Presidente. − El próximo punto es el informe a cargo de Bárbara Dührkop, en nombre de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, relativo a la iniciativa de la República Federal de Alemania con vistas a la aprobación de una Decisión del Consejo sobre la ejecución de una Decisión 2007/…/JAI sobre el refuerzo de la cooperación transfronteriza, en particular en la lucha contra el terrorismo y la delincuencia transfronteriza (11563/2007 - C6-0409/2007 - 2007/0821(CNS)) (A6-0099/2008).
Bárbara Dührkop Dührkop, Ponente. − (ES) Señor Presidente, el informe que hoy sometemos a debate y aprobación contiene una iniciativa del año 2005, en que los siete Estados miembros decidieron profundizar en la cooperación transfronteriza en todo lo relacionado con el terrorismo, crimen organizado e inmigración ilegal.
La Presidencia alemana propuso integrar parte de este acuerdo en el acervo comunitario mediante una decisión marco, es decir, en el tercer pilar, similar a lo hecho con el Acuerdo de Schengen, dejando sin embargo de lado la inmigración ilegal, que, según el mandato de Tampere, debería inscribirse en el primer pilar.
Por ello, hay que lamentar que no se hayan incluido competencias claramente comunitarias que permanecen en el tratado internacional, hecho que, además de crear confusión jurídica, provoca la existencia de dos marcos jurídicos de referencia.
El primero se negoció de manera poco transparente. No se consultó a los Parlamentos nacionales ni tampoco al Parlamento Europeo. Fue a la hora de integrarlo en el acervo comunitario cuando se nos consultó de manera no vinculante, tarde y deprisa.
El informe de nuestro malogrado colega Fausto Corella contiene la posición del Parlamento Europeo al respecto.
Hoy saludamos que la consulta del Consejo se presenta sobre la base del procedimiento de codecisión. Consulta que no se ciñe al propio acuerdo sino que incluye su manual y anexo, lo cual apreciamos, puesto que, aunque técnicos, contienen disposiciones de gran trascendencia política. No en vano muchas de ellas deben asegurar la protección de datos personales y sensibles.
Lamentamos, sin embargo, que el Consejo no haya aprobado todavía la decisión marco sobre la definición de protección de datos para establecer ciertas normas mínimas. Es incongruente que el Consejo se apreste a esta decisión antes que a la propia ley general. Tampoco se ha consultado en ningún momento al Supervisor Europeo de Protección de Datos.
En síntesis el informe prevé la cooperación mediante el intercambio de información de datos sobre el ADN, huellas dactilares, matrículas de vehículos y datos personales y no personales. Se trata de poder comparar un perfil de ADN de una persona con las futuras bases de datos de 27 puntos de contacto nacionales.
Se establece claramente que deben fijarse las garantías comunes para la protección de datos y el derecho de defensa de sospechosos y culpables. Sólo la parte no calificada del ADN, o sea las zonas que no contienen expresión genética, pueden ser objeto de transmisión.
Toda información compartida debe indicar explícitamente la situación procesal de la persona, así como la base de datos de donde se ha conseguido la información.
Habrá que volver a consultar al Parlamento Europeo en cada modificación que el Consejo quiera hacer al manual, y respecto, sobre todo, al número de loci necesarios para realizar comparaciones con precisión.
Recuerdo también al Consejo la invitación hecha en su día por la Conferencia de Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros sobre la posibilidad de integrar esta decisión marco en el nuevo sistema del Tratado de Lisboa, a fin de poder tener acceso a un recurso ante el Tribunal de Justicia.
También quiero señalar que, en el apartado en que se habla de agentes y la posibilidad de hacer cooperación transfronteriza, no estoy de acuerdo con la parte que se ha aprobado en comisión, que da competencias a los agentes para detener y tomar declaración en otro Estado miembro que no sea el suyo.
Señorías, y para terminar, la cooperación transfronteriza bilateral existe desde siempre, pero a escala europea esta decisión será pionera. Cierto es que nos preocupa, y no poco, la multiplicidad de redes que, sin dudar de las buenas intenciones, pueden llevar a un mal uso y a posibles graves errores.
Ciertamente, blindar a los inocentes es la primera preocupación de todos, y de esta Cámara especialmente, puesto que es quien representa a todos los ciudadanos.
Jacques Barrot, Vicepresidente de la Comisión. − (FR) Señor Presidente, señorías, tras el acuerdo político alcanzado en el Consejo el 13 de junio de 2007 respecto a la primera parte del paquete legislativo formulado para trasponer el Tratado de Prüm al Derecho europeo, Alemania ha presentado la iniciativa que vamos a debatir, a saber, la ejecución de la decisión que es la materia objeto de la primera parte y de su anexo.
Señora Dührkop, la Comisión ha apoyado de manera sistemática la integración del Tratado de Prüm a la Unión Europea. Se trata de un instrumento de enorme importancia que reforzará de manera significativa la cooperación policial entre los Estados miembros, al capacitarles para emprender acciones de mayor eficacia en la lucha contra el terrorismo y la delincuencia transfronteriza, por ejemplo, facilitando el intercambio de perfiles de ADN y los datos dactiloscópicos de las personas buscadas.
La eliminación de controles personales en las fronteras interiores de la UE entre los países firmantes del Acuerdo de Schengen constituye un importante paso adelante en el proceso de integración europeo. Sin embargo, nuestro deber es garantizar que esta área de libertad de circulación sea también, lógicamente, de seguridad y de justicia.
La mejora de la cooperación policial entre las autoridades de los Estados miembros, procurando el respeto pleno de los derechos fundamentales y, en particular, de los que atañen a la protección de datos, resulta esencial para garantizar una mayor seguridad en la Unión Europea para beneficio de nuestros ciudadanos.
El proyecto de decisión que vamos a debatir hoy constituye una acción de seguimiento requerida para garantizar la plena ejecución técnica y operativa de la decisión respecto a la que el Consejo alcanzó un acuerdo político en junio de 2007. Con este acuerdo se pretende trasponer las disposiciones esenciales del Tratado de Prüm al marco jurídico de la Unión Europea.
La Comisión también ha apoyado sistemáticamente la necesidad de fomentar la participación del Parlamento en el procedimiento de modificación del anexo a dicho instrumento. En opinión de la Comisión, las disposiciones sobre protección de datos establecidas en la decisión de junio de 2007, así como en el proyecto que actualmente se debate, se complementarán mediante las disposiciones de la Decisión marco sobre protección de datos en el tercer pilar. Como ha señalado usted, resulta claro que han de ser complementadas.
Por su parte, la Comisión acoge favorablemente, en general, las enmiendas que propone usted, señora Dührkop. No obstante, puesto que se trata de una iniciativa planteada por los Estados miembros, señor Presidente, la Comisión presentará su posición detallada sobre las enmiendas durante los debates en el Consejo.
Ésta es mi respuesta y, para concluir, me gustaría agradecer nuevamente a la ponente que haya tenido la amabilidad de hacer hincapié en los medios y las condiciones para la ejecución adecuada de esta decisión.
Herbert Reul, en nombre del Grupo del PPE-DE. – (DE) Señor Presidente, señorías, hay pocas cuestiones respecto a las que los ciudadanos de Europa convengan ampliamente en que Europa realiza esfuerzos notables en su nombre. Lo que debatimos hoy aquí es una cuestión significativa de este tipo: la cooperación entre los Estados miembros para combatir eficazmente la delincuencia y el terrorismo transfronterizos. Me complace enormemente que hayamos conseguido alcanzar un consenso también en la comisión, gracias a la labor preparatoria y la notable cooperación con la ponente. Esto significa que, aunque puede que no convengamos en todos y cada uno de los puntos, estamos de acuerdo en términos generales y deseamos cumplir con nuestra parte en lo que se refiere a procurar el avance de este asunto.
El proceso del Acuerdo de Prüm fue muy laborioso y llevó mucho tiempo. Sólo pudimos avanzar poco a poco. Con todo, resulta positivo que ahora dispongamos de acuerdos europeos sobre el intercambio de datos, que las bases de datos nacionales se hayan interconectado y que podamos utilizar tales bases para perseguir y prevenir los delitos.
Me habría gustado ver un mayor progreso en ciertas áreas del proyecto en su conjunto. Por esta razón, aprovecha la oportunidad no sólo para hablar de lo que hemos logrado hasta la fecha, sino también para decir lo siguiente: es obvio que esta decisión incluye también algunos puntos que pueden aplicarse mañana, y pasado mañana. Por ejemplo, queremos utilizar cuerpos de policía conjuntos con mayor eficacia y rapidez, y deseamos que el cuerpo de policía de un Estado miembro tenga las destrezas específicas para poder operar en otro Estado miembro. La señora Dührkop Dührkop acaba de señalar que existen ciertas dificultades. Sin embargo, es importante impulsar este proceso hacia delante, para garantizar que asumamos más responsabilidades a escala europea en este ámbito, y que llevamos a cabo más acciones conjuntas. En última instancia, puede que nos encontremos con que una manera muy adecuada de promover la idea de Europa es demostrando a los ciudadanos que tratamos de resolver cuestiones importantes de un modo que ellos también consideran positivo.
Alexander Alvaro, en nombre del Grupo ALDE. – (DE) Señor Presidente, creo que hablo en nombre de mi grupo al señalar que hemos mantenido una excelente cooperación con la ponente. Colaboramos muy estrechamente, como acaba de señalar el señor Reul. Sin embargo, tenemos que preguntar por qué es tan urgente adoptar una decisión, por qué ha de tomarse ahora y, en particular, antes de que concluya el ejercicio. Nos complacería enormemente comprobar que las normas del Tratado de Lisboa se aplican en este caso, como las que atañen a la revisión judicial, así como a la participación pertinente, en el sentido de la codecisión con el Parlamento Europeo.
Por lo que atañe al asunto de la protección de datos que se ha tratado aquí, Prüm contenía sus propias normas sobre protección de datos, y existen además, las normas de ejecución y las normas del tratado. De hecho, la señora Dührkop Dührkop también ha señalado la necesidad de una decisión marco en el tercer pilar. Si examinamos con detenimiento las categorías de datos regulados por el Tratado de Prüm, observamos que resulta más que necesario contar con una legislación marco sobre esta materia. Hemos de preguntar además por qué se incluyen las denominadas categorías especiales de datos, como los que proporcionan información sobre la orientación sexual, la salud, las actividades políticas y sindicales y las creencias religiosas. Éstos trascienden con mucho a los datos básicos necesarios en relación con la delincuencia organizada. Existen restricciones al uso de tales datos, e incluso resulta increíble que puedan utilizarse en cualquier caso.
En el caso de los datos sobre el ADN, apoyamos firmemente la visión de la ponente respecto a que, si tales datos son necesarios y pueden intercambiarse, han de restringirse claramente y utilizarse sólo con los fines para los que fueron concebidos. Por otra parte, ha de quedar claro que los Estados miembros que carezcan de bases de datos nacionales de ADN no están obligados a establecerlas.
Deseo señalar para concluir que sería muy razonable (como han puesto de manifiesto los intercambios personales de opiniones con las autoridades policiales) si, en lugar de concentrarnos en medidas legislativas, financiáramos programas de asistencia al intercambio de personal entre cuerpos de policía. Tal medida mejoraría indudablemente la cooperación en la Unión.
Resulta sorprendente que no se haya aclarado aún la financiación, dado que la decisión ha de adoptarse en muy breve plazo. Antes de gastar los fondos, los ciudadanos deben saber cuánto se va a gastar; antes de adoptar una decisión, deben conocer cuánto cuesta.
Athanasios Pafilis, en nombre del Grupo GUE/NGL. – (EL) Señor Presidente, la iniciativa del Gobierno alemán, y el informe que debatimos ahora, no son inocentemente técnicos, como se quiere hacer ver. Tratan de las condiciones técnicas y administrativas necesarias para la aplicación pronta y eficaz del registro de datos preventivo promulgado por el Tratado de Prüm, que se incorporó a la legislación de la UE hace unos meses. Los datos de ADN, las huellas, los datos personales y la información de toda índole se recaban, procesan e intercambian automáticamente con todo el detalle posible, 24 horas al día, siete días a la semana, entre los mecanismos represivos de los Estados miembros y la UE. Todo ciudadano y trabajador de la UE puede ser objeto de una vigilancia preventiva, y sus datos pueden quedar registrados. Las fuerzas de seguridad actúan en función de la más ligera sospecha de que alguien pueda, en algún momento del futuro, cometer un delito o poner en peligro el orden y la seguridad públicos. En otras palabras, todo el mundo es culpable hasta que se demuestre su inocencia.
El informe que debatimos lleva las cosas un paso más allá en la legislación sobre registro de datos, abriendo las puertas a la consignación y el intercambio de datos relativos a las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas o la afiliación a partidos políticos y sindicatos. ¿Por qué necesitan todo esto? ¿Para hacer frente a la delincuencia organizada? ¡Eso es mentira! Quieren registrar los datos de todos los habitantes del planeta. Quieren prohibir e intimidar a todo aquel que cuestione sus políticas. Por esta razón, nosotros, los diputados al PE del Partido Comunista de Grecia, votamos en contra del informe.
Andreas Mölzer (NI). – (DE) Señor Presidente, Comisario, desde los atentados del 11 de septiembre, si no antes, la UE ha concentrado sus medidas de seguridad técnica casi enteramente en la lucha contra el terrorismo. Indudablemente, conviene en la práctica que no demos facilidades a potenciales asesinos para descargar de Internet instrucciones relativas a la fabricación de bombas y, por supuesto, una cooperación más estrecha entre los Estados miembros ha de acogerse favorablemente. Sin embargo, en la lucha contra el terrorismo, no podemos permitir que ciudadanos inocentes se conviertan en objetivos, ni que críticos incómodos sean silenciados.
Creo que existe una peligrosa tendencia en todo el mundo a socavar de manera constante las libertades básicas por las que nuestros ancestros lucharon tan arduamente. Corremos el riesgo de convertirnos en una sociedad profundamente intolerante, mediante la revelación de datos de pasajeros, o la vigilancia a través de Internet. Confío en que no nos encontremos en breve con que todo inconformista que acuda a una manifestación, apoye un referéndum, o incluso se atreva a criticar a la UE sea calificado de posible terrorista.
Obviamente, es importante mantenerse vigilantes, pero no en detrimento de las libertades civiles. Y lógicamente, no debemos permitir que otras áreas, como la lucha contra la delincuencia organizada, sufran como resultado. No debemos subestimar los peligros de sociedades paralelas en permanente expansión, de la violencia basada en la migración, y de los posible conflictos étnicos y culturales.
Urszula Gacek (PPE-DE). – Señor Presidente, al aludir a la inducción al terrorismo en la era de Internet y de las nuevas tecnologías, hablamos de retos y amenazas completamente nuevos y, como han señalado mis colegas, hemos de lograr un equilibrio muy ajustado entre la conculcación de las libertades civiles de diversas organizaciones políticas, y la lucha contra las amenazas que pesan sobre nuestra seguridad, y la de nuestros ciudadanos.
En las últimas semanas, diversos ponentes del Consejo de Europa, por ejemplo, han planteado varios motivos de inquietud, y nos han pedido que adoptemos en su totalidad distintas recomendaciones presentadas por dicho organismo. Hemos de actuar de manera selectiva respecto a qué aspectos de la valiosísima labor del Consejo de Europa trasladamos al Parlamento Europeo, puesto que éste ha de desempeñar un papel propio y singular en la consideración de esta materia.
Al tratar las nuevas amenazas que plantea el terrorismo, el problema más difícil que encaramos consistirá en definir en la práctica en qué consiste la inducción, y si una crítica justificada de los gobiernos puede considerarse en algún caso una inducción al terrorismo. Tal fue uno de los argumentos presentados recientemente en una reunión de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior por el señor Dick Marty, del Consejo de Europa. El señor Marty parece tener poca fe en nuestras estructuras democráticas, y sugirió que varios artículos podrían ser objeto de abuso por los gobiernos. Tengo más fe que él en nuestros procedimientos democráticos, y creo que podremos manejar esta cuestión con sensibilidad, pero también con la prudencia que exige de esta institución.
Sarah Ludford (ALDE). - Señor Presidente, hay 4,3 millones de personas cuyo ADN figura en la base de datos nacional de ADN del Reino Unido, a disposición de la policía. Esa cifra equivale al 7 % de la población del Reino Unido, una proporción al menos cinco veces superior a la existente en cualquier otro país. Incluye a 150 000 niños menores de 16 años, de los que 25 000 nunca han sido acusados de un delito. El experto forense de mayor rango de la policía del Reino Unido ha propuesto incluso que determinados niños, a una edad tan temprana como los 5 años, pasen a formar parte de la base de datos de ADN si exhiben conductas que indican la posibilidad de que sean delincuentes en su vida posterior. Este tipo de propuestas lleva la actuación policial predictiva a niveles que pueden calificarse como ridículos.
Mi partido considera que estas medidas constituyen la materialización del «Gran Hermano» de Orwell en el Reino Unido. El ADN de ciudadanos inocentes no debe intercambiarse y, como mínimo, de conformidad con la recomendación del Supervisor Europeo de Protección de Datos, han de establecerse limitaciones precisas respecto a qué datos pueden intercambiarse, así como una advertencia de sanidad en tales intercambios si la persona en cuestión carece de antecedentes penales.
Carlos Coelho (PPE-DE). – (PT) Señor Presidente, Vicepresidente Barrot, señorías, hoy debatimos una segunda decisión para establecer las normas necesarias para la ejecución de otra iniciativa que ya cuenta con el acuerdo político del Consejo, pero que ni siquiera ha sido aprobada.
Soy consciente de que se han emprendido diversas iniciativas para combatir el terrorismo y la delincuencia transfronteriza, con el fin de reforzar la seguridad y la vigilancia, pero lamento que no se haya prestado la misma atención al fomento de la protección de los derechos fundamentales. La Unión Europea carece aún de un conjunto estándar de garantías procesales, así como de un instrumento jurídico del tercer pilar respecto a la protección de datos, como acaba de reconocer el Vicepresidente Barrot en su intervención.
Le pido, Comisario, que nos ayude a explicar al Consejo que esta situación es inaceptable, sobre todo si tenemos en cuenta que la mayoría de las medidas para combatir el terrorismo y promover la cooperación policial han conllevado la recogida y el intercambio de datos personales. Esta última iniciativa constituye un nuevo ejemplo de tal situación, y de suma gravedad, ya que exige la recogida, el almacenamiento y la puesta en común de datos de ADN, huellas, etc. Las normas sobre protección de datos expuestas en el capítulo VI de la iniciativa Prüm, que aseguran la existencia de garantías más específicas, no son suficientes por sí mismas y, para que funcionen correctamente, necesitan un marco general y completo que sólo puede garantizarse eficazmente mediante la decisión marco sobre la protección de datos del tercer pilar.
Con gran satisfacción aprobamos esta iniciativa, en la que aspectos esenciales de la cooperación presentes en la iniciativa Prüm se transpondrán al marco de la Unión. En cualquier caso, no podemos dejar el trabajo a medio hacer. También es esencial garantizar la existencia de un marco judicial inequívoco y eficaz respecto a la protección de datos.
Jacques Barrot, Vicepresidente de la Comisión. − (FR) Señor Presidente, en mi opinión, el señor Coelho acaba de ofrecer una visión muy clara y objetiva de la situación.
La propuesta planteada inicialmente por la Comisión era sin duda más ambiciosa, y lamentamos, en particular, el alcance más limitado de la decisión. No obstante, el objeto de la decisión es sentar las bases necesarias para garantizar un nivel mínimo de protección en el tercer pilar. Sin la adopción de tal decisión, no tendríamos ninguna norma general aplicable en el tercer pilar, lo que resultaría aún peor. Confiamos en que esta decisión se apruebe tan pronto como sea posible, una vez que el Parlamento haya publicado su dictamen sobre el nuevo texto que el Consejo ha remitido al Parlamento por segunda vez.
Como señalé anteriormente, al expresar mi agradecimiento a la ponente, la señora Dührkop, una vez más, claramente, en opinión de la Comisión, las disposiciones sobre protección de datos se complementarán con las de la Decisión marco sobre protección de datos en el tercer pilar.
Con este último comentario, señor Presidente, me gustaría agradecer a todos los ponentes sus aportaciones a este debate.
PRESIDE: SEÑOR SIWIEC Vicepresidente
Bárbara Dührkop Dührkop, Ponente. − (ES) Señor Presidente, muchas gracias a todos los colegas con quienes ha sido un placer trabajar conjuntamente en este informe. No voy a contestar a cada uno, sino en general.
A todos, a todos y todas, nos preocupa sobre todo el equilibrio necesario entre lo que es de verdad luchar contra el terrorismo y contra la delincuencia y, al mismo tiempo, salvaguardar estrictamente los derechos privados y públicos, que a ninguna persona se le pueda privar de sus derechos cívicos en aras de la lucha contra el terrorismo.
Esto es un equilibrio que a veces es difícil, pero nos compete a nosotros los demócratas saber estar siempre vigilantes ante cualquier abuso en este tema.
Segundo, aquí se ha mencionado la cooperación policial: esencial. Yo vivo en España, en una región donde hay terrorismo. Yo misma tengo protección policial, y cuando yo me tengo que trasladar a Francia, tengo que pedir a mis policías que, primero, manden un folleto a Madrid, que, a su vez, pedirá a Francia que puedan traspasar la frontera con la pistola, y esto tarda una semana. Reconozco que deberíamos tener algo menos burocrático, más rápido, y por qué no pensar en un permiso policial europeo. Porque yo pienso, yo opino, que los policías europeos más o menos todos tienen la misma formación.
También, señor Alvaro, como han mencionado también el señor Coelho y Sarah, necesitamos —y esto queremos transmitir al Consejo— ya, urgentemente, la decisión marco. Necesitamos unas normas mínimas de protección de datos. Eso es una reclamación justa de todos los ciudadanos.
Presidente. − Se cierra el debate.
La votación tendrá lugar el martes 22 de abril de 2008.
John Attard-Montalto (PSE), por escrito. - Hoy en día, tenemos suerte de que los órganos encargados de velar por el cumplimiento de la ley dispongan de herramientas como los datos de ADN, la identificación automatizada de huellas y los datos de registro de vehículos. Estoy totalmente a favor de contar con una base de datos común de todas las herramientas necesarias para luchar contra el terrorismo y la delincuencia transfronteriza. No cabe duda de que la protección de datos resulta esencial, pero, en la lucha contra el terrorismo y la delincuencia internacional, ocupa un lugar secundario.
No sólo estoy a favor de compartir las bases de datos, sino que también abogo por establecer bases de datos nacionales obligatorias. La mayoría de los ciudadanos europeos y los residentes en Europa respetan la ley, y no deben temer que sus datos, ya sean los relativos al ADN o de sus huellas, se encuentren disponibles en una base europea común.
Malta es un Estado neutral, pero en lo que atañe al terrorismo, no somos neutrales. Los ataques contra civiles inocentes nunca pueden estar justificados. El terrorismo es uno de los crímenes más repugnantes, a la par con el genocidio y los crímenes de guerra.
Actualmente, la norma establece que los terroristas sean juzgados en tribunales nacionales. Es hora de considerar la utilización de una estructura judicial internacional específicamente para juzgar a terroristas.
Anneli Jäätteenmäki (ALDE), por escrito. – (FI) Es necesario que exista una mayor cooperación entre las autoridades de control de fronteras, aduanas, la policía y las autoridades en materia de seguridad para mejorar la seguridad de los europeos.
El objeto del Convenio de Prüm es profundizar en la cooperación entre los países de la UE para hacer frente al terrorismo, la delincuencia transfronteriza y la inmigración ilegal.
El Convenio de Prüm fortalecerá la seguridad en Europa. Un flujo exento de dificultades en el intercambio de información entre las autoridades de seguridad, y en especial, en el caso de las que se ocupan del control de fronteras, constituirá una prioridad fundamental.
Deberán existir razones de peso para el intercambio de información entre los países de la UE. Claramente, el incumplimiento de la ley constituye un motivo fundado para este tipo de actuación, al igual que la existencia de pruebas suficientes de la comisión de faltas o delitos de manera intencionada.
El intercambio de información ha de atenerse a lo dispuesto sobre la protección de los ciudadanos europeos cumplidores de la ley, de modo que no se cometan violaciones de los derechos humanos como resultado de la infracción del derecho a la intimidad.
La finalidad de la cooperación en materia de seguridad es mantener a Europa como un lugar seguro para vivir, y proteger a los ciudadanos que respetan la ley.
La cooperación en el ámbito de la seguridad ha de procurar la protección de los europeos frente a los delincuentes, con el fin de que nuestras vidas diarias resulten tan seguras como sea posible, y de que nuestros hijos vivan sin miedo.