados miembros para que nos den sus opiniones sobre esta cuestión, y trataremos de alentarles a trabajar juntos para alcanzar una posición común. En el caso de que no existan obstáculos, la Presidencia eslovena estará sumamente complacida en completar el procedimiento de adopción y presentará un informe a todas las instituciones interesadas, principalmente, al Parlamento.
Permítanme añadir unas breves palabras sobre otras dos cuestiones prioritarias: la posición común sobre el corretaje de armas y el comercio de equipo militar, y los esfuerzos realizados por los Estados miembros para adoptar acuerdos vinculantes en el ámbito internacional sobre el comercio de armas.
La Unión Europea adoptó las directrices para el corretaje del comercio de armas en 2001, y la posición común se adoptó en 2003; al hacerlo así, los Estados miembros asumieron la obligación de adoptar estos elementos en su legislación nacional y, de ese modo, regular el corretaje de armas y del comercio de equipo militar. Por el momento, veinte Estados miembros han adoptado los elementos de esta posición común en sus legislaciones nacionales, y siete deben todavía completar el proceso. La Presidencia hará un seguimiento del progreso en esta materia, y se animará a los Estados que no han completado el proceso a que lo hagan lo antes posible.
Pasemos ahora a la última cuestión: el acuerdo sobre el comercio internacional de armas, que es uno de los principales proyectos en materia de desarme. Como ustedes saben, el Consejo Europeo ha adoptado recientemente una decisión para apoyar el acuerdo internacional. El marco para la composición del grupo de expertos gubernamentales que trabaja en este ámbito se confirmó en la Asamblea General del año pasado. La información sobre el trabajo inicial de este grupo es alentadora; no obstante, deberá invertirse una gran cantidad de esfuerzo y trabajo en este proceso.
Dentro del ámbito de nuestras actividades, realizaremos un estrecho seguimiento de este grupo y apoyaremos el proceso conducente al acuerdo internacional.
Benita Ferrero-Waldner, Miembro de la Comisión. − Señor Presidente, me extendí un poco más acerca de Iraq, pero seré algo más breve ahora, así que trataré de aprovechar mi tiempo.
Aun cuando la responsabilidad del control y seguimiento de la venta de armas recaiga principalmente sobre los Estados miembros y por ende, en el Consejo, la Comisión también tiene un interés obvio mediante su contribución a la puesta en práctica de la estrategia de la UE sobre las armas pequeñas y ligeras en virtud de la política exterior y de seguridad común.
Valoramos en gran medida el control efectivo y el seguimiento de las exportaciones de armas de la UE. Nos preocupa todavía el hecho de que los controles europeos deberían animar a otras regiones a adoptar y a aplicar —como mínimo— unas normas básicas, con el fin de asegurar que las exportaciones legítimas no sean posteriormente desviadas, agravando de ese modo los conflictos armados y las violaciones de los derechos humanos.
A este respecto, la Comisión continúa cooperando activamente con los Estados miembros, terceros países, organizaciones internacionales y otras entidades para abordar el problema de la financiación del tráfico ilícito de armas, a menudo ligado al tráfico ilícito de otros productos (especialmente de drogas), por ejemplo, diamantes.
En la Comisión aprovechamos nuestra Presidencia del Proceso de Kimberley durante el año pasado para impulsar el desarrollo de controles con el fin de prevenir e impedir el uso de los diamantes para financiar compras de armas por parte de los grupos rebeldes. Además, en estrecha colaboración con las autoridades aduaneras pertinentes, intentamos hacer progresar medidas en virtud del nuevo Instrumento de Estabilidad para combatir el tráfico ilícito de armas por transporte aéreo, centrado particularmente en los vuelos con destino a África y en su interior. Asimismo, desempeñamos nuestro papel en la puesta en práctica de embargos de armas, prohibiendo cualquier asistencia técnica relacionada.
En la Unión Europea, el control del tráfico de armas de fuego es fundamental en la lucha contra la inseguridad y la criminalidad, especialmente contra el crimen organizado. La política en desarrollo para combatir el tráfico de armas de fuego conlleva el refuerzo de los controles de la venta legal y posesión de armas de fuego en el interior de la Unión, lo que llega a abarcar el seguimiento adecuado de los movimientos de las armas de fuego en el interior de la Unión y el desarrollo de la cooperación entre las administraciones nacionales encargadas del mismo.
Además de estos esfuerzos, podemos apreciar que una cantidad significativa de armas de fuego se encuentra en posesión de delincuentes y es accesible en el mercado negro. La transferencia no autorizada de armas de fuego a través de las fronteras, así como de armas de fuego no identificadas son, por lo tanto, fuentes importantes de estas armas ilegales. Actualmente, se están dando pasos a escala europea encaminados a potenciar las normas sobre mantenimiento de registro e identificación para desarrollar un sistema de exportación/importación de armas para uso civil y para mejorar la cooperación entre las administraciones nacionales encargadas del cumplimiento de la ley.
Mejorar la trazabilidad de las armas de fuego es un objetivo clave, y a nivel externo —muy brevemente— estamos dando también pasos concretos fuera de la Unión para abordar los problemas surgidos de los restos de explosivos de guerra y las armas ligeras en regiones en crisis, de nuevo en virtud de los Instrumentos de Estabilidad. Por ejemplo, en Bosnia estamos considerando actualmente apoyar un proyecto para abordar el problema de la munición no explosionada y otros restos de explosivos.
Ciertamente, continuaremos apoyando los esfuerzos de los Estados miembros para establecer un tratado sobre el comercio de armas, como ha manifestado nuestro Presidente del Consejo, aunque no deberíamos caer en la ilusión de pensar que ello no vaya a requerir cierto tiempo. No obstante, esperemos que tenga lugar muy pronto.
Urszula Gacek, en nombre del Grupo del PPE-DE. – Señor Presidente, durante cerca de diez años, el Consejo Europeo ha ido dando largas a la cuestión de transformar el Código de conducta europeo sobre la exportación de armas en un documento jurídicamente vinculante. Durante los dos últimos años no han existido impedimentos técnicos para adoptar una posición común sobre el Código. ¿Por qué, finalmente, tenemos que preocuparnos de poner orden de puertas para adentro?
En primer lugar, actualmente se calcula que existen unas 400 empresas en nuestros Estados miembros que fabrican armas. Dado que los costes de investigación y desarrollo de esta industria son sumamente elevados, las empresas desean, naturalmente, maximizar sus beneficios asegurando las campañas de producción más prolongadas posible, vendiendo acuerdos de licencia y, en definitiva, buscando nuevas oportunidades de mercado allá donde puedan surgir. Las empresas de las veinte naciones cuyos Gobiernos impusieron estrictas directrices sobre las exportaciones de armas se encuentran en clara desventaja económica frente a competidores cuyos Gobiernos muestran mayor indulgencia. Todas las empresas deberían tener idénticas condiciones de competitividad.
En segundo lugar, tenemos ejemplos documentados de empresas de los Estados de la UE que suministran armas a China, Colombia, Etiopía y Eritrea. ¿Cómo podemos, por una parte, aplaudir todos los esfuerzos por promover el desarrollo económico, la democracia y los derechos humanos mientras que, por otra, imposibilitamos su verdadera puesta en práctica al contribuir a los conflictos violentos?
En tercer lugar, desplegamos personal militar de nuestros Estados miembros en las misiones de mantenimiento de la paz de la UE y de la OTAN pero, al no conseguir aplicar este Código de conducta, nos arriesgamos a que puedan recibir los disparos de esas mismas armas que se producen en nuestros propios Estados, como consecuencia de la transferencia irresponsable.
En cuarto lugar, ¿cómo podemos prever una futura Europa con una política exterior y de seguridad común, cuando carecemos de un elemento tan fundamental como es una posición común?
Finalmente, antes de que nos alcemos en esta Cámara en defensa de los derechos humanos y de la democracia, asegurémonos también de que nuestras acciones fundamenten nuestra retórica.
El Grupo del PPE-DE felicita a los autores de esta propuesta de resolución. Confiamos en que el aplastante apoyo del Parlamento ayude al Consejo a hallar el modo de salir del punto muerto de la política actual y que el acatamiento del Código de conducta constituya, finalmente, un requisito jurídico para todos los Estados miembros.
Ana Maria Gomes, en nombre del Grupo del PSE. – (PT) La propuesta de resolución sobre el Código de conducta europeo sobre la exportación de armas expresa la frustración del Parlamento ante el actual punto muerto de este importante instrumento, como acaba de expresar nuestra ponente, la señora Gacek, y a quien debo felicitar.
Diez años después de su constitución, el Código sigue siendo motivo de orgullo para quienes creen que la Unión Europea debe asumir el liderazgo del debate global sobre el control de la transferencia de armas. Acogemos con satisfacción la aplicación del Código, cada vez más armonizada, la detallada presentación de los informes anuales por parte de los Estados miembros y las iniciativas de difusión emprendidas por el Consejo. Sin embargo, todos estos avances se tornan insignificantes ante la cuestión más importante: la necesidad de transformar el Código en un instrumento jurídicamente vinculante.
Sabemos que la transformación del Código de conducta en una posición común de la política exterior y de seguridad común (PESC) ha estado ligada al levantamiento del embargo sobre exportaciones de armas a China. El Parlamento rechaza el chantaje que subyace a este punto muerto que se ha prolongado durante tres años. Nadie puede ignorar que las armas vendidas por Beijing al régimen sudanés están alimentando el conflicto de Darfur y sirven también, por ejemplo, para oprimir y reprimir a la población birmana a manos del régimen militar ilegítimo. Esta situación es frustrante para el Parlamento, pues durante mucho tiempo hemos conocido las razones prácticas y teóricas que deberían bastar para que el Consejo superase sus dudas. Una política europea exterior sin normas comunes y vinculantes sobre las exportaciones de armas será siempre incompleta e ineficaz. Además, uno de los obstáculos más significativos para la plena armonización del mercado interno de equipos de defensa es, precisamente, el elevado número de normas de exportación que conviven en el interior de la UE.
Finalmente, hay una cuestión de principios: sólo cuando la Unión Europea sea considerada un modelo a seguir, podrá presentarse a sí misma como un actor internacional responsable y coherente en esta materia y podrá liderar la labor de mejorar la legislación internacional. Obviamente, contamos con la Presidencia eslovena y con el Ministro Lenarčič. Sin embargo, hemos indicado ya al siguiente país en asumir la Presidencia, Francia, país que tiene una responsabilidad particular por el mantenimiento de este punto muerto, que ha llegado el momento de resolver los problemas y reconocer la importancia de situar a la Unión Europea al frente del multilateralismo efectivo y responsable.
Fiona Hall, en nombre del Grupo ALDE. – Señor Presidente, han pasado diez años desde que la UE acordó un Código de conducta sobre la exportación de armas, y es vergonzoso que este Código no se haya transformado todavía en un instrumento eficaz para el control de las exportaciones de armas por parte de todas las empresas y los Gobiernos de la UE. Como resultado de ello, siguen canalizándose armas europeas hasta zonas en conflicto.
La UE se encuentra en la incomprensible posición de suministrar armas y estimular conflictos en los mismos países en los que está, al mismo tiempo, vertiendo ayuda al desarrollo. ¿Cómo explicamos esto a nuestros ciudadanos? ¿Cómo explicamos, por ejemplo, que algunos Estados miembros continúen dispuestos a comerciar munición de fragmentación y, al mismo tiempo, que la UE emplee millones de euros en la retirada de minas? Por ejemplo, en 2005 se utilizaron miles de bombas de fragmentación en el Líbano, con resultados devastadores, y después, en 2006, la UE empleó 525 millones de euros en ayuda al desarrollo en el Líbano, en parte destinados a la retirada de munición no explosionada.
No seamos tan ilusos para creer que son únicamente los países no pertenecientes a la UE los que están suministrando armas a los Estados en conflicto: 7 de los 10 principales países exportadores de armas son Estados miembros de la UE. ¿No es hora de que invirtamos en la resolución del conflicto en los Estados problemáticos, en lugar de en la venta de armas?
Se necesitan urgentemente mecanismos para controlar la transferencia y el tránsito de armas de manera adecuada y para prevenir el corretaje de armas ilegales por las empresas de la UE ubicadas fuera de su territorio, pero el primer paso debe ser convertir el Código de conducta de 1998 en un instrumento jurídicamente vinculante. Por lo tanto, suplico a la Presidencia eslovena que haga todo lo que esté en su mano para desbloquear el estancamiento del Consejo y conseguir que se adopte la posición común.
Raül Romeva i Rueda, en nombre del Grupo Verts/ALE. – (ES) Señor Presidente, como ponente sobre el control de las exportaciones de armas de la Unión Europea he tenido ocasión de seguir muy de cerca el proceso de transformación del actual código de conducta en un instrumento más eficiente y eficaz, que permita controlar más y mejor las exportaciones de armas de la Unión Europea y de las empresas de la Unión Europea.
Sin embargo, y a pesar de que el trabajo técnico elaborado por el Grupo de Trabajo del Consejo sobre el control de la exportación de armas (COARM) hace ya tiempo que está hecho, seguimos sin comprender –y lo han dicho mis colegas– por qué el Consejo se resiste a adoptar la posición común que permitiría convertir el actual código en un instrumento jurídicamente vinculante.
A pesar del secretismo que rodea todo debate de estas características, sabemos que son sólo algunos países los que se oponen a dar dicho paso y especialmente Francia, quien, al parecer, vincula dicha decisión a que se levante el embargo de armas a China.
Insistimos, una vez más, en que se trata de dos cuestiones distintas y en que condicionarlas supone una enorme falta de responsabilidad con relación a las numerosas víctimas que diariamente sufren las consecuencias de nuestra política irresponsable de exportación de armas.
Desde aquí, por tanto, celebro el compromiso de la Presidencia eslovena de concluir durante su presidencia esta transformación del código en una posición común, aunque recuerdo también que presidencias anteriores han tenido el mismo compromiso sin suerte. Espero que ustedes la tengan y contarán con todo nuestro apoyo. Porque recuerdo también que es precisamente la falta de control y la laxitud actual la que permite que, tanto oficialmente como de forma ilegal, armas europeas acaben en manos de grupos terroristas, de dictadores y de facciones armadas que hipotecan el presente y el futuro de millones de personas a las que, de forma necesaria, pero no por ello carente de un cierto cinismo, mandamos después nuestros equipos de ayuda al desarrollo.
Tobias Pflüger, en nombre del Grupo GUE/NGL. – (DE) Señor Presidente, la totalidad de la Cámara se reúne aquí al menos una vez al año y debate la cuestión de las exportaciones de armas, mientras que el resto del tiempo se mantienen estas exportaciones como si no hubiese pasado nada. Durante años, el Parlamento ha reclamado un Código de conducta jurídicamente vinculante, y el Consejo ha sido incapaz de alcanzar un acuerdo en esta materia. Estaría muy agradecido si pudiera decirnos con la suficiente franqueza cuáles son los Estados miembros que están obstaculizando este proceso. El hecho de que este Código de conducta no sea jurídicamente vinculante es escandaloso. Mientras esta situación persiste, la UE y sus Estados miembros se han convertido en el exportador de armas número uno del mundo. ¡Las armas están diseñadas para matar! Todas las exportaciones de armas son un error.
Naturalmente, los Estados miembros también suministran armas a las regiones en crisis y en conflicto. La invasión turca del norte de Iraq, por ejemplo, que ha violado el Derecho internacional, se ha llevado a cabo con armas procedentes de Alemania, entre otras. Los países de la UE también hacen la guerra, principalmente en Iraq o en Afganistán, y suministran armas a países simpatizantes que se encuentran inmersos en guerras. Debemos de una vez por todas poner fin a esto. Detengamos todas las exportaciones de armas.
Los productos de doble uso, que tienen aplicaciones civiles y militares, deben regirse también por el Código de conducta, así como las reexportaciones. Hemos presentado enmiendas sobre ambas cuestiones para el debate de mañana, y estoy deseoso de ver si el Parlamento las adoptará. Como he dicho, las exportaciones de armas matan a personas todos los días, y deben cesar con carácter de urgencia.
Janez Lenarčič , Presidente en ejercicio del Consejo. − (SL) He entendido que la disposición común de los participantes en este debate es la de apoyar que el Código pase a ser jurídicamente vinculante lo antes posible. Debo añadir que la Presidencia comparte este objetivo y espero, señor Pflüger, que este año seamos más afortunados y lo consigamos o que, al menos, como manifesté en mi introducción, realicemos un avance considerable en este sentido.
Quisiera agradecerles su apoyo a los esfuerzos del Consejo por alcanzar una posición común, y pueden confiar en que la Presidencia eslovena redoblará sus esfuerzos con este fin.
Quisiera expresar mi agradecimiento a la señora Gomes, que señaló que se está tratando de incluir a nuevos participantes en la puesta en práctica del Código, principalmente a los que se encuentran fuera de las fronteras de la Unión Europea. Las Presidencias anteriores también incluyeron a otros países; por ejemplo, en el año 2007 se incluyó a países de los Balcanes Occidentales, concretamente, en estas actividades; otras, guardan relación con países como Turquía, Ucrania, los países del norte de África y algunos otros países del este de Europa.
Finalizaré expresando mi esperanza de que, en el próximo debate sobre esta cuestión que se lleve a cabo en el Parlamento Europeo, no se trate únicamente acerca del Código, sino también de la posición común.
Presidente. − He recibido seis propuestas de resolución(1) de acuerdo con el apartado 2 del artículo 103 del Reglamento del PE.
Se cierra el debate.
La votación tendrá lugar el jueves.
Declaraciones por escrito (Artículo 142)
Tunne Kelam (PPE-DE), por escrito. – Hago un firme llamamiento a los Estados miembros de la UE para que adopten el Código de conducta europeo sobre la exportación de armas. La UE se basa en valores comunes y en acuerdos que condenan la transferencia ilícita de armas y la transferencia de armas a países que violan dichos valores. De hecho, va en detrimento de los principios sobre los que se basa la Unión Europea que los Gobiernos de algunos Estados miembros den preferencia a sus intereses políticos y comerciales nacionales al continuar con la venta de armas.
El Tratado de Lisboa fortalece el papel de la UE como actor global. Por lo tanto, es de suma importancia que consideremos seriamente el Código de conducta europeo sobre la exportación de armas para ponerlo realmente en práctica y por parte de todos los Estados miembros. Así pues, quisiera hacer un llamamiento al Consejo para que proporcionara una explicación plausible de las razones por las que se ha retrasado la adopción de esta posición común.