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 Texto íntegro 
Procedimiento : 2006/0135(CNS)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A6-0361/2008

Textos presentados :

A6-0361/2008

Debates :

PV 20/10/2008 - 14
CRE 20/10/2008 - 14

Votaciones :

PV 21/10/2008 - 8.26
CRE 21/10/2008 - 8.26
Explicaciones de voto
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P6_TA(2008)0502

Acta literal de los debates
Martes 21 de octubre de 2008 - Estrasburgo Edición DO

8.26. Ley aplicable en materia matrimonial (A6-0361/2008, Evelyne Gebhardt) (votación)
Acta
  

– Antes de la votación.

 
  
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  Panayiotis Demetriou, en nombre del Grupo del PPE-DE. – Señora Presidenta, quiero proponer la siguiente enmienda oral: «Los cónyuges podrán designar de común acuerdo la ley aplicable al divorcio y a la separación judicial siempre que dicha ley sea conforme a los derechos fundamentales establecidos en los Tratados y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y al principio de orden público.»

Esta enmienda oral limita el derecho de los cónyuges a elegir la ley aplicable de conformidad con lo establecido por el artículo 20. Creo que satisface la política del Grupo del PPE-DE, que quiere limitar la elección de la ley aplicable para que sea conforme, tal y como decimos aquí, con los derechos fundamentales y, asimismo con el orden público. De manera que un juez, al que los cónyuges le planteen esta solicitud de aplicar una ley extranjera, podrá dictaminar que no la aceptan porque va contra el orden público o los derechos fundamentales.

 
  
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  Evelyne Gebhardt, ponente.(DE) Señora Presidenta, puedo aceptar esta enmienda porque es evidente. Naturalmente, la ley aplicable debe ajustarse a los principios de nuestros tratados y a la Carta de los Derechos Fundamentales. No tengo ningún problema con esta enmienda.

 
  
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  Presidenta. – ¿Alguien se opone a la inclusión de esta enmienda oral?

No veo a nadie.

(El Parlamento aprueba la enmienda oral)

 
  
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  Carlo Casini (PPE-DE).(IT) Señora Presidenta, obviamente, estoy de acuerdo en que es preciso respetar los derechos humanos y los derechos fundamentales de Unión Europea en la elección de la ley aplicable. No es ésa la cuestión. La cuestión es que si los cónyuges pueden elegir la ley aplicable —debo señalar que la elección de la ley aplicable es una excepción en todos los sistemas jurídicos— si ésta debe ser la ley de uno de los veintisiete Estados de la Unión o la de cualquier otro país del mundo.

Por consiguiente, no me opongo a esta enmienda, pero me parece que no se puede impedir la votación sobre las enmiendas siguientes del Grupo del Partido Popular Europeo (Demócratas Cristianos) y los Demócratas Europeos, que establecen que sólo se puede elegir la ley de uno de los veintisiete países de la Unión.

 
  
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  Bruno Gollnisch (NI). - (FR) Señora Presidenta, del debate se desprende que todavía queda camino por recorrer en lo que a este asunto se refiere. Obviamente, estas cuestiones debían haberse debatido en la comisión. Por esa razón, de acuerdo con nuestro Reglamento, le pido que devuelva este informe a la comisión.

 
  
  

(Se rechaza la solicitud de devolución a comisión)

- Después de la votación sobre la enmienda 32

 
  
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  Evelyne Gebhardt, ponente.(DE) Señora Presidenta, el acuerdo entre el Grupo del Partido Popular Europeo (Demócratas Cristianos) y los Demócratas Europeos, el Grupo Socialista en el Parlamento Europeo, el Grupo de los Verdes/Alianza Libre Europea y el Grupo de la Alianza de los Demócratas y Liberales por Europa fue como sigue: si aprobamos esta enmienda oral del PPE-DE, se retirarán todas las demás enmiendas del PPE-DE. Espero que el PPE-DE retire estas enmiendas.

 
  
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  Panayiotis Demetriou, en nombre del Grupo del PPE-DE. (EL) Señora Presidenta, es cierto que el acuerdo incluía esta cláusula. El señor Casini opinaba de diferente manera. Creo que las enmiendas del PPE-DE quedan cubiertas con la enmienda oral que he presentado y que se ha aprobado, y que no es necesaria la votación sobre estas enmiendas, que se presentaron, precisamente, a fin de apoyar la petición de que se restringiera el derecho.

 
  
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  Presidenta . – Por consiguiente, las enmiendas 32 a 37 inclusive decaen.

Por tanto, continuamos. Los grupos tenían algo que decir.

- Antes de la votación sobre la resolución legislativa

 
  
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  Cristiana Muscardini (UEN). - (FR) Señora Presidenta, a veces, una se tiene que poner las gafas para ver si hay algún diputado que solicita, de acuerdo con el Reglamento, hablar con la Presidencia.

Como usted sabe, otro grupo puede aceptar las enmiendas que un grupo ha rechazado. En relación con lo que ha dicho el señor Casini, no estamos satisfechos. Votaremos sobre la enmienda aprobada por el Grupo Unión por la Europa de las Naciones.

 
  
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  Presidenta. - Señora Muscardini, acabo de decir que las enmiendas han decaído. Una vez que han decaído, no las puedo someter a votación.

 
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